División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
Sr. Álvaro Piedra M.
2
5 de diciembre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 16811
5 de diciembre, 2006
FOE-SAF-0147
Señor
Álvaro Piedra M.
Gerente de Mercadeo Internacional
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Tarifas diarias de viáticos a St. Thomas y St. John, Islas Vírgenes Americanas.
Me refiero a su oficio Nº MI-601-06, de fecha 16 de noviembre de 2006, ampliado por oficio N° MI-605-06 del 22 de noviembre, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), solicita las tarifas diarias de viáticos a St. Thomas y St. John, en razón del viaje que efectuará a esas Islas Vírgenes Americanas el señor Maykool López Rojas, Director de la Oficina de Promoción Comercial de Puerto Rico, entre el 18 y el 20 de diciembre.
Al respecto y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General autoriza, -en esta oportunidad-, las siguientes tarifas:
St. Thomas
St. John
Hospedaje
255,00
187,00
Desayuno
19,00
18,00
Almuerzo
28,00
26,00
Cena
28,00
26,00
Otros gastos menores
19,00
18,00
TOTAL
349,00
275,00
Atentamente,
Lic. Federico Castro Páez
Gerente de Área
LGRA/gcc
ci:
Archivo Central (2)
Expediente
Copiador
Ni:
26603 - 27089
G:
2006006562
P:
2006025040
] ...
Fecha publicación: 09/12/2006
Fecha emisión: 05/12/2006
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
Sr. Alonso Cedeño C.
2
5 de diciembre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 16810
5 de diciembre de 2006
FOE-SAF-0146
Señor
Álvaro Piedra M.
Gerente de Mercadeo Internacional
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a St. Maarten, Antillas Holandesas.
Me refiero a su oficio Nº MI-598-06, de fecha 15 de noviembre de 2006, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), solicita la tarifa diaria de viáticos a St. Maarten, en razón del viaje del señor Maykool López Rojas, Director de la Oficina de Promoción Comercial de Puerto Rico.
Al respecto y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General autoriza, -en esta oportunidad-, una tarifa diaria de USA $236,00, la cual, en caso de que requiera ser segregada, para efectos de lo dispuesto por el artículo 35º del Reglamento de Viáticos, se desglosa de la siguiente manera: $150,00 para alojamiento, $17,00 para desayuno, $26,00 para almuerzo, $26,00 para cena y $17,00 para otros gastos menores de viaje.
Atentamente,
Lic. Federico Castro Páez
Gerente de Área
LGRA/gcc
ci:
Archivo Central (2)
Expediente
Copiador
Ni:
26464
G:
2006006541
P:
2006025014
] ...
Fecha publicación: 09/12/2006
Fecha emisión: 05/12/2006
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
PAGE
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
Sr. Alonso Cedeño C.
2
5 de diciembre, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 16789
5 de diciembre, 2006
FOE-SAF-0145
Señor
Alonso Cedeño C.
Gerente de Mercadeo Internacional, a.í.
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a Santa Lucía.
Me refiero a su oficio Nº MI-587-06, de fecha 3 de noviembre de 2006, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), solicita la tarifa diaria de viáticos a Santa Lucía, en razón del viaje del señor Juan Carlos Martínez Piva, Director de la Oficina de Promoción Comercial de PROCOMER en Trinidad y Tobago.
Al respecto y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General autoriza, -en esta oportunidad-, una tarifa diaria de USA $194,00, la cual, en caso de que requiera ser segregada, para efectos de lo dispuesto por el artículo 35º del Reglamento de Viáticos, se desglosa de la siguiente manera: $128,00 para alojamiento, $13,00 para desayuno, $20,00 para almuerzo, $20,00 para cena y $13,00 para otros gastos menores de viaje.
Atentamente,
Lic. Federico Castro Páez
Gerente de Área
LGRA/gcc
ci:
Archivo Central (2)
Expediente
Copiador
Ni:
25516
G:
2006006419
P:
2006025003
] ...
Fecha publicación: 09/12/2006
Fecha emisión: 05/12/2006
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Ingresos Públicos
Sr. Jorge Zamora
2
16 de agosto, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 14857
23 de octubre, 2006
FOE-SAF-0076
Señor
Álvaro Piedra M.
Gerente de Mercadeo Internacional
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a las Islas Vírgenes de los E.U.A.
Me refiero a su oficio N° MI-543, de fecha 17 de octubre de 2006. Sobre lo planteado me permito comunicarle que la tarifa diaria de viáticos que se autorizó mediante oficio N° 11066 del 10 de agosto y que se reiteró en oficio N° 11626 del 16 de ese mismo mes, es igualmente válida, en este caso, para la fecha en que se reprogramó el viaje del señor Maykool López Rojas, Director de la Oficina de Promoción Comercial en Puerto Rica, -a saber del 18 al 20 de octubre-, a las Islas St. Thomas y St. John.
Atentamente,
Lic. Federico Castro Páez
Gerente de Área
LGRA/gcc
ci:
Archivo Central (2)
Expediente
Copiador
Ni:
24055
G:
2006004319-3
P:
2006021960
Tel. (506) 501-8000
Fax. (506) 501-8100
http://www.cgr.go.cr Apto. 1179-1000, San José, Costa Rica
Correo Electrónico: contraloría.general@cgr.go.cr
] ...
Fecha publicación: 26/10/2006
Fecha emisión: 23/10/2006
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Ingresos Públicos
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Ingresos Públicos
Sr. Jorge Zamora
2
16 de agosto, 2006
Al contestar refiérase
Al oficio Nro. 11626
16 de agosto, 2006
FOE-IP-395
Señor
Jorge Zamora
Gerente de Mercadeo Internacional
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a las Islas Vírgenes de los E.U.A.
Me refiero a su oficio N° MI-434, de fecha 11 de agosto de 2006, recibido en esta Contraloría el día 15 del presente mes. Sobre lo planteado me permito informarle que la tarifa diaria de viáticos que se autorizó mediante oficio número 11066 del 10 de agosto último, es igualmente válida, en este caso, para las fechas en que se realizará el viaje del señor Maykool López Rojas, -a saber del 22 al 25 de agosto-, a las Islas St. Thomas y St. John.
Atentamente,
Lic. Federico Castro Páez
Gerente de Área
FCP/LGRA/hbh
ci:
Archivo Central (2)
Copiador
Expediente
Ni:
19099
G:
2006004319-2
Tel. (506) 501-8000
Fax. (506) 501-8100
http://www.cgr.go.cr Apto. 1179-1000, San José, Costa Rica
Correo Electrónico: contraloria.general@cgr.go.cr
Tel. (506) 501-8000
Fax. (506) 501-8100
http://www.cgr.go.cr Apto. 1179-1000, San José, Costa Rica
Correo Electrónico: contraloría.general@cgr.go.cr
] ...
Fecha publicación: 19/08/2006
Fecha emisión: 16/08/2006
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO INGRESOS PUBLICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Ingresos Públicos
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Ingresos Públicos
2
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 11066
10 de agosto, 2006
FOE-IP-387
Señor
Jorge Zamora
Gerente de Mercadeo Internacional
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a las Islas Vírgenes de los E.U.A.
Me refiero a su oficio N° MI-414, de fecha 3 de agosto de 2006, recibido en esta Contraloría el día 7 del presente mes, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34º del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), solicita la tarifa diaria de viáticos para St. John y St. Thomas (Islas Vírgenes de los Estados Unidos de América), en razón de la visita que realizará a éstas el señor Maykool López Rojas, Director de la Oficina de Promoción Comercial en Puerto Rico, entre el 15 y el 18 de agosto, con el fin de realizar varias gestiones comerciales atinentes a su cargo.
Al respecto y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General autoriza, -en esta oportunidad-, una tarifa diaria de USA $245,00, la cual, en caso de que requiera ser segregada, para efectos de lo dispuesto por el artículo 35º del Reglamento de Viáticos, se desglosa de la siguiente manera: $147,00 para alojamiento, $20,00 para desayuno, $29,00 para almuerzo, $29,00 para cena y $20,00 para otros gastos menores de viaje.
Finalmente, me permito recordarle lo dispuesto por el artículo 28º del Reglamento de Viáticos, el cual establece que los servicios de alimentación, hospedaje y transporte que los funcionarios públicos reciban gratuitamente, durante las giras o viajes que realicen en cumplimiento de sus funciones, no podrán ser cobrados a la Administración, independientemente que quién les haya suministrado el servicio; similar propósito establece el artículo 39º del mismo orde ...
Fecha publicación: 13/08/2006
Fecha emisión: 10/08/2006
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO INGRESOS PUBLICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 16412
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Martín Zúñiga M.
2
17 de diciembre, 2004
17 de diciembre, 2004
FOE-FEC-955
Licenciado
Martín Zúñiga M.
Gerente General
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR
DE COSTA RICA (PROCOMER)
Avenida 3ª, Calle 40
San José
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende consulta sobre los alcances del artículo 6 de la Ley de Reestructuración de la Deuda Pública, respecto a las inversiones de las entidades públicas en los fondos de inversión.
Nos referimos a su oficio Nro. GG-321-2004 del 19 de octubre, recibido en esta oficina el 26 de ese mismo mes, mediante el cual solicita nuestro criterio sobre los siguientes aspectos:
1. ¿Resulta aplicable a PROCOMER la Ley Nro. 8299?.
2. ¿Puede PROCOMER invertir parte de sus recursos en fondos de inversión?.
3. Si la respuesta a la anterior pregunta es positiva, ¿Cómo se debe interpretar el artículo 6 de la Ley de Reestructuración de la Deuda Pública, en relación con dichas inversiones (en fondos de inversión), teniendo presente que el citado numeral prohíbe el pago por concepto de comisión, intermediación, descuento o premio, generado por las compras de títulos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda?
1. Criterio de la asesoría legal de PROCOMER.
Mediante memorandun Nro. DAL 208-2004 del 19 de octubre del 2004, suscrito por la Gerencia de la Asesoría Legal de PROCOMER, se manifiesta lo siguiente:
· La Ley de Reestructuración de la Deuda Pública Nro. 8299 se encuentra dirigida a las instituciones y órganos públicos, sin que exista ningún tipo de distinción en cuanto a su ámbito de aplicación, por lo que, de acuerdo con la naturaleza jurídica de PROCOMER, dicha ley le resulta aplicable.
· En el oficio Nro. FOE-FEC-136 del 6 de marzo del 2003, la Contraloría General de la República acep ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 16/11/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 5955
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Willian Hayden Quintero
2
27 de mayo, 2005
27 de mayo, 2005
FOE-FEC-420
Licenciado
William Hayden Quintero
Gerente General
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende oficio en el que se solicita revisar el memorial Nro. 16412 del 17 de diciembre del 2004, relacionado con la inversión de recursos en fondos de inversión, por parte de los entes y órganos públicos sujetos a la Ley Nro. 8299.
Nos referimos a su oficio Nro. GG-0052-05 mediante el cual solicita una revisión de lo expuesto en el memorial Nro. 16412 (FOE-FEC-955) del 17 de diciembre del 2004, en el que se indicó, entre otras consideraciones, que “(...) los entes y órganos públicos sujetos a la Ley Nro. 8299, no podrán invertir sus recursos en fondos de inversión, toda vez que ello implicaría incurrir en costos de administración e intermediación, así como participación indirecta en la compra y venta de títulos valores en el mercado secundario, todo lo cual está prohibido por la normativa vigente en esta materia”.
De previo a pronunciarnos sobre las consideraciones e interrogantes del Director Jurídico del Banco Nacional de Costa Rica que se adjuntan como respaldo a su solicitud, las cuales usted hace suyas, debemos señalar que el hecho de que una entidad no comparta lo manifestado en uno de los criterios emitidos por esta Contraloría General, no representa justificación alguna para que se utilicen términos ofensivos y descorteses para refutar un acto del órgano creado en la Constitución Política para ejercer el control y fiscalización de la Hacienda Pública, como lamentablemente sentimos sucedió en el presente caso.
1.
Consideraciones e interrogantes del Director Jurídico del Banco Nacional de Costa Rica.
El Lic. Manfred Sáen ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 26/05/2005
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Ingresos Públicos
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Ingresos Públicos
Sr. Jorge Zamora
2
5 de mayo, 2006
Al contestar refiérase
al oficio Nº 5741
5 de mayo, 2006
FOE-IP-199
Señor
Jorge Zamora
Gerente de Mercadeo Internacional
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Tarifa diaria de viáticos a Granada.
Me refiero a su oficio MI-173-06, de fecha 27 de abril de 2006, mediante el cual y al amparo de lo dispuesto por el último párrafo del artículo 34° del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos), solicita la tarifa diaria de viáticos a Granada, en razón del viaje que efectuará a esa nación el señor Juan Carlos Martínez Piva, Director de la Oficina de Promoción Comercial en Trinidad y Tobago, entre el 8 y el 9 de junio próximo, con el fin de realizar varias gestiones comerciales atinentes a su cargo.
Al respecto y luego de realizado el estudio del caso, esta Contraloría General autoriza, -en esta oportunidad-, una tarifa diaria de USA $201,00, la cual, en caso de que requiera ser segregada, para efectos de lo dispuesto por el artículo 35º del Reglamento de Viáticos, se desglosa de la siguiente manera: $125,00 para alojamiento, $15,00 para desayuno, $23,00 para almuerzo, $23,00 para cena y $15,00 para otros gastos menores de viaje.
Finalmente, me permito recordarle lo dispuesto por el artículo 28º del Reglamento de Viáticos, el cual establece que los servicios de alimentación, hospedaje y transporte que los funcionarios públicos reciban gratuitamente, durante las giras o viajes que realicen en cumplimiento de sus funciones, no podrán ser cobrados a la Administración, independientemente que quién les haya suministrado el servicio; similar propósito establece el artículo 39º del mismo ordenamiento.
Atentamente,
Lic. Federico Castro Páez
Gerente de Área
FCP/LGRA/gcc
ci:
Archivo Central (2)
Cop ...
Fecha publicación: 08/05/2006
Fecha emisión: 05/05/2006
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO INGRESOS PUBLICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 4491
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
MBA. Alexander Arias Valle
23
22 de abril, 2005
22 de abril, 2005
FOE-FEC-350
MBA.
Alexander Arias Valle
Auditor Interno
PROMOTORA DE COMERCIO
EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto:
Atención a su nota Nro. A/I-107-2004, donde se nos consulta sobre asuntos relacionados a política salarial y contratación de servicios profesionales bajo el convenio Comex-Procomer y sobre el deber o no de revisar por parte de la Administración el referido Convenio.
Me refiero a su oficio Nro. A/I-107-2004, de fecha 21 de enero del presente año, relativa a una serie de consultas que Usted denomina de “Recursos Humanos” y que tienen que ver con la aplicación de política salarial y contratación de personal bajo la forma de servicios profesionales dentro del marco del Convenio suscrito con Comex en fecha 7 de julio de 1997 y sobre el deber o no de la Administración de revisar el mencionado Convenio.
Antes de entrar al análisis de sus planteamientos deseamos recordarle que mediante Oficio N° 16319 de fecha 17 de diciembre del 2004, se le dio respuesta a las otras inquietudes incluidas en su nota, cuyos temas fueron analizados por la División de Gestión y Asesoría Jurídica.
Por consiguiente, en el presente oficio procederemos únicamente a contestar sus interrogantes aún no evacuadas correspondientes al acápite de “Recursos Humanos”, en el mismo orden en que han sido presentadas y que corresponden a las siguientes:
1. ¿Es válido o no, tomar en cuenta una encuesta salarial desarrollada por una firma consultora, para establecer salarios dentro de la Promotora y del personal que labora (planilla y servicios profesionales), bajo el Convenio Comex-Procomer?
2. ¿Puede contratar la Administración personal (asesores) por servicios profesiona ...
Fecha publicación: 31/03/2005
Fecha emisión: 28/03/2005
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA