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DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 14002
26 de noviembre, 2007
DCA-3988
Señora
Silvia Vïquez Ramírez
Viceministra Administrativa
Ministerio de Educación Pública
Calle 6 avenida central y segunda, Edificio Raventós
Estimada señora:
Asunto:
Se da respuesta a la consulta formulada por el Ministerio de Educación Pública, mediante oficio DVM-A-6928-2007, referida a las autorizaciones para compra directa de equipo de cómputo y mobiliario.
Damos respuesta a su oficio DVM-A-6928-2007, recibido en esta Contraloría General —vía facsímil— en fecha 12 de octubre del año en curso, mediante el cual nos consulta a quién le corresponde otorgar autorizaciones para la compra directa equipo de cómputo y mobiliario que sean solicitadas por las Juntas de Educación o las Juntas Administrativas de los centros educativos públicos.
I. Motivo de la consulta:
Señala en la consulta que, la asesoría legal del departamento de Proveeduría de ese Ministerio, ha señalado que no tiene la facultad para otorgar autorizaciones para la compra directa equipo de cómputo y mobiliario que sean solicitadas por las Juntas de Educación o las Juntas Administrativas de los centros educativos públicos.
Por esa razón, se solicita nuestro pronunciamiento sobre este punto.
II. Criterio de la División:
Como lo ha indicado ya la Procuraduría General de la República, entre otros en la opinión N° OJ-035-97 del 5 de agosto de 1997, las Juntas de Educación —y agregamos nosotros, las Juntas Administrativas—, son entes descentralizados instrumentales. Fueron creadas por el Código de Educación (Ley No.181 del 18 de agosto de 1944) con personalidad jurídica (artículos 9 y 36), lo que les otorga independencia para ejercer sus funciones. Pero también, ello supone la imposibilidad de principio para que las Juntas puedan ser objeto de las potestades propias de una relación jerárquica de parte de cualqu ...
Fecha publicación: 01/12/2007
Fecha emisión: 21/11/2007
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
Tesauro: Construcción y mantenimiento de infraestructura educativa
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
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Al contestar refiérase
Al oficio No. 10761
14 de setiembre de 2007
DCA-3120
Licenciado
Leonardo Garnier Rímolo
Ministro
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Estimada señora:
Asunto: Acuse de Recibo.
Me refiero a su oficio número DM-7063-08-07 del 16 de agosto, recibido en esta Contraloría General el 21 del mismo mes, en el que nos informa acerca de las medidas adoptadas por el Ministerio a su cargo en relación con el procedimiento de contratación administrativa para la construcción y el mantenimiento de infraestructura educativa.
Sobre el particular, me permito indicarle que desde la óptica del ámbito de competencia de esta División, solamente procede aclarar que si bien el artículo 137 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa permite la desaplicación de procedimiento ordinarios en el caso de infraestructura educativa, dichas contrataciones siguen sujetas a las disposiciones del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y sus reformas.
Por otro lado, le comunico que se remitirá copia de su oficio a la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa para las eventuales consideraciones que dicha instancia pueda formular en el contexto de los estudios de fiscalización que realiza en esta materia.
Atentamente,
Lic. Carlos Andrés Arguedas Vargas
Gerente de División
VAH/mst
Ci: Licda. Lilliam Marín Guillén, Gerente de Area. DFOE
Ni: 16906-2007
G: 2007004142-1
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Fecha publicación: 17/09/2007
Fecha emisión: 14/09/2007
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
División de Estrategia Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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División de Estrategia Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
Lic. Harry J. Maynard F.
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9 de agosto, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10870
9 de agosto, 2006
DEI-CR-262
Licenciado
Harry J. Maynard F.
Auditor Interno
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Estimado señor:
Asunto:
Sobre la potestad de la Defensoría de los Habitantes de la República para ordenar la modificación del plan de trabajo de la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública y competencia de esa unidad para la atención de una denuncia relacionada con la Escuela Centroamericana de Ganadería (ECAG) en la que ese Ministerio cuenta con un representante en el Consejo Directivo
Se da respuesta a su oficio N° A.I.-0341-06, en el que solicita criterio sobre “si la Defensoría de los Habitantes tiene la potestad de ordenar la modificación del plan de trabajo de la Auditoría Interna”, y si esa unidad tiene “alguna competencia” respecto del caso de “una denuncia sobre hechos sucedidos en la Escuela Centroamericana de Ganadería” (ECAG), siendo que ese Ministerio cuenta con un representante en el Consejo Directivo. En relación con dicha denuncia, agrega que “Aparentemente los hechos fueron investigados y reportados por el Auditor Interno de esa Escuela, pero no se le ha hecho caso ni se han establecido responsabilidades (...)”.
Respecto de lo anterior, se tiene lo siguiente:
1. Sobre la potestad de la Defensoría de los Habitantes de la República para ordenar la modificación del plan de trabajo de las auditorías internas
En los artículos 24 y 57 de la Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República, N° 7319 del 17 de noviembre de 1992, y de su Reglamento, en ese orden, se establece lo siguiente:
“Artículo 24.- Colaboración preferente./ 1.- Los órganos públicos están obligad ...
Fecha publicación: 27/07/2006
Fecha emisión: 24/07/2006
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: CENTRO RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
División de Estrategia Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superior
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División de Estrategia Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superior
Lic. Harry J. Maynard F.
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22 de febrero, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02796
23 de febrero, 2006
DEI-CR-0037
Licenciado
Lic. Harry J. Maynard F.
Auditor Interno
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Estimado Señor:
Asunto: Criterio sobre la decisión tomada por la Auditoría Interna del MEP, en cuanto a suspender la legalización de libros de las juntas escolares, juntas administrativas y tesorerías, que corresponde a esa Auditoría.
De común acuerdo con la División de Asesoría y Gestión Jurídica, me refiero a su oficio N° AI-092-2006 de 2 de febrero pasado, mediante el cual solicita los comentarios de esta Contraloría General sobre la resolución emitida por esa Auditoría Interna respecto de suspender las labores que ha venido realizando para la legalización de libros de las juntas escolares, juntas administrativas y tesorerías. Lo anterior, según se indica, en vista de que se carece de personal idóneo para llevar a cabo ese tipo de actividad.
Sobre el particular, se señala:
1. Es un deber constitucional “observar la Constitución y las leyes” (artículo 18 de la Carta Magna); así, es un deber de la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública cumplir con el mandato contenido en el artículo 22 de la Ley General de Control Interno N° 8292 de “autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deben llevar los órganos sujetos a su competencia institucional”; competencia dentro de la que se in incluyen, las juntas de educación, juntas administrativas y tesorerías, so pena de incurrir en las responsabilidades previstas en el artículo 40 de la Ley mencionada y demás normativa que regula la materia, por eventual incumplimiento de deberes.
2. La declaración interp ...
Fecha publicación: 18/02/2006
Fecha emisión: 15/02/2006
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: CENTRO RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
Lic. Harry J. Maynard F.
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19 de octubre, 2005
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13109
19 de octubre, 2005
DI-CR-638
Licenciado
Harry James Maynard Fernández
Auditor Interno
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Estimado señor:
Asunto:
Sobre la obligación de la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública, respecto de la solicitud de la Fiscalía de Pococí Y Guácimo, Ministerio Público para que realice una auditoría en relación con unos posibles delitos.
Me refiero a su oficio No. A.I.- 0710-05 del 19 de setiembre del 2005, en el cual expone que la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública –MEP- recibió un oficio de la Fiscalía de Pococí y Guácimo del Ministerio Público, del cual se adjuntó copia y en donde se ordena a esa Auditoría efectuar en un plazo perentorio de tres meses, una auditoría interna en un colegio académico, so pena de una acusación por el delito de desobediencia a la autoridad. Al respecto, se consulta si es competente la Fiscalía para efectuar una solicitud de este tipo, que no toma en cuenta la planificación efectuada para el año en cuestión, ni la disponibilidad de recursos con que cuenta la Auditoría Interna.
Sobre el particular, de los numerales 62, 290 y siguientes del Código Procesal Penal, resulta claro que el Ministerio Público tiene la competencia y por ende la responsabilidad de practicar las diligencias pertinentes y útiles para determinar la existencia de un hecho delictivo, asimismo de realizar cualquier investigación preparatoria, bajo control jurisdiccional en los actos que así lo requieran. Como parte de sus facultades, también puede en ocasiones exigir informaciones de cualquier funcionario o empleado público, quienes están obligados a colab ...
Fecha publicación: 21/10/2005
Fecha emisión: 18/10/2005
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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Lic. Harry J. Maynard F.
20 de abril, 2004
Al contestar refiérase
al oficio Nº 04002
20 de abril, 2004
DI-CR-182
Licenciado
Harry J. Maynard Fernández
Auditor Interno
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Estimado señor:
Asunto:
Solicitud del fundamento jurídico sobre la existencia o no de normativa que obligue a la Administración a darle seguimiento a las denuncias penales que ha presentado ante el Ministerio Público.
Se da respuesta a su oficio Nº AI-0159-04 del 20 de febrero del 2004, mediante el cual solicita ampliación del oficio Nº 1675 (DI-CR-092) del 2 de febrero del 2004 el cual concluye que “le corresponde coadyuvar con el fortalecimiento de las responsabilidades de control de administración. Le corresponde advertir sobre conductas de la Administración que debiliten el sistema de control interno y que sean de su conocimiento, también informar sobre el estado de las recomendaciones de la Auditoría Interna y de las disposiciones de la Contraloría General. Así también le corresponde, colaborar y acatar las disposiciones y recomendaciones de la Contraloría General de la República. Lo anterior, aunado a las potestades constitucionales y legales de éste Órgano Contralor./ De acuerdo con lo antes expuesto y con los términos de la consulta tenemos que la unidad de auditoría interna del Ministerio de Educación cuenta con competencia institucional y está obligada a fiscalizar si la administración ha adoptado y ejecutado acciones de seguimiento a las denuncias penales que ha presentado ante el Ministerio Público.”
Tal y como se explicó en el oficio 01675 la responsable del control interno de la institución, es la propia Administración Activa la cual es ejercida por el jerarca y titulares sub ...
Fecha publicación: 17/04/2004
Fecha emisión: 14/04/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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División de Desarrollo Institucional
Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores
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Lic. Harry J. Maynard
18 de febrero, 2004
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01675
18 de febrero, 2004
DI-CR-092
Licenciado
Harry J. Maynard
Auditor Interno
Ministerio de Educación Pública
Estimado señor:
Asunto:
Solicitud del fundamento jurídico o el respectivo pronunciamiento legal sobre la participación de la Auditoría interna en verificar si la administración ha adoptado y ejecutado acciones de seguimiento a las denuncias penales que ha presentado ante el Ministerio Público.
Se da respuesta a su oficio Nº AI-0902-03 del 1 de diciembre del 2003, mediante el cual solicita el fundamento jurídico o el respectivo pronunciamiento legal sobre la participación de la Auditoría interna en cuanto a "Verificar que la administración adopte y ejecute acciones de seguimiento a las denuncias penales que ha presentado ante el Ministerio Público". Tal y como usted lo indica en su oficio, "la información solicitada es con el objeto de emitir la respectiva recomendación al o los departamentos correspondientes, haciéndoles ver la necesidad de establecer mecanismos de control y seguimiento, de los casos que son denunciados por la Administración Activa ante el Ministerio Público".
Sobre el particular, me permito transcribir en lo que interesa, la normativa legal que regula la materia en consulta con fundamento en la Ley General de Control Interno (LGCI):
Sobre la administración activa
En primera instancia, el numeral 2 de la LGCI, inciso a), presenta una definición de administración activa, el cual indica lo siguiente:
“Administración activa: desde el punto de vista funcional, es la función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa d ...
Fecha publicación: 21/02/2004
Fecha emisión: 18/02/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS