División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales y Ambientales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
PGA-384 (11336)
-3-
28/09/07
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11336
28 de setiembre, 2007
FOE-PGA-384
Ingeniero
Ronald Vargas Brenes
Director General
Sistema Nacional De Áreas De Conservación
Ministerio Del Ambiente Y Energía
Estimado señor:
Asunto:
Respuesta a la consulta sobre la posibilidad de presentar ante esta Contraloría General un solo presupuesto del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).
En su oficio SINAC-DG-1418 solicita la opinión de esta Contraloría General con respecto a la presentación, para aprobación, de un solo presupuesto “…que incluya el Fondo de Parques Nacionales, Fondo Forestal, Fondo de Vida Silvestre y Fondo Sistema Nacional de Áreas de Conservación Pago de Servicios Ambientales”.
Aporta con su misiva, el criterio jurídico emitido por la Asesoría Legal de esa entidad, el cual indica que, en virtud de lo señalado en el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad No.7788, y lo indicado por los dictámenes de la Procuraduría General de la República Nos. C-286-2002 y C-201-2003 del 23 de octubre, 2002 y del 27 de junio del 2003, respectivamente, en torno a la naturaleza jurídica y competencias otorgadas al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC); es posible y administrativamente aconsejable, que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación presente ante esta Contraloría General un solo documento presupuestario, el cual contenga los datos de los Fondos de Vida Silvestre, Parques Nacionales y Forestal
.
Sobre el particular, se tiene que, en relación con el Fondo denominado “Sistema Nacional de Áreas de Conservación-Pago de Servicios Ambientales”, ya esta Contraloría General se pronunció al respecto mediante oficio No.8063 (PGA-302) de fecha 24 de julio del presente año; y en el que se indica que esta Contraloría General no avala administrar ...
Fecha publicación: 06/10/2007
Fecha emisión: 28/09/2007
Institución: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
Área de Servicios Municipales
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
Área de Servicios Municipales
Sra. Ana V. Guzmán S.
-3-
2 de febrero, 2007
Al contestar refiérase
al oficio Nº 00590
2 de febrero, 2007
FOE-SM-0114
Señora
Ana Virginia Guzmán Sibaja
Secretaria
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
San José
Estimada señora:
Asunto:
Se atiende consulta sobre uso de recursos del “fondo plan de lotificación” Ley No. 6282.
Se atiende el oficio No. SCM-520-2006 por medio del que se plantean varias dudas en relación con el uso de los recursos del “fondo plan de lotificación”; la respuesta se brinda en el mismo orden en el que se planteó la consulta.
I.
¿Es posible utilizar el Fondo de Lotificación para donarlo a una Asociación con un proyecto de vivienda para 53 familias del cantón?
Actualmente no es posible utilizar el Fondo de Lotificación para donarlo a una Asociación con un proyecto de vivienda para familias del cantón, salvo que, una ley especial lo autorice expresamente (principio de legalidad: artículos 11 constitucional y de la Ley General de la Administración Pública en relación con el artículo 62 del Código Municipal).
II.
Si no fuera posible donarlo de la anterior manera, ¿De qué manera podría utilizar la Municipalidad estos recursos?
Los recursos del ”fondo de lotificación” se deben utilizar en los fines que legalmente se ha autorizado, básicamente, en la adquisición de terrenos por parte de las municipalidades para fraccionarlos y desarrollarlos (dotarlos de: calles, cordón y caño, acueducto, tendido eléctrico, etc.) y destinarlos a familias de escasos recursos que los requieran. O bien, de acuerdo con el artículo 182 del Código de cita también se pueden destinar a la construcción, mantenimiento y reparaciones de bibliotecas municipales de su jurisdicción, así como, en la adquisición de material y equipo para esos centros. No se omite manifestar, que en el pasado los Gobierno ...
Fecha publicación: 04/10/2007
Fecha emisión: 11/01/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
16 de mayo de 2007
DAGJ-0495-2007
Lienciado
Rónald Monge Salazar
Jefe de Unidad
UNIDAD DE SERVICIOS DE PROVEEDURÍA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio jurídico relacionado con la Licitación Pública Nº 2007LA--000001-503 denominada “ CONCESIÓN DEL SERVICIO DE SODA COMEDOR, PARA SER BRINDADO EN LAS INSTALACIONES DEL EDIFICIO ANEXO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA
Nos referimos al oficio de esa Unidad Nº DI-GA-USP-00151 de 04 de mayo del presente año, recibido en esta División en la misma fecha, mediante el cual solicita a este Despacho, la “respectiva evaluación y estudio técnico” de las tres ofertas presentadas dentro del procedimiento de contratación antes indicado.
Sobre el particular, le indicamos que al amparo de lo dispuesto en el artículo 37 inciso m) del Reglamento Orgánico de la Contraloría General, corresponde a la División de Asesoría y Gestión Jurídica: “Atender los requerimientos que se deriven de los procesos de contratación y otras actividades que como administración activa realice la Contraloría General”, competencia dentro de la cual se enmarca el conocimiento y atención de la gestión que nos ocupa.
Ahora bien, debe tenerse presente que de conformidad con el ámbito funcional de la División de Asesora y Gestión Jurídica, la atención de este tipo de requerimientos, nos conduce –y a su vez nos limita- al examen de aquellos aspectos con una vinculación jurídica directa en las ofertas presentadas a consideración, omitiendo por lo demás y por así desbordarnos, un pronunciamiento en torno a extremos de índole técnico involucrados en las contrataciones respectivas.
Finalmente, interesa apuntar, que las consideraciones y observaciones formuladas por este Despacho, se emiten a modo de recomendación, sin pretender por ello invadir ni sustituir a los órganos institucionales competentes, en la conducción y gestión de las contrataciones de bienes y servicios que se realicen.
I. ASPECTOS JUR ...
Fecha publicación: 19/05/2007
Fecha emisión: 16/05/2007
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Municipales
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Municipales
Sra. Hannia Campos Campos
-2-
20 de abril, 2007
Al contestar refiérase
al oficio No. 03960
20 de abril, 2007
FOE-SM-0691
Señora
Hannia Campos Campos
Secretaria Municipal
MUNICIPALIDAD DE COTO BRUS
Puntarenas
Estimada señora:
Asunto:
Atención a solicitud de resolución de conflicto en la Municipalidad de Coto Brus, al amparo de los artículos 37 y 38 de la Ley General de Control Interno.
Con la solicitud de que lo haga del conocimiento de los señores miembros de ese Concejo Municipal, se remite el presente oficio, el cual se refiere al supuesto conflicto entre ese Concejo Municipal y la Auditoría Interna, producto de la inobservancia de ese órgano colegiado de algunas recomendaciones contenidas en los informes de auditoría números AI-03/2006 y AI-04/2006.
La Auditoría Interna de ese Municipio mediante oficios números AI-206-2006 y AI-207-2006, ambos del 6 de octubre de 2006, indicó ante esta Contraloría General que según el acta de la sesión ordinaria No. 018 del 31 de agosto de 2006, el Concejo Municipal de Coto Brus acordó no acoger por acoger falta de disponibilidad presupuestaria las recomendaciones indicadas en los puntos 4.2-c) y 4.2-e) por esa unidad de control interno en los citados informes, referidas ambas a la necesidad de que ese órgano deliberativo realice los trámites pertinentes a fin de que todos los vehículos y la maquinaria municipales, cuenten con la póliza de seguro voluntario.
Dado que este asunto se planteó ante este órgano contralor para ser resuelto por la vía del conflicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 y concordantes del Capítulo IV, Sección IV de la Ley General de Control Interno No. 8292, es preciso indicar que esa normativa legal exige para tales efectos el cumplimiento de las siguientes condiciones:
a)
Dentro del plazo improrrogab ...
Fecha publicación: 08/05/2007
Fecha emisión: 23/04/2007
Institución: NO APLICA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización Servicios de Obras Públicas y Transporte
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División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización Servicios de Obras Públicas y Transporte
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FOE-OP-153
12 de abril, 2007
Al contestar refiérase
al oficio n.º 3798
12 de abril, 2007
FOE-OP-153
Licenciado
Javier Vargas Tencio
Director Ejecutivo a.i.
Consejo de Transporte Público (CTP)
Estimado señor:
Asunto:
Respuesta a los oficios DE-07-0293 y DE-071038 en donde se solicita criterio respecto a la consideración del superávit real de ese Consejo como superávit específico.
Damos respuesta a su consulta realizada mediante oficio n.º DE-07-0293, ampliada mediante oficio n.º DE-071038, donde requiere el criterio de este órgano contralor respecto a si el superávit de ese Consejo se debe considerar como libre o específico. Adjunta a dicha solicitud el criterio emitido por la Asesoría Jurídica del CTP mediante la nota n.º DAJ-06-619 sobre el asunto de marras.
Sobre el particular y una vez analizada la información que motiva el planteamiento de esa Administración, nos permitimos señalar que, esta Contraloría General, concuerda con el criterio de la Dirección de Asuntos Jurídicos de ese Consejo, en el sentido de que dada la naturaleza jurídica del ingreso percibido por el Consejo (específico, y producto de un canón por servicio al costo por actividad regulada), el superávit resultante de ese ingreso resulta también de naturaleza específica.
Como consecuencia de lo antes señalado, ese Consejo con los recursos de referencia solo podrá financiar aquellas erogaciones vinculadas con los mismos fines que establece la Ley n.º 7969, dicho de otra manera, cualquier erogación ajena a dichas actividades no podrá ser financiada con estos recursos. Razón por la cual debe existir una relación directa entre los gastos presupuestados por la Administración y la función reguladora que por Ley le compete a ese Consejo, a ...
Fecha publicación: 16/04/2007
Fecha emisión: 12/04/2007
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: HIST. AREA FISC. SERV. OBRA PUB. Y TRANS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Municipales
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
Área de Servicios Municipales
Sra. Nuria Estela Fallas Mejía
-3-
29 de marzo, 2007
Al contestar refiérase
al oficio No. 03333
30 de marzo, 2007
FOE-SM-0572
Señora
Nuria Estela Fallas Mejía
Secretaria del Concejo
MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
Cartago
Estimada señora:
Asunto:
Propuesta para reducir la jornada laboral de la Auditora Interna Municipal.
Con el propósito de que lo haga del conocimiento de los señores miembros de ese Concejo Municipal, se le comunica lo resuelto por este órgano contralor respecto de las intenciones para reducir la jornada laboral de la Auditora Interna de ese Municipio, de tiempo completo a medio tiempo.
Según lo comunicado a esta Contraloría General por la Auditora Interna Municipal en el oficio No. 2006-048 del 29 de setiembre de 2006, mediante acuerdo dictado en la sesión ordinaria No. 694 del 11 de ese mismo mes y año, el Concejo decidió revocar su nombramiento con una jornada laboral de tiempo completo y disminuirla a medio tiempo; decisión que se pretende justificar en la falta de ingresos para hacerle frente al pago del salario en jornada de tiempo completo a dicha funcionaria.
Es preciso recordar que de conformidad con lo estipulado en el artículo 30 de la Ley General de Control Interno, No. 8292 del 31 de julio de 2002, el auditor y subauditor internos deberán desempeñar sus funciones a tiempo completo, salvo en casos muy calificados en que dicha jornada podrá reducirse, como máximo, a medio tiempo, todo lo cual debe contar con la autorización de esta Contraloría General; previa solicitud del jerarca de la entidad, la cual deberá contar imprescindiblemente con el estudio técnico que avale la gestión planteada.
Volviendo al caso que nos ocupa, mediante oficio No. 417 (DI-CR-013) del 14 de enero de 2005, esta Contraloría General otorgó su anuencia para que se procediera al nombramiento ...
Fecha publicación: 07/04/2007
Fecha emisión: 21/03/2007
Institución: NO APLICA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Tesauro: Jornada laboral
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales y Ambientales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
PGA-100.
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20/03/07
Al contestar refiérase
al oficio Nº 2764
20 de marzo, 2007
FOE-PGA-100
Licenciada
Guadalupe Ortiz Mora
Presidenta
Tribunal Registral Administrativo
Estimada señora:
Asunto:
Aplicabilidad al Tribunal Registral Administrativo de la disposición contenida en el artículo 19, inciso c), de la Ley N° 8346 del 12 de febrero del 2003, denominada Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART).
En relación con el oficio TRA-231-2006, mediante el cual se solicita criterio sobre la aplicabilidad al Tribunal Registral Administrativo de la disposición contenida en el artículo 19, inciso c), de la Ley N° 8346 del 12 de febrero del 2003, denominada Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART), se indica lo siguiente.
1°) El artículo 19 de la Ley N° 8346 dispone:
“Artículo 19.—Financiamiento. El SINART, S. A., se financiará de la siguiente manera:
a) Por las partidas que el Poder Ejecutivo le asigne en los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República. / b) Mediante los ingresos y el rendimiento de las actividades que realice, la comercialización y las ventas de sus productos o espacios y la participación en el mercado de la publicidad. / c) La Asamblea Legislativa, la Defensoría de los Habitantes de la República, la Contraloría General de la República, las instituciones autónomas y semiautónomas, las empresas públicas y demás entes menores, así como todas las instituciones y dependencias del Poder Ejecutivo, pautarán en el SINART, S. A., mediante la agencia de publicidad del SINART, S. A., creada en esta Ley, por lo menos el diez por ciento (10%) de los dineros que destinen a publicidad e información en radio, televisión u otros medios de comunicación. / d) Las donaciones o los aportes de persona ...
Fecha publicación: 23/03/2007
Fecha emisión: 06/02/2007
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Municipales
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
Área de Servicios Municipales
Lic. Marco Vinicio Redondo Quirós
-2-
13 de marzo, 2007
Al contestar refiérase
al oficio No. 02502
13 de marzo, 2007
FOE-SM-0461
Licenciado
Marco Vinicio Redondo Quirós
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Cartago
Estimado señor:
Asunto:
Procedimiento a seguir para utilizar plaza asignada a la Auditoría Interna.
Me refiero al oficio No. AM-3206-2006wgt, suscrito por el señor Walter Granados Torres, en ese entonces Alcalde Municipal de Oreamuno, mediante el cual se solicita informar a esa Alcaldía, el procedimiento que debe aplicar esa Municipalidad para utilizar la plaza de Asistente Administrativo de la Auditoría Interna, asignada a esa unidad de auditoría en el presupuesto del año 2006.
De acuerdo con los antecedentes suministrados a este órgano contralor en torno a la materia consultada, se tiene que:
1.
Para el ejercicio económico correspondiente al año 2006, la Municipalidad de Oreamuno incorporó los recursos necesarios para crear una plaza de Asistente Administrativo de Auditoría, cuyo proceso de concurso externo se inició desde el mes de mayo del año 2006, con publicación en uno de los diarios de mayor circulación nacional. En dicho concurso participaron siete personas a las que se les aplicó la prueba respectiva establecida por la Oficina de Recursos Humanos para tales efectos; sin embargo, el nombramiento correspondiente de la persona idónea para desempeñar el puesto no se ha llevado a cabo.
2. A solicitud del entonces Alcalde Municipal, el Departamento Legal de la Municipalidad de Oreamuno, mediante oficio No. DL -0298-2006 del 2 de noviembre de 2006, estableció en relación con el caso en comentario, que: “…En estricto apego a la documentación existente en el expediente del Concurso Público número 04-2006, se concluye sin lugar a dudas, que la Oficina de Recursos Humanos f ...
Fecha publicación: 21/03/2007
Fecha emisión: 13/03/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales y Ambientales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales y Ambientales
PGA-72 (2201)
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5/3/2007
Al contestar refiérase
al oficio Nº 2201
5 de marzo, 2007
FOE-PGA- 72
Licenciado
Nelson Loaiza Sojo
Director General
Imprenta Nacional
Estimado señor:
Asunto:
Respuesta a consultas sobre diversos aspectos vinculados con la prestación de bienes y servicios por parte de la Imprenta Nacional.
En relación con los oficios y los acuerdos infracitados, mediante los cuales se plantean consultas sobre diversos aspectos vinculados con la prestación de bienes y servicios por parte de la Imprenta Nacional, se indica lo siguiente
.
I.
Procedencia de que la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional autorice la exoneración de determinados trabajos de impresión o publicaciones en aras de fomentar la cultura y la educación Nacionales.
Se anexa a la consulta el oficio AJ-021-05, correspondiente al criterio jurídico que acompaña la consulta examinada, el cual señala a modo de conclusión:
“En virtud de las consideraciones precedentes, en el caso concreto de nuestra Institución, esta Asesoría Jurídica –salvedad hecha de las excepciones citadas- no encuentra fundamento legal, ni en su ley N° 5394 ni en otra legislación, que faculte a la Junta Administrativa para autorizar exoneraciones en los trabajos de impresión o publicaciones que realice.”
La Contraloría General considera igualmente que la Imprenta Nacional carece de una norma legal que la habilite para exonerar los costos de las publicaciones que realiza. En tal sentido, el artículo 2 de la Ley de creación de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional (N° 5394 del 5 de noviembre de 1973 y sus reformas), establece que los fines fundamentales de ese órgano son:
“a) Proteger y conservar los bienes de la Imprenta Nacional y velar por su mejoramiento;
b) Administrar los fondos específ ...
Fecha publicación: 08/03/2007
Fecha emisión: 02/03/2007
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS MUNICIPALES
Al contestar refiérase
al oficio No. 01434
14 de febrero, 2007
FOE-SM-0247
Licenciado
Marco Antonio Segura Seco
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
Escazú
Estimado señor:
Asunto: Respuesta al oficio No. DA-066-2007, mediante el que se
consulta si procede la venta en cajas municipales del libro de la
Dirección de Cultura de la Municipalidad de Escazú sobre el
patrimonio histórico arquitectónico de ese cantón.
Se atiende el oficio No. DA-066-2007 del 5 de febrero del año en curso, por
medio del cual se consulta si procede la venta en cajas municipales del libro de la
Dirección de Cultura de la Municipalidad de Escazú sobre el patrimonio histórico
arquitectónico de ese cantón.
Sobre el particular se indica que no es posible emitir criterio por cuanto se
incumplió con requisitos de admisibilidad de consultas dispuestos en la circular No.
CO-5291 de esta Contraloría General. Cabe señalar que se trata de un caso concreto
como es la venta del libro citado, asunto que le corresponde resolver a esa
administración; y de todas formas, no remitieron los antecedentes necesarios (entre
otros, copia del oficio de la consulta a la unidad jurídica interna; indicar cuál fue la
justificación, propósito, alcance y público meta de la publicación; en cuanto al costo no
se es claro en si se financió exclusivamente con recursos propios o bien con
donaciones u otras fuentes; no se expone porqué teniendo 400 ejemplares es
necesaria una segunda reimpresión; no se indica la relación que hay entre la obra
“Sueños y vivencias de Escazú” y el financiamiento con recursos de la venta del otro
libro; no queda claro si la distribución al público internacional y local -se entiende
participantes del Foro- va a tener algún costo), y finalmente, no se plantean los
elementos en detalle que aún contando con el dictamen de la unidad jurídica de esa
municip ...
Fecha publicación: 17/02/2007
Fecha emisión: 14/02/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA