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DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11185
26 de setiembre, 2007
DCA-3229
Señor
Bruno Stagno Ugarte
Ministro
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Contiguo al Ins, casa Amarilla, San José
Estimado señor:
Asunto: Se determina que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto cuenta con la competencia suficiente para efectuar contrataciones de alquiler de inmuebles en el exterior, en los términos que se indican en este documento.
Se da respuesta a su oficio N° DM-0250-07 del 23 de julio del año en curso, mediante el cual informa sobre la manera en que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ha atendiendo algunas necesidades del cuerpo diplomático costarricense acreditado en el extranjero durante los últimos años, especialmente lo concerniente al alquiler de inmuebles en otros países para que sirvan de residencias de ciertos funcionarios, cuando circunstancias de interés público lo requieren.
Lo indicado en su oficio fue luego complementado por la nota DM-291-2007 del 17 de agosto del año en curso, emitida por el Sr. Cyrus Alpízar. Director General del Ministerio a su cargo. En dicha nota, se aclara que la consulta que formula ese Ministerio, versa en concreto sobre si es posible que ese Ministerio pague alquileres de residencias para Jefes de Misiones Diplomáticas en el exterior. Esa inquietud la plantean considerando lo establecido en el artículo 29 del Estatuto de Servicio Exterior de Costa Rica y por la responsabilidad de la Administración de ese Ministerio de celebrar esos contratos en el tanto exista el suficiente contenido presupuestario.
I.- Antecedentes
1.- La División de Contratación Administrativa mediante oficio 1136 del 02 de febrero pasado, denegó una solicitud de autorización para arrendar una casa en la ciudad de Bruselas, considerando que el fundamento normativo alegado por ese Ministerio no resultaba suficiente, ya que se aludía exclusivamente ...
Fecha publicación: 29/09/2007
Fecha emisión: 26/09/2007
Institución: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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Sr. Arnulfo Sterling Carrington
03 de marzo, 2004
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02209
03 de marzo, 2004
DI-CR-126
Señor
Arnulfo Sterling Carrington
Jefe del Proceso Financiero y
Oficial Presupuestal a.i.
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Estimado señor:
Asunto:
Garantías de fidelidad dictadas por Artículo 13 de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos Nº 8131.
Se da respuesta a su oficio N.º P.F.-1243-2003, de 7 de octubre pasado, mediante el cual, con el fin de atender la circular Nº TN-2156-03 de la Tesorería Nacional, solicita criterio en cuanto a:
a) Cuáles funcionarios deben presentar garantías?
b) "Si la garantía se refiere a una póliza por funcionario o una que incluyan todos los funcionarios que tengan algún contacto con las cajas y los pagos del Ministerio, a saber Encargados de cajas, Encargados de tramites de facturas, funcionarios de proveeduría, Proveedor institucional, Jefe Proceso Financiero y Oficial Presupuestal, Encargado de Tesorería, Jefe de Recursos Humanos, Director General, Ministro, Funcionarios que tienen la potestad para firmar cheques."
c) " En caso de que la garantía sea una póliza, quien debe asumir el pago."
De seguido se da respuesta a cada una de sus preguntas en el mismo orden que precede:
a) A efectos de identificar los funcionarios que deben rendir garantía es menester observar lo que dispone el artículo 13 de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, Nº 8131, el cual dice:
"Artículo 13.-Garantías
Sin perjuicio de las previsiones que deba tomar la Administración, todo encargado de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores públicos deberá rendir garantía con cargo a su propio peculi ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 03/03/2004
Institución: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS