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institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
tipodocumento:RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
 
institución:DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA
 
año:2009
 
año:2009
 
unidad:DIVISION JURIDICA
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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PAGE 3 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 12112 20 de noviembre, 2009 DJ-2177 Señora Rosario Segura Sibaja Directora Proveeduría Institucional Ministerio de Educación Pública Fax: 2257-80-96 Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y Desarrollos Culturales S.A., para la adquisición de libros, derivado de la Licitación Pública 2009LN-000049-55000, hasta por un monto de ¢368.023.951. Nos referimos a su oficio N° D.P.I.-5215-2009, de fecha 11 de noviembre del año 2009, mediante el cual solicitan el refrendo al contrato suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y Desarrollos Culturales S.A., para la adquisición de libros, derivado de la Licitación Pública 2009LN-000049-55000, hasta por un monto de ¢368.023.951. Una vez realizado el estudio de rigor y con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de setiembre de 1994, y el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución N° R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta N° 23 del 03 de febrero de 2009, se devuelve contrato con el refrendo de esta Contraloría General, el cual queda sujeto a los siguientes comentarios y condiciones: I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: i) Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por Carmen Villalobos Arias Directora a.i. de la Dirección Financiera del Ministerio de Educación Pública, con fecha 16 de noviembre de 2009, por el orden de ¢507.624.500 subpartida 29903 “Productos de papel, cartón, impresos”. (ver oficio D.P.I.-AS-5349 de fecha 16 de noviembre, recibido en esta Contraloría General el 17 noviembre del 2009). En ese sentido, se recuerda que es de exclusiva resp ...
Fecha publicación: 25/11/2009
Fecha emisión: 20/11/2009
Documento: 12112-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2009


DIVISIÓN JURÍDICA PAGE 2 Al contestar refiérase al oficio No.09974 28 de setiembre del 2009 DJ-1300 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora Dirección de Proveeduría Ministerio de Educación Pública Estimada señora: Asunto: Se concede refrendo condicionado a la adenda suscrita entre ese Ministerio y la Compañía Galletano S.A, correspondiente al contrato de arrendamiento del inmueble conocido como Edificio Raventós, por un monto mensual de ¢83.424.500,00 (ochenta y tres millones cuatrocientos veinticuatro mil quinientos colones exactos). Nos referimos a su oficio D.P.I.-3598-2009 de fecha 27 de agosto del 2009, recibido el día 28 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo correspondiente de la adenda suscrita entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Compañía Galletano S.A., del contrato de arrendamiento de las instalaciones del Edificio Raventós, sede de algunas de las dependencias de ese Ministerio. Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, y atendidas las observaciones efectuadas en nuestro oficio DJ-0088 (07231) de fecha 6 de julio del año en curso, este Despacho concede el refrendo solicitado al documento de mérito, no sin antes efectuar los siguientes condicionamientos a los cuales se supedita aquél: 1. Queda entendido que los aumentos anuales al precio del arrendamiento, se realizarán de conformidad con lo previsto en la cláusula primera de la adenda, la cual se entiende surgida de común acuerdo según lo establecido en el artículo 69 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos vigente. 2. En punto al plazo de vigencia de la adenda (5 años), queda claro que una vez acaecido este, el vínculo jurídico entre las partes se extinguirá, por lo que de requerirse la continuidad por parte de ese Ministerio en la utilización del inmueble, deberá recurrir con la debida antelación, a los mecanismos establecidos en la legislación vigente, para establecer una nueva relación contr ...
Fecha publicación: 01/10/2009
Fecha emisión: 28/09/2009
Documento: 09974-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
Año: 2009


PAGE DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 08486 13 de agosto, 2009 DJ-0687 Licenciada Rosario Segura Sobaja Directora Proveeduría Institucional Ministerio de Educación Pública Estimada señora: Asunto: Se refrenda el Contrato N° B 210024-2009, suscrito entre ese Ministerio de Educación Pública y Compañía Leogar, S. A., para la compra de pupitres, según Licitación Pública N° 2009LN-000004-55400. Nos referimos a su oficio D.P.I. AS-2750-2009, recibido el 13 de julio de 2009, mediante el cual solicita la aprobación del precitado contrato. Una vez efectuado el análisis correspondiente, se devuelve el documento de cita con el respectivo refrendo. No obstante, advertimos que es de la exclusiva responsabilidad de esa Administración, el haber verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos de esta contratación, la razonabilidad del precio del objeto de este contrato, el mantener vigente la garantía de cumplimiento por el plazo establecido en el cartel, así como el contar con la disponibilidad presupuestaria suficiente para hacer frente a las obligaciones que se contraen y que durante su ejecución el contratista se encuentre al día con sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social. Atentamente, Lic. German Brenes Roselló Licda. Marta I. Porras Vargas Gerente Asociado Fiscalizadora Anexo: Expediente administrativo de la referida licitación (2tomos). MPV/nvs Ci Archivo Central Ni: 13216 G: 2009000854-2 ] ...
Fecha publicación: 18/08/2009
Fecha emisión: 13/08/2009
Documento: 08486-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2009


PAGE 2 DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07231 6 de julio, 2009 DJ-0088 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora Proveeduría Institucional Ministerio de Educación Pública Estimada señora: Asunto: Se deniega el refrendo al Adenda del contrato de arrendamiento del Edifico Raventós, celebrado entre el Ministerio de Educación Pública con la Compañía Galletano S.A En atención a su Oficio N° DPI-01081-2009 de 21 de mayo del 2009, mediante el cual solicita el refrendo al Adenda del contrato de arrendamiento del Edifico Raventós, celebrado entre el Ministerio de Educación Pública con la Compañía Galletano S.A., le comunicamos lo siguiente: 1. En la cláusula tercera párrafo final se establece que en caso de finalizarse la relación contractual por causas imputables al Inquilino, antes del plazo mínimo de cinco años del contrato, éste deberá cancelarle al Arrendante los meses que hagan falta para cumplirse el plazo convenido. Sobre ese aspecto es importante señalar que tal y como ha sido pactada la cláusula, esta Contraloría General considera desproporcionada la penalidad en contra del Estado, en el evento de que se produzca la desocupación del inmueble por causas imputables a éste. Debe recordarse que el numeral 206 del reglamento a la Ley de Contratación Administrativa establece la posibilidad de que la Administración pueda rescindir su contrataciones en curso de ejecución, por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor, estableciendo disposiciones para cancelar al contratista los daños y perjuicios que la terminación del contrato le cause, todo ello fundamentado en criterios de proporcionalidad y razonabilidad en el reconocimiento pecuniario. En consecuencia esta cláusula debe modificarse de forma tal que se ajuste a la normativa de cita. 2. En la cláusula cuarta se indica que el inquilino será el único responsable por el mantenimiento y estado de conservación de los muebles, paredes divisorias, puertas ...
Fecha publicación: 09/07/2009
Fecha emisión: 06/07/2009
Documento: 07231-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
Año: 2009