R-DCA-602-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las once horas del veinticuatro de noviembre del dos mil once.---------
Recurso de apelación interpuesto por ASFALTOS CBZ, S.A., en contra del acto de adjudicación
de la línea 1 “Suministro de mezcla asfáltica en Boca de Planta” de la Licitación Abreviada
2011LA-000015-01, promovida por la Municipalidad de Barva, para la “Compra de Emulsión y
Mezcla Asfáltica”--------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. ASFALTOS CBZ, S.A. presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la
Licitación Abreviada 2011LA-000015-01, línea uno “Suministro de mezcla asfáltica en Boca de
Planta”, el día 15 de noviembre de 2011. En el cual indica que la garantía de participación
presentada por la adjudicataria no rige desde la fecha de la apertura de las ofertas (14 de octubre
2011), sino desde el 17 de octubre de 2011, lo cual resulta en un vicio de nulidad grave e
insubsanable. ------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Mediante el auto de las once horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once,
esta División procedió a solicitar a la Municipalidad de Barva, el envío del expediente
administrativo de la Licitación Abreviada 2011LA-000015-01. -----------------------------------------
III. Mediante oficio AMB-1983-2011 del 17 de noviembre de 2011, la Administración licitante
remitió el expediente solicitado.---------------------------------------------------------------------------------
IV. En el procedimiento se han observado las prescripciones constitucionales, legales y
reglamentarias. -----------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente asunto, se tienen por d ...
Fecha publicación: 29/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BARVA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
R-DCA-600-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las nueve horas del veinticuatro de noviembre del dos mil once.------ -
Recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por la empresa RANSA
Representaciones, Asesorías y Negocios, S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación
Abreviada N° 2011LA-000070-PROV, promovida por el Instituto Costarricense de Electricidad,
para el servicio de reconstrucción de partes usadas de turbinas del Centro de Generación Moín,
recaído a favor de la empresa Wood Group Power Plant Services INC., por un monto de
US$926.045,08.----------------------------------------------------------------------------------------------------.
RESULTANDO:
I. Que mediante escrito recibido en esta Contraloría General el 10 de noviembre del 2011, la
empresa RANSA interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra del acto de
adjudicación de la Licitación Abreviada N° 2011LA-000070-PROV, promovida por el Instituto
Costarricense de Electricidad, para el servicio de reconstrucción de partes usadas de turbinas del
Centro de Generación Moín, recaído a favor de la empresa Wood Group Power Plant Services
INC.----------------------------- ------------------------------------------------------------------------------------
II. Que en los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y
reglamentarias y, ---------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO:
I. HECHOS PROBADOS: 1) Que el Instituto Costarricense de Electricidad promovió la
Licitación Abreviada N° 2011LA-000070-PROV, para el servicio de reconstrucción de partes
usadas de turbinas del Centro de Generación Moín (ver folio 61 del expediente administrativo), 2)
Que dicho concurso fue adjudicado a la empresa Wood Group Power Plant Services INC., por un
monto de US$926.0 ...
Fecha publicación: 29/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
R-DCA-599-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las diez horas del veintitres de noviembre de dos mil once.-------------
Recurso de apelación y nulidad interpuesto por la empresa Distribuidora de Frutas, Carnes y
Verduras Tres M, S.A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación Restringida N° 001-2012,
“Adquisición de productos para preparar alimentos en el comedor escolar del Centro Educativo
finca Guararí”, promovida por la Junta de Educación del Centro Educativo Finca Guararí de
Heredia.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. La empresa apelante, Distribuidora de Frutas, Carnes y Verduras Tres M, S.A., presentó recurso
de apelación y nulidad de la Licitación Restringida N°001-2012. Argumenta la apelante que cuenta
con legitimación para apelar, ya que obtuvo, al igual que el adjudicatario, 100% del puntaje que
otorgaba la tabla de evaluación. No obstante, no resultó ganador, ya que en criterio de la
Administración, el ahora adjudicatario, presentaba mejores precios, factor que se usó para el
desempate. El apelante presenta una serie de cuestionamientos técnicos en contra de la
adjudicataria, los cuales, en caso de prosperar la excluirían del concurso. Además indica la
improcedencia de una licitación restringida como procedimiento para el negocio jurídico que nos
ocupa, y la falta de apego a la normativa que informa la materia.-------------------------------------------
II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y
reglamentarias. -----------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I Hechos Probados: 1) Que la Junta de Educación del Centro Educativo Finca Guararí Heredia,
promovió la Licitación Restringida No. 001-2012, para la “Adquisición de productos para prep ...
Fecha publicación: 28/11/2011
Fecha emisión: 23/11/2011
Institución: JUNTA DE EDUCACION ESCUELA GUARARI SAN FRANCISCO, HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Tesauro: Fundamentación del recurso de apelación
R-DCA-598-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil once.-----------
Recurso de objeción interpuesto por Diagnostika S.A en contra del cartel, de la Licitación
Pública N°2011LN-000008-2101, promovida por el Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón
Guardia (C.C.S.S) para la adquisición de reactivos para la determinación CD3/CD4 y CD8.------
I.-POR CUANTO: La firma Diagnostika S.A interpuso recurso de objeción en contra del cartel
de la Licitación Pública N°2011LN-000008-2101 para la adquisición de reactivos para la
determinación CD3/CD4 y CD8.---------------------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: mediante auto de las diez horas del diez de noviembre de 2011, se concedió
audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos
de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel. ----------------------------------------------------------
III. POR CUANTO: El Hospital respondió la audiencia mediante oficio SCA-4750-11-2011 de 15
de noviembre de 2011.---------------------------------------------------------------------------------------------
IV.-SOBRE EL FONDO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de
objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos
injustificados o arbitrarios a la libertad de participación, en aras de respetar los principios de libre
concurrencia e igualdad de trato. Así, los potenciales oferentes coadyuvan con la Administración en
la formulación y depuración del pliego de condiciones. Este recurso demanda que el inconforme
señale en forma expresa y razonada en qué consiste la arbitrariedad de la Administración, es decir,
debe demostrar la falta de fundamento técnico o jurídico de la cláusula, con miras a llenar las
expectativas de la Administració ...
Fecha publicación: 28/11/2011
Fecha emisión: 23/11/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR CALDERON GUARDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11759
24 de noviembre 2011
DJ-1301-2011
Señora
Gabriela Vargas Aguilar
Secretaria del Consejo Municipal
MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Estimado señora
Asunto: Se rechaza consulta relacionada con la emergencia sanitaria de los distritos del este
de dicho cantón.
Se refiere este Despacho al oficio SCM-0453-2011, recibido el pasado 14 de noviembre del
2011, por medio del cual se consulta sobre la posibilidad de exoneración de impuestos por concepto
de servicio de agua potable por un plazo de quince días a los distritos del este del Cantón de Santo
Domingo de Heredia, ha consecuencia de una emergencia sanitaria; así como también a la vez la
aplicación de tarifas menores a estos distritos mencionados, en comparación con los restantes.
Consulta Aprobada por el Concejo Municipal en la Sección Ordinaria No.127-2011 del 7 de
noviembre de 2011
CRITERIO DEL DESPACHO
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad
consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428
del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107
del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones
concretas, como tampoco podrá dar su criterio sobre temas fuera de su competencia.
Este proceder, se funda en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la
solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera
emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y
detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente
informado.
Ahora bien, interesa señalar que en la Circular antes relacionada se establecen algunos
requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir ...
Fecha publicación: 27/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11710
24 de noviembre de 2011
DCA-3098
Señor
Gerardo Fuentes González
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
Estimado señor:
ASUNTO: Se rechaza consulta sobre posible convenio entre la Municipalidad de Guácimo
y Ecoproyectos de Centroamérica S.A. por tratarse de un caso concreto.
Damos respuesta a su oficio No. AMG-778-2011, de fecha 28 de setiembre del año en curso
y recibido en esta Contraloría General el 30 de octubre siguiente, mediante el cual consulta, si de
conformidad con el artículo 3, del Reglamento de Refrendos R-CO-2007, un convenio entre
Ecoproyectos de Centroamérica S.A., y dicha Municipalidad requiere de nuestro refrendo.
I. Sobre los aspectos consultados.
Indica la Corporación Municipal que en la actualidad tienen autorizada una concesión
permanente de explotación sobre el cauce de dominio público, en el Río Guácimo, esto de
conformidad con expediente minero número 8-2004, de la Dirección de Geología y Minas, y como
parte de los requisitos y obligaciones esa corporación municipal debe cumplir con el acceso y
acondicionamiento de áreas de terreno colindante a las coordenadas del cauce, esto con el fin de ser
utilizados como patios de acopio de material, áreas para movilización y estacionamiento de
maquinaria, además de una oficina con ciertos servicios y una casetilla para el control diario.
Ante tal situación, la empresa Ecoproyectos de Centroamérica S.A, quienes son los
propietarios registrales de los terrenos colindantes al sitio de la extracción, están de acuerdo a
celebrar un convenio, por el cual permiten el uso y ocupación de esos predios por parte de la
Municipalidad y como contraprestación solicitan el 10% del material efectivamente extraído por
mes. Señala la Municipalidad que esa Administración tiene autorizado extraer como máximo por
mes la cantidad de 2000m³, por lo q ...
Fecha publicación: 27/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11824
25 de noviembre, 2011
DJ-1303-2011
Señora
Luz Marina Jiménez Jara
Contadora Municipal
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza consulta sobre el procedimiento para el giro de dineros por concepto
de becas a terceros.
Se refiere este Despacho al oficio número CONT-457-11-11 de fecha 17 de noviembre del
2011, recibido en esta Contraloría General el día 18 de noviembre del año en curso; mediante el
cual se consulta sobre el procedimiento utilizado para girar los recursos destinados a un programa
de becas para terceros, el cual nace jurídicamente mediante la Ley Reguladora de la Actividad
Portuaria de la Costa del Pacífico, número 8461 publicada en La Gaceta número 80 del 26 de abril
del año 2005, donde se estipula la modificación del artículo 15 de la Ley número 5582, publicada
en La Gaceta número 207 del 31 de octubre del año 1974.
Con respecto a la solicitud que se formula, le indicamos que de conformidad con el artículo
29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (CGR), número 7428 del 07 de
setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05
de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de
la normativa.
Al respecto, entre otros aspectos, cabe señalar que en el inciso 2.3 de la circular antes
señalada se estipula que, para que la CGR emita un criterio, la consulta planteada debe estar
“debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante, con una detallada explicación
sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan la gestión. (…).”
Adicionalmente, se debe señalar que este órgano contralor no se refiere a casos concretos o
posibles irregularidades por medio del ejercicio de su potestad consultiva. ...
Fecha publicación: 27/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 11658
Fax: 2453-1213
23 de noviembre, 2011
DDFFOOEE--DDLL--11006699
Señor
Bernal Vargas Araya
Alcalde Municipal
MMUUNNIICCIIPPAALLIIDDAADD DDEE PPAALLMMAARREESS..
AALLAAJJUUEELLAA
Estimado señor:
Asunto: Consulta referente al procedimiento para el tratamiento de
cuentas incobrables de ciudadanos que se encuentran en
extrema pobreza.
Se refiere este Despacho al oficio Nro. DE-0829-11 del 24 de octubre del año
en curso, mediante el cual presenta una consulta sobre el tratamiento de cuentas
pendientes de pago por parte de personas que viven en condiciones de extrema
pobreza.
La citada consulta se plantea en los siguientes términos: “…si legalmente es
posible trasladar dichas deudas a una cuenta de incobrables, y posteriormente
pagar las mismas con recursos de la municipalidad de manera que se liquiden
dichas cuenta. Pero al mismo tiempo debemos sacar a dichos contribuyentes del
sistema informático SIM para evitar que generen más deudas./Lo que más me
interesa es conocer si ya existe un procedimiento avalado por la Contraloría General
de la República para el tratamiento de estas cuentas incobrables.”.
Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de
conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República, Nro. 7428 del 7 de setiembre de 1994, y la circular Nro. CO-5291
(disponible en la página web www.cgr.go.cr), este órgano contralor evacuará las
consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus
competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que
debe resolver la institución solicitante.
...
Fecha publicación: 26/11/2011
Fecha emisión: 23/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Aspectos varios
R-DCA-601-2011
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las diez horas del veinticuatro de noviembre de dos mil once.----------
Recursos de apelación y nulidad interpuesto por la Aaron Zapata Solís en contra del acto de
adjudicación a favor de la Licda Sugey Arias Madrigal en la Licitación Pública No 001-2011del
Comité Cantonal de Deportes de Alajuela, para la contratación de servicios profesionales de
personas físicas para la planificación y desarrollo de disciplinas deportivas y sus ligas menores,
específicamente la disciplina de fut-sala por el monto de ¢5.640.000.00 ----------------------------------
RESULTANDO
I. Aaron Zapata Solís, presentó recurso de apelación ante la Contraloría General de la República el
día 15 de noviembre de 2011.------------------------------------------------------------------------------------
II. Por medio del Auto de las diez horas del diecisiete de noviembre de dos mil once, este órgano
solicitó el expediente administrativo a la Administración.---------------------------------------------------
III. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y
reglamentarias y, --------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Hechos Probados: Se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés 1) el Comité
Cantonal de Deportes de Alajuela promovió la, Licitación Pública No 001-2011 para la contratación
de servicios profesionales de personas físicas para la planificación y desarrollo de disciplinas
deportivas y sus ligas menores, específicamente la disciplina de fut-sala, siendo que la adjudicación
recayó a favor de la Licenciada Sugey Arias Madrigal, específicamente la disciplina de fut-sala
(Ver Acuerdo 277-2011 de la Sesión extraordinaria No 03-2011 celebrada el 30 de octubre de 2011
y Resolución No 02-2011 mediante la cual se recha ...
Fecha publicación: 26/11/2011
Fecha emisión: 23/11/2011
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11683
23 de noviembre de 2011
DJ-1293-2011
Licenciado
Arturo Mc Guinness Sarkis
Director Deportivo
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE ALAJUELA
Estimado señor:
Asunto: Consulta relacionada con el eventual requerimiento de una garantía de
participación dentro del trámite de un procedimiento licitatorio.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, recibido el 15 de noviembre pasado,
mediante el cual formula la siguiente consulta al órgano contralor:
“Hemos realizado un cartel de licitación mediante la Ley de Contratación
administrativa y su reglamento para contratar entrenadores deportivos y que
nos brinden sus servicios profesionales mi consulta es si, el cartel debe de
solicitar obligatoriamente un depósito de garantía a los entrenadores que
participen en la oferta o a los que ganen el cartel”.
CRITERIO DEL DESPACHO
En atención a la consulta planteada debe advertirse que, en el ejercicio de la potestad
consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428
del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107
del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones
concretas.
Este proceder se funda en el interés, de no sustituir a las entidades consultantes en la
solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera
emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y
detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente
informado.
Aunado a lo anterior, interesa señalar que en la Circular antes relacionada se establecen,
algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría
General, dentro de los que destaca que la consulta no est ...
Fecha publicación: 26/11/2011
Fecha emisión: 23/11/2011
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE ALAJUELA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO