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institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
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División de Estrategia Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Estrategia Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Lic. Harry J. Maynard F. 8 9 de agosto, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nº 10870 9 de agosto, 2006 DEI-CR-262 Licenciado Harry J. Maynard F. Auditor Interno MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Estimado señor: Asunto: Sobre la potestad de la Defensoría de los Habitantes de la República para ordenar la modificación del plan de trabajo de la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública y competencia de esa unidad para la atención de una denuncia relacionada con la Escuela Centroamericana de Ganadería (ECAG) en la que ese Ministerio cuenta con un representante en el Consejo Directivo Se da respuesta a su oficio N° A.I.-0341-06, en el que solicita criterio sobre “si la Defensoría de los Habitantes tiene la potestad de ordenar la modificación del plan de trabajo de la Auditoría Interna”, y si esa unidad tiene “alguna competencia” respecto del caso de “una denuncia sobre hechos sucedidos en la Escuela Centroamericana de Ganadería” (ECAG), siendo que ese Ministerio cuenta con un representante en el Consejo Directivo. En relación con dicha denuncia, agrega que “Aparentemente los hechos fueron investigados y reportados por el Auditor Interno de esa Escuela, pero no se le ha hecho caso ni se han establecido responsabilidades (...)”. Respecto de lo anterior, se tiene lo siguiente: 1. Sobre la potestad de la Defensoría de los Habitantes de la República para ordenar la modificación del plan de trabajo de las auditorías internas En los artículos 24 y 57 de la Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República, N° 7319 del 17 de noviembre de 1992, y de su Reglamento, en ese orden, se establece lo siguiente: “Artículo 24.- Colaboración preferente./ 1.- Los órganos públicos están obligad ...
Fecha publicación: 27/07/2006
Fecha emisión: 24/07/2006
Documento: 10870-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: CENTRO RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Estrategia Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superior PAGE División de Estrategia Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superior Lic. Harry J. Maynard F. 2 22 de febrero, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nº 02796 23 de febrero, 2006 DEI-CR-0037 Licenciado Lic. Harry J. Maynard F. Auditor Interno MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Estimado Señor: Asunto: Criterio sobre la decisión tomada por la Auditoría Interna del MEP, en cuanto a suspender la legalización de libros de las juntas escolares, juntas administrativas y tesorerías, que corresponde a esa Auditoría. De común acuerdo con la División de Asesoría y Gestión Jurídica, me refiero a su oficio N° AI-092-2006 de 2 de febrero pasado, mediante el cual solicita los comentarios de esta Contraloría General sobre la resolución emitida por esa Auditoría Interna respecto de suspender las labores que ha venido realizando para la legalización de libros de las juntas escolares, juntas administrativas y tesorerías. Lo anterior, según se indica, en vista de que se carece de personal idóneo para llevar a cabo ese tipo de actividad. Sobre el particular, se señala: 1. Es un deber constitucional “observar la Constitución y las leyes” (artículo 18 de la Carta Magna); así, es un deber de la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública cumplir con el mandato contenido en el artículo 22 de la Ley General de Control Interno N° 8292 de “autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deben llevar los órganos sujetos a su competencia institucional”; competencia dentro de la que se in incluyen, las juntas de educación, juntas administrativas y tesorerías, so pena de incurrir en las responsabilidades previstas en el artículo 40 de la Ley mencionada y demás normativa que regula la materia, por eventual incumplimiento de deberes. 2. La declaración interp ...
Fecha publicación: 18/02/2006
Fecha emisión: 15/02/2006
Documento: 02796-2006.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: CENTRO RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS