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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 08818
6 de agosto de 2007
DAGJ-0975-2007
Licenciada
Rosario Segura Sibaja
Sub-Proveedora Institucional
Proveeduría Institucional
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Estimada señora:
Asunto: Consulta relacionada con los alcances del artículo 137 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Se refiere este Despacho a su oficio N°PI-1626-2007, de fecha 24 de julio del año en curso, recibido en esta Contraloría General el mismo día, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor en relación con las contrataciones directas por la vía de excepción que traten de bienes distintos al contemplado en el artículo 137 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Asimismo, nos solicita nos pronunciemos sobre el procedimiento que las Juntas de Educación y Juntas Administrativas deben seguir para la solicitud de Contratación Directa y ante que órgano se debe dirigir en los casos diferentes a infraestructura educativa.
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-), como es el caso del Ministerio de Educación.
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las cientos de consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ...
Fecha publicación: 12/08/2007
Fecha emisión: 06/08/2007
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12660
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1444-2006
Licenciado
Manuel Fernando Solano rojas
Director
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE FORTUNA
Estimado señor:
Asunto:
Solicitud de criterio de este órgano contralor sobre la potestad de las Juntas Administrativas para donar terrenos a instituciones públicas.
Se refiere este Despacho a su oficio N°CTPF-121-06, de fecha 04 de agosto del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 22 de agosto de los corrientes, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre la potestad de las Juntas Administrativas para donar terrenos a instituciones pùblicas.
Al respecto presenta los siguientes cuestionamientos:
“1. ¿Se encuentra legitimada y/o puede disponer una Junta Administrativa de un Colegio Técnico Profesional (en su seno y don el quórum de ley) tomar un acuerdo en firme –que da en donación- una proporción de terreno a otra institución estatal (Caja Costarricense de Seguro Social)?
2. ¿Están autorizadas las Juntas Administrativas de instituciones del M.E.P. para dar en donación terrenos (…) a otras instituciones estatales?.
3. ¿Cuál sería el mecanismo para dar en donación a la C.C.S.S. una proporción de terreno que se encuentra a nombre el Estado(Ministerio de Educación Pública) para construir un hospital?.
4. De ser contrario al orden jurídico vigente. ¿Es dable algún tipo de procedimiento disciplinario /sancionatorio contra los miembros de una Junta Administrativa –y- ante quien se debería accionar la denuncia?”
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –e ...
Fecha publicación: 09/09/2006
Fecha emisión: 06/09/2006
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 10023
18 de julio de 2006
DAGJ-1193-2006
Master.
Luis Ángel Acuña Zúñiga
Coordinador Transporte de Estudiantes
Master.
Randall F. Murillo Chacón
Analista Transporte de Estudiantes
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre la posibilidad de aumentar en más del 50% la cantidad del objeto contratado en contrato de licitación, mediante addendum.
Se refiere este Despacho a su atento oficio número UTE-0261-2006, del 10 de julio del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 11 de julio siguiente, por medio del cual se solicita el criterio de este órgano contralor con respecto a la posibilidad de que se aumente en más de un 50% la cantidad del objeto contratado mediante un addendum al contrato licitatorio de transporte de estudiantes.
Informa que, la contratación del servicio de transporte de estudiantes, requiere de mayor flexibilidad para permitir modificaciones al contrato, para ajustar el mismo a las necesidades requeridas. Puesto que, expone que el servicio de transporte de estudiantes reviste particulares circunstancias que le impiden a la Administración prever con la exactitud necesaria el número de estudiantes merecedores de ese beneficio durante la ejecución del contrato.
Ahora bien, con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº 7424 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-), como es el caso del Ministerio de Educación Pública.
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las ...
Fecha publicación: 22/07/2006
Fecha emisión: 19/07/2006
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05981
12 de mayo de 2006
DAGJ-0752-2006
Licenciada
Xenia Ramírez Bolaños
Jefe Departamento de Contabilidad y Presupuesto
Dirección General Financiera
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de criterio sobre el pago de viáticos por concepto de cena.
Damos respuesta su oficio número DCPST-046-2006 de fecha 28 de abril de 2006, remitido a la Contraloría General el 04 de mayo de ese mismo año, mediante el cual se solicita el criterio de este órgano contralor sobre el pago de viáticos por concepto de cena, según lo establecido en el Reglamento de Viáticos para Funcionarios Públicos, en su artículo 20, inciso c).
Criterio del despacho:
Hemos de indicar que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indiscriminadamente a la Contraloría General de la República toda clase de asuntos, que de alguna manera están relacionados con fondos públicos, se concluyó que ésta circunstancia ha provocado efectos inconvenientes tanto al interior del Órgano Contralor como de la propia administración.
En este orden de ideas, es menester señalar que este órgano contralor, emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
Por lo anterior, se reguló en ésta circular que:
1. “...En el ejercicio de su función consultiva, la Contraloría General de la República, sólo atenderá las consultas a que se refiere el artículo 29 de su L ...
Fecha publicación: 15/05/2006
Fecha emisión: 12/05/2006
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA