División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10015
15 de junio 2022
DJ-1335
Señora
Kattia Vargas Mena
Auditora Interna
REGISTRO NACIONAL
ce: kvargasm@rnp.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio sobre si se puede revelar la identidad de las personas
encargadas de una investigación preliminar al denunciante.
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
Nos referimos a su oficio n.° JAD-AIN-071-2022 fechado el 03 de mayo del 2022, el
cual solicita criterio a esta Contraloría General mediante la siguiente consulta:“¿El Auditor
Interno se encuentra en la obligación de brindar información sobre los nombres de los
funcionarios(as) que conforma (sic) el equipo que tiene a cargo la atención de una
investigación preliminar a la persona denunciante, o bien, amparado en el artículo N°6 de
la Ley General de Control Interno, N°8292, esa información es considerada confidencial y
no debe ser suministrada al denunciante?”.
.
II. CONSIDERACIONES PRELIMINARES
El ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General se encuentra
regulado, en el artículo 29 de la Ley Orgánica n° 7428 del 7 de setiembre de 1994, en el
cual se establece que el Órgano Contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de
sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los
órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos
privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
En razón de lo anterior, se emitió el “Reglamento sobre la recepción y atención de
consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho
horas del trece de diciembre del 2011, publicado en la Gaceta No. 244 del 20 de
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:kvargasm@rnp.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
diciembre de 2011, en el que ...
Fecha publicación: 15/06/2022
Fecha emisión: 15/06/2022
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Confidencialidad de Estudios que Originan Apertura de Procedimientos Administrativos
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 07155
28 de abril del 2022
DJ-0947
Señora
Kattia Vargas Mena, Supervisora Auditoría Interna
REGISTRO NACIONAL
kvargasm@rnp.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la
CGR. Falta de firma.
Se refiere este Despacho a su correo sin número, enviado el 4 de abril del 2022, mediante
el cual solicita criterio a este Órgano Contralor, debido a que un denunciante anónimo está
solicitando el nombre de las personas que se encuentran realizando la investigación preliminar
de la denuncia planteada.
De conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República, número 7428, del 07 de setiembre de 1994, el órgano contralor ejerce la potestad
consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto
le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los
sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:kvargasm@rnp.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre
del 2011, publicado en La Gaceta No. 244 del 20 de diciembre de 2011, establece las
condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del
ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 8 del mismo texto normativo, establece los requisitos de
obligatorio cumplimiento para la presentación de consultas ante la Contraloría General de la
República. En el inciso 4), destaca que la consulta debe ser presentada por el jerarca
a ...
Fecha publicación: 28/04/2022
Fecha emisión: 28/04/2022
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12096
17 de agosto del 2021
DJ-1191
Señora
Priscilla Jazmín Chambers Catuy
Registro Nacional
Ce: pchambers@rnp.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
Legitimación.
Se refiere este Despacho a su correo electrónico, fechado el 6 de agosto de 2021,
mediante el cual consulta el criterio de la Contraloría General de la República respecto al
refrendo interno para empresas extranjeras que no cuentan con personería jurídica y
tampoco se encuentran inscritas ante la CCSS y FODESAF.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden
participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo
de interés dicho artículo expresamente indica:
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
“Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte
del procedimiento consultivo los sujetos consultant ...
Fecha publicación: 17/08/2021
Fecha emisión: 16/08/2021
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales
Al contestar refiérase
al oficio N.° ?19040
3 de diciembre?, 2020
DFOE-PG-0607
Señora
Mayela Naranjo Monge
Auditora Interna
J?UNTA? A?DMINISTRATIVA? ?DEL? R?EGISTRO? N?ACIONAL
C?ORREO?:? ?mnaranjo@rnp.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Consulta referente al inciso d) del artículo 95 de la Ley N° 7978
Se procede a dar respuesta a la gestión planteada mediante el oficio JAD-AIN-2020 del
16 de octubre de 2020 mediante el cual la Auditoría Interna de la Junta Administrativa del
Registro Nacional solicita: ?“(...) criterio técnico y jurídico con respecto a lo establecido en el
artículo 95 inciso d), de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, N°7978 del 6 de enero de
2000 y su reforma, cuando se refiere a las inversiones del Fondo para la Investigación y
Capacitación en materia de Propiedad Intelectual.”
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
Solicita la Auditoría Interna del Registro Nacional, que el Órgano Contralor le evacue la
siguiente consulta: “?¿Cómo debe entenderse el término descrito en el inciso d) del artículo 95
de la Ley N° 7978, “por separado”, cuando se indica en dicha disposición, que el Registro
Nacional “… las presupuestará por separado del presupuesto ordinario de la Junta
Administrativa del Registro Nacional…”?.
Aporta en conjunto con la consulta, criterio de esa unidad de auditoría, que en su
literalidad expone:
"Derivado de lo anterior, considera esta Auditoría que resulta de gran importancia contar con
criterio vinculante de la autoridad competente, en torno a la interpretación técnica jurídica de
“presupuestar por separado” y las implicaciones que esto conlleve en la elaboración del
presupuesto y por ende en la identificació ...
Fecha publicación: 08/12/2020
Fecha emisión: 03/12/2020
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Normativa Tecnica Presupuestaria
División Jurídica
1
Al contestar refiérase
al oficio Nº ?6730
5 de mayo de 2020
DJ- 0584
Sra.
María Mayela Naranjo Monge
Auditora Interna
REGISTRO NACIONAL
Ce: ?mnaranjo@rnp.go.cr
Estimada señora:
Asunto: ?Consulta sobre el resguardo de confidencialidad de la identidad del
denunciante al momento de trasladar un tema denunciado que no sea
competencia de Auditoría a otra instancia de la Administración o al momento de
resolverse las apelaciones como recurso en alzada en contra del traslado, archivo
o desestimación de denuncias.
Damos respuesta a su oficio n° JAD-AIN-068-2020 -recibido el 18 de marzo
pasado-mediante el cual solicita a este órgano contralor dar respuesta a las siguientes
interrogantes:
1. ¿Puede el denunciante aplicar el régimen recursivo de la Ley General de la
Administración Pública N° 6227, artículos 342 al 355 que refieren a recursos de
revocatoria o reposición, apelación o recurso de revisión ante los traslados,
desestimaciones y archivo de denuncias que efectúe la Auditoría Interna del
Registro Nacional?
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/? Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:mnaranjo@rnp.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
2. ¿Cuáles recursos son oponibles: Revocatoria y Apelación, o bien, Revisión y
Apelación?
3. ¿El plazo para interponer los recursos es el establecido en el artículo 346 de la
Ley General de la Administración Pública? (3 días que comienzan a correr al día
siguiente de notificado el traslado, desestimación u archivo)
4. ¿El plazo para resolver la revocatoria o apelación es el señalado en el artículo
352 de la Ley General de la Administración ...
Fecha publicación: 08/05/2020
Fecha emisión: 05/05/2020
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Información del Denunciante
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12577
27 de agosto, 2019
DFOE-PG-0411
Señora
Fabiola Varela Mata
Directora General
REGISTRO NACIONAL
CORREO: fabiola.varela@rnp.go.cr
secretariadg@rnp.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Atención a la solicitud de criterio jurídico relacionado con la viabilidad de que
el Registro Nacional realice un presupuesto extraordinario en disminución
La Contraloría General recibió el oficio N.° DGL-0702-2019 de 10 de julio de 2019,
remitido por la Dirección General del Registro Nacional, mediante el cual se consulta “(…) se
aclare si bajo la premisa legal de “quien puede lo más puede lo menos” y al existir la normativa
y principios de orden financiero expuestos para la aprobación de un presupuesto extraordinario
generalmente en incremento, dicho bloque de legalidad pueda ser utilizado en beneficio de la
gestión de toda la Administración para accionar y avalar un presupuesto extraordinario en el
que se pretende disminuir una planificación presupuestaria debido a razones objetivas,
atendiendo las políticas públicas ordenadas por el mismo Gobierno, en aras de que responda a
la realidad económica de la institución, pudiendo ser un fiel reflejo de la ejecución
presupuestaria de la misma, mediante el mecanismo extraordinario y no previsto expresamente
en el marco regulatorio existente de este Ente Contralor (…)”.
Al respecto, es importante señalar que acorde con la norma 4.2.6 de las Normas Técnicas
sobre Presupuesto Público (NTPP), a la Contraloría General le corresponde la aprobación del
presupuesto inicial y sus variaciones. Esta aprobación externa consiste en una revisión
sustancial y razonable para verific ...
Fecha publicación: 30/08/2019
Fecha emisión: 27/08/2019
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
11608
DFOE-PG-0377
R-DFOE-PG-00001-2019. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DIVISIÓN DE
FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA, ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS
PÚBLICOS GENERALES. San José, a las 12:00 horas del 09 de agosto de dos mil
diecinueve.--------------------
Recurso de Revocatoria interpuesto por María Mayela Naranjo Monge, en su condición de
Auditora Interna del Registro Nacional, en contra del informe DFOE-PG-IF-00009-2019,
comunicado el 5 de julio de 2019 mediante oficio n.° 9227 (DFOE-PG-0309) de la misma fecha.
RESULTANDO
1. Que en noviembre de 2018, el Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales de la
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa inició la Auditoría de Carácter Especial sobre la
Gestión de la Unidad de Auditoría Interna del Registro Nacional, con el propósito de evaluar la
gestión de dicha Auditoría Interna, mediante la verificación del cumplimiento de la normativa
técnica emitida para el desarrollo de sus actividades; durante el período comprendido entre el 1
de enero de 2017 y 31 de diciembre de 2018, ampliándose en los casos que se consideró
necesario.
2. Que el 10 de junio de 2019, por oficio n.° 8058 (DFOE-PG-0266), le fue remitido a la señora
María Mayela Naranjo Monge en su condición de Auditora Interna del Registro Nacional, el
borrador del Informe de la Auditoría de Carácter Especial indicada en el párrafo anterior.
3. Que el 17 de junio de 2019, por oficio n.° JAD-AIN-123-2019 suscrito por la señora María
Mayela Naranjo Monge en su condición de Auditora Interna del Registro Nacional, se plantearon
observaciones sobre el borrador del informe relacionada ...
Fecha publicación: 14/08/2019
Fecha emisión: 09/08/2019
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: ATENCION DE RECURSOS DE REVISION O DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO Y OTRAS REPLICAS
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº? ?07088
22 de mayo del 2019
DJ-0583
Señora
Irene María Tamayo Gallardo, Unidad de Compras Institucionales
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Ce: ?tamayo.irene12@gmail.com
?itamayo@rnp.go.cr
Estimada señora:
Asunto: ?Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
Legitimación.
Se refiere este Despacho a su oficio, mediante el cual consulta sobre el criterio de la
Contraloría General en relación a oferentes que cotizan en cero, además plantea una
serie de preguntas ¿Esto sería correcto?, ¿Esto violenta el principio de igualdad? y ¿Al
prevenir el subsane, generaría una ventaja indebida?
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el ?“Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”?, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden
participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo
de interés dicho artículo expresamente indica:
Contraloría Gener ...
Fecha publicación: 25/05/2019
Fecha emisión: 22/05/2019
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº? ?14342
05 de octubre del 2018
DJ-1329
Licenciado
Esteban Michelino Marín, Asesor Jurídico Registral
REGISTRO NACIONAL
emichelino@rnp.go.cr
Estimado Señor
Asunto: ?Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
Legitimación.
Se refiere este Despacho a la consulta planteada mediante el oficio
DRI-04-0890-2018, con fecha 21 de setiembre d?e 2018, mediante la cual se solicita emitir
criterio con respecto al acuerdo municipal TRA-0752-17-SSC de la Municipalidad de
Pérez Zeledón en el cual se avala traspasar las fincas del partido de San José 642502,
642503, 650442, 642802, 642811, 642820, 642821, 642822, 643230, 642500, siendo que
a este registro ingresaron varias escrituras públicas en las cuales el Notario otorgante
mediante compraventas y donaciones, traspasó las citadas fincas a terceros.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el ?“Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”?, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Regla ...
Fecha publicación: 08/10/2018
Fecha emisión: 05/10/2018
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de legitimación
División Jurídica
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 16380
20 de diciembre del 2017
DJ-1511
MSc. Agustín Meléndez García
Director General a.i
REGISTRO NACIONAL
Estimados señores:
Asunto: Se atiende consulta sobre procedencia de placa para carro
de uso discrecional del Regulador General de la Autoridad Reguladora de
los Servicios Públicos.
Se refiere este Despacho al oficio DGL-1472--2017 de fecha 22 de noviembre de
2017, recibido en esta Contraloría General el 23 de noviembre del año en curso, mediante
el cual solicita el criterio de este órgano Contralor.
I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES
En primer término, es necesario indicar que el ejercicio de la potestad consultiva
de la Contraloría General, se encuentra regulado en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley
n.° 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de
consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución n.° R-DC-197-
2011), publicado en el Diario Oficial La Gaceta n.° 244 del 20 de diciembre de 2011.
Es esencial destacar que de conformidad con los artículos 8 y 9 del citado
Reglamento, este órgano contralor en el ejercicio de su función consultiva no se refiere a
situaciones concretas, las cuales deberán ser resueltas por las Administraciones o en su
caso por la Auditoría Interna, cuanto así corresponda conforme a sus competencias, todo
ello, sin perjuicio de las funciones que corresponden a esta Contraloría General de la
República en ejercicio de la fiscalización posterior.
En ese sentido, debe quedar claro que no se está ofreciendo una respuesta
específica, sino que, el presente criterio es emitido en ejercicio de la potestad consultiva
que tiene asignada este órgano contralo ...
Fecha publicación: 23/12/2017
Fecha emisión: 20/12/2017
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Vehículos Discrecionales