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DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13314
9 de noviembre, 2007
DCA-3796
Licenciada
Ana Sofía Schmidt Quesada
Proveedora Municipal
Municipalidad de Garabito
Jacó, Puntarenas
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza solicitud de reconsideración del criterio vertido en el oficio No. 12312 (DCA-3459) del 16 de octubre del 2007.
Damos respuesta a su oficio PM-435-2007 de fecha 24 de octubre del año en curso, y remitido a esta Contraloría General el 2 de noviembre último, mediante el cual solicita reconsideración del criterio vertido en el oficio No.12312 (DCA-3459) del 16 de octubre del 2007.
I. Antecedentes y Justificaciones de su solicitud:
Mediante el oficio No. 12312 (DCA-3459) del 16 de octubre del 2007, este Despacho devolvió sin refrendo el contrato para la compra de tres vehículos pick up suscrito por la Municipalidad de Garabito con la empresa Vehículos Internacionales (VEINSA) S.A., por cuanto, una vez revisado el expediente de la contratación, se determinó que el mecanismo de notificación utilizado para invitar a los oferentes al concurso no resultaba válido, ya que esa Municipalidad no cumplió con los requisitos establecidos al efecto. En lo que interesa, se indicó lo siguiente:
“Ahora bien, en el presente caso se observa que esa Municipalidad curso invitación a participar, mediante fax, únicamente a dos empresas (folios 17 y 18 del expediente administrativo) razón por la cual mediante el oficio PM-416-2007 del 10 de octubre último, esa Proveeduría nos aclaró que ‘el procedimiento que se sigue en la proveeduría para invitar a cada participante es por todos los medios posibles en los cuales haya indicado el oferente. Por ello, usted podrá notar al folio 16 que las empresas allí indicadas se les anotan los números de teléfono, los números de fax y las direcciones electrónicas si cuentan con ella. Para el caso que nos ocupa, se enviaron las invitaciones por medio de fax a todos los oferentes ...
Fecha publicación: 17/11/2007
Fecha emisión: 09/11/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE GARABITO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
División de Contratación Administrativa
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Al contestar refiérase al oficio No. 09501
17 de agosto, 2007
DCA-2794
Señor
Marvin Elizondo Cordero
Alcalde Municipal
Municipalidad de Garabito
Garabito, Puntarenas
Estimado señor:
Asunto: En aplicación de lo dispuesto por el artículo 210 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se considera la negociación de marras como una contratación irregular, y en ese sentido se deberán afrontar las consecuencias correspondientes, no obstante en vista de tal situación el Registro Público puede dar curso a la inscripción, verificados otros aspectos que correspondan; así mismo se informa que la escritura de compra- venta no requiere otorgarse ante la Notaría del Estado.
Damos respuesta a su oficio A.M. 528-2007 de 16 de mayo de 2007, recibido en este Despacho el 11 de junio, -complementado por oficios A.M 857-2007 de 24 de julio, y a solicitud nuestra por oficio PM 332-2007 de 3 de agosto del presente año-, mediante el cual solicita que, informemos al Registro Público, que la compra por contratación directa # 13-2006 del Back Hoe, no necesitaba refrendo de este Despacho, así mismo que la escritura de dicha compra no necesita ser hecha por la Notaría del Estado.
I.- Antecedentes:
1) Que mediante oficio 17118-2005, de 14 de diciembre de 2005, este Despacho dio autorización a esa Corporación Municipal para empezar un procedimiento de contratación a la luz del artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa, y a la vez se autorizó para que dicho procedimiento para adquirir el Back Hoe, fuera mediante una contratación directa.
2) Que en su momento la autorización se solicitó con base en el artículo 80 de la Ley de Contratación Administrativa, sea urgencia apremiante, y en ese entendido, y como consecuencia, se pidió que dicha contratación quedara eximida del refrendo contralor.
3) No obstante valorada la situación por esta División, la autorización se dio con base en el artículo 2 inciso h) de la L ...
Fecha publicación: 20/08/2007
Fecha emisión: 17/08/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE GARABITO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
Sra. Xinia Espinoza Morales
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31 de mayo, 2004
Al contestar refiérase
al No. 05704
31 de mayo, 2004
DI-CR-256
Señora
Xinia Espinoza Morales
Secretaria
MUNICIPALIDAD DE GARABITO
Estimada señora:
Asunto: Devolución de los documentos sobre la apelación interpuesta por un participante contra el acuerdo de la Municipalidad de Garabito, donde se aprobó la nómina de elegibles para el puesto de Auditor Interno.
Con la solicitud de que lo haga del conocimiento de los miembros del Concejo Municipal de Garabito, se da respuesta a su oficio número S.G. 203- 2004 del 6 de mayo del presente año. En dicho oficio, se transcribe el acuerdo de la sesión ordinaria No. 105, artículo III, inciso D, celebrada el 5 de mayo de 2004, en donde primero consta la decisión de rechazar el recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por un participante contra el acuerdo de la Sesión Ordinaria No. 98, artículo III, inciso J, celebrada el 17 de marzo de 2004, en el cual se aprobó la nómina de elegibles para el puesto de Auditor Interno; y segundo, en donde se decidió elevar la apelación ante la Contraloría General de la República.
Es menester aclarar, que el artículo 156 del Código Municipal, en lo conducente, señala: “El Concejo deberá conocer la revocatoria en la sesión ordinaria siguiente a la presentación. La apelación será conocida por el Tribunal Superior –Contencioso Administrativo...”. En virtud de ello, conforme a los principios de legalidad y competencia corresponde a ese Órgano Superior Jerárquico Impropio y no a esta Contraloría General conocer y resolver el recurso interpuesto por el apelante.
Por lo tanto, se procede a devolver los documentos remitidos a este Órgano Contralor, en rela ...
Fecha publicación: 27/05/2004
Fecha emisión: 24/05/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE GARABITO
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS