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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
20 de diciembre de 2007
DAGJ-1644-2007
Licenciado
Walter Ramírez Ramírez
Gerente de División
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Estimado señor:
Asunto: Consulta relacionada con criterio institucional en relación con la atención de eventuales infracciones a la Ley No.8422.
Se refiere este Despacho a su oficio FOE-DDJ-2758 de 28 de noviembre de 2007 en el cual se solicita la adopción de una posición institucional acerca de la competencia del órgano contralor para investigar, dar el debido proceso y eventualmente emitir una recomendación de sanción vinculante con respecto a un regidor que presuntamente incurrió en superposición horaria, con violación al artículo 17 de la Ley No.8422 -Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública-.
I. Antecedentes
Mediante oficio No.13432 de fecha 21 de setiembre de 2006, el Área de Denuncias y Declaraciones Juradas remitió al Ministerio de Obras Públicas y Transportes una denuncia por presunta superposición horaria de un servidor de esa cartera ministerial que a su vez funge como regidor propietario de la Municipalidad de Turrialba, gestión que en primera instancia derivó en un despido sin responsabilidad patronal –resolución administrativa No.06-699 de las 8:00 horas del 14 de diciembre de 2006-, que luego fue revocado por la señora Ministra –resolución administrativa de las 08:30 horas del 09 de febrero de 2007-.
Durante el plazo en el que se tramitaba la apelación del despido por parte del interesado ante el Despacho Ministerial, el Tribunal Supremo de Elecciones –en adelante TSE- trasladó para su atención por parte del órgano contralor, una denuncia por el mismo motivo en contra del mismo servidor, en su condición de regidor –oficio TSE-0593-2007 de 06 de febrero de 2007-, gestión que a su vez fue devuelta a ese Tribunal por oficio No.01894 (FOE-DDJ-0295) del 26 de febrero de 2007, en donde se daba cuent ...
Fecha publicación: 11/01/2008
Fecha emisión: 18/12/2007
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE DENUNCIA EN ASESORIA Y GESTION JURIDICA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 15049
17 de diciembre de 2007
DAGJ-1624-2007
Licenciado
Eddy Fallas Fallas
Subdirector Administrativo
LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación con el nombramiento de Auditor Interno.
Se refiere este Despacho a su oficio No. DAF-507-2007, de fecha 07 de diciembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el mismo día, por medio del cual solicita nuestro criterio sobre el nombramiento del Auditor Interno.
Nos indica que mediante el Informe N° DFOE-FEC-2/2005, esta Contraloría indicó que ese Laboratorio está incumpliendo lo que señala el artículo 2º de la Ley General de control Interno en cuanto al nombramiento de Auditor Interno.
Al respecto, por medio del oficio No. LACOMET.318-2005 le solicitaron a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria se les autorizara por la vía de excepción, la creación de una plaza para Auditor Interno, solicitud que les fue denegada en el Oficio No.STAP-1264-05.
Así las cosas, plantearon ante la Dirección General de Servicio Civil la reasignación del un puesto de Profesional 1 a la clase de Auditor Interno, sin embargo, mediante el Oficio OSC-S-1024-2007 esta Dirección indicó que no le asiste competencia para excluir un puesto del Régimen de Servicio Civil, mientras no exista una ley que así lo estipule.
Por lo anterior es que nos realiza las siguientes preguntas:
“Quién es el ente encargado de reasignar un puesto cubierto por el Régimen de Servicio Civil, a una clase de Auditor Interno 1 del Manual de Clases Anchas de la Dirección General de Servicio Civil?
Quién es el ente encargado de reasignar un puesto cubierto por el Régimen de Servicio Civil, a una clase de Auditor Interno 1 del Manual de Clases Anchas de la Dirección General de Servicio Civil?
Quién es el ente encargado, en caso de que el puesto sea reasignado a Auditor Interno 1, a excluirlo del ...
Fecha publicación: 24/12/2007
Fecha emisión: 17/12/2007
Institución: LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 15236
20 de diciembre de 2007
DAGJ-1642-2007
Diputado
Alberto Salom Echeverría
FRACCION PARTIDO ACCION CIUDADANA
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimado Señor Diputado:
Asunto: Consulta relacionada con la utilización del programa SKYPE para hacer llamadas internacionales por parte de las Administraciones Públicas.
Nos referimos a su oficio Nº 387-ASE-2006, recibido en esta Contraloría General el 13 de diciembre pasado, mediante el cual consulta nuestro criterio técnico, sobre la utilización del programa SKYPE para hacer llamadas internacionales por parte de las entidades públicas, así como “(...) definir si este mecanismo de comunicación es legal y/o normal dentro de la administración pública”, lo anterior con motivo de una publicación hecha en el diario La Nación, en la que se destaca el ahorro que el uso de dicho programa, ha significado en el pago de servicios telefónicos.
Sobre el particular, iniciamos señalando que a juicio de este Despacho, los puntos en consulta parecieran no estar vinculados de manera directa con el ámbito funcional de competencias de la Contraloría General, el cual fue definido por la Constitución Política y perfilado por la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Ley Nº 7428 del 7 de setiembre de 1994), extremo de especial relevancia de cara al ejercicio de la potestad consultiva del Órgano Contralor en este caso.
En ese sentido, estimamos que existen órganos como el Ministerio de Ciencia y Tecnología, en lo que concierne a extremos técnicos del programa antes relacionado, y la Procuraduría General de la República, en lo que toca a la legalidad en su utilización y la eventual afectación que esto pudiera significar, al monopolio que ostenta el Instituto Costarricense de Electricidad, a quienes puede acudirse en razón de sus competencias a fin de evacuar las inquietudes planteadas en la especie.
Ahora bien, sin perjuicio de lo ant ...
Fecha publicación: 24/12/2007
Fecha emisión: 18/12/2007
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
18 de diciembre de 2007
DAGJ-1641-2007
Licenciado
Carlos Andrés Arguedas Vargas
Gerente de División
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Estimado señor:
Asunto: Se remite consulta efectuada por la Corte Suprema de Justicia, sobre prórrogas de los contratos de arrendamiento según la Ley de Arrendamientos y Subarrendamientos Urbanos.
Mediante oficio No. 8600-07 del 8 de octubre de 2007, la Corte Suprema de Justicia presentó una consulta ante esta Contraloría General de la República, relacionada con las prórrogas de los contratos de arrendamiento según la Ley de Arrendamientos y Subarrendamientos Urbanos, consulta que en una primera oportunidad fue rechazada por esta División de Asesoría y Gestión Jurídica.
No obstante lo anterior y luego de una solicitud de reconsideración planteada por la Corte Suprema de Justicia y la remisión de la copia del texto completo del criterio legal emitido al respecto por la Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva de aquella Corte, se estimó procedente dar trámite a la consulta referida, de modo que en virtud de la materia allí planteada se efectúa el traslado respectivo a la División a su cargo. No omito indicar que el documento original que contiene la consulta de cita se encuentra en el Archivo Central, bajo el número negro 12490-2007.
Suscribe atentamente,
Licda. Paula Serra Brenes
Gerente Asociada a.i
Psb/Yhg
Adjunto: Copia de los oficios Nº 8600-07 y del oficio 1480-DE/AL-07, ambos de la Corte Suprema
de Justicia.
Ci: Archivo Central
NI: 20701, 24409 y 25241
G: 2007004855-2
] ...
Fecha publicación: 23/12/2007
Fecha emisión: 18/12/2007
Institución: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15059
12 de diciembre de 2007
DAGJ-1627-2007
Señor
Roberto Sánchez Mata
Secretario Municipal
MUNICIPALIDAD DE OSA
Estimado señor:
Asunto: Transcripción del acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Osa, en Sesión Ordinaria N°48-2007, celebrada el día 05 de diciembre del 2007.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 07 de diciembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el mismo día, por medio del cual se transcribe el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Osa, en Sesión Ordinaria N°48-2007, celebrada el día 05 de diciembre del 2007.
Al respecto, su consulta radica en la “Sustitución del Presidente y Vicepresidente en caso de ausencia”
Criterio del despacho:
En cuanto al particular, es menester señalar que en atención al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República que regula nuestra potestad consultiva, este órgano contralor emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, se reguló en esta circular en los puntos 2 y 6 lo siguiente:
“ 2 La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante.
6 El incumplimiento de las anteriores disposiciones facultará a la Contraloría General de la República para rechazar de plano la gestión, comunicándoselo así al gestionante...” (los resaltados no corresponden al original).
En virtud de los antecedentes anter ...
Fecha publicación: 23/12/2007
Fecha emisión: 17/12/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE OSA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 15042
13 de diciembre de 2007
DAGJ- 1620-2007
Licenciado
Alberto Aguilar Escobedo
Auditor Interno
TEATRO NACIONAL
Estimado señor:
Asunto: Criterio sobre procedencia del pago de trabajo extraordinario
Nos referimos a su oficio AITN-05-10-2007 de fecha 03 de octubre de 2007, mediante el cual expone que ese Teatro promueve sus espectáculos normalmente en un horario fuera de la jornada laboral, por lo que el órgano contralor autorizó desde el año 1980 el pago denominado extrafunciones para el personal de escenario (tramoyistas, luminotécnicos, sonidistas, electricistas y otros puestos afines) y, posteriormente, se autorizó también dicho pago para el administrador y el asistente administrativo, conforme a los oficios GJ-50-2000 del 10 de febrero de 2000 y CO-147 de 17 de febrero de 2000.
No obstante lo anterior, señala que el cargo de Administrador no existe desde hace unos años, por lo que dichas tareas han sido asumidas por la Directora Administrativa Financiera, devengando las extrafunciones que le corresponden por su asistencia fuera del horario laboral, cargo que actualmente se encuentra clasificado como Profesional Jefe 3, pero que está en estudio su eventual reasignación a Director General 2; cargo este último que tiene características que lo excluyen de la jornada laboral y además devenga los pluses originados en la restricción al ejercicio liberal de la profesión.
Ante las anteriores circunstancias consulta en concreto, lo siguiente:
“¿puede continuar cobrando el pago por extrafunciones cuando ejecute labores en espectáculos que se presenten en las salas del Teatro Nacional? ¿Conforme al Artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, podría devengar un pago por trabajo extraordinario … cuando mediante un contrato con la misma institución para la que labora haga el trabajo en las funciones y espectáculos que se presentan ...
Fecha publicación: 22/12/2007
Fecha emisión: 17/12/2007
Institución: TEATRO NACIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Asunto: CONSULTA SOBRE EL PROYECTO DE LEY NO.16742 DENOMINADO "REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 205, 206, 207, 223, 228, 231, 243, 248, 268 Y ADICIÓN DE UN TRANSITORIO AL TÍTULO VI DEL CÓDIGO DE TRABAJO, DE LA PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES DURANTE EL EJERCICIO DEL TRABAJO, LEY NO.6727 DE 9 DE MARZO DE 1982¿
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 15093
17 de diciembre de 2007
DAGJ-1633-2007
Licenciado
Alexander Mora Mora
Presidente
Comisión Perrmanente de
Asuntos Jurídicos
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre el proyecto de ley No.16742 denominado "Reforma de los artículos 205, 206, 207, 223, 228, 231, 243, 248, 268 y adición de un transitorio al Título VI del Código de Trabajo, de la Protección de los Trabajadores durante el ejercicio del trabajo, Ley No.6727 de 9 de marzo de 1982”
De conformidad con su oficio CJ-230-11-07 de fecha 27 de noviembre de 2007, procedemos a rendir el criterio solicitado sobre el proyecto de ley No.16742, en los siguientes términos:
De acuerdo con nuestros registros, al hacer una comparación entre el presente proyecto y el No.15350, este Despacho ha podido constatar que la presente iniciativa legislativa retoma prácticamente con el mismo contenido el proyecto de Ley No.15350, el cual fue archivado conforme a un dictamen de mayoría negativo, constando que los únicos cambios encontrados entre ambos proyectos residen en: la exposición de motivos, en unas mayúsculas en el artículo 205 párrafo final, así como en el cambio de letras a números en el contenido del ordinal 243 y en el transitorio único.
Por lo tanto, como este órgano contralor anteriormente había rendido el respectivo informe sobre el proyecto No.15350, mediante el oficio No.05164 (DAGJ-1158-2005) de 6 de mayo de 2005, al no existir algún nuevo hecho que permita adicionar algo distinto a lo ya abordado en aquella oportunidad, adjuntamos dicho criterio para los fines de que conste en el nuevo expediente y se torne en la posición de este Despacho sobre este proyecto de ley.
Atentamente,
Lic. Silvia Chanto Castro
Gerente Asociado
Lic. Jimmy Bolaños González MDC
Fiscalizador
JBG/Yhg
Adjunto: Oficio 05164 (DAGJ-1158-2005)
Ci. Archivo Central
Ni: 24910
G: 2007005368-2
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Fecha publicación: 22/12/2007
Fecha emisión: 17/12/2007
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14981
14 de diciembre de 2007
DAGJ-1617-2007
Señor
Alexander Marín Lee
Agente de Policía
Telefax: 438-55-34
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre la posibilidad de mantener las motocicletas asignadas en los hogares los días no laborales.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 05 de diciembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, por medio del cual solicita nos pronunciemos sobre la procedencia de mantener las motocicletas asignadas en los hogares los días no laborales.
Sobre el particular nos indica que dado que las motocicletas son asignadas quedan sin uso en la comandancia, los días que los funcionarios que las tienen a su cargo no laboran por lo que considera que se podrían mantener en las casas para que estén disponibles en caso de emergencia.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre de 1994, ordinariamente ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa”).
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En este orden de ideas, dicha circular cont ...
Fecha publicación: 21/12/2007
Fecha emisión: 14/12/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14741
10 de diciembre de 2007
DAGJ-1591-2007
Señor
José Alberto Acuña Ulate
Gerente
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación con Informe de Auditoría AO-335-R-2007 sobre la asignación de vehículos a Unidades Ejecutores Distintas a la Sección de Servicios Generales.
Se refiere este Despacho a su oficio No.GDP-52.766, de fecha 22 de noviembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 04 diciembre de los corrientes, por medio del cual solicita nuestro criterio sobre el Informe de Auditoría AO-335-R-2007 sobre la asignación de vehículos a Unidades Ejecutores Distintas a la Sección de Servicios Generales.
Sobre este particular, nos señala que a raíz del informe de auditoría antes señalado, se integró un grupo de trabajo intergerencial, el cual consideró pertinente presentar ante este órgano contralor la consulta sobre la situación particular de los vehículos a cargo de la Gerencia de la División de Pensiones, con el fin de de solicitar la respectiva autorización para que dicha dependencia continúe con el uso y control de los vehículos propiedad del Régimen de invalidez, Vejez y Muerte.
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre de 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-).
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N ...
Fecha publicación: 17/12/2007
Fecha emisión: 10/12/2007
Institución: GERENCIA DE DIVISION DE PENSIONES DE LA CCSS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 14742
10 de diciembre de 2007
DAGJ-1592-2007
Licenciada
Ivana Batista Araya
Contadora Municipal
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre la procedencia del pago de viáticos y transportes al exterior de un funcionario de la Unidad Técnica de Gestión Vial.
Se refiere este Despacho a su oficio N°CMPL-030-2007, de fecha 03 de diciembre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, por medio del cual solicita nos pronunciemos sobre la procedencia o no del pago de viáticos y transportes al exterior de un funcionario que se desempeña como promotor social en la Unidad Técnica de Gestión vial, en la categoría de servicios especiales y no como empleado fijo a quien por falta de liquidez no se le ha podido cancelar el viaje que realizó a Cuba para recibir una capacitación.
Asimismo, nos pregunta si una vez que Caja Única de Hacienda gire el desembolso solicitado, y el dinero ingrese a la cuenta corriente respectiva, si se pueden cancelar estos gastos a pesar de que esta persona ya asistió a dicha capacitación en días pasados.
Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre de 1994, ordinariamente ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa”).
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de ...
Fecha publicación: 17/12/2007
Fecha emisión: 10/12/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE POCOCI
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA