División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1108
28 de enero, 2019
DFOE-PG-0049
Señor
Giovanni Solano Cruz
Auditor Interno
TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Correo: info@tra.go.cr
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio solicitado sobre las competencias de la auditoría interna
respecto de la apertura del libro de actas que lleva la Comisión de
Recomendaciones de Contratación Administrativa en el Tribunal Registral
Administrativo
Se procede a dar respuesta a su consulta efectuada mediante oficio Nro. TRA-AI-069-2018
de fecha 21 de diciembre de 2018.
I. OBJETO DE LA CONSULTA
a) SOBRE EL FONDO:
En el oficio de consulta, la interrogante planteada indica en su literalidad: “(...) si la
institución pública cuenta con una Comisión de Recomendaciones de Contratación
Administrativa, la cual lleva actas digitales que respaldan los acuerdos de las compras
realizadas, y la institución utiliza el sistema SICOP, para custodiar dichas actas digitales, surge
la interrogante, si se hace necesario por parte de la Auditoría Interna la apertura de un Libro de
actas para la Comisión de Recomendaciones de Contratación Administrativa, o si es suficiente
mantenerlas en custodia por medio del SICOP.”.
b) POSICIÓN DE LA AUDITORÍA DEL TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
La auditoría interna del Tribunal Registral Administrativo externó su posición aduciendo que
el marco normativo constituido por el artículo 22 de la Ley General de Control Interno Nro. 8292,
y el acápite 4.4.4 de las Normas de Control Interno para el Sector Público, Nro. 2-2009-CO-
DFOE de la Contraloría General de la República, otorga la competencia a la auditoría inter ...
Fecha publicación: 31/01/2019
Fecha emisión: 28/01/2019
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Concepto y Competencias de la Auditoria Interna
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12911
11 de setiembre de 2018
DCA-3258
M.Sc.
Ilse Mary Díaz Díaz
Presidente a.i
Tribunal Registral Administrativo
Estimada señora:
Asunto: se atiende consulta sobre la viabilidad de regular aspectos relativos a la
terminación dentro de un contrato de finiquito.
Damos respuesta a su oficio No. PR-068-2018 del 3 de setiembre de 2018, mediante el
cual consulta sobre la suscripción de un contrato de finiquito del Contrato de Fideicomiso
Inmobiliario del Tribunal y el traslado de derechos a favor de esa Administración.
I. Antecedentes y justificaciones de la consulta.
Indica que el contrato de referencia, fue refrendado mediante oficio No. 14778 del 19 de
diciembre de 2014 (DCA-3412), en el cual se indicó: “De igual forma se infiere que el
fideicomiso no es la causa última del negocio jurídico, sino más bien es el canal por medio del
cual el TRA busca cumplir con un determinado objetivo, como lo es dotar de infraestructura a la
institución, en donde se llevarán a cabo sus funciones.”
De igual forma, refiere que en la cláusula 8.4 del contrato refrendado se dispuso sobre la
extinción del fideicomiso, que se extinguirá cuando se haya realizado el fin para el que fue
constituido y en consecuencia, a partir de ese momento, se dejará de cancelar honorarios al
Fiduciario. Así entonces, explica que el Fideicomiso realizó la ejecución y equipamiento de la
obra de las nuevas instalaciones del Tribunal Registral Administrativo, la cual ha sido cumplida
y se encuentra en la etapa final de cierre del proyecto y de elaboración del finiquito del contrato.
Es por ello que, se han liquidado la mayoría de las obligaciones previo a la suscripción del
finiquito, sin embargo, queda pendiente el reintegro del monto depositado ante la Secretaría
Técnica Ambiental por concepto de garantía ambiental. Explica que aunque des ...
Fecha publicación: 14/09/2018
Fecha emisión: 11/09/2018
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Contratacion Administrativa
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº? ?11592
14 de agosto del 2018
DJ-1066
Señora
Guadalupe Grettel Ortiz Mora, Presidente
TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Fax. 2253-4290, 2253-4296
Estimada señora:
Asunto: ?Se rechaza solicitud de criterio por incumplimiento de requisitos: caso
concreto.
Se refiere este despacho a su oficio n° PR-062-2018 con fecha de 09 de agosto de
2018, recibido en esta Contraloría General el día 09 de agosto del presente año, mediante
el cual consulta literalmente lo siguiente:
“Se solicita criterio jurídico sobre la viabilidad de que se realice el finiquito
del contrato de Fideicomiso Inmobiliario Tribunal Registral
Administrativo/BCR 2014 sin que se haya recibido la devolución del monto
de la garantía ambiental depositado”
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n.º 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el ?“Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”?, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 8 de dicho reglamento contempla los requisitos
necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de ...
Fecha publicación: 17/08/2018
Fecha emisión: 14/08/2018
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto
R-DCA-0131-2018
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA. San José, a las nueve horas con cinco minutos del nueve de febrero del
dos mil dieciocho.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por la empresa CONSORCIO DE INFORMACION Y
SEGURIDAD, S. A., en contra del cartel de la Licitación Abreviada No. 2018LA-000002-
0006700001 promovida por el TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO para la
contratación de servicios de vigilancia de las nuevas instalaciones.--------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que la empresa Consorcio de Información y Seguridad, S. A., el treinta y uno de enero de
dos mil dieciocho presentó ante esta Contraloría General de la República recurso de objeción
contra el cartel de la referida licitación abreviada No. 2018LA-000002-0006700001.-----------------
II.- Que esta resolución se emite en el plazo de ley, habiéndose observado las prescripciones
legales y reglamentarias correspondientes.-----------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO: Sobre la competencia de la Contraloría
General de la República para conocer del recurso interpuesto: El artículo 81 de la Ley de
Contratación Administrativa (LCA), regula la competencia de esta Contraloría General para
conocer de los recursos de objeción al cartel y dispone lo siguiente: "Contra el cartel de la
licitación pública y de la licitación abreviada, podrá interponerse recurso de objeción, dentro del
primer tercio del plazo para presentar ofertas./ El recurso se interpondrá ante la Contraloría
General de la República en los casos de licitación pública y en los demás casos ante la
administración contratante”. De conformidad con la norma trascrita, es claro que la competencia
de este órgano contralor para conocer de recursos de objeción, gira en torno de ...
Fecha publicación: 13/02/2018
Fecha emisión: 09/02/2018
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio N° 7645
5 de julio, 2017
DFOE-PG-0301
Licenciado
Jorge Enrique Alvarado Valverde
Presidente
TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Correo: ealvarado@tra.go.cr,
isolano@tra.go.cr
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Presidente del Tribunal Registral
Administrativo, sobre la viabilidad de que la Auditoria Interna sea el tercero
independiente que revise la liquidación presupuestaria del Tribunal Registral
Administrativo
Se procede a dar respuesta a la gestión planteada mediante el oficio N.° PR-026-2017
recibido el 25 de mayo del presente año, en el que solicita el criterio de la Contraloría General
de la República sobre la viabilidad de que la Auditoria Interna sea el tercero independiente que
revise la liquidación presupuestaria del Tribunal Registral Administrativo.
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
En el texto de la consulta realizada se plantea la siguiente interrogante:
…el Órgano que represento presenta formal consulta ante ese Comité consultivo
sobre viabilidad de que la Auditoria Interna, sea el tercero independiente que
revise la liquidación presupuestaria del Tribunal Registral Administrativo.
II. CONSIDERACIONES PRELIMINARES
En primer término, señalamos que el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría
General, se encuentra regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n.° 7428 del 4 de
setiembre de 1994) y en el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República (Resolución n.° R-DC-197-2011), publicado en el Diario
Oficial La Gaceta n.° 244 del 20 de diciembre de 2011.
Según lo dispuesto ...
Fecha publicación: 08/07/2017
Fecha emisión: 05/07/2017
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Deberes
División de Contratación Administrativa
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11230
06 de agosto de 2015
DCA-1926
Señor
Pedro Suárez Baltodano
VicePresidente
TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio con relación a la viabilidad de incorporar al contrato de
fideicomiso inmobiliario suscrito entre el Tribunal Registral Administrativo y el
Banco de Costa Rica, la nueva modalidad de operar el manejo de los recursos a
través del mecanismo de la interpretación o aclaración a que se refiere la
cláusula 8.15.
Damos respuesta a su oficio PR-034-2015 de fecha 09 de junio de 2015, recibido en esta
Contraloría General de la República el 11 de junio de 2015, por medio del cual solicita que se
emita criterio con relación a la viabilidad de incorporar al contrato de fideicomiso inmobiliario
suscrito entre el Tribunal Registral Administrativo y el Banco de Costa Rica, la nueva modalidad
de operar el manejo de los recursos a través del mecanismo de la interpretación o aclaración a
que se refiere la cláusula 8.15.
I. Motivo de la consulta.
Menciona que ese Tribunal suscribió un contrato de fideicomiso inmobiliario con el Banco de
Costa Rica, para desarrollar la obra de construcción y equipamiento de su sede, fijándose el
presupuesto de la obra en ¢3.105.000.000.00, monto que sería depositado a favor del
Fideicomiso.
Señala que a raíz de una consulta efectuada por esta Contraloría General al atender la gestión
de refrendo de dicho contrato, se estableció en la cláusula 2.1 inciso b) que la transferencia del
indicado monto se efectuaría en un solo tracto a una cuenta que el Banco de Costa Rica abriría
a nombre del Fideicomiso. Sin embargo, indica que una vez obtenido el refrendo por parte de
este ór ...
Fecha publicación: 09/08/2015
Fecha emisión: 06/08/2015
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio Nº 07563
16 de julio, 2009
DJ-0258-2009
Doctor
Carlos Manuel Rodríguez Jiménez
Presidente
Tribunal Registral Administrativo
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formula por el Tribunal Registral Administrativo, mediante oficio PR-031-2009, referida a reajustes de precios de contratos pactados en dólares.
Damos respuesta a su oficio PR-031-2009, recibido en esta Contraloría General el día 8 de mayo pasado.
I.- Motivo de la consulta:
Señala en su oficio que, en la sesión ordinaria de ese Tribunal del pasado diecinueve de marzo, se decidió consultar a este órgano contralor un tema relacionado con el reajuste de precios de contratos pactados en dólares.
En específico es de su interés conocer si las empresas que han pactado con Estado relaciones contractuales pagaderas en dólares, pueden obtener reajustes en sus precios. Lo anterior en virtud de la modificación aprobada por el Banco Central de Costa Rica respecto a la política cambiaria del colón con respecto al dólar norteamericano, en el cual se pasó de un sistema de mini devaluaciones diarias, a un sistema de bandas cambiarias.
El dictamen legal alude al oficio de esta Contraloría General de la República N° 10641 del 12 de septiembre de 2007 para señalar los supuestos en los que podría darse dicho reajuste de precios.
II.- Criterio de la División:
Al respecto, es preciso indicar que la consulta remitida no refiere a ningún supuesto en detalle con lo cual ha sido necesario indagar algunos aspectos más puntuales sobre la consulta por vía telefónica.
Según lo indicado por las autoridades administrativas de este Tribunal, el interés radica en conocer lo que procede en supuestos de contratos de servicios pactados en dólares y pagaderos en colones, en los cuales hay una pretensión del contratista para modificarlo de modo que el precio quede fijado en colones. Además, se consulta si es posible, luego de esa modifica ...
Fecha publicación: 21/07/2009
Fecha emisión: 16/07/2009
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
FOE-SAF-0440 (13039)
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5 de diciembre, 2008
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 13039
5 de diciembre, 2008
FOE-SAF-0440
M.Sc.
Jorge Enrique Alvarado Valverde
Presidente
Tribunal Registral Administrativo
Estimado señor:
Asunto:
Solicitud de inclusión en el II Nivel “Funcionarios pertenecientes al nivel determinativo y de ejecución y fiscalización superior”, para los efectos del artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, del cargo de Juez de Tribunal Registral Administrativo.
Me refiero a su oficio PR-057-2008 del 20 de noviembre de 2008, por el cual somete a nuestra valoración, la inclusión del cargo de Juez de Tribunal Registral Administrativo, en el Nivel Determinativo y de Ejecución o Fiscalización Superior, a fin de incrementar el cálculo de viáticos por viajes al exterior, toda vez que actualmente el cálculo se hace con base en el Nivel III.
Aporta estudio sobre el marco legal y funcional del Tribunal, del cual resaltamos que su creación está dispuesta en la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039 del 5 de octubre de 2000:
Artículo 19.—Creación del Tribunal Registral Administrativo. Créase el Tribunal Registral Administrativo como órgano de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Justicia y Gracia, con personalidad jurídica instrumental para ejercer las funciones y competencias que le asigna esta Ley. Tendrá la sede en San José y competencia en todo el territorio nacional. Sus atribuciones serán exclusivas y tendrá independencia funcional y administrativa; sus fallos agotarán la vía administrativa.
El Tribunal Registral Administrativo formulará su presupuesto ante la Junta Administra ...
Fecha publicación: 07/12/2008
Fecha emisión: 04/12/2008
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Funcionario del nivel determinativo y de ejecucion o fiscalizacion superior
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Gubernamentales
Licda. Yamileth Murillo Rodríguez
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21/09/05
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11568
21 de setiembre, 2005
FOE-GU-325
Licenciada
Yamileth Murillo Rodríguez
Presidenta
Tribunal Registral Administrativo
Estimada señora:
Asunto:
Trámite para el reconocimiento y cancelación del rubro salarial denominado “compensación por recargo de trabajo”.
En relación con el oficio TRA-004-2005, mediante el cual se solicita criterio sobre el trámite a seguir para el reconocimiento y cancelación del rubro salarial denominado “compensación por recargo de trabajo”, se indica lo siguiente.
1. La consulta bajo examen versa sobre aspectos procedimentales, cuya respuesta requiere la realización de un análisis jurídico, no obstante, en contravención a lo establecido en la circular CO-529 de 26 de mayo de 2000 de esta Contraloría General, publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, a la solicitud de criterio no se le adjunta el criterio del órgano consultante. Sin perjuicio de lo anterior, en un afán de colaboración con ese Tribunal se realizarán algunas observaciones de carácter orientador, para que en esa administración se adopten las decisiones pertinentes.
2. En un régimen de empleo público el reconocimiento de la remuneración correspondiente a cada funcionario se rige por el ordenamiento normativo aplicable (Principio de Legalidad Administrativa), por regla general tales aspectos no se encuentran sometidos a decisiones discrecionales de los funcionarios técnicos o de los superiores jerárquicos del respectivo ente u órgano. Lo indicado se refuerza, en el ordenamiento nacional vigente, con las disposiciones contenidas en los numerales 16 y 56 de la Ley N° 8422 del 6 de octubre del 2004 (Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública), el primero de los c ...
Fecha publicación: 15/09/2005
Fecha emisión: 12/09/2005
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
Lic. Luis Jiménez Sancho
-1-
25 de noviembre, 2003
Al contestar refiérase
al oficio No. 12241
11 de octubre, 2004
FOE-GU-413
Licenciado
Luis Gustavo Socatelli Porras
Director Administrativo
Tribunal Registral Administrativo
Estimado señor:
Asunto:
Sobre posibilidad de mantener cuenta separada en moneda extranjera en el Tribunal Registral Administrativo.
Este Despacho recibió su oficio N° TRA-DA-222-2004, referido a la consulta sobre la posibilidad de mantener una cuenta en moneda extranjera de manera separada para atender compromisos en dólares y eventuales erogaciones, en esa misma moneda, por concepto de gastos de transporte al exterior y gastos de viaje al exterior.
Al respecto, no sin antes reiterar la necesidad de que se observen las disposiciones de la circular N° CO-529, y en un afán de orientar a la Administración, se le insta a que se consulte la resolución de la Sala Constitucional N° 3495-92 de las 14:30 horas del 19 de noviembre de 1992, así como lo pertinente en el Reglamento general de contratación administrativa.
Atentamente,
Lic. José Luis Alvarado Vargas
Gerente de Área
RST/ghj
Ni: 11000
Ci:
Secretaría Tribunal Registral Administrativo
Archivo Central
(
Criterios Y Pronunciamientos
Producto: 2004017153
Gestión: 2003601735-5
] ...
Fecha publicación: 07/10/2004
Fecha emisión: 04/10/2004
Institución: TRIBUNAL REGISTRAL ADMINISTRATIVO
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA