División Jurídica
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Al contestar refiérase
al oficio Nº? ?11682
12 de agosto del 2019
DJ-0988
Señora
Elizabeth Castillo Cerdas, Auditora Interna
COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE
EMERGENCIAS
Ce: ?ecastillo@cne.go.cr
Estimada señora:
Asunto: ?Se rechaza solicitud de criterio por incumplimiento de requisitos: caso
concreto.
Se refiere este Despacho a su oficio número CNE-AI-OF-230-19, fechado el 31 de
julio de 2019, mediante el cual consulta sobre la legalidad de aplicar una resolución de
Dirección General del Servicio Civil, en la participación de la Auditora Interna en el
congreso de la Contraloría General de la República.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el ?“Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”?, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
?http://www.cgr.go.cr/? Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:ecastillo@cne.g ...
Fecha publicación: 11/08/2019
Fecha emisión: 08/08/2019
Institución: COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto
División Jurídica
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 16236
9 de noviembre de 2018
DJ-1483-2018
Licenciada
Elizabeth Castillo Cerdas
Auditora Interna
COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE
EMERGENCIAS (CNE)
Correo electrónico: ecastillo@cne.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre la prohibición para ejercer profesiones liberales conforme
los numerales 14 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento
Ilícito en la Función Pública y 27 de su reglamento.
Nos referimos a su oficio No. AI-OF-238-2018 del 26 de setiembre de 2018, ingresado
a esta Contraloría General de la República el día 27 de setiembre del presente año,
mediante el cual la Auditora Interna solicita el criterio de este órgano contralor respecto del
pago de prohibición para el ejercicio de profesiones liberales para determinados puestos de
la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, en adelante
CNE.
Concretamente señala que existen dudas respecto de la aplicación de los artículos
14 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y 27 de
su Reglamento, Decreto Ejecutivo No. 32333 de 12 de abril de 2005 para los puestos de
Presidente Ejecutivo, Director Ejecutivo, Director Administrativo y Director de Gestión de
Riesgos de dicha institución.
De manera particular presenta las siguientes inquietudes a la Contraloría General:
http://www.cgr.go.cr/
mailto:ecastillo@cne.go.cr
División Jurídica
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Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ A ...
Fecha publicación: 12/11/2018
Fecha emisión: 09/11/2018
Institución: COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Desconcentracion de Organos Publicos.
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 04604
22 de mayo, 2012
DJ-0519-2012
Licenciada
Miriam Orozco Valerio
Auditora Interna
COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y
ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
Estimada Señora:
Asunto: Consulta relacionada con la utilización del dinero en efectivo que se recaude en
una colecta pública organizada en el marco de una emergencia nacional.
Se refiere esta División a su oficio N° 2012-04-13 (AI-045-2012), recibido el 13 de abril
pasado, mediante el cual consulta el criterio del órgano contralor, respecto al “(…) fundamento
legal que debe aplicarse en relación con el dinero en efectivo, recaudado a través de una colecta
pública por entidades públicas o privadas, diferentes a la CNE, como consecuencia de una
emergencia nacional (…)”, lo anterior –según se indica- “(…) con el propósito de complementar
información para un estudio que realiza esta Unidad”.
De manera puntual, se requiere un pronunciamiento de la Contraloría General con relación a
los siguientes aspectos:
1. La procedencia legal que tienen aquellas personas físicas o jurídicas, de
entidades públicas o privadas, que realicen colectas públicas para
atender una emergencia, en utilizar la figura de un Fideicomiso para la
administración de los recursos obtenidos, sustituyendo la transferencia
de dichos recursos al Fondo Nacional de Emergencia, según dispone la
Ley 8488 y su Reglamento.
2. Fundamento legal para que personas físicas o jurídicas de entidades
públicas o privadas, que realizan colectas públicas para la atención de
emergencias, puedan definir de forma específica ante la CNE, el destino
de los recursos recolectados, así como imponer restricciones a la CNE o
limitar el giro de éstos recursos contra la ejecución de obras terminadas,
siendo que el Plan General de la Emergencia es el instrumento de
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planificación que establece el nexo de causalidad, mediante el cual to ...
Fecha publicación: 25/05/2012
Fecha emisión: 22/05/2012
Institución: COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Administracion de Fondos Publicos, Desconcentracion de Organos Publicos., Concepto y Generalidades de Hacienda Pública
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 08928
21 de setiembre de 2011
DJ-1043-2011
Señor
Javier Abarca Meléndez
Jefe, Departamento de Recursos Humanos
Comisión Nacional de Emergencias
Fax 2232-2386.
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza la consulta planteada mediante oficio DRH-OF-460-2011.
Damos respuesta a su consulta, remitida por medio del oficio DRH-OF-460-2011 del 20
de julio del 2011, en el cual se nos solicita criterio acerca de si procede reconocer ayudas
económicas por parte de la Comisión Nacional de Emergencias a los funcionarios que así lo
solicitan con el fin de realizar estudios universitarios.
I. Motivo del rechazo
De primer orden se indica que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre del año 1994 y la
circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000,
denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la
República”, las consultas que se dirijan al órgano contralor deben de cumplir los requisitos
establecidos en dicha normativa.
El inciso 3) artículo 2 señala que toda consulta debe presentarse por escrito firmada por el
jerarca del ente u órgano consultante con una detallada explicación sobre los aspectos que
ofrecen duda y que originan la gestión acompañándose del dictamen de las unidades
especializadas del Ente u Órgano consultante, en la materia que se trate salvo que se demuestre
fehacientemente que no es posible cumplir con este requisito. En este caso la consulta no fue
gestionada por el jerarca de la Comisión Nacional de Emergencias ni se realizó un análisis de
las razones puntuales que fundamentan el origen de los cuestionamientos.
En igual sentido, el inciso 4) del artículo 2 de la circular de referencia establece que en
determinado caso que la consulta sea de índole lega ...
Fecha publicación: 24/09/2011
Fecha emisión: 21/09/2011
Institución: COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
R-DJ-094-2010
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve
horas del doce de marzo del dos mil diez. ----------------------------------------------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por Grupo Empresarial El Almendro S.A., en contra del cartel
de la Contratación por Emergencia Nº 006-2010 promovida por la Comisión Nacional de
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias(CNE), para la rehabilitación de caminos
vecinales del Cantón de Buenos Aires de Puntarenas.--------------------------------------------------------
I- POR CUANTO. Grupo Empresarial El Almendro S.A, presentó su recurso de objeción ante
esta Contraloría General vía fax el 03 de marzo del 2010, haciendo llegar el original el 5 de marzo
del 2010. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II-POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial a la CNE, la cual fue atendida
mediante oficios CUE-0484-2010 del 5 de marzo y DL-OF-0151-10 del 9 de marzo, ambos del
2010, indicando que con fundamento en lo establecido en los numerales 39 y 43 del Reglamento
para el funcionamiento de la proveeduría institucional publicado en la Gaceta Nº 172 del 3 de
setiembre del 2009 y en la Ley 8488 Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, los
procesos de contratación por emergencia se encuentran en un régimen de excepción y son
financiados con recursos del Fondo Nacional de Emergencias, que en este tipo de procesos sólo se
cuenta con un régimen recursivo contra actos de adjudicación, debido a lo anterior, consideran
improcedente el recurso de apelación interpuesto por la recurrente. Además la Administración
promovente emitió criterio técnico respecto a los puntos cartelarios objetados, especificando que la
evaluación del factor experiencia es un aspecto cartelario que define la Administración dentro del
ámbito de su discrecionalidad administra ...
Fecha publicación: 18/03/2010
Fecha emisión: 12/03/2010
Institución: COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
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R-DJ-047-2009
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve horas del veintitrés de julio del dos mil nueve.-----------------------------------------------------------------
Recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública No. 2009LN-000054-00400, promovida por la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias para el suministro, instalación e implementación, de una solución digital, llave en mano “Solución de servidores blades en ambiente virtualizado”, interpuesto por GBM de Costa Rica. ------------------------------------------
I.- POR CUANTO: El objetante presentó recurso de objeción vía fax el pasado veinte de julio de dos mil nueve (Ver folios 3 a 21 del expediente de la objeción). Por su parte, el documento de objeción original, se entregó en la ventanilla de recepción de este Despacho al ser las trece horas con cincuenta y nueve minutos del veintiuno de julio anterior. (Ver folios 22 al 30 del expediente de objeción).------------------------------------------------------------------------------------------------------------II. POR CUANTO: Para el caso en examen, el aviso en el que se comunica la invitación a participar fue publicado en La Gaceta número 131 del ocho de julio de dos mil nueve, fijando la apertura de ofertas para el día 05 de agosto del presente año (ver folio 31 del expediente de objeción), lo que arroja un plazo total de veinte días hábiles. De acuerdo con lo señalado por el artículo 170 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA), que en lo que aquí interesa, dice: “Contra el cartel de la licitación pública y de la licitación abreviada podrá interponerse recurso de objeción dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, contado a partir del día siguiente de la publicación o de aquel en que se realice la invitación. Para los efectos del cómputo respectivo no se tomarán en cuenta las fracciones”, se tiene que los objetantes deben interpone ...
Fecha publicación: 28/07/2009
Fecha emisión: 22/07/2009
Institución: COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL