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R-DAGJ-840-2005
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del seis de diciembre de dos mil cinco.-----------------------------------------
Recursos de objeción interpuestos por Distarosta Internacional, S. A. y Elvatrón, S. A. en contra el cartel de la Licitación Pública 2005-030 promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social para la compra de Catéter Uretral ( ítems 1 a 6).------------------------------------------------------
I.-POR CUANTO: Distarosta Internacional, S.A. y Elvatrón, S.A., respectivamente, interpusieron recurso de objeción en contra el cartel de la Licitación Pública 2005-30 promovida por la Caja Costarricense de Seguro Social para la adquisición de Catéter Uretral (ítems 1 a 6) (ver escritos en el expediente de objeción, folios A-1 a A-9).------------------------------------------------------------------
II.-POR CUANTO: Mediante auto dictado a las doce horas del veinticuatro de noviembre de dos mil cinco, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiera por escrito a los argumentos de la objetante Distarosta Internacional, S.A. y para que remitiera copia del cartel (ver expediente, folio E1).---------------------------------------------------------------------------------
III.-POR CUANTO: La Administración, a través de la Comisión Técnica de Urología, atendió oportunamente la audiencia especial conferida (ver escrito en el expediente, folios B1 a B 2).--------
IV.-POR CUANTO: Sobre el fondo: Este Despacho se ha pronunciado en reiteradas ocasiones, que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento jurídico con el objeto de remover cualquier obstáculo injustificado o arbitrario a la participación de eventuales proveedores, así como para evitar que se confieran ventajas a un eventual oferente en perjuicio de otros (principios de libre competencia e igualdad de trato, consagrados en el artículo 5 de la L ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
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R-DAGJ-839-2005
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del seis de diciembre de dos mil cinco. ------------------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por Consultécnica, S. A., en contra el cartel de la Licitación por Registro 7-2005 promovida por el Banco Nacional de Costa Rica para la contratación de una empresa consultora para la elaboración de estudios preliminares, planos de anteproyecto, planos constructivos, presupuesto, especificaciones técnicas, inspección y supervisión del proyecto para la construcción de un nuevo edificio para la agencia del Banco Nacional en Tres Ríos. -------------------
I.- POR CUANTO: Consultécnica, S. A. mediante escrito presentado a las nueve horas del veintidós de noviembre de dos mil cinco, interpuso recurso de objeción contra el cartel de la referida licitación (ver folios A-1 A-3 del expediente de objeción).----------------------------------------
II. POR CUANTO: Sobre la admisibilidad: El artículo 81 de la Ley de la Contratación Administrativa establece que, contra el cartel de la licitación pública, o el pliego de condiciones de la licitación por registro, procede el recurso de objeción ante la Contraloría General de la República, “. . .dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas. . .”, lo cual reiteran los numerales 87 y 88 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Conforme al artículo 48 del precitado Reglamento, para computar dicho plazo no se toma en cuenta el día de publicación del aviso pero sí el del vencimiento. La oportunidad para reclamar contra las cláusulas cartelarias se computa a partir del día siguiente de la publicación de la invitación a participar (16 de noviembre de 2005) y el día propiamente previsto para la recepción de ofertas (30 de noviembre de 2005), en donde el número total de días hábiles existentes es de once días, siendo el primer tercio de ese plazo de tres días, si ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
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R-DAGJ-838-2005
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las quince horas con cincuenta minutos del cinco de diciembre de dos mil cinco.----------
Recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Servicios Médicos Costarricense (ASEMECO) en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro N° 050-2005, promovida por el Hospital México, para la compra de adquisición de estudios de resonancia magnética, acto recaído a favor de la empresa Importaciones Línea Médica S.A., por un monto de sesenta y dos mil dólares, moneda de curso legal en Estados Unidos de América.----------------------
RESULTANDO
I.-Asociación de Servicios Médicos Costarricense alegó en su recurso que la oferta de la adjudicataria debió de ser excluida, toda vez que del personal médico que laboraría prestando el servicio, la mayoría labora para la Administración en los Hospitales Calderón Guardia y la Clínica Moreno Cañas, y dado que se ofrecen en un horario de jornada completa e inclusive sábados y domingos, habría un traslape con sus horarios regulares. Por otra parte, las instalaciones ofrecidas por la firma adjudicataria carecen de medidas de seguridad contra incendios y de las medidas que demanda para incapacitados la ley #7600. Además las instalaciones no cuentan con respaldo hospitalario ni los equipos con contratos de mantenimiento preventivo y correctivo.--------------------
II.-Esta División confirió audiencia inicial a la Administración y a la empresa adjudicataria, mediante auto de las once horas del siete de octubre del 2005,con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a las alegaciones de la apelante y para que ofreciera las pruebas que considerara oportunas.-----------------------------------------------------------------------------
III.-Que mediante auto de las doce horas del 21 de noviembre del 2005 se notificó a las partes un auto de solicitud de prueba.---------------- ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
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R-DAGJ-837-2005
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco.
Recurso de objeción interpuesto por la empresa IT Servicios de Infocomunicación S.A., en contra del cartel de la Contratación Directa No. 4810-2005, promovida por el Ministerio de Hacienda, para el desarrollo y mantenimiento de la red o plataforma global de comunicaciones del Ministerio de Hacienda. ------------------------------------------------------------------------------------------
I. POR CUANTO: El recurso interpuesto por IT Servicios de Infocomunicación S.A. se presentó a las 15:14 horas del 21 de noviembre del 2005. ----------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial al Ministerio de Hacienda con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante, y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación. -----------------------------------------------------------------------------------
III. POR CUANTO: El Ministerio de Hacienda, mediante el oficio PI-401-2005 de fecha 28 de noviembre del 2005, atendió esa audiencia especial. ---------------------------------------------------------
IV. SOBRE EL FONDO: 1) Indica la objetante que en el punto 1 de la sección 2, se indica que para la segunda propuesta el oferente deberá ceder la frecuencia licenciada a utilizar mediante los procedimientos descritos en la Ley de Control de Radio y su respectivo reglamento. En este sentido, solicita que dado que no está en manos ni del oferente ni de la Administración contratante la decisión última de aprobar la cesión de la frecuencia, y que podría ocurrir que por causas totalmente ajenas al oferente, la oficina encargada de autorizar la cesión decida no hacerlo, lo cual haría que se presente un incumplimiento del adjudicatario por una situación que no está dentro de su c ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: MINISTERIO DE HACIENDA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
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R-DAGJ-836-2005
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica San José, a las quince horas con treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco.-----------
Recurso de objeción interpuesto por la empresa Enhmed EM en contra del cartel de la Licitación por Registro 076-2005 promovida por el Hospital México para la compra de “Unidad dental para Procedimientos Quirúrgicos”.---------------------------------------------------------------------
II.- POR CUANTO: La empresa Enhmed EM promovió la Licitación por Registro 076-2005 para la compra de“Unidad dental para Procedimientos Quirúrgicos”, la cual fue publicada en la Gaceta Nº 220 del 15 de noviembre del 2005.-----------------------------------------------------------------
III.- POR CUANTO.- La empresa Enhmed EM presentó un recurso de objeción ante esta Contraloría el día 21 de noviembre del 2005.------------------------------------------------------------------
IV.- POR CUANTO: Que la apertura de ofertas para la Licitación por Registro 076-2005 se señaló para el día 29 de noviembre del 2005 (ver publicación en el expediente de objeción). De conformidad con lo que dispone el artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa, el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 87 y 88 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el día de la publicación del aviso pero sí el de vencimiento. Además se cuentan solo los días hábiles y no se toman las fracciones (Ver RSL Nº1239-96 de 8:30 horas del 17 de octubre de 1996). Con fundamento en lo anterior, en el presente caso el primer tercio del plazo para objetar 10 días hábiles era de 3 días hábiles, razón por la cual ese primer tercio venció el 18 de noviembre del 2005. En consecuencia, el recurso interpuesto deviene extemporáneo y, por ende, procede su rechazo de plano.------ ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
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R-DAGJ-835-2005
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las quince horas del cinco de diciembre de dos mil cinco.-------------------------------------
Recursos de apelación interpuestos por las sociedades anónimas Elmec, y E.E. America Inc. en contra del acto de adjudicación del artículo 2 de la Licitación Pública No. 7266-E promovida por el Instituto Costarricense de Electricidad para la adquisición de contadores de energía y bases, acto recaído a favor de las sociedades anónimas Suministros Eléctricos, y CFS Sistemas, por un monto total de US$204.600. -------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Elmec S.A. presentó su recurso en contra del artículo 2 (46.500 cajas de conexión de 4 terminales, tipo redonda (socket) 100A continuos, 600VAC), alegando que las adjudicatarias presentan incumplimientos técnicos, relacionados con el aro sellador, las siglas, y las muestras. ---
II. E.E. America Inc. presentó su recurso en contra del artículo 2 (46.500 cajas de conexión de 4 terminales, tipo redonda (socket) 100A continuos, 600VAC), alegando que su oferta es la de mejor precio, y que entregaran las bases con terminales de cobre debidamente estañados y no de hierro. ---
III. La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.--------------------
CONSIDERANDO
I.- Hechos Probados: Esta División para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que el Instituto Costarricense de Electricidad promovió la Licitación Pública No. 7266-E para la adquisición de contadores de energía y bases, la cual se adjudicó a las sociedades anónimas Suministros Eléctricos, y CFS Sistemas por un monto para cada una de ellas de US$102.300. (Ver ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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R-DAGJ-834-2005
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las catorce horas con treinta minutos del cinco de diciembre de dos mil cinco.-------------
Recurso de apelación interpuesto por el Consorcio de Información y Seguridad S.A., y Vigilancia Tecnificada de Costa Rica S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Restringida No. 60-2005 promovida por el Instituto Costarricense de Electricidad para el servicio de seguridad y vigilancia para radio bases del sistema celular del casco metropolitano, acto recaído a favor de la empresa Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda, por un monto de US$102.000. --
RESULTANDO
I. El Consorcio de Información y Seguridad S.A., y Vigilancia Tecnificada de Costa Rica S.A. alegó en su recurso que la oferta de la adjudicataria debió ser declarada inelegible, por cuanto incumplieron con los requisitos mínimos obligatorios establecidos en el cartel. -------------------------
II. Esta División solicitó el respectivo expediente administrativo al Instituto Costarricense de Electricidad. --------------------------------------------------------------------------------------------------------
III. La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.--------------------
CONSIDERANDO
I.- Hechos Probados: Esta División para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que el Instituto Costarricense de Electricidad promovió la Licitación Restringida No. 60-2005 para el servicio de seguridad y vigilancia para radio bases del sistema celular casco metropolitano, la cual se adjudicó a la empresa Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda., por un monto de US$102.000. (Ver folios E1 al E7 290 del Expediente Administrativo). 2) Que el tipo de cambio venta del colón costarricense del 11 de noviembre de 2005 (fecha de la public ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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R-DAGJ-833-2005
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las catorce horas del cinco de diciembre de dos mil cinco.-------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa Nahuizalco S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública No. 105034 promovida por el Instituto Nacional de Seguros para los servicios de aseo en el Complejo INS-SALUD de equipo de cómputo, acto recaído a favor de la empresa Mundo de Limpieza S.A., por un monto de ¢95.880.000. -----------------------
RESULTANDO
I. Nahuizalco S.A. alegó en su recurso que el cartel determinó que serán valoradas solamente las cartas de recomendación que demuestren que la experiencia es en asepsia hospitalaria, por lo que a la adjudicataria no le debieron reconocer sus tres cartas, y por el contrario sí las de ellos.-------------
II. Esta División solicitó el respectivo expediente administrativo al Instituto Nacional de Seguros. --
III. La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.--------------------
CONSIDERANDO
I.- Hechos Probados: UNICO: Que el Instituto Nacional de Seguros promovió la Licitación Pública No. 105034 para los servicios de aseo en el Complejo INS-SALUD, la cual se adjudicó a la empresa Mundo de Limpieza S.A., por un monto de ¢95.880.000. (Ver folios D1 ay D2 del Expediente Administrativo). -------------------------------------------------------------------------------------
II.-De la admisibilidad del recurso presentado. Procedencia del recurso en cuanto al monto. En el Diario Oficial La Gaceta No. 34 del 17 de febrero de 2005, se comunicó la resolución R-CO-09-2005 de las 12 horas del 8 de febrero de 2005 emitida por el Despacho de la Contralora General de la República a.i, que en at ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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R-DAGJ-832-2005
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas con treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco.---------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa Instituto Panamericano de Administración e Ingeniería S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro No. 162-2005, promovida por el Ministerio de Educación Pública, para la compra de diez laboratorios para la enseñanza de las ciencias, acto recaído a favor del Consorcio conformado por las sociedades anónimas Centro para el Desarrollo Biociencia, y Multididácticos Los Colegios, por un monto máximo de US$79.180. -------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. El Instituto Panamericano de Administración e Ingeniería S.A. alegó en su recurso que su oferta es la segunda en precio y que no se hicieron observaciones descalificantes. Agregan que la oferta de la adjudicataria debió ser excluida, por cuanto presentaron una certificación falsa del distribuidor de los bienes, y la adjudicataria no es representante del fabricante. -------------------------
II. Esta División solicitó el respectivo expediente administrativo al Ministerio de Educación Pública. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------
III. En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Hechos Probados: 1) Que el Ministerio de Educación Pública promovió la Licitación por Registro No. 162-2005, para la compra de diez laboratorios para la enseñanza de las ciencias, la cual se adjudicó al Consorcio conformado por las sociedades anónimas Centro para el Desarrollo Biociencia, y Multididácticos Los Colegios, por un monto de US$79.180. (Ver folios D1 al D4 del Expediente de Apelación). 2) Que el cartel establecía que debía rendirse una garantía de ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: OTROS
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R-DAGJ-831-2005
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del cinco de diciembre de dos mil cinco.----------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa El Sol Chorotega S.C. S.A., en contra del acto de adjudicación del Concurso Público, promovido por el Instituto Costarricense de Turismo, para la Concesión del Desarrollo Turístico de las Áreas Libres en el Polo Turístico Golfo de Papagayo, acto adjudicado en sus lotes 1 y 3 a favor de la empresa Enjoy Hotel & Resorts S.A. ---
RESULTANDO
I. El Sol Chorotega S.C.S.A. alega que existieron vicios graves en el procedimiento, lo que amerita su nulidad, relacionados con el Plan Maestro del Polo Turístico Golfo de Papagayo; que existen varios aspectos relativos a la oferta de la adjudicataria que ponen en seria duda la conveniencia de los intereses del país y el cumplimiento de los fines del Polo Turístico Golfo de Papagayo. Con respecto a la experiencia de la adjudicataria no se mencionó siquiera alguna experiencia de las tres sociedades socias de la oferente; y la nota del financiamiento del BNCR no menciona a cuales proyectos se refiere. Finalmente, manifiestan que en caso de que la apelación fuera inadmisible, solicitan que se trate entonces como una denuncia formal. ----------------------------
II. En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.-------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Hechos Probados: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que el Instituto Costarricense de Turismo promovió el Concurso Público para la concesión del desarrollo turístico de las áreas libres en el Polo Turístico Golfo de Papagayo, cuyos lotes 1 y 3 fueron adjudicados a la empresa Enjoy Hotel & Resorts S.A. (Ver folio D1 del Expediente de Apelación). 2) Que en dicho concurso participó la empresa El Sol Chorotega S.C.S.A., únicamente pa ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA