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institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
unidad:AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
 
unidad:CENTRO RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 2477 6 de marzo, 2018 DFOE-SAF-0114 Señor Harry J. Maynard F. Auditor Interno MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA auditoria.notificaciones@mep.go.cr Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio sobre la aplicación del artículo 42 inciso d), del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Damos respuesta a su nota N° AI-0098-18 fechada el 30 de enero de 2018, por la cual se solicita nuestro criterio sobre la aplicación del artículo 42 inciso d), del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, concerniente a la aplicación de la tarifa de hotel para una gira. I. Motivo de la consulta. El señor Auditor Interno transcribe en lo conducente el artículo 42 del Reglamento: “Artículo 42º. -Fecha de reconocimiento del gasto. Las sumas señaladas en el Artículo 34º se reconocerán, cuando proceda, a partir de la fecha y hora de llegada al lugar de destino, para cuyos efectos se aplicarán los porcentajes establecidos en el Artículo 35º de este Reglamento y las disposiciones que seguidamente se establezcan. Para los viajes que inicien utilizando transporte aéreo se aplicarán los siguientes lineamientos: … http://www.cgr.go.cr/ mailto:auditoria.notificaciones@mep.go.cr División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República DFOE-SAF-0114(2477) -2- 6 de marzo de 2018 Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.c ...
Fecha publicación: 22/02/2018
Fecha emisión: 19/02/2018
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Horarios


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República FOE-SAF-0406 (12119) 2 16 de octubre, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nro. 12119 16 de octubre, 2007 FOE-SAF-0406 Licenciado Guillermo Zúñiga Chaves Ministro Rector del Sector Financiero MINISTERIO DE HACIENDA Estimado señor: Asunto: Solicitud de información. De acuerdo con lo establecido mediante Decreto Ejecutivo Nº 33151-MP del 08 de mayo de 2006 y sus reformas (Decreto 33178-MP), en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2006-2010, al amparo de lo establecido en los artículos 27, 99 y 100 de la Ley de Administración Pública y el Cap. VI de la Ley de Planificación Nacional, se crean sectores de actividad y se designan ministros rectores de éstos. A su vez según el artículo 1 inciso 4) del citado decreto, se plantea que los Consejos Sectoriales estarán integrados por los Ministros rectores del respectivo sector y los jerarcas administrativos de las instituciones descentralizadas que formen parte de él. Para efectos de un estudio que está llevando a cabo está Contraloría sobre el Sistema Nacional de Planificación y con el objetivo de recolectar información sobre la organización sectorial, se les solicita muy atentamente, nos suministren la siguiente información: a) En qué forma y desde cuándo ha operado el Consejo Sectorial correspondiente a ese Sector? b) Cuáles han sido los resultados y las eventuales limitaciones para el desarrollo de ese Consejo Sectorial? Cómo se han documentado desde su inició de operación a la fecha las sesiones de trabajo de ese Consejo Sectorial del sector sobre el cual ejerce rectoría, por ejemplo minutas y actas que se hayan levantado, y en qué lugar se pueden ubicar? c) Nombre y detalle de las Comisiones Especiales de Trabajo que se han conformado a lo ...
Fecha publicación: 10/11/2008
Fecha emisión: 07/11/2008
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Estrategia Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Estrategia Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Lic. Harry J. Maynard F. 8 9 de agosto, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nº 10870 9 de agosto, 2006 DEI-CR-262 Licenciado Harry J. Maynard F. Auditor Interno MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Estimado señor: Asunto: Sobre la potestad de la Defensoría de los Habitantes de la República para ordenar la modificación del plan de trabajo de la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública y competencia de esa unidad para la atención de una denuncia relacionada con la Escuela Centroamericana de Ganadería (ECAG) en la que ese Ministerio cuenta con un representante en el Consejo Directivo Se da respuesta a su oficio N° A.I.-0341-06, en el que solicita criterio sobre “si la Defensoría de los Habitantes tiene la potestad de ordenar la modificación del plan de trabajo de la Auditoría Interna”, y si esa unidad tiene “alguna competencia” respecto del caso de “una denuncia sobre hechos sucedidos en la Escuela Centroamericana de Ganadería” (ECAG), siendo que ese Ministerio cuenta con un representante en el Consejo Directivo. En relación con dicha denuncia, agrega que “Aparentemente los hechos fueron investigados y reportados por el Auditor Interno de esa Escuela, pero no se le ha hecho caso ni se han establecido responsabilidades (...)”. Respecto de lo anterior, se tiene lo siguiente: 1. Sobre la potestad de la Defensoría de los Habitantes de la República para ordenar la modificación del plan de trabajo de las auditorías internas En los artículos 24 y 57 de la Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República, N° 7319 del 17 de noviembre de 1992, y de su Reglamento, en ese orden, se establece lo siguiente: “Artículo 24.- Colaboración preferente./ 1.- Los órganos públicos están obligad ...
Fecha publicación: 27/07/2006
Fecha emisión: 24/07/2006
Documento: 10870-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: CENTRO RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Estrategia Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superior PAGE División de Estrategia Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superior Lic. Harry J. Maynard F. 2 22 de febrero, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nº 02796 23 de febrero, 2006 DEI-CR-0037 Licenciado Lic. Harry J. Maynard F. Auditor Interno MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Estimado Señor: Asunto: Criterio sobre la decisión tomada por la Auditoría Interna del MEP, en cuanto a suspender la legalización de libros de las juntas escolares, juntas administrativas y tesorerías, que corresponde a esa Auditoría. De común acuerdo con la División de Asesoría y Gestión Jurídica, me refiero a su oficio N° AI-092-2006 de 2 de febrero pasado, mediante el cual solicita los comentarios de esta Contraloría General sobre la resolución emitida por esa Auditoría Interna respecto de suspender las labores que ha venido realizando para la legalización de libros de las juntas escolares, juntas administrativas y tesorerías. Lo anterior, según se indica, en vista de que se carece de personal idóneo para llevar a cabo ese tipo de actividad. Sobre el particular, se señala: 1. Es un deber constitucional “observar la Constitución y las leyes” (artículo 18 de la Carta Magna); así, es un deber de la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública cumplir con el mandato contenido en el artículo 22 de la Ley General de Control Interno N° 8292 de “autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deben llevar los órganos sujetos a su competencia institucional”; competencia dentro de la que se in incluyen, las juntas de educación, juntas administrativas y tesorerías, so pena de incurrir en las responsabilidades previstas en el artículo 40 de la Ley mencionada y demás normativa que regula la materia, por eventual incumplimiento de deberes. 2. La declaración interp ...
Fecha publicación: 18/02/2006
Fecha emisión: 15/02/2006
Documento: 02796-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: CENTRO RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS