División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Sociales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Sociales
DFOE-SOC-1522
2
18 de diciembre, 2009
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13845
18 de diciembre, 2009
DFOE-SOC-1522
Máster
Adriana Retana Salazar
Directora Ejecutiva
Consejo Nacional de Rehabilitación
y Educación Especial (CNREE)
Estimada señora:
Asunto:
Atención a consulta relativa a si los remanentes de la partida de Remuneraciones y Cuentas Especiales pueden considerarse específicos para el financiamiento de la homologación y pago de percentiles.
Nos referimos a su oficio N° DE-661-09 del 12 de noviembre, 2009, recibido en esta Contraloría General el 13 de noviembre del mismo año.
I. Motivo de la Consulta
Se solicita el criterio de esta Contraloría General en relación con una gestión que está pendiente en la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, pues existe la posibilidad de que ese Consejo tenga que realizar en el año 2010, erogaciones relacionadas con el pago para homologar las clases de trabajadores profesionales al sistema de clasificación y valoración de la Dirección General del Servicio Civil, periodo 2008-2009, más los percentiles correspondientes al periodo 2009, y que en razón de ello ese Consejo incluyó en el Presupuesto 2009, los recursos necesarios para cubrir ese costo.
También se comenta en el oficio de marras, que esa inclusión se realizó en la “subpartida 9.2.0. Sumas sin asignación presupuestaria” y que se dispone de otros recursos relativos al superávit del ejercicio 2008 y a otros incluidos en el Presupuesto Extraordinario Nº 3 de 2008 del Gobierno de la República con el fin específico indicado
. Además, se señala que en opinión de esa Dirección Ejecutiva todos estos recursos deberían considerarse como Superávit Específico, “…en la liquidación presupuestaria del año 2009, pues tienen un destino claramente indicado en el presupuesto del CNREE para el año 2009 ...
Fecha publicación: 08/01/2010
Fecha emisión: 18/12/2009
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS)
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área De Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
DFOE-PGAA-782
-2-
17/12/2009
Al contestar refiérase
al oficio No. 13621
17 de diciembre, 2009
DFOE-PGAA- 782
Máster
Isabel Alvarado Alpízar
Directora Administrativa Financiera
Instituto Nacional de Innovación y
Transferencia en Tecnología Agropecuaria
Estimada señora:
Asunto:
Gestión referente a la aplicación del artículo 3 de la Ley Nro. 8149, Ley del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA).
En relación con el oficio Nro. DAF-INTA-0379-09, referido a la aplicación del artículo 3 de la Ley Nro. 8149, Ley del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria, se indica lo siguiente:
I.
OBJETO DE LA GESTIÓN.
El INTA solicita, la intervención de la Contraloría General de la República, para que las distintas entidades del sector agropecuario que reciben transferencias del Estado, aporten el 40% del superávit a ese Instituto, en cumplimiento con el artículo 3 de la Ley Nro. 8149, Ley del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria.
II.
PERTINENCIA DE LA GESTIÓN SOLICITADA.
No resulta ajustado a las competencias de la Contraloría General de la República realizar el requerimiento solicitado, de instar a las instituciones cubiertas por el artículo 3 de cita, a que aporten el 40% del superávit al INTA. En estricto acatamiento del Principio de Legalidad Administrativa, mal haría una entidad pública afectada por la disposición de comentario, en no girar o girar una suma diferente de la que está obligada a trasladar; además, esa conducta podría generar diversos incumplimientos y las consecuentes responsabilidades en los órdenes administrativo, civil y penal.
De acuerdo con el bloque de legalidad aplicable, es responsabilidad de la Admi ...
Fecha publicación: 05/01/2010
Fecha emisión: 17/12/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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R-DJ-345-2009
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las once del dieciocho de diciembre de dos mil nueve. ---------------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por MAGRUVEH S.A., en contra del acto de readjudicación de la Contratación Directa No. 2009CD-000111-MA, promovida por la Municipalidad de Alajuelita, para la “Adquisición de una vagoneta reconstruida”, acto recaído en favor de la empresa Inversiones ROSAVI S.A., por la suma de ¢28.500.000,00. -----------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que la empresa MAGRUVEH S.A., interpuso recurso de apelación contra el acto de adjudicación de la Contratación Directa No. 2009CD-000111-MA, promovida por la Municipalidad de Alajuelita, para la “Adquisición de una vagoneta reconstruida”, alegando que la oferta de la empresa adjudicataria presenta un incumplimiento técnico grave que la convierte en una oferta inelegible, razón por la cual debe ser excluida del procedimiento de contratación en comentario. ----
II.- Que esta División solicitó el respectivo expediente administrativo a la Municipalidad de Alajuelita por medio del auto de las once horas del dieciséis de diciembre del presente año. ----------
III.- Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley, habiéndose observado durante su trámite las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes. --------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.- Hechos Probados: Para el dictado de la presente resolución, este Despacho ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que mediante el oficio 10575 (DJ-1583) del 14 de octubre de 2009, la División Jurídica de esta Contraloría General de la República, procedió a autorizar a la Municipalidad de Alajuelita a contratar en forma directa la adquisición de una vagoneta reconstruida. 2) Que de conformidad con la autorización recibida, la Municipalidad de Alajuelita, promovió la Contratación Directa ...
Fecha publicación: 21/12/2009
Fecha emisión: 18/12/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Tesauro: Calificación de ofertas, Supuestos de improcedencia manifiesta del recurso de apelación, Estudio de admisibilidad de ofertas, Compras de vehiculos
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R-DJ-343-2009
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve horas del dieciocho de diciembre de dos mil nueve. --------------------------------
Recursos de objeción a las modificaciones del cartel de la Licitación Pública con Invitación Internacional 2009LI-000001-00200, promovida por el Consejo Nacional de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, (en adelante CNC) cuyo objeto es la concesión de obra pública con servicios públicos para el financiamiento, diseño, construcción, operación y mantenimiento de la Nueva Terminal de Contenedores de Moín, interpuestos por CDG Environmental Advisors S.A., y APM Terminals B.V. -------------------------------------------------------------------------------
I. POR CUANTO: Mediante escritos presentado el 24 de noviembre de 2009 por APM Terminals B.V., y CDG Environmental Advisors S.A, se interpusieron recursos de objeción en contra del cartel de la Licitación referida. -----------------------------------------
II. POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial al Consejo Nacional de Concesiones con el objeto de que se refirieran por escrito a los argumentos de las objetantes. ---------------------------------------------------------------------------------------------
III. POR CUANTO: El Consejo Nacional de Concesiones atendió la audiencia especial conferida, mediante oficio DST-OF-1703-09 y mediante oficio DST-OF-1740-09 remitió las copias fieles de los carteles del mes de abril y del mes de octubre de este procediendo de licitación. --------------------------------------------------------------------------
IV. POR CUANTO: Sobre el fondo: A) Recurso de CDG Environmental Advisors S.A.: UNICO: Alcances de la interacción entre la concesión de la TCM y la iniciativa privada del proyecto de la MTA de Amega: La objetante señala respecto de la legitimación que de conformidad con las disposiciones de los artículos 47, 81 y 82 de la Ley de Contratación Administr ...
Fecha publicación: 21/12/2009
Fecha emisión: 18/12/2009
Institución: CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13760
18 de diciembre, 2009
DJ-2613
Señor
Eduardo Rojas Villalobos
Presidente
CONARROZ
Estimado señor:
Asunto: Se atiende la solicitud de criterio legal, presentada por CONARROZ, mediante el oficio J.D.002.09, respecto a la posibilidad de reconocer el pago de prohibición al Director Ejecutivo de dicha Corporación.
Damos respuesta a su oficio J.D.002.09, recibido en esta Contraloría General el día 24 de agosto pasado, mediante el cual solicita nuestro criterio jurídico en relación con la posibilidad de reconocer el pago de prohibición al Director Ejecutivo de dicha Corporación.
I.- Motivo de la consulta:
Sostienen que el nombramiento del actual Director Ejecutivo, se hizo que las condiciones serían iguales, en materia salarial, a las que regían para el anterior Director. A éste se le habían aprobado los reconocimientos de ley.
Señalan que el Director Ejecutivo presentó un reclamo para que se le reconozca el pago por dedicación exclusiva, sobre la base de su puesto tiene nivel gerencial, así como dado que en su nombramiento se indicó que se mantenía el nivel salarial que en aquel momento devengaba el Director Ejecutivo anterior.
El criterio legal interno, señaló que el cargo de Director Ejecutivo se encuentra incluido dentro de la lista de funcionarios a los cuales se les debe reconocer la compensación por concepto de prohibición, no obstante para la procedencia del pago debe determinarse la profesión liberal que se le impide ejercer. Si no existe profesión que por el cargo se impida ejercer, no se puede reconocer pago por ese concepto. Concluyen que sí existe sustento legal para reconocerle la indemnización por concepto de dedicación exclusiva.
La Unidad de Recursos Humanos de esa Corporación, señala que para ubicar un salario base para el puesto de Director Ejecutivo, éste es equiparado al puesto de Gerente General del nivel superior, teniendo derecho a los aumentos que se determinen por costo ...
Fecha publicación: 21/12/2009
Fecha emisión: 18/12/2009
Institución: CORPORACION ARROCERA NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13829
18 de diciembre, 2009
DJ-2635
Señor
Juan Carlos Borbón Marks
Gerente General
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
Estimado señor:
Asunto: Se resuelve consulta relacionada con rendición de cauciones por parte funcionarios de la CIMAT.
Se refiere este Despacho a sus oficios números G-969-2009 y G-3058-2009 de 6 de mayo y 3 de diciembre respectivamente del año en curso, mediante los cuales solicita nuestro criterio en relación con la aplicación del Reglamento interno sobre rendición de garantías o cauciones de funcionarios del Instituto Costarricense de Turismo a los miembros de la Comisión Interinstitucional de Marinas y Atracaderos Turísticos (CIMAT).
I.- Motivo de la consulta
Refiere de manera general el consultante que la Comisión Interinstitucional de Marinas y Atracaderos Turísticos, en adelante CIMAT, es un órgano de desconcentración máxima adscrito al Instituto Costarricense de Turismo por disposición de la Ley 7744 Concesión y operación de marinas turísticas. En este sentido plantea la consulta para que el órgano contralor se sirva aclarar si es procedente aplicar el reglamento interno relativo a la rendición de garantías o cauciones de los funcionarios del ICT a los miembros del CIMAT.
Señala el consultante la diferencia de criterio surgida entre la asesoría legal del Instituto Costarricense de Turismo, en adelante ICT y los miembros del CIMAT en cuanto a la obligación de éstos últimos de rendir garantía o caución a favor de la hacienda pública o de la institución correspondiente. Para dicha asesoría legal resulta aplicable el reglamento de cita a los funcionarios del CIMAT, por disposición expresa de su artículo 12; por su parte los miembros del CIMAT discrepan de dicho criterio por considerar que en calidad de representantes de los ministerios e instituciones que conforman la Comisión, no recaudan, custodian o administran fondos o valores del ICT.
De igual forma se adjuntan los c ...
Fecha publicación: 21/12/2009
Fecha emisión: 18/12/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13771
18 de diciembre, 2009
DJ-2614
Licenciada
Irma Delgado Umaña
Auditora Interna
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento
Estimada señora:
Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formulada por la auditora interna del SENARA, mediante el oficio AU-107-09, relacionada con la aplicación de la prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda Pública a partir de un recargo de funciones.
Damos respuesta a su oficio AU-107-09, recibido en esta Contraloría General el pasado 7 de agosto, mediante el cual solicita nuestro criterio respecto a la aplicación de la prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda Pública de frente a un recargo de funciones.
I.- Motivo de la consulta:
La consulta remitida nuevamente hace referencia específica al caso de un funcionario del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento -en adelante SENARA-, que siendo a la vez regidor propietario en la Municipalidad de Belén, fue sancionado con una prohibición de ingreso o reingreso a un cargo de la Hacienda Pública. A la vez se remite a los términos del criterio rendido por este órgano contralor mediante el oficio N° 13603 (DAGJ-1700) del 17 de diciembre de 2008.
En dicho criterio se indicó, que para el caso de este funcionario en particular, la prohibición de ingreso o reingreso a un cargo de la Hacienda Pública, le aplica solo para cargos en que sea nombrado con posterioridad a la imposición de la medida y durante su vigencia.
A partir de lo anterior, indica que surgen nuevas interrogantes relacionadas con la ejecución del contrato de préstamos entre el gobierno de Costa Rica y el Banco Centroamericano de Integración Económica, contrato de préstamo 1709 para la ejecución del programa de gestión integrada de recursos hídricos (PROGIRH), cuyo organismo ejecutor es el SENARA.
Señala que, con el fin de ejecutar dicho programa quedó prevista la creación – ...
Fecha publicación: 21/12/2009
Fecha emisión: 18/12/2009
Institución: SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRANEAS RIEGO Y AVENAMIENTO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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R-DJ-339-2009
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve horas del diecisiete de diciembre de dos mil nueve. ------------------------------------------------------
Recursos de apelación interpuestos por Guillermo Angulo Alvarez, Central de Cobros Tributarios S.A., Ahyza María Prieto Vargas y Luis Antonio Alvarez Chaves, en contra del acto administrativo tomado por la Municipalidad de Santa Bárbara, por medio del cual se adjudicó la Licitación Pública 2009LN-000003-CL, para contratar los servicios de abogacía para cobro judicial y extrajudicial, recaído a favor de los licenciados Roberto Suárez Castro y Rodrigo Vargas Araya. -------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Los apelantes presentaron los recursos de apelación dentro del plazo de ley. ---------------------
II. La Municipalidad aportó el expediente de apelación, adjunto a su oficio del dieciocho de noviembre de dos mil nueve, agregado al expediente de apelación y tenido a la vista para resolver. --------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
Hechos Probados: 1) Que la Municipalidad de Santa Bárbara promovió la Licitación Pública 2009LN-000003-CL para los servicios de abogacía para cobro judicial y extrajudicial (ver la Gaceta 128 del 3 de julio de 2009). 2) El cartel de licitación señaló en lo que interesa: “4. AREA GEOGRAFICA DE ADSCRIPCION: El profesional debe poseer oficina debidamente acondicionada, preferiblemente ubicada en el Area Metropolitana... 8 METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN la calificación de cada participante se efectuará dentro de una escala de 0 a 100, quedando fuera de concurso aquellos que no alcancen 80 puntos. Se procederá a realizar la calificación de cada oferta bajo la siguiente metodología de evaluación:
FACTORES DE EVALUACIÓN
Experiencia...................................................................60%
...
Fecha publicación: 20/12/2009
Fecha emisión: 17/12/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
DFOE-PGAA-776
-2-
17/12/2009
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 13555
17 de diciembre, 2009
DFOE-PGAA- 776
Señora
Sandra Quirós Bonilla
Presidenta Junta Administrativa
Dirección Nacional del Archivo Nacional
Estimada señora:
Asunto:
Se atiende solicitud de criterio sobre la posibilidad de que el Archivo Nacional pueda asumir el costo financiero por el uso de tarjetas de crédito o débito, como forma de pago de los usuarios por los servicios que presta.
Mediante el oficio Nro. JA-409-2009 recibido en esta Contraloría General el 3 de noviembre del 2009, se transcribe el acuerdo Nro. 10 dictado por ese órgano colegiado en la sesión Nro. 20-2009 del 21 de octubre de 2009. En dicho acuerdo se solicita el criterio de esta Área de Fiscalización, en cuanto a “(…) si es legalmente factible para la Junta Administrativa del Archivo Nacional, asumir una disminución en sus ingresos reales por concepto del costo financiero que cobran los entes bancarios por el uso de tarjetas de crédito o débito.”.
Adjunto a ese oficio se remitió el criterio de la Asesoría Legal de esa Dirección Nacional, externado por medio del oficio Nro. AL-118-2009 del 5 de octubre de 2009. En este oficio se señala que “(…) es escasa la normativa relacionada con el tema, se encuentra alguna que más que todo versa sobre las tarjetas de crédito y casi ninguna sobre tarjetas de débito.”. Al respecto, cita el Reglamento de Tarjetas de Crédito, Decreto Ejecutivo Nro. 28712 del 26 de mayo de 2000, el cual regula la relación contractual y el régimen de obligaciones aplicable entre el negocio afiliado, el emisor y la compañía miembro adquirente, así como con respecto al tarjetahabiente. Agrega la Asesoría Legal en su oficio, que de manera general, el artículo 10 de la Ley de ...
Fecha publicación: 20/12/2009
Fecha emisión: 17/12/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Secretaría Técnica
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Secretaría Técnica
DFOE-ST-0186
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17 diciembre, 2009
AAl contestar refiérase
al oficio No. 13682
FAX 2438-9049
17 de diciembre, 2009
DFOE-ST-0186
Señora
Laura Arrieta Vargas
Directora Ejecutiva
Asociación Hogar Siembra
direc@hogarsiembra.org
Estimada señora:
Asunto:
Respuesta a consulta sobre obligatoriedad de reformar los estatutos de la asociación en atención a nota del IMAS.
Se da respuesta a su oficio del 3 de noviembre pasado, en el cual consulta sobre la obligatoriedad de reformar los estatutos de esa Asociación en los términos que se establecen en la nota IBS?E?649?11?09 del Departamento de Administración de Instituciones y Servicios de Bienestar Social del IMAS, la cual adjunta a su gestión.
Según la nota de referencia, las regulaciones allí planteadas corresponden a disposiciones de la Auditoría Interna del IMAS; sin embargo, luego se aclara que derivan de un informe elaborado por esa auditoría interna, cuyas recomendaciones fueron debidamente aceptadas. Consultada sobre el particular, la Auditoría Interna informó que se trata del informe AUD.030-2009.
Los asuntos que, de acuerdo con la nota de referencia, deben ajustarse en los estatutos son los siguientes:
“1.
Que los miembros de Junta Directiva no tengan parentesco entre sí y con los Directores o Administradores del Centro.
2.
Que los miembros de Junta Directiva no asuman a su vez cargos en ésta y la Administración.
3.
En aquellos casos en donde los estatutos permitan la reelección en los cargos de Junta Directiva, valoren la posibilidad de hacerlo al menos de manera alterna y no por períodos seguidos, y evitar la reelección indefinida.
4.
Que los cargos de los miembros de la Junta Directiva son totalmente voluntarios y ad honorem, sin remuneración alguna.”
En su consulta cuestiona, específicamente, los puntos 1 y 3, a saber, lo relativo a la inexistencia de parentesco ...
Fecha publicación: 20/12/2009
Fecha emisión: 17/12/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA DE SECRETARIA TECNICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS