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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 0 6 7 9 9
13 de junio, 2005
DAGJ-01574-2005
Licenciado
Rolando Castillo Villalobos
Jefe
Departamento de Asesoría Jurídica
IMPRENTA NACIONAL
Estimado señor:
Asunto: se archiva consulta, sin especial pronunciamiento de nuestra parte.
Damos respuesta a su fax recibido en este Despacho el 26 de mayo de 2005, mediante el cual solicita criterio con respecto a si la Imprenta Nacional tiene la potestad legal para brindar servicios gratuitos a Entidades Estatales, cuando éstas los soliciten.
Sobre el particular, nos permitimos comunicarle que de conformidad con lo dispuesto en la “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General”, publicada en La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, en el Considerando 1º- , se estipuló:
“1º- Que mediante circular publicada en La Gaceta No. 76 del 21 de abril de 1988 se estableció, en cuanto a las consultas dirigidas al Departamento Legal, que la Contraloría General solamente atendría consultas en materias propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate...”
Por lo tanto, una vez visto el fondo y los antecedentes de su gestión, su consulta no viene acompañada del respectivo criterio de la Asesoría Legal de ese Ministerio; por lo tanto, estamos disponiendo el archivo de la misma, sin especial pronunciamiento de nuestra parte.
Atentamente,
Lic. Jesús Mora Calderón
Gerente Asociado
Licda. Maritza Chacón Arias
Fiscalizadora
MCHA/mgs
C: Archivo
NI: 11575
( Dictámenes y criterios
] ...
Fecha publicación: 16/06/2005
Fecha emisión: 13/06/2005
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 5209
17 de mayo, 2004
DAGJ-1107-2004
Licenciado
Bienvenido Venegas Porras
Director General
IMPRENTA NACIONAL
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio sobre el posible pago indemnizatorio por depósito de un vehículo en un taller particular.
Damos respuesta a su oficio 0301-04 DG, del 11 de marzo pasado, complementado por reunión celebrada en horas de la tarde con varios personeros de la Administración consultante el jueves 6 de mayo; por él señala, para efectos de solicitar criterio, lo siguiente:
I. Antecedentes
¿Es procedente que la Junta Administrativa acuerde el pago del cobro que hace el señor Juan Gamboa en su condición de Presidente del Taller (…)?
Según oficio adjunto a la consulta, se tiene que el señor Gamboa desde aproximadamente dos años tiene en su taller en calidad de depósito, el vehículo marca Chevrolet, S 10, propiedad de la Imprenta Nacional. Tal persona ha indicado que entregaría, previa cancelación de los costos que tal depósito ha ocasionado y que el monto a erogar por tal concepto es de ¢350.000,00.
II. Criterio del despacho
Es opinión no vinculante de este despacho, por cuanto la decisión final descansa en la gestión responsable del jerarca de la administración que, conforme lo señala la doctrina del artículo 1357 del Código Civil, sí es posible que el dueño del taller reclame una indemnización por haber fungido como depositario del vehículo, sin embargo, los posibles pagos radican únicamente en aquellos gastos realizados para conservar la cosa y esto, mediante pruebas, debe ser demostrable ante la administración. Por otro lado, no consta en la documentación aportada el criterio de esa Entidad sobre el reclamo presentado por el particular, lo cual limita la adopción de un criterio definitivo sobre el particular.
En la especie, el monto que se exige (por ¢350.000,00) debe tener un soporte probatorio (así, facturas, entre otros). Además, ...
Fecha publicación: 21/05/2004
Fecha emisión: 18/05/2004
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)