División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área De Servicios Municipales
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
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Área De Servicios Municipales
Prof. Mario Solís Rojas
16 de diciembre, 2005
Al contestar refiérase
al oficio No. 17152
16 de diciembre, 2005
FOE-SM-2918
Profesor
Mario Solís Rojas
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
Estimado señor:
Asunto:
Atención a consulta sobre procedencia del pago de prohibición al asesor legal de la Municipalidad de Naranjo.
En atención a su oficio No. ALC-MN-MS-274-05 del 3 de noviembre de 2005, mediante el cual solicita que nos manifestemos sobre la procedencia del pago correspondiente al sobresueldo de prohibición otorgado al asesor legal de la Municipalidad de Naranjo, en virtud de que, a pesar de que es de su conocimiento la eliminación del pago de ese beneficio a los asesores legales por parte de otras Municipalidades, el Departamento Legal de esa Corporación determinó que el reconocimiento de prohibición está sujeto a lo que decida la propia Municipalidad, procedemos a dar respuesta a su cuestionamiento en los siguientes términos:
Según lo ha dictaminado la Procuraduría General de la República
, en relación con el reconocimiento del pago de prohibición a los asesores legales de las municipalidades, existe un conflicto de intereses entre el ejercicio de la abogacía y la función del Estado, en virtud de que el artículo 244 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, obliga a los abogados de las Municipalidades, entre otros funcionarios, a no prestar de manera particular los servicios de abogacía, constituyéndose esa premisa en un deber insoslayable del servidor a cumplir, pero sin que se haya estipulado compensación económica alguna por el impedimento del ejercicio de la profesión en forma liberal.
Por otra parte, la Ley número 5867 de 15 de diciembre de 1975, y sus reformas establece la aplicación del incentivo por prohibición a los licenciados y egresados del Po ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Institución: MUNICIPALIDAD DE NARANJO
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
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Sr. Mario Solís Rojas
-2-
2 de mayo, 2003
Al contestar refiérase
al oficio Nº 4339
2 de mayo, 2003
FOE-SM-820
Señor
Mario Solís Rojas
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
Alajuela
Estimado señor:
Asunto: Respuesta sobre pago de horas extras a un funcionario municipal por la vigilancia de los vehículos de los síndicos y regidores, en las horas de las sesiones.
Nos referimos a su oficio recibido el día 28 de abril del año en curso, mediante el que requiere un pronunciamiento de este Despacho, sobre la posibilidad de pagarle horas extras al funcionario Gerardo Cerdas Navarro por la vigilancia de vehículos de los síndicos y regidores estacionados fuera del Edificio Municipal, en las horas de las sesiones municipales.
En primer término, nos permitimos comunicarle que la gestión presentada no cumple con los requisitos establecidos en nuestra circular No CO-529, publicada en La Gaceta No 107 del 06 de junio del año 2000.
Por otra parte, cabe señalar que esta División no acostumbra resolver consultas referentes a casos concretos de índole laboral, los cuales necesariamente deben ser atendidos por la propia Administración.
Siendo así las cosas, correspondería resolver el punto en cuestión a la propia Municipalidad de Naranjo con la ayuda de su Asesoría Jurídica y del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, sin menoscabo de las competencias constitucionales de fiscalización que debe ejercer este Órgano Constitucional.
De ahí que, resulta oportuno señalar, que de conformidad con lo prescrito en los artículos 183 y 184 de la Constitución Política, así como el artículo 1 y siguientes de nuestra Ley Orgánica, No 7428, la Contraloría General de la República es un órgano constitucional fundamental del Estado, auxiliar de la Asamblea ...
Fecha publicación: 05/05/2003
Fecha emisión: 02/05/2003
Institución: MUNICIPALIDAD DE NARANJO
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA