PAGE
3
Javier Abarca Meléndez, MRH 30 de setiembre, 2005
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No.13717
30 de setiembre, 2005
DI-AA-2570
Señor
Javier Abarca Meléndez, MRH
Jefe, Departamento de Recursos Humanos
Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes
San José, costado noroeste del Parque Nacional
Estimado señor:
Asunto: Sobre la obligación de presentar la declaración jurada
Se da respuesta a su oficio MCJD-DRH-288-2005, a través del cual se indica que se considera “necesario que se caractericen o identifiquen, los servidores que deben comprenderse en los términos que el artículo 21 de la Ley No. 8422 señala”, a la vez que solicita se le indique si los siguientes funcionarios están en la obligación de presentar declaración jurada:
· Directores Regionales de Cultura
· Responsables de dependencias específicas, por ejemplo el Director de una Banda Nacional, el Jefe de una Biblioteca Pública, el Coordinador Administrativo y el Encargado o Coordinador de un área integrada o parte de la organización de un Departamento cualquiera.
Con el ánimo de orientar a esa Unidad en la labor que le ha sido delegada, conviene considerar:
I) Sobre la presentación de declaraciones juradas
El artículo 21 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública, Ley No. 8422, establece en su párrafo primero de forma taxativa, cuales funcionarios se encuentran obligados a declarar su situación patrimonial. Por su parte, el párrafo segundo impone dicha obligación a los empleados de las aduanas, los empleados que tramiten licitaciones públicas, los demás funcionarios públicos que custodien, administren, fiscalicen o recauden fondos públicos, establezcan rentas o ingresos en favor del Estado, los que aprueben y autoricen erogaciones con fondos públicos, según la enumeración contenida en el Reglamento de ...
Fecha publicación: 27/10/2005
Fecha emisión: 24/10/2005
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
DIVISION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
2
Sr. Guido Sáenz González
26 de mayo de 2005
Al contestar refiérase
al oficio No. 06136
26 de mayo de 2005
DI-AA-1105
Señor
Guido Sáenz González
Ministro
Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes
Estimado señor:
Asunto:
Autorización especial para el reconocimiento de gastos de alimentación y transporte interno a consultor internacional.
Me refiero a su oficio DM-552-05 de fecha 25 de abril de 2005, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el artículo 53º del “Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos” (Reglamento de Viáticos) solicita la autorización de esta Contraloría General para reconocer gastos de alimentación y transporte interno al señor Mathieu Dormaels, consultor de nacionalidad francesa, quien asesorará a ese Ministerio en el desarrollo del Proyecto La Aduana (Rehabilitación del edificio de la antigua Aduana Central de San José para el desarrollo de la creatividad y la innovación en la sociedad a través del arte, la educación y la tecnología), mediante convenio con la Oficina de Cooperación Cultural del Estado Francés.
Sobre el particular, me permito indicarle que el Reglamento de Viáticos, en su artículo 1º, establece el ámbito de aplicación de su normativa y expresamente señala lo siguiente: “El presente Reglamento establece las disposiciones generales a que deberán someterse las erogaciones que, por concepto de gastos de viaje y de transporte, deban realizar los funcionarios o empleados del Estado y de las instituciones y empresas públicas o estatales, en adelante entes públicos, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de éstas, según lo disponen la Ley No. 3462 del 26 de noviembre de 1964 y el artículo 7 del Decreto Ejecutivo No. 7927-H del 12 de enero de 1978, cuando, en cumplimiento de sus funciones, deban desplazarse dentro o fuera del territorio nacional”.
Por su parte, el artículo 3º del mismo ordenamiento, ...
Fecha publicación: 16/05/2005
Fecha emisión: 13/05/2005
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES ANTERIORES AL 2005
Proceso: OTROS
Tesauro: Sujetos beneficiarios. Excepciones, Ley 3662. Ambito de aplicacion, Concepto de viaticos, Autorizaciones especiales
DIVISION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
3
Lic. William H. Kelly P., MBA
17 de marzo de 2005
Al contestar refiérase
al oficio No. 03125
17 de marzo de 2005
DI-AA-567
Licenciado
William H. Kelly Picado, MBA
Auditor Interno
Ministerio de cultura, Juventud y Deportes
Estimado señor:
Asunto:
Nombre bajo el que deben emitirse las facturas de hospedaje para efectos de viáticos.
Me refiero a su oficio No. AI-246-04, ampliado por el oficio AI-276-04, ambos recibidos en esta Unidad el día 22 de febrero último, mediante el cual solicita nuestro criterio en relación con el nombre bajo el cual debe emitirse la factura de hospedaje, como justificante del gasto por ese servicio, al amparo de lo establecido por el artículo 18° del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos).
Al respecto me permito comunicarle que, mediante oficio No. 03768 (DI-AA-766), de fecha 14 de abril de 2004, dirigido a la Tesorería del Ministerio de Seguridad Pública, este Órgano Contralor manifestó su criterio al respecto de la siguiente manera:
“La disposición contenida en el artículo 18° del Reglamento de Viáticos, acerca de la presentación de la factura de hospedaje, como comprobante del gasto por ese servicio, tiene, -para la Administración-, el propósito de verificar que el gasto a reconocer corresponda efectivamente a ese servicio, el cual debe haber sido prestado al funcionario por un establecimiento dedicado a ello, todo en aras de cumplir con lo señalado por el artículo 2° de ese mismo Reglamento, al definir viático como “...aquella suma destinada a la atención de gastos de hospedaje, alimentación y otros gastos menores, efectivamente realizados, que los entes públicos reconocen a sus servidores cuando éstos deban desplazarse en forma transitoria de su centro de trabajo con el fin de cumplir con las obligaciones de su cargo”. El viático pretende resarcirle al funcionario la suma de d ...
Fecha publicación: 11/03/2005
Fecha emisión: 08/03/2005
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES ANTERIORES AL 2005
Proceso: OTROS
Tesauro: Facturas autorizadas
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
Lic. Gerardo Quesada L.
-2-
19/12/03
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15269
19 de diciembre, 2003
FOE-GU-0680
Licenciado
Gerardo Quesada Leal
Oficial Presupuestal
Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes
Estimado señor:
Asunto: Respuesta a oficio Nro. DFC-464-03.
En oficio No. DFC-464-03, solicita reconsiderar las razones por las cuales esta Contraloría General devolvió sin el visado respectivo las facturas electrónicas No. 190002454 a la 190002472, 190002570 y 190002595, en el Sistema Integral de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), a nombre de varios acreedores, por concepto de realización de actividades artísticas.
Sobre el particular, es necesario tener presente que de conformidad con lo establecido en el numeral 34 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (No. 7428 de 4 de noviembre de 1994), “los actos relacionados con la materia presupuestaria” se encuentran exentos del régimen general de impugnación de los actos administrativos, consecuentemente adquieren firmeza inmediata. Por lo tanto, la gestión planteada no puede ser considerada como un recurso, ni conlleva ninguno de sus efectos.
No obstante lo anterior, esta Área de Fiscalización ha considerado pertinente señalar que en situaciones semejantes a la que nos ocupa, esta Contraloría General tal y como lo establece el oficio Nro. 8814 del 16 de julio de 1997, ha indicado lo siguiente:
“De este modo, si ante una contratación irregular, por ejemplo, la que se realiza sin cumplir con el procedimiento debido (por regla la licitación), asumiéramos que la Administración está obligada a reconocer el pago, y no una indemnización por el provecho que pueda haber obtenido, el régimen de contratación administrativa general podría ser inobservado sin consecuencia ni ...
Fecha publicación: 22/12/2003
Fecha emisión: 19/12/2003
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: OFICIOS VARIOS
Proceso: OTROS
1
2
Sr. Ricardo J. Méndez A.
10 de diciembre, 2002
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12296
10 de diciembre, 2002
DI-AA-3186
Señor
Ricardo J. Méndez A.
Oficial Mayor
Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes
Estimado señor:
Asunto: Respuesta a consulta formulada mediante oficio No. OM-440-02 del 01 de octubre del año en curso respecto a la declaración jurada de bienes.
Damos respuesta al oficio No. OM-440-02 del 01 de octubre del año en curso en el que se solicita el criterio de esta Contraloría General respecto a la posibilidad de que el jerarca de un Ministerio o cualquier institución, designe al responsable de la Auditoría Interna para que informe a la Contraloría General de la República acerca de los servidores que deben hacer declaración jurada de bienes.
Al respecto, cabe advertir, en primer término que, a diferencia de lo señalado en su consulta, los aspectos aquí consultados no se encuentran regulados en el artículo 18 de la Ley No. 8292, Ley General de Control Interno, sino en la Ley No. 6872, Ley sobre Enriquecimiento Ilícito de los Servidores Públicos, que fue reformado por la primera de las leyes anteriormente indicadas.
Señala este artículo:
"Artículo 18.- El responsable de la unidad de recursos humanos de cada entidad o, en su defecto, aquel quien el jerarca defina, deberá informar a la Contraloría General de la República, dentro de los ocho días siguientes a cada nombramiento, el nombre y las calidades de los servidores que ocupen los cargos para cuyo desempeño se requiera la declaración jurada de bienes, con indicación de la fecha en que esos funcionarios iniciaron sus funciones.
Dentro del mismo plazo citado en el párrafo anterior, cada entidad deberá informar la fecha en que, por cualquier circunstancia, los servidores obligados a declarar concluyan su relación de servicio. La desobediencia de esta obligación será considerada falta grav ...
Fecha publicación: 13/10/2002
Fecha emisión: 10/10/2002
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: OTROS
1
2
Licda. Orietta González Cerón
16 de agosto, 2002
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09494
16 de agosto, 2002
DI-AA-2451
Licenciada
Orietta González Cerón
Jefa, Asesoría Jurídica
Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes
Estimada señora:
Asunto: Aprobación de la resolución administrativa para indemnizar a la firma Grupo Empresarial Tierras y Desarrollo, S.A. por rescisión de contrato para la construcción del edificio de la Biblioteca Pública de Puriscal, suscrito entre esa empresa y el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes
Nos referimos a su oficio No. A.J.507-2002 del 29 de julio del año en curso, recibido por este Órgano Contralor el 31 de julio último, mediante el cual nos remite para efectos de aprobación la resolución administrativa para atender indemnización a la firma Grupo Empresarial Tierras y Desarrollo, S.A., como resultado de la rescisión del contrato para la construcción del edificio de la Biblioteca Pública de Puriscal, suscrito entre esa empresa y el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.
Al respecto, una vez efectuado el estudio de rigor, se determinaron los siguientes aspectos:
1. Que mediante Resolución No. 016-2002 de las 9:00 horas del 06 de marzo del 2002, el Ministro de Cultura, Juventud y Deportes confirió audiencia a la contratista para que se refiriera por escrito a los motivos de la rescisión.
2. Que la empresa contratista, mediante escrito presentado al Ministerio el 21 de marzo del 2002, estimó los daños y perjuicios generados a dicha firma en (4.260.500,00 (cuatro millones doscientos sesenta mil quinientos colones sin céntimos).
3. Que en Resolución No. 034-2002 de las 15:00 horas del 05 de abril del 2002, la Ministra a.i. procedió a rescindir la contratación correspondiente al proyecto de "Construcción del Edificio de la Biblioteca Pública de Puriscal", adjudicada a la empresa Grupo Empresarial Tier ...
Fecha publicación: 19/08/2002
Fecha emisión: 16/08/2002
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: OTROS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
Xxx xxxxx xxxxxxx xxxxxx
-2-
xx xx xxxxx, xxxx
Al contestar refiérase
al oficio Nº 14080
13 de noviembre, 2002
FOE-GU-1003
Licenciado
Guido Sáenz González
Ministro
MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES
Estimado señor:
Asunto: Respuesta a solicitud de autorización para presentar reservas de crédito especial, con posterioridad a la fecha límite establecida por la Contraloría General.
En su oficio Nº DM-1413-2002, solicita ampliar el plazo, establecido por esta Contraloría al 1° de noviembre de 2002, para presentar las reservas de crédito especial Nos. 100600, 100603, 100604, 100605, 100606, 100607, 100608, 100609 y 100610. Fundamenta tal petición, en que los rubros a que se carga cada una de las reservas antes citadas “... fueron publicados recientemente en el último decreto ...”, y en “... los cambios internos que afectaron el funcionamiento normal de ese Ministerio”.
Al respecto, se le comunica que por la vía de la excepción esta Área está anuente a ampliar el aludido plazo de recepción en tres días hábiles, contados a partir del recibo del presente oficio.
Atentamente,
Lic. José Luis Alvarado Vargas
Gerente de Área
RGL/ayc
Ci: Lic. Ricardo J. Méndez, Oficial Mayor, MCJD
Máster Blanca Rosa Gutiérrez, Oficial Presupuestal MCJD
Archivo Central
NI: 27700
Autorizaciones
] ...
Fecha publicación: 17/08/2002
Fecha emisión: 14/08/2002
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: OTROS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
Xxx xxxxx xxxxxxx xxxxxx
-2-
xx xx xxxxx, xxxx
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12322
10 de octubre, 2002
FOE-GU-874
Licenciada
Amalia Chaverri Fonseca
Ministra a.i.
MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES
Estimada señora:
Asunto: Respuesta a solicitud de autorización para presentar solicitudes de mercancías, con posterioridad a la fecha límite establecida por la Contraloría General.
En su oficio Nº DGC-A-284-2002, solicita ampliar el plazo, establecido por esta Contraloría al 19 de julio de 2002, para presentar siete solicitudes de mercancías. Fundamenta tal petición, en que las solicitudes de mercancías son para financiar contrataciones en proyectos orientados a la población infantil, con el fin de fortalecer el desarrollo humano por medio del arte.
Al respecto, se le comunica que en vista de las razones aducidas, esta Área está anuente a ampliar el aludido plazo de recepción en cinco días hábiles, contados a partir del recibo del presente oficio. Lo anterior, en el entendido de que ese Ministerio se compromete a lograr que los procedimientos de contratación y de pago respectivos, se lleven a cabo con la celeridad necesaria, para que los gastos se puedan cargar al presupuesto del 2002.
Atentamente,
Lic. José Luis Alvarado Vargas
Gerente de Área
RGL/ayc
Ci: Licda. Alexandra de Simone Castellón, Directora General de Cultura MCJD
Archivo Central
NI: 24537
Autorizaciones
] ...
Fecha publicación: 12/08/2002
Fecha emisión: 09/08/2002
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: OTROS
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 05988
24 de mayo, 2002
DI-AA-1641
Señora
María Amalia Chaverri Fonseca
ViceMinistra
Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de Autorización trabajo extraordinario
Nos referimos a su oficio DGR-R-016-02 del 15 de mayo del año en curso, mediante el cual solicita autorización por trabajo extraordinario a favor del señor Douglas Rojas Campos, para impartir un taller de música para bandas durante el mes de junio.
Al respecto nos permitimos manifestar lo siguiente:
El 16 de octubre del año anterior, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta la nueva Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos Ley No. 8131 la cual empezaba a regir a partir de su publicación, y cuyo texto normativo no incluye la figura regulada en el artículo 49 de la anterior Ley de la Administración Financiera.
En este sentido, a partir de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Administración Financiera esta Contraloría pierde competencia para otorgar dichas autorizaciones, quedando las mismas bajo la exclusiva responsabilidad de la Administración.
Finalmente, no omitimos manifestar que la figura del tiempo extraordinario se contempla en el Proyecto de Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito. Por ello, en caso de que ese proyecto llegase a convertir en Ley de la República, la Contraloría estaría asumiendo nuevamente esta competencia.
Atentamente,
Lic. Manuel Corrales Umaña, MBA
Jefe de Unidad
RVM/hcha
ci Archivo Central
Ni: 14114
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 27/05/2002
Fecha emisión: 24/05/2002
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: OTROS
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03682
03 de abril, 2002
DI-AA-1005
Licenciada
Orietta González Cerón
Jefa, Asesoría Jurídica
Ministerio de Cultura Juventud y Deportes
Estimada señora:
Asunto: Verificación de la procedencia de fórmula de reajuste de precios en el contrato para la reconstrucción de la Iglesia de San Isidro Labrador de Barbacoas de Puriscal, suscrito con el señor José Joaquín Navarro Garita
Damos respuesta a su atento oficio No. AJ-028-2002 del 16 de enero del año en curso, recibido por este Órgano Contralor el 21 de enero último, mediante el cual nos consulta sobre la procedencia de la fórmula de reajuste de precios en el contrato para la reconstrucción de la Iglesia de San Isidro Labrador de Barbacoas de Puriscal, suscrito con el señor José Joaquín Navarro Garita.
Sobre el particular, le remito copia del criterio externado por el ingeniero Carlos Gutiérrez Schwanhäuser, el cual considera que dicha fórmula reúne los requisitos y criterios establecidos en la materia para los contratos de obra pública de edificaciones, pero que deberá enmendarse el error de transcripción advertido y cumplirse con la condición especificada en dicho memorandum.
De esta manera, esta Contraloría General se pronuncia con respecto a la validez técnico-jurídica de dicha fórmula en un contrato ya ejecutado sin que la misma haya podido establecerse en la debida forma en la relación contractual, pero que regula una situación con respecto a un derecho que debe ser reconocido por ese Ministerio, bajo su exclusiva responsabilidad,, aún cuando no se haya incorporado a la relación contractual mediante addendum el cual requería del refrendo contralor.
Atentamente,
Elena Benavides Santos
Fiscalizadora
EBS/hcha
ci Auditoría Interna, Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes
Archivo Central
Ni: 1555
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 06/04/2002
Fecha emisión: 03/04/2002
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: OTROS