DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506)2 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 10809
9 de noviembre, 2010
DFOE-SAF-0499
Licenciada
Margarita Fernández Garita
Gerente General
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Instituto Mixto de Ayuda Social
sobre la aplicación e interpretación del artículo 21 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,
respecto del nombre por el cual se emiten las facturas de viáticos.
Nos referimos a la consulta planteada mediante su nota GG-930-03-2010, mediante
la cual solicita criterio sobre la aplicación del artículo 21 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, respecto del nombre por el cual se
emiten las facturas de viáticos, a la luz de la exoneración del pago de varios tributos que
goza ese Instituto por disposición expresa del artículo 31 de la Ley No 4760.
I. Motivo de la consulta.
Manifiesta en su nota GG-930-03-2010, que mediante la Ley de Fortalecimiento
Financiero al Instituto Mixto de Ayuda Social (en lo sucesivo IMAS), N° 8563, se incorporó
una reforma a la Ley Constitutiva de la institución, N° 4760, que establece una exoneración
del pago de varios tributos:
“Artículo 31. Exonérese al IMAS del pago del impuesto sobre bienes
inmuebles, el impuesto sobre la renta, el impuesto de ventas, las tasas y los
peajes, así como del impuesto selectivo de consumo para todas las
importaciones y compras locales de bienes y servicios que realice, en el
cumplimiento de sus funciones.”
Indica también, que mediante resolución de la Dirección General de Tributación,
publicada en La Gaceta N° 144 del 26 de julio de ...
Fecha publicación: 08/11/2010
Fecha emisión: 05/11/2010
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Tesauro: Requisitos de liquidacion, Documentos a presentar con la liquidacion
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 5980
24 de junio, 2010
DFOE-SAF- 0280
Licenciado
Francisco Fonseca Montero
Director General
Dirección General de Tributación
MINISTERIO DE HACIENDA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio respecto a oportunidad de que las facturas por
hospedaje salgan a nombre del funcionario o de la institución para la
que laboran.
Con fecha 23 de marzo de 2010, el Instituto Mixto de Ayuda Social, presentó a esta
Contraloría la nota GG-930-03-2010 del 23 de marzo de 2010, en la cual nos informó que
mediante la Ley de Fortalecimiento Financiero, Ley N° 8563, se incorporó una reforma a
la Ley Constitutiva de la institución, N° 4760, que establece una exoneración del pago de
varios tributos:
Artículo 31. Exonérese al IMAS del pago del impuesto sobre bienes
inmuebles, el impuesto sobre la renta, el impuesto de ventas, las tasas y los
peajes, así como del impuesto selectivo de consumo para todas las
importaciones y compras locales de bienes y servicios que realice, en el
cumplimiento de sus funciones.
Agrega, que mediante resolución de la Dirección General de Tributación, en La
Gaceta N° 144 del 26 de julio de 2007, se autorizó al IMAS a adquirir bienes y servicios en
el mercado nacional exentos de los impuestos sobre las ventas y/o servicio de consumo.
De la misma forma, transcribe parte del dictamen de la Procuraduría General de la
República C-092-2008, respecto a la exoneración en servicios de hospedaje:
“(...) si partimos de que el Instituto Mixto de Ayuda Social debe utilizar
sus recursos en resolver los problemas de pobreza del país, lo cual implica que
sus funcionarios deban desplazarse a lo largo del ...
Fecha publicación: 26/06/2010
Fecha emisión: 23/06/2010
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS