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año:2019
 
unidad:AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
 
proceso:EMISION DE CRITERIO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 20002 17 de diciembre, 2019 DFOE-DL-2258 Señora Ginneth Bolaños Arguedas Auditora Interna gbolanos@munipalmares.go.cr MUNICIPALIDAD DE PALMARES Alajuela Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio sobre el uso de los recursos que perciben las municipalidades, provenientes del Impuesto Único a los Combustibles, establecidos en la Ley N.° 8114 y actualizados en la Ley N.° 9329 Se procede a dar respuesta a la consulta efectuada mediante el oficio N.° MP- DAI-092-2016, de 08 de noviembre de 2019. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN En el documento de consulta se solicita el criterio por parte del Órgano Contralor, para que evacue la siguiente interrogante: (…) 1. Se podrían utilizar recursos provenientes de Ley 8114 y 9329, por ejemplo, para, comprar uniformes, zapatos, jackets, teléfonos móviles, mobiliario y equipo de oficina, muebles, cancelar salarios, remodelar oficinas u otros gastos. Respecto de esta consulta, la Auditora Interna de la Municipalidad de Palmares, en su calidad de consultante en este caso, manifiesta su criterio indicando: (…) En criterio de esta unidad de Auditoría Interna, los recursos girados a las municipalidades deben ser utilizados solamente en la atención de la red vial cantonal, cumpliendo con lo que señala el artículo 12 de la Ley 9329, anteriormente citado, o al menos ser utilizaos (sic) con la mayor austeridad posible, es decir sin caer en abusos y bajo el respaldo de estudios que permitan respaldar la verdadera necesidad de los bienes y servicios a contratar. mailto:g ...
Fecha publicación: 20/12/2019
Fecha emisión: 17/12/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE PALMARES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Uso de recursos


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 18571 27 de noviembre, 2019 DFOE-DL-2084 Señor Gonzalo Chacón Chacón Auditor Interno gonzalo.chacon@curridabat.go.cr MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio relacionado con la participación de la Auditoría Interna en eventos de capacitación. Se procede a dar respuesta al oficio N.° MC-AI-0167-10-2019 de 16 de octubre de 2019, recibido en el Órgano Contralor en la misma fecha y donde se plantea una consulta relacionada con la posibilidad del Concejo Municipal de denegar permisos de asistencia a capacitaciones, a pesar de que ya se encuentren presupuestadas y dentro del plan anual de capacitación de la auditoría. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN Se expone en el documento de consulta el requerimiento para establecer un criterio del Órgano Contralor, que evacue las siguientes interrogantes: 1.- ¿Tiene facultades la auditoría interna para incluir dentro de su Plan de capacitación anual la participación del personal de la Unidad en congresos nacionales o internacionales relacionados con la labor de fiscalización? 2.- ¿Una vez que el Concejo Municipal ha aprobado los recursos necesarios en el presupuesto de auditoría para el financiamiento de su participación en un Congreso Internacional, tiene la facultad de denegar el permiso para su asistencia aun cuando los recursos existan realmente? Respecto de estos cuestionamientos, se aporta el criterio de la auditoría sobre lo establecido en el artículo 27 de la Ley General de Control Interno, en cuanto a la asignación de recursos a la Auditoría Interna, entiende que en ellos se incluye los destinados a la mejora en el ...
Fecha publicación: 29/11/2019
Fecha emisión: 27/11/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Auditoria Interna Municipal


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 18413 25 de noviembre, 2019 DFOE-DL-2069 Licenciado Keylor Julián Solórzano Campos Auditor Interno auditoria@municoya.go.cr MUNICIPALIDAD DE NICOYA Guanacaste Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio relacionado con la posibilidad de aceptar donaciones de particulares para realizar los planes reguladores de las municipalidades. Se atiende el oficio N.° A/I/M/N: 55-2019 de 15 de octubre de 2019, recibido en esa misma fecha en el Órgano Contralor y donde plantea una consulta sobre el mecanismo legal para que un particular pueda realizar la donación de recursos económicos o insumos necesarios para la realización de planes reguladores que son llevados a cabo por una municipalidad. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN Se expone en el documento de consulta el requerimiento para establecer un criterio del Órgano Contralor, que evacue las siguientes interrogantes: 1.- ¿Cuál es el mecanismo legal para que un particular (Asociación) pueda realizar la donación de recursos económicos e insumos (estudios técnico- científicos) necesarios para la realización de planes reguladores que son llevados a cabo por una Municipalidad, debido a los recursos limitados con que cuenta un gobierno local? 2.- ¿Podría utilizarse la figura de convenio tripartito entre el particular (Asociación) que financia los estudios, una Universidad estatal contratada para que realice los estudios técnicos, y la Municipalidad como beneficiario final? 3.- En caso de ser viable, ¿es requisito indispensable que los recursos económicos ingresen al presupuesto municipal?, ¿o es posible que reciban únicamente los estudios técnicos una ve ...
Fecha publicación: 29/11/2019
Fecha emisión: 25/11/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE NICOYA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Donación de bienes, Planes Reguladores


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 15906 18 de octubre del 2019 DFOE-DL-1846 Señor José Manuel Ulate Avendaño Alcalde Municipal notificaciones@heredia.go.cr MUNICIPALIDAD DE HEREDIA Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio sobre el manejo de los fondos públicos cuando se está frente a situaciones de infortunio o de riesgo para la ciudadanía. Se procede a dar respuesta a la consulta efectuada en el oficio N.° AMH- 1124-19 de 09 de setiembre de 2019, presentado de manera física en el Órgano Contralor el 10 de setiembre de 2019, en el que se solicita el criterio de la Contraloría General sobre el manejo de los fondos públicos cuando se está frente a situaciones de infortunio o de riesgo para la ciudadanía. Al respecto, mediante el oficio N.° 13773 (DJ-1181) de 16 de setiembre de 2019, la División Jurídica realizó una prevención para el cumplimiento de requisitos para la presentación de consultas ante la Contraloría General de la República, solicitando la aclaración del objeto de la consulta, específicamente cuál es la duda que persiste en la administración consultante según el criterio legal que se adjuntó a la consulta. Con el oficio N.° AMH-1165-19 de 17 de setiembre de 2019, presentado el 18 de setiembre pasado, se indican algunos comentarios que resultaron del criterio legal emitido por la Asesoría y Gestión Jurídica de la Municipalidad de Heredia. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN Se expone en el documento de consulta el requerimiento para establecer el criterio del Órgano Contralor, las siguientes interrogantes: 1. Si el municipio está habilitado legalmente para invertir fondos públicos en propiedades ...
Fecha publicación: 25/10/2019
Fecha emisión: 18/10/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Aspectos varios


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 15667 15 de octubre, 2019 DFOE-DL-1832 Licenciado Daniel Arce Astorga Auditor interno daniel.arce@munigoicoechea.com MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio relacionado con los productos emitidos por las Auditorías Internas para los Concejos Municipales. Se atiende el oficio N.° MGAI-304-2019 de 14 de agosto de 2019, presentado de manera física en el Órgano Contralor el 16 de agosto, el cual plantea una consulta sobre la posibilidad y alcances de una Auditoría Interna a través de una advertencia y el actuar del Concejo Municipal con respecto a la misma. Al respecto, por medio del oficio N.° 12765 (DJ-1097) de 29 de agosto del año en curso, la División Jurídica realizó una prevención para el cumplimiento de requisitos para la presentación de consultas ante la Contraloría General de la República, solicitando plantear la posición y fundamento del auditor interno, sobre los temas consultados. Con el oficio N.° MGAI-328-2019 de 05 de setiembre de 2019, recibido en la Contraloría General por medio electrónico en la misma fecha, se indica la posición del auditor con respecto a la labor preventiva que realizan las auditorías internas y el tratamiento que considera deben recibir por parte del Concejo Municipal. I. Motivo de la gestión Se expone en el documento de consulta el requerimiento para establecer un criterio del Órgano Contralor, que evacue las siguientes interrogantes: 1.- ¿Puede un auditor enviar una advertencia al presidente de un Concejo Municipal? mailto:daniel.arce@munigoicoechea.com División de Fiscalización Operativa y Evalua ...
Fecha publicación: 18/10/2019
Fecha emisión: 15/10/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Potestades


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.°14560 26 de setiembre 2019 DFOE-DL-1693 Señora Gabriela Peralta Quirós Secretaria a.i. del Concejo gabrielapq@muni-carta.go.cr MUNICIPALIDAD DE CARTAGO Cartago Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio relacionado con el pago de cauciones por parte de los miembros de Juntas Directivas y las Juntas Administrativas de las organizaciones municipales. Con el propósito de que lo haga del conocimiento de los miembros del Concejo Municipal, para adoptar las acciones que correspondan, se procede a dar respuesta a la consulta planteada referente a la rendición de cauciones por parte de los miembros de las juntas directivas de las organizaciones municipales que no reciben dietas. I. ANTECEDENTES Por oficio sin número, de fecha 29 de julio de 2019 y recibido en el Órgano Contralor el 12 de agosto, se transcribió el artículo XVIII, de la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio pasado, Acta N.° 253-2019, por el Concejo Municipal de Cartago, donde se dispuso: (…) consultar a la Contraloría General de la República si a los miembros de juntas directivas de organizaciones municipales que no reciben dietas, se les debe exigir la caución. 2. En caso de que sea obligatoria la rendición de caución, si el monto de la prima de la misma lo puede cubrir el ente al que pertenecen los miembros de la junta directiva. (…). La División Jurídica de la Contraloría General de la República, mediante el oficio N.° 12090 (DJ-1019) de 19 de agosto del año en curso, previno el cumplimiento de requisitos para la presentación de consultas ante la Contraloría General, solicitando una aclaración del obje ...
Fecha publicación: 27/09/2019
Fecha emisión: 27/09/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caucion


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 09496 03 de julio, 2019 DFOE-DL-1035 Licenciado. Mario González Salazar Auditor Interno mgonzalez@santabarbara.go.cr MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA Heredia Estimado señor: Asunto: Atención del oficio N.° OAIMSB-56-2019 relativo al cálculo de la tarifa de recuperación de los costos por prestación del servicio de manejo de residuos sólidos ordinarios Se procede a dar respuesta al oficio N.° OAIMSB-56-2019 de 17 de mayo de 2019, y se solicita las disculpas por la dilación en la emisión de la presente asesoría. De previo a darle una respuesta a la gestión, se aclara que dicho oficio se analizó desde el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General1 y el Reglamento de Consultas2, por las particularidades que comprende el oficio en atención. Esto es así toda vez que el Órgano Contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. Lo anterior, se funda en un afán de no sustituir a las partes involucradas en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir pronunciamiento en cuanto a situaciones o casos específicos, cuyas particularidades y detalles se desconocen, imposibilitando rendir un criterio completo y suficientemente informado. No obstante lo anterior, en esta oportunidad el Órgano Contralor tiene un interés particular en aclarar ciertas generalidades sobre el tema planteado, por lo que decide emitir un criterio no vinculante y dar trámite a la gestión recibida generando la respuesta como un producto de su actividad de asesoría a la hacienda pública. Específicamente se requiere de nuest ...
Fecha publicación: 05/07/2019
Fecha emisión: 03/07/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA DE HEREDIA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 06787 17 de mayo de 2019 DFOE-DL-0678 Licenciado Gonzalo Antonio Chacón Chacón Auditor Interno gonzalo.chacon@curridabat.go.cr MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT San José Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio de la Municipalidad de Curridabat relacionado con la aprobación del comité cantonal de deportes y recreación. Se procede a dar respuesta al oficio N.° AIMC-056-2019 de 18 de abril de 2019. Para continuar con el trámite consultivo que presentó, la Contraloría General le previno con el oficio N.° 5399 (DJ-0441-2019) de 22 de abril que cumpliera con algún requisito que omitió, lo que cumplió mediante el oficio N° AIMC-072-2019 de 26 de abril pasado. La gestión tiene relación con la aprobación y trámites del presupuesto del comité cantonal de deportes y recreación (CCDR) y en el orden recibido consultó: 1. ¿Está bien que en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal se establezca que los presupuestos ordinarios deben ser sometidos a la aprobación del Concejo Municipal en el mes de julio de cada año? 2. ¿Cuál es la fecha en que los Comités Cantonales de Deportes deben someter para la aprobación interna ante el Jerarca los presupuestos iniciales? 3. ¿Qué sucede si estos presupuestos no son presentados a más tardar en esa fecha? 4. ¿Qué sucede, si estos presupuestos son presentados antes de esa fecha, pero los mismos cuentan con aspectos que deben ser subsanados y estos no son presentados antes que finalice el año? 5. ¿Cuál es el plazo con que dispone el Jerarca para aprobar o improbar estos presupuestos y que sucede en caso de impro ...
Fecha publicación: 19/05/2019
Fecha emisión: 17/05/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: CCDR


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 06534 14 de mayo, 2019 DFOE-DL-0626 Licenciado Fabio Vargas Navarro Auditor Interno auditoria@munitarrazu.go.cr MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ San José Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio de la Municipalidad de Tarrazú en cuanto a utilizar recursos otorgados por la Ley N.° 9329 a las municipalidades o recursos “propios” y “libres” en servidumbres de paso. Se procede a dar respuesta al oficio N.° AIM-18-2019 de 1° de abril de 2019, por medio del que se consulta a la Contraloría General si procede utilizar recursos recibidos de la Ley N.° 93291 o recursos “propios” y “libres” en servidumbres de paso. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN No se indica ningún motivo en particular para la consulta más que la función de fiscalización que le corresponde a las auditorías municipales en el uso de los recursos de la ley citada. En criterio del Auditor Interno (…) el mantenimiento de las servidumbres de paso o sus mejoras debe ser ejecutado por los propietarios y la municipalidad podría incluirla en el inventario de caminos e invertir recursos una vez que el concejo municipal haya procedido a su declaratoria. II. CONSIDERACIONES PRELIMINARES En primer término, señalamos que el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, se encuentra regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica2 y el Reglamento de Consultas3. 1 Ley especial para la transferencia de competencias: atención plena y exclusiva de la red vial cantonal, N.° 9329 de 15 de octubre de 2015. 2 Ley N.° 7428 de 4 de setiembre de 1994. 3 Resolución N.° R-DC-197-2 ...
Fecha publicación: 17/05/2019
Fecha emisión: 14/05/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE TARRAZU
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Asignación de Presupuesto


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 06426 10 de mayo, 2019 DFOE-DL-0611 Master Catalina Coghi Ulloa Alcaldesa Municipal catalina.coghi@oreamuno.go.cr MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO Cartago Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio relacionado con el reconocimiento de gastos de transporte a los miembros del Concejo Municipal, de forma retroactiva Se procede a dar respuesta a la consulta planteada en el oficio N.° MUOR-AM-363-2019-ccu, de 20 de marzo de 2019, y presentado en la Contraloría General de la República el pasado 21 de marzo. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN Se expone en el documento de consulta el requerimiento para establecer un criterio del Órgano Contralor, que evacue las siguientes interrogantes: (...) a) ¿Debe pagarse de forma retroactiva a los regidores y síndicos el pago de transporte de llegada a las sesiones (porque el regreso siempre se ha reconocido) a partir del 01 de mayo del 2016 al año 2020, periodo que fueron electos popularmente? b)¿Debe pagarse de forma retroactiva a aquellos regidores y síndicos el pago de transporte de llegada a las sesiones los periodos anteriores en que fueron electos popularmente y que actualmente continúan siendo miembros del concejo como regidos (sic) o síndicos? c)¿Debe pagarse intereses por el pago de transporte retroactivos? d)¿Actualmente no hay contenido presupuestario para sufragar el pago retroactivo de transportes, como proceder en este caso? Respecto de estos cuestionamientos, se aportan criterios jurídicos tanto de la asesoría jurídica de la Municipalidad de Oreamuno, como de la Unión de Gobiernos Locales (UNGL), como ente colaborador del gobierno local. En ...
Fecha publicación: 10/05/2019
Fecha emisión: 10/05/2019
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Dietas , viáticos y otros