División Jurídica
? ? Al contestar refiérase
al oficio Nº? ?13016
04 de setiembre de 2019
DJ-1123
Licenciado
Guillermo Calderón Torres, Auditor Interno
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Ce: ?gcalderont@infocoop.go.cr?, ?ainterna@infocoop.go.cr
Estimado señor
Asunto: ?Se rechaza solicitud de criterio por incumplimiento de requisitos: falta de
competencia.
Se refiere este despacho a su oficio n° AI 2017-2019 con fecha 13 de agosto de
2019, recibido el 14 de agosto de 2019 a través del módulo externo del Sistema de la
Potestad Consultiva de esta Contraloría General, donde se consulta lo siguiente:
“1. ¿Entre las atribuciones del Colegio de Contadores Públicos de Costa
Rica está la de fiscalizar el accionar profesional de los Auditores Internos
que ostenten el grado de Contadores Públicos Autorizados, aunque no
estén ejerciendo su profesión en forma liberal conforme a las prohibiciones
que cita el artículo 34 de la Ley General de Control Interno 8292, siendo
que dicha fiscalización corresponde al órgano contralor y que esos Auditores
Internos no firman sus informes como Contadores Públicos Autorizados?
2. En caso de denuncias de terceros ante ese Colegio Profesional, contra
acciones o criterios de los Auditores Internos en el ejercicio de sus cargos,
¿podría el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica actuar de oficio y
solicitar papeles de trabajo de los estudios de auditoría u otras evidencias
que soportan sus investigaciones, por el hecho de tratarse de sus
Colegiados, aún cuando las actuaciones profesionales de los Auditores
Internos se sustentan en el artículo 21 de la Ley General de Control Interno
8292?
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contr ...
Fecha publicación: 06/09/2019
Fecha emisión: 03/09/2019
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de competencia