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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03584
10 de abril de 2007
DAGJ-0361-2007
Ingeniero
José León Desanti Montero
Presidente
Refinadora Costarricense de Petróleo S.A.
Estimado señor:
Asunto: Sobre enmiendas al “Reglamento para la Administración de Transporte y Equipo
Especial de RECOPE”.
Se refiere este oficio a la propuesta de modificación de los artículos 5, 35 y 18 del “Reglamento para la Administración de Transportes y Equipo Especial de RECOPE”, gestión originada mediante los siguientes oficios: P-1463-2006, JD-774-2006, P-097-2007 y AL-0441-2007.
1. Criterio del Despacho
Preliminarmente se debe indicar que todas las observaciones vertidas seguidamente lo serán enmarcadas dentro de la regulación de las siguientes normas:
· Manual Sobre Normas Técnicas de Control Interno Relativas al Control Sobre el Uso y Mantenimiento de Vehículos, emitido por esta Contraloría en la Gaceta Nº 24 el 2 de febrero de 1996)
· Ley de Obligación de Reglamentar el Uso de Vehículos Oficiales, N° 5691, publicada en La Gaceta N° 99 del 28 de mayo de 1975
· Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 7331 del 22 de abril de 1993
En cuanto a la Ley N° 7331 valga decir que si bien, en tesis de principio no le sería aplicable a las empresas públicas estructuradas como sociedad anónima, en última instancia sí lo es, puesto que además de ser posterior a la Ley N° 5691, es específica en cuanto al tratamiento del tema. Y, se debe agregar, que la sujeción de los diferentes reglamentos de transportes a la Ley de Tránsito, lo es en ejercicio de una correcta hermenéutica jurídica fruto de la inopia de la Ley N° 5691 citada.
1.1. Sobre enmienda al artículo 35
En la actualidad el artículo 35 del “Reglamento para la Administración de Transporte y Equipo Especial de Recope” establece que:
“Artículo 35.- Transporte de personas no autorizadas: Los conductores no deben permitir que personas no autorizadas ...
Fecha publicación: 16/04/2007
Fecha emisión: 10/04/2007
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 15432
6 de noviembre, 2006
DCA-3480
Señor
Manuel Edo Carballo Moreira
Coordinador General
Área de Adquisiciones, Dirección Estratégica
Caja Costarricense del Seguro Social
San José, Av. 2da. Calles 5 y 7
Asunto: Solicitud de criterio sobre la necesidad de refrendo producto de las compras realizadas utilizando los artículos 75.3 y 79.6 del Reglamento General de Contratación Administrativa
Estimado señor:
Me refiero a sus oficios N. D. A. 597-2004, y D.A. 496-05, mediante los cuales solicita nuestro criterio sobre la necesidad de otorgar refrendo a las compras realizadas utilizando los artículos 75.3 y 79.6 del Reglamento General de Contratación Administrativa, ello al amparo de los criterios expuestos en los Oficio N° 6425 de 30 de junio del 2003 y 5395 de 18 de junio del 2005, Ambos de la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones.
Sobre el particular y de previo a evacuar su consulta, es necesario advertir que por la vía de la consulta no debemos pronunciarnos sobre situaciones concretas que fueron resuelta con el apoyo de la información aportada. en su oportunidad, sino que necesariamente analizaremos el asunto desde una óptica general. Así las cosas, trataremos de aclarar el sentido que esta División otorga a la normas de cita, cuando se le presenta un asunto particular.
El numeral 79.6 del Reglamento de cita –que es la norma que fundamenta las contrataciones a que alude su oficio-, introduce una excepción a los procedimientos ordinarios de concurso, de muy cuidadosa aplicación, que se reseña en los siguientes términos:
“79.6. Las contrataciones necesarias para enfrentar situaciones totalmente imprevisibles que afecten o amenacen gravemente la continuidad de los servicios públicos esenciales. En estos casos, la Administración podrá efectuar de inmediato las contrataciones que resulten necesarias y dejará constancia expresa de todas las circunstancias en ...
Fecha publicación: 09/11/2006
Fecha emisión: 06/11/2006
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
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Lic. Mauricio Alvarado Delgadillo
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28-08-2006
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12178
28 de agosto, 2006
DCA-2561
Licenciado
Mauricio Alvarado Delgadillo
Alcalde Municipal
Municipalidad de Golfito
Golfito, Puntarenas
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre posibilidad de dar en arrendamiento, mediante contratación directa, el muelle Municipal de Golfito.
No sin antes dar disculpas por la dilación a la presente gestión.
Se da respuesta a su nota s/n, ingresada a esta Contraloría General bajo el número 11608, mediante la cual plantea consulta sobre la posibilidad de dar en arrendamiento, mediante contratación directa, el muelle Municipal de Golfito.
Se expone la consulta de cita en los siguientes términos:
“El Muelle municipal de Golfito, se encuentra en estado de deterioro y con el actual presupuesto no se podrían efectuar obras que tiendan a su reparación y mantenimiento de manera que de proseguir esta situación se estaría prácticamente dejando en abandono este bien Municipal.
Por lo que es necesario tomar acciones inmediatas, para evitar la anterior situación, con las graves consecuencias que acarrearía para la comunidad y la economía del Cantón.
Por consiguiente la consulta es, si este municipio podría dar en arrendamiento este Bien Municipal, de forma directa suscribiendo un contrato con el interesado.
O en su defecto habría que proceder con lo estipulado en la Ley de Contratación Administrativa cumpliendo los trámites de la licitación Pública”.
A fin de dar respuesta a su planteamiento, resulta meritorio exponer las siguientes observaciones:
I. Sobre la disposición legal que sobre un muelle puede tenerse, de conformidad con la Constitución Política
Señala la Carta Magna en el numeral que se dirá:
“Artículo 121.
Además de las otras atribuciones que le confiere esta Constitución, corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa:
(...)
14) Decretar la enajenación o la ...
Fecha publicación: 08/11/2006
Fecha emisión: 28/08/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE GOLFITO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
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Flor Jiménez Chinchilla
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28-08-2006
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12147
28 de agosto, 2006
DCA-2556
Licenciada
Flor Jiménez Chinchilla
Auditora Interna
Municipalidad de Orotina
Orotina, Alajuela
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de criterio jurídico en relación con contrato de obra suscrito por esa Municipalidad y la empresa Constructora Presbere S.A. Licitación Pública 01-2003
No sin antes dar disculpas por la dilación a la presente gestión.
Damos respuesta a su oficio número UAI-22-05 presentado a la Contraloría General el 18 de abril del 2006, mediante el cual plantea una serie de consultas en relación con contrato de obra suscrito por esa Municipalidad y la empresa Constructora Presbere S.A. Licitación Pública 01-2003
I. Consideraciones preliminares.
Advertimos, que en ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General, y normada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), y la Circular Nº CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000), el Órgano Contralor no se refiere situaciones concretas y particulares que deben ser resueltas por la Administración respectiva, y en su caso por la propia auditoría.
Por lo anterior, esta consulta se atiende en virtud del ánimo de cooperación de esta oficina, solo en razón de que esa Administración no cuenta con Asesoría Jurídica y no cuenta con los efectos vinculantes que tendría una consulta que cumpla con las características
II. Criterio del Despacho.
En concreto responderemos en el orden de sus interrogantes:
1. El plazo para la recepción de ofertas. Debe tenerse presente en primer lugar, que el artículo 48.1.1 del Reglamento de Contratación Administrativa dispone un plazo de 30 d ...
Fecha publicación: 31/08/2006
Fecha emisión: 28/08/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
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Juan Felipe Chacón 16 de diciembre, 2004
Dora Eugenia Durán Paez
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 12029
16 de diciembre, 2004
DI-AA-2276
Señor
Juan Felipe Chacón
Director
Colegio Técnico Vocacional Monseñor Sanabria
Señora
Dora Eugenia Durán Páez
Secretaria, Colegio Técnico Vocacional Monseñor Sanabria
Desamparados
Estimados señores:
Asunto: Se plantean consultas varias en torno a carta de entendimiento suscrita entre el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria y la Universidad Estatal a Distancia, UNED.
Se hace referencia a su nota s/n, presentada ante esta Contraloría General el día 14 de setiembre de 2004, por medio del cual se plantean varias interrogantes en relación con el contenido y alcances de una carta de entendimiento suscrita entre el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria y la Universidad Estatal a Distancia, UNED.
En la nota remitida, se hace un detalle de hechos y consultas respecto al documento descrito, del cual se aporta además una copia.
En primer término debemos señalar que en la circular de esta Contraloría General de la República N. CO-059, del 26 de mayo del 2000 y publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, se establecieron las disposiciones para la atención de consultas y, según lo allí establecido, por medio de la vía consultiva no se resuelven casos concretos que competen a las respectivas entidades tramitadoras o bien que puedan involucrar una amplia fiscalización.
Así las cosas, por tratarse el asunto de marras de un caso específico, no podemos emitir un criterio vinculante; no obstante en aras de brindar una colaboración informal realizaremos algunas consideraciones generales, a manera de opinión jurídica.
Así las cosas, tratándose de contratos de arrendamientos de aulas de centros educativos estatales, conviene indicar que de ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 06/10/2004
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TECNICO VOCACIONAL MONSEÑOR SANABRIA, DESAMPARADOS
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
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Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 21/01/2003
Institución: COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION DE EMERGENCIAS
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
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Licda Vilma Gamboa Bolaños
26 de setiembre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 11420
26 de setiembre, 2004
DI-AA-2181
Licenciada
Vilma Gamboa Bolaños
Gerente, Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Estimada señora:
Asunto: Criterio respecto a la obligatoriedad de formalizar un convenio de cooperación entre el Instituto Nacional de Aprendizaje con la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) para la ejecución del Proyecto de Asistencia Técnica en Formación de Instructores de Certificación del Convenio STCW 78/95 para la Flota Pesquera Costarricense.
Nos referimos a su oficio No. FOE-EC-312 de 7 de julio del año en curso, mediante el cual solicita el criterio de esta Unidad respecto a si resulta necesario, conforme a nuestro ordenamiento jurídico, que se formalice un convenio de cooperación entre el INA y la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), para la ejecución del Proyecto de Asistencia Técnica en Formación de Instructores de Certificación del Convenio STCW 78/95 para la Flota Pesquera Costarricense.
Acompaña su solicitud de la nota No. COOPEX-0294-2004, suscrita por el señor Fernando Rodríguez Araya, Asesor de Cooperación Externa del Instituto Nacional de Aprendizaje, en el que expone algunos hechos dentro de los que se destacan los siguientes:
I-
Hechos relevantes.
1- Que el INA, en el mes de seitiembre del 2002, por intermedio de su Subgerencia Técnica y Núcleo Náutico Pesquero, diseña un proyecto denominado: “Asistencia Técnica en la Formación de Instructores de Certificación del Convenio STCW 78/95 de OMI para la Flota Pesquera Costarricense.
2- Que dicho proyecto fue presentado a la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y dentro de sus datos de presentación se incluye al Centro Jovellanos como entidad estatal española contraparte en l ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 24/09/2004
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
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Lic. Hernán Solano Murillo
20 de enero, 2006
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No..01392
20 de enero, 2006
DIAA-0259
Licenciado
Hernán Solano Murillo
Gerente, Área de Servicios Públicos Remunerados
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio sobre reglamento de gastos de viaje y transporte para los funcionarios de Correos de Costa Rica S.A.
Se da respuesta a su oficio FOE-APR-212, no sin antes ofrecerlas disculpas pertinentes en razón de su tardía, motivado en el gran volumen de trabajo que maneja esta Unidad, sujeto en muchos casos a plazos establecidos por Ley.
Mediante el oficio de cita, se presenta un cuestionamiento en torno a la procedencia jurídica del contenido y emisión del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para funcionarios y trabajadores de Correos de Costa Rica S.A., publicado en el Diario Oficial La Gaceta N- 12 del día 17 de enero de 2003.
En lo que interesa, la consulta remitida se presenta en los siguientes términos:
“En el Diario Oficial “La Gaceta” N. 12 del 17 de enero del año en curso, se publicó el “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para funcionarios y trabajadores de Correos de Costa Rica S.A.”. De la lectura de dicho documento se desprende que en algunos casos esa empresa se excepcionó de lo establecido por esta Contraloría General en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, por lo que se requiere el criterio de esa Unidad en cuanto a la procedencia jurídica de tal actuación”.
Asimismo, se acota como “elemento de juicio” considerado por esa Gerencia, el Dictamen N. C-279-98 de 21 de diciembre de 1998, emitido por la Procuraduría General, el cual hace referencia a la naturaleza jurídica de Correos de Costa Rica S.A., así como al régimen laboral que se aplica a las relacione ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 20/01/2006
Institución: NO APLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
Tesauro: Ley 3662. Ambito de aplicacion, Sujetos beneficiarios. Excepciones, Gastos de transporte durante giras, Area Metropolitana, Excepciones, Concepto de viaticos
Msc. Orlando Cervantes Benavides
09 de mayo, 2005
DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 05324
09 de mayo, 2005
DI-AA-0944
Msc.
Orlando Cervantes Benavides
Director General
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
San José, Plaza González Víquez
Estimado señor:
Asunto: Respuesta a solicitud de autorización sobre la posibilidad de declaratoria de incobrabilidad en el caso de los cobros a realizar por parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Previo a emitir criterio sobre el particular solicitamos disculpas por la dilación de la respuesta a la presente gestión motivado por el gran volumen de trabajo que maneja esta Unidad sujeto en la mayoría de los casos a plazos establecidos por Ley.
La consulta en cuestión remite a valorar por parte de este Ente Contralor, una solicitud de autorización, con el fin de posibilitar la declaración de incobrable sobre gestiones con cuantías inferiores a los montos a definir por parte de esa Administración. Al respecto, este Órgano Contralor ya se pronunció, mediante oficio 6415 de 18 de junio del 2003 -FOE-GU-234- sobre un caso similar, en donde el Poder Judicial solicitaba la autorización para declarar incobrables los procedimientos administrativos de cuantías menores a los setenta mil colones.
A manera de resumen sobre lo indicado en el oficio supra citado, y analizando el caso en consulta nos permitimos señalar lo siguiente:
· En primer término, cabe aclarar que ésta Contraloría General no ostenta competencia alguna para autorizar a una administración fiscalizada, la calificación de “incobrables” a casos concretos, ni a determinar montos o parámetros específicos para dicha calificación. Así las cosas, no resulta correcta la interpretación que hace el consultante sobre lo señalado en oficio No. 2819 del 28 de febrero de 1991, en cuanto a la eventual competencia ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 11/05/2005
Institución: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
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Sr. Osmín Vargas Elizondo
31 de enero, 2006
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 1386
31 de enero, 2006
DI-AA-0253
Señor
Osmín Vargas Elizondo
Presidente
Refinadora Costarricense de Metales Preciosos S.A.
Tibás, 200 metros oeste de la Municipalidad de Tibás
Estimado señor:
Asunto: Se presenta consulta respecto a la ejecución contractual de la Licitación Pública 59-2000 “Servicios de albergue para pacientes”, promovida por el Instituto Nacional de Seguros.
No sin antes solicitar disculpas por la atención de la presente gestión, se da respuesta a su nota s/n, presentada ante esta Contraloría General el día 10 de agosto del 2004, cuyo acuse de recibo se dio por medio del Oficio N. 09552 (DI-AA-1884), mediante la cual presenta consulta en relación con la ejecución contractual – que según indica usted - se ha estado dando respecto a la Licitación 59-2000, promovida por el Instituto Nacional de Seguros.
Se expone en su misiva, hechos varios suscitados durante la ejecución de la relación contractual derivada de la Licitación citada, cuestionándose por su parte, la actuación tanto por parte del INS como de la persona que resultó adjudicada en dicho proceso, sea el Sr. Eduardo Glenn Calvo.
Con el fin de dar respuesta a los cuestionamientos planteados, conviene considerar los siguientes aspectos:
I. Sobre el contenido de la consulta planteada
El Sr. Vargas Elizondo, afirma en su nota lo siguiente:
“En dicho concurso licitatorio, el oferente adjudicado, presentó en su Oferta Original, que los servicios dichos serían prestados en las Instalaciones de un Edificio en Tibás propiedad de mi representada debidamente arrendado por el adjudicatario, el cumplía con todas las especificaciones solicitadas por el Cartel, siendo que por escrito hubo un compromiso de que las condiciones que no cumpliera el inmueble, serían adaptadas para tal fin, así como que se ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 31/01/2006
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS