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institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
tipodocumento:RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
 
institución:INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
 
año:2006
 
unidad:HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 



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PAGE 9 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 17308 15 de diciembre de 2006 DAGJ-2001-2006 Doctor Pedro Ureña Bonilla Director General INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN Estimado señor: Asunto: respuesta al oficio No. DN-1271-10-2006 sobre la posibilidad de contratar al personal del MEP y de las Juntas de Educación y Administrativas para la organización de la Edición XXVII de los Juegos Deportivos Nacionales, del 23 al 28 de enero de 2007. Nos referimos a su oficio No. DN1271-10-2006 del 25 de octubre del año en curso, mediante el cual consulta al tenor de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, No. 8422 y la Ley de Contratación Administrativa, No. 7494, sobre la posibilidad de que los miembros de las juntas de educación y administrativas de los centros educativos y funcionarios del Ministerio de Educación Pública –MEP- que laboran en dichos centros puedan participar y ser eventualmente adjudicados en los concursos que estos órganos realizarán para contratar los servicios de administradores, aseo, limpieza y vigilancia necesarios para la atención de atletas y demás personas de la organización técnica y logística que participará en la Edición XXVII de los Juegos Deportivos Nacionales que se realizarán en San José del 23 al 28 de enero del año 2007. Según información adicional adjunta a su nota, el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación –ICODER- transfiere con autorización de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General, a las juntas de educación y administrativas de 12 centros educativos, alrededor de 72.5 millones de colones, cuyos fines son para contratar los servicios de administración, aseo, seguridad y remodelaciones de centro educativos, necesarios para la atención de los atletas y demás personal relacionado con la actividad deportiva. Como parte de la consulta, el ICODER aporta el oficio No. AL-484-10 ...
Fecha publicación: 18/12/2006
Fecha emisión: 15/12/2006
Documento: 17308-2006.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Funcionario Publico


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 12660 5 de setiembre de 2006 DAGJ-1444-2006 Licenciado Manuel Fernando Solano rojas Director COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE FORTUNA Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio de este órgano contralor sobre la potestad de las Juntas Administrativas para donar terrenos a instituciones públicas. Se refiere este Despacho a su oficio N°CTPF-121-06, de fecha 04 de agosto del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 22 de agosto de los corrientes, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre la potestad de las Juntas Administrativas para donar terrenos a instituciones pùblicas. Al respecto presenta los siguientes cuestionamientos: “1. ¿Se encuentra legitimada y/o puede disponer una Junta Administrativa de un Colegio Técnico Profesional (en su seno y don el quórum de ley) tomar un acuerdo en firme –que da en donación- una proporción de terreno a otra institución estatal (Caja Costarricense de Seguro Social)? 2. ¿Están autorizadas las Juntas Administrativas de instituciones del M.E.P. para dar en donación terrenos (…) a otras instituciones estatales?. 3. ¿Cuál sería el mecanismo para dar en donación a la C.C.S.S. una proporción de terreno que se encuentra a nombre el Estado(Ministerio de Educación Pública) para construir un hospital?. 4. De ser contrario al orden jurídico vigente. ¿Es dable algún tipo de procedimiento disciplinario /sancionatorio contra los miembros de una Junta Administrativa –y- ante quien se debería accionar la denuncia?” I. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –e ...
Fecha publicación: 09/09/2006
Fecha emisión: 06/09/2006
Documento: 12660-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 12653 5 de setiembre de 2006 DAGJ-1437-2006 Master Blanca Rosa Gutiérrez Porras Directora Administrativa Financiera Doctor Pedro Ureña Bonilla Director Nacional INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN, (ICODER) Estimados señores: Asunto: Consulta relacionada con el Reglamento de Asignación, Giro y Fiscalización de Recursos Económicos destinados a los Comités Cantonales de Deporte y Recreación consignados en el presupuesto del ICODER. Se refiere este Despacho a su oficio N°DAF-427-08-06, de fecha 29 de agosto del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 29 de agosto siguiente, por medio del cual realiza las siguientes interrogantes: “…si la Contraloría General observa algún inconveniente en que el ICODER, de manera excepcional y mientras se corrige la normativa, autorice la presentación de las facturas del promotor fechadas antes de las firmas del addendum al convenio original, cuya obligación se originó por el compromiso asumido por el ICODER de financiar la segunda fase del Programa Promoción Recreativa )programa plurianual). ¿Considera esa Contraloría General que la recomendación aquí presentada para corregir la normativa actual (Reglamento de Asignación, Giro y Fiscalización de Recursos Económicos destinados a los Comités Cantorales de Deportes y Recreación consignados en el presupuesto del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación) contraviene la Circular emitida sobre aportes y que establece que los gastos que se consignan en el presupuesto no han sido ejecutados ni existen sobre ellos compromisos legales de ninguna naturaleza?” I. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de l ...
Fecha publicación: 09/09/2006
Fecha emisión: 06/09/2006
Documento: 12653-2006.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 10023 18 de julio de 2006 DAGJ-1193-2006 Master. Luis Ángel Acuña Zúñiga Coordinador Transporte de Estudiantes Master. Randall F. Murillo Chacón Analista Transporte de Estudiantes MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la posibilidad de aumentar en más del 50% la cantidad del objeto contratado en contrato de licitación, mediante addendum. Se refiere este Despacho a su atento oficio número UTE-0261-2006, del 10 de julio del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 11 de julio siguiente, por medio del cual se solicita el criterio de este órgano contralor con respecto a la posibilidad de que se aumente en más de un 50% la cantidad del objeto contratado mediante un addendum al contrato licitatorio de transporte de estudiantes. Informa que, la contratación del servicio de transporte de estudiantes, requiere de mayor flexibilidad para permitir modificaciones al contrato, para ajustar el mismo a las necesidades requeridas. Puesto que, expone que el servicio de transporte de estudiantes reviste particulares circunstancias que le impiden a la Administración prever con la exactitud necesaria el número de estudiantes merecedores de ese beneficio durante la ejecución del contrato. Ahora bien, con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº 7424 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-), como es el caso del Ministerio de Educación Pública. Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las ...
Fecha publicación: 22/07/2006
Fecha emisión: 19/07/2006
Documento: 10023-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


PAGE 3 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 05981 12 de mayo de 2006 DAGJ-0752-2006 Licenciada Xenia Ramírez Bolaños Jefe Departamento de Contabilidad y Presupuesto Dirección General Financiera MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Estimada señora: Asunto: Solicitud de criterio sobre el pago de viáticos por concepto de cena. Damos respuesta su oficio número DCPST-046-2006 de fecha 28 de abril de 2006, remitido a la Contraloría General el 04 de mayo de ese mismo año, mediante el cual se solicita el criterio de este órgano contralor sobre el pago de viáticos por concepto de cena, según lo establecido en el Reglamento de Viáticos para Funcionarios Públicos, en su artículo 20, inciso c). Criterio del despacho: Hemos de indicar que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indiscriminadamente a la Contraloría General de la República toda clase de asuntos, que de alguna manera están relacionados con fondos públicos, se concluyó que ésta circunstancia ha provocado efectos inconvenientes tanto al interior del Órgano Contralor como de la propia administración. En este orden de ideas, es menester señalar que este órgano contralor, emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. Por lo anterior, se reguló en ésta circular que: 1. “...En el ejercicio de su función consultiva, la Contraloría General de la República, sólo atenderá las consultas a que se refiere el artículo 29 de su L ...
Fecha publicación: 15/05/2006
Fecha emisión: 12/05/2006
Documento: 05981-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° xxxxx 21 de febrero de 2006 DAGJ-xxxx-2006 Máster Hernán Pinnock Campbell DIRECCIÓN REGIONAL DE ENSEÑANZA DE LIMÓN Estimado señor: Asunto: Consulta solicitando el criterio de este órgano contralor en relación con el aporte de bienes inmuebles a las Juntas de Educación por parte de las Municipalidades de Talamanca, Limón, Matina y Siquirres. Se refiere este Despacho a su oficio N°JEA-361-06, de fecha 31 de enero del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 01 febrero de los corrientes, por medio del cual, señala que las Municipalidades de Talamanca, Limón, Matina y Siquirres no han cumplido en su totalidad con el aporte de bienes inmuebles a las Juntas de Educación. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7424 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos “Administración Activa”. Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las cientos de consultas que se dirigen a ésta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. Esta circular continuó indicando que la mayor ...
Fecha publicación: 25/02/2006
Fecha emisión: 22/02/2006
Documento: 02773-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)