DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12910
23 de diciembre de 2010
DJ-4181
Señora
Mónica Vargas Bolaños
Auditora Interna
Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes, COLYPRO
Estimada señora:
Asunto: Se emite criterio sobre temas relacionados con facultades de Auditoría Interna en
Colegio Profesional.
Se refiere este Despacho a su oficio número CAI CLP-32-09 de 20 de noviembre de 2009,
mediante el cual solicita nuestro criterio sobre varios temas relacionados con la aplicación de la Ley
General de Control Interno en el Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias
y Artes, en adelante COLYPRO, formulando para ello las siguientes cinco interrogantes:
1. ¿Qué artículos específicos de la Ley son de acatamiento obligatorio para el Colegio, siendo que
el mismo no administra fondos públicos de ningún tipo y como empresa privada cuenta con un
sistema de control interno sólido, auditoría interna y externa (esta última anual) entre otros? En
caso de que la respuesta anterior será positiva ¿de qué forma debe aplicarlos?
2. ¿Qué artículos específicos son de acatamiento obligatorio de la Auditoría Interna del Colegio,
siendo que el mismo no administra fondos públicos de ningún tipo? En caso de que la respuesta
a la pregunta anterior sea positiva: ¿de qué forma debe aplicarlos?
3. Si las respuestas a las preguntas 1 y 2 anteriores resultaren positivas, es importante para esta
Auditoría recibir aclaración específica en lo relativo a la forma de aplicación del artículo 38 de
la citada Ley 8292, en el Colegio, considerando que: las decisiones que la Junta Directiva toma
son sobre bienes y fondos privados, por lo que no se trata de decisiones que afecten la Hacienda
Pública: ¿Puede realmente intervenir la Contraloría en dirimir un conflicto, siendo que la
decisión es sobre bienes y fondos privados?
4. ¿Tiene la Auditoría Interna responsab ...
Fecha publicación: 26/12/2010
Fecha emisión: 23/12/2010
Institución: COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFIA, CIENCIAS Y ARTES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Concepto y Competencias de la Auditoria Interna
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12959
23 de diciembre de 2010
DJ-04185-2010
Licenciado
Marco Antonio Segura Seco
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta sobre participación de Auditoría Interna en proceso de
certificación ISO 9001-2008 de la Municipalidad de Escazú.
Se refiere este Despacho al oficio número DA-204-10 del 3 de mayo de los corrientes, recibido
en esta Contraloría General el pasado 6 de mayo en curso, suscrito por el Alcalde Marco Antonio
Segura Seco, por el cual se consulta si es factible excluir a la auditoría interna municipal del
proceso de certificación de calidad que lleva la municipalidad de Escazú.
Sobre el particular, de primer orden se debe tener presente que para el ejercicio de la función
consultiva, se han emitido una serie de lineamientos y criterios, según los cuales no compete a esta
Contraloría General resolver por vía de consulta los casos concretos que tiene bajo análisis la
Administración respectiva. De tal suerte que la función consultiva se circunscribe a la emisión de
criterios de carácter general sobre aspectos jurídicos y no sobre las gestiones específicas.
Así las cosas, será responsabilidad de esa Administración valorar la posición que a continuación
se desarrolla y resolver de la forma más ajustada a Derecho los asuntos que le sean sometidos para
su conocimiento.
I.- Motivo de la consulta:
Refiere de manera general el consultante que la Municipalidad de Escazú certificó la norma
ISO 9001-2008. A raíz de esto, el Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica “INTECO”, realizó
la Auditoría de certificación con lo cual emitió algunas observaciones, entre ellas: “No es claro si el
proceso de Auditoría Interna, debería incluirse en el sistema o no y si esto aplica”. Sobre ello la
Auditoría Interna de la Municipalidad de Escazú justificó, su salida del proceso alegando conflicto ...
Fecha publicación: 26/12/2010
Fecha emisión: 23/12/2010
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Concepto y Competencias de la Auditoria Interna
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12833
22 de diciembre de 2010
DJ-4164
Señora
Anacedin Vargas Rojas, M.B.A
Auditora Interna
ICAFE
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Auditoría Interna del ICAFE sobre la
participación de funcionarios asistentes de la Auditoría en Junta Directiva o Comités de
Asociaciones Solidaristas.
Se refiere este Despacho a su oficio Nº AI-213-2010 del 18 de noviembre de 2010
presentado a la Contraloría General ese mismo día, mediante el cual se nos consulta sobre la
participación en Juntas Directivas o Comités de Asociaciones Solidaristas, por parte de los
funcionarios con puesto de asistentes en la auditoría interna. Además, solicita el criterio del órgano
contralor, con respecto a si esa situación rozaría con las prohibiciones del artículo 34 de la Ley
General de Control Interno.
I. Consideraciones previas.
A efectos de dar respuesta a las inquietudes formuladas en la presente consulta, es
imperioso aclarar que éste órgano contralor, en el ejercicio de la función consultiva, se circunscribe
a la emisión de criterios vinculantes de carácter general sobre aspectos jurídicos relacionados con la
Hacienda Pública y no acerca de la resolución de casos específicos que resulten del ámbito de
competencia de la administración activa o en su caso, de la auditoría interna en el ejercicio de sus
funciones de control.
Sobre el particular resultan aplicables el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República, así como los lineamientos emitidos en la Circular CO-529 de 26 de mayo
de 2000 para la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República. Así las
cosas, será responsabilidad de esa Auditoría Interna valorar la posición que a continuación se
desarrolla y resolver de la forma más ajustada a Derecho los asuntos sobre los que tenga
conocimiento.
II. Criterio de la ...
Fecha publicación: 25/12/2010
Fecha emisión: 22/12/2010
Institución: INSTITUTO DEL CAFE DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Pago de Prohibicion al Ejercicio Liberal de la Profesion , Conflicto de Intereses
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12844
23 de diciembre 2010
DJ-4169
Señora
Rosaura Cascante Cascante
Secretaria Municipal
MUNICIPALIDAD DE MORA
Fax 2249-2096
Estimado señora:
Asunto: Consulta sobre el traslado de la oficina de la Auditoría a un inmueble alquilado
por la Municipalidad.
Nos referimos a su oficio número ACM-28-01-2010, de fecha 09 de noviembre de 2010,
recibido en esta Contraloría General el 11 de noviembre siguiente, por medio del cual transcribe el
acuerdo adoptado por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria Nº 28-2010, celebrada el 8 de
noviembre de 2010, mediante el que se acordó: Primero. Solicitar criterio a este órgano contralor
en relación a la solicitud que presenta el auditor municipal para que le sean reintegradas las
vacaciones ya disfrutadas, tomando en consideración lo señalado por esta Contraloría General en
oficio Nº DFOE-SM-1309 (Nº 10512) de 29 de octubre de 2010. Segundo. Solicitar criterio en
relación a que la Municipalidad de Mora, ante la falta de espacio arrendó un inmueble y trasladó
varias oficinas municipales a dicho inmueble. Que por petición del Alcalde Municipal solicita el
traslado de la oficina de la Auditoría al nuevo inmueble.
En virtud de lo expuesto, plantea las siguientes interrogantes:
1. Tiene potestad, el Concejo Municipal o la Alcaldía Municipal como Administrador de
los bienes inmuebles, de ordenar el traslado de la auditoría.
2. Puede la Auditoría Municipal negarse a ese traslado de oficina que se solicita.
I. Criterio del Despacho
a. Sobre la solicitud de reintegro de vacaciones
Como asunto previo y de primer orden, se debe tener presente que para el ejercicio de la
función consultiva, se han emitido una serie de lineamientos y criterios, según los cuales no
compete a esta Contraloría General resolver por vía consulta los casos concretos que tiene bajo
análisis la Administración respectiva. De ...
Fecha publicación: 25/12/2010
Fecha emisión: 22/12/2010
Institución: MUNICIPALIDAD DE MORA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Concepto y Competencias de la Auditoria Interna , Conflictos entre Auditoria Interna y Administración Activa, Alcalde y Vicealcaldes
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12860
22 de diciembre de 2010
DJ-4172-2010
Licenciado
Leonardo Calvo Calvo
Auditor Interno
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Fax n.° 2256-2937
Apartado Postal 10103-1000
Asunto: Se atiende consulta de la Auditoría Interna del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo, en cuanto a la facultad del INFOCOOP para contratar servicios
profesionales para que realicen estudios de factibilidad y viabilidad, asesoría y
asistencia técnica para entes cooperativos y trasladar el costo en que se incurra a
planes de inversión de eventuales créditos entre aquéllos y el Instituto.
Estimado señor:
Nos referimos a sus oficios números A.I. 45-10 y A.I. 59-10, del 11 y 16 de marzo de 2010 –
recibidos en la Contraloría General de la República los días 16 y 17 de marzo siguiente, respectivamente,
y mediante los cuales se nos consulta sobre dos puntos específicos, a saber:
1. ¿Está legalmente facultado el INFOCOOP para contratar consultores que realicen estudios de
factibilidad y viabilidad, asesoría y asistencia técnica, en entes cooperativos que se benefician
de estos productos?
2. ¿Puede el INFOCOOP considerar el costo de la contratación dentro del plan de inversión de un
eventual crédito que se formalice?
De previo a referirnos a su consulta, ofrecemos las disculpas del caso por la tardanza en la emisión
de nuestro criterio, todo justificado por el volumen de trabajo que tramita este Despacho.
I. Del criterio legal de Instituto consultante.
Con su gestión, la Auditoría Interna del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (en adelante
INFOCOOP), adjuntó el criterio legal n.° PAJ-356-2009, del 18 de noviembre de 2009, suscrito por la
señora María del Rocío Hernández Venegas, Coordinadora a.i. del Proceso de Asesoría Jurídica, en el cual
2
analiza ambos temas consultados concluyendo lo siguiente:
1. Que procede la ...
Fecha publicación: 25/12/2010
Fecha emisión: 22/12/2010
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12782
21 de diciembre, 2010
DJ-4157-2010
Licenciado
Guido Méndez Zúñiga
Auditor Interno
Colegio de Contadores Privados de Costa Rica
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta sobre la procedencia de la marca tanto de entrada como de
salida del auditor interno, lo anterior por ser un caso concreto.
Se refiere esta División a su oficio número AI-MI.06-12-10 de fecha 15 de diciembre de
2010, mediante el cual se consulta sobre la procedencia de la marca tanto de entrada como de salida
del auditor interno.
De previo a dar respuesta a la consulta planteada, se debe advertir, tal y como esta División
ha indicado en forma reiterada, entre otros, en el oficio No. 11620 (DJ-4031-2010) del 26 de
noviembre de 2010, que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada
en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley No. 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular No.
CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor
no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas.
Además, este proceder, se funda en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en
la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera
emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y
detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente
informado.
Lo anterior no impide, sin embargo, emitir consideraciones generales respecto a consultas
vinculadas con el ámbito competencial de la Contraloría General, más aún, cuando en tratándose de
temas o materias abordados previamente por el órgano contralor en el ejercicio de su potestad
consultiva. Esto en el entendido, claro está, que se trata de consideraciones que se formulan desde
una perspectiva general ...
Fecha publicación: 24/12/2010
Fecha emisión: 21/12/2010
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
17 de diciembre de 2010
DJ-4138-2010
Licenciado
Daniel Sáenz Quesada
Gerente de Área
Área de Secretaría Técnica
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Estimado señor:
Asunto: Área de Secretaría Técnica consulta propuesta de modificación al clasificador
institucional del Sector Público.
Se refiere este Despacho su oficio número DFOE-ST-0159 de 15 de diciembre del año en curso,
por el cual se pone en conocimiento de esta División Jurídica el proyecto de modificación al
clasificador institucional del Sector Público, remitido por la Directora de Presupuesto Nacional del
Ministerio de Hacienda.
Sobre el particular, se indica que esta División no tiene observaciones al documento de
referencia para su consideración.
Atentamente,
Lic. Luis Diego Ramírez González
Gerente de División
RPM/ysp
Ci: Archivo Central
Ni: 22940
G: 2010000334-15
] ...
Fecha publicación: 20/12/2010
Fecha emisión: 17/12/2010
Institución: DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: GESTION DEL SERVICIO AL CLIENTE EXTERNO
DIVISIÓN JURÍDICA
17 de diciembre de 2010
DJ-4135-2010
Licenciado
Daniel Sáenz Quesada
Gerente de Área
Área de Secretaría Técnica
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Estimado señor:
Asunto: Área de Secretaría Técnica consulta propuesta de Reglamento para la renovación,
amortización de la deuda externa del Gobierno de la República y el registro de la deuda
pública.
Atiende este Despacho su oficio número DFOE-ST-0160 de 15 de diciembre del año en curso,
por el cual se pone en conocimiento de esta División Jurídica el proyecto de Reglamento para la
renovación, amortización de la deuda externa del Gobierno de la República y el registro de la deuda
pública, remitido por el Director de Crédito Público del Ministerio de Hacienda.
Sobre el particular, se indica que esta División no tiene observaciones al documento de
referencia para su consideración.
Atentamente,
Lic. Luis Diego Ramírez González
Gerente de División
RPM/ysp
Ci: Archivo Central
Ni: 23687
G: 2010000332-8
] ...
Fecha publicación: 20/12/2010
Fecha emisión: 17/12/2010
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12586
17 de diciembre 2010
DJ-4140-2010
Señora
Adriana Benavides Vargas
Secretaria del Concejo
MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta sobre diferentes aspectos del salario del primer Vicealcalde y la
Alcaldesa de la Municipalidad de San Pablo de Heredia, por ser una consulta que se refiere a
un. caso concreto y por falta de criterio legal.
Se refiere este Despacho a su oficio CM-251-10, recibido en esta Contraloría General el pasado
07 de diciembre del 2010, en el cual se consulta sobre diferentes aspectos de los salarios de la
Alcaldesa y del Vicealcalde de la Municipalidad de San Pablo de Heredia.
De previo a dar respuesta a las interrogantes planteadas, debe advertirse que en el ejercicio de
la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº
7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº
107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones
concretas.
Este proceder, se funda en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o
respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un
pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se
desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado.
En el caso de marras se plantean dudas con al pago del salario del Vicealcade, pues debido a su
preparación profesional cuenta con el grado de licenciatura, por lo que su salario podría llegar a ser
mayor que el de la Alcaldesa. Al tratarse en sentido estricto de una consulta de un caso particular, este
órgano contralor no entrará a dictaminar por la vía consultiva sobre materia que co ...
Fecha publicación: 20/12/2010
Fecha emisión: 17/12/2010
Institución: IMPRENTA NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12629
17 de diciembre, 2010
DJ-4144-2010
Licenciada
Anabelle Barboza Castro
Auditora Interna
Municipalidad de la Unión de Cartago
Asunto: Se atiende consulta sobre el alcance de la auditoría interna y el concepto de jerarca.
Estimada señora:
Nos referimos a su oficio número AI-202-2010 recibido en esta División en junio del año
en curso, mediante el cual solicita que se aclare algunas dudas respecto de las potestades de
fiscalización que puede ejercer la auditoría interna en los cuatro casos que se exponen en su
memorial.
I.- Criterio de la Asesoría Legal:
Mediante oficio No. DL-154-2010 del 19 de julio del presente año, la Asesoría Legal de ese
Municipio indicó en concreto, lo siguiente: 1) La Auditoría Interna está en la obligación de
fiscalizar los fondos que se puedan transferir a las Juntas de Educación por parte del Ayuntamiento.
2) Por ser fondos públicos los que aporta la Municipalidad a la Asociación Solidarista, en lo que
compete a ésta, la Auditoría está facultada para fiscalizarlos. 3) En cuanto al asunto de la Escuela
Municipal de Música, el Municipio debe poner en orden dichas instalaciones, mediante los
convenios correspondientes, los cuales se desconoce si existen o no. Así, mientras no se tenga
claridad de los motivos por los cuales la asociación privada administra las instalaciones
municipales, la Auditoría no debe fiscalizar los fondos de una entidad privada. 4) El Alcalde
Municipal tiene un plazo de 10 días hábiles para la implantación de las recomendaciones de los
informes de auditoría, y el Jerarca de 30 días hábiles, según los artículos 36 y 37 de la Ley General
de Control Interno.
II.- Consideraciones preliminares:
De previo a dar respuesta a las interrogantes planteadas, se debe advertir, tal y como esta
División ha indicado en el oficio No. 11620 (DJ-4031-2010) del 26 de noviembre de 2010, que en ...
Fecha publicación: 20/12/2010
Fecha emisión: 17/12/2010
Institución: MUNICIPALIDAD DE LA UNION
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Concepto y Competencias de la Auditoria Interna