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institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
unidad:AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
 
institución:MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 2477 6 de marzo, 2018 DFOE-SAF-0114 Señor Harry J. Maynard F. Auditor Interno MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA auditoria.notificaciones@mep.go.cr Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio sobre la aplicación del artículo 42 inciso d), del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Damos respuesta a su nota N° AI-0098-18 fechada el 30 de enero de 2018, por la cual se solicita nuestro criterio sobre la aplicación del artículo 42 inciso d), del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, concerniente a la aplicación de la tarifa de hotel para una gira. I. Motivo de la consulta. El señor Auditor Interno transcribe en lo conducente el artículo 42 del Reglamento: “Artículo 42º. -Fecha de reconocimiento del gasto. Las sumas señaladas en el Artículo 34º se reconocerán, cuando proceda, a partir de la fecha y hora de llegada al lugar de destino, para cuyos efectos se aplicarán los porcentajes establecidos en el Artículo 35º de este Reglamento y las disposiciones que seguidamente se establezcan. Para los viajes que inicien utilizando transporte aéreo se aplicarán los siguientes lineamientos: … http://www.cgr.go.cr/ mailto:auditoria.notificaciones@mep.go.cr División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República DFOE-SAF-0114(2477) -2- 6 de marzo de 2018 Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.c ...
Fecha publicación: 22/02/2018
Fecha emisión: 19/02/2018
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Horarios


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República FOE-SAF-0406 (12119) 2 16 de octubre, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nro. 12119 16 de octubre, 2007 FOE-SAF-0406 Licenciado Guillermo Zúñiga Chaves Ministro Rector del Sector Financiero MINISTERIO DE HACIENDA Estimado señor: Asunto: Solicitud de información. De acuerdo con lo establecido mediante Decreto Ejecutivo Nº 33151-MP del 08 de mayo de 2006 y sus reformas (Decreto 33178-MP), en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2006-2010, al amparo de lo establecido en los artículos 27, 99 y 100 de la Ley de Administración Pública y el Cap. VI de la Ley de Planificación Nacional, se crean sectores de actividad y se designan ministros rectores de éstos. A su vez según el artículo 1 inciso 4) del citado decreto, se plantea que los Consejos Sectoriales estarán integrados por los Ministros rectores del respectivo sector y los jerarcas administrativos de las instituciones descentralizadas que formen parte de él. Para efectos de un estudio que está llevando a cabo está Contraloría sobre el Sistema Nacional de Planificación y con el objetivo de recolectar información sobre la organización sectorial, se les solicita muy atentamente, nos suministren la siguiente información: a) En qué forma y desde cuándo ha operado el Consejo Sectorial correspondiente a ese Sector? b) Cuáles han sido los resultados y las eventuales limitaciones para el desarrollo de ese Consejo Sectorial? Cómo se han documentado desde su inició de operación a la fecha las sesiones de trabajo de ese Consejo Sectorial del sector sobre el cual ejerce rectoría, por ejemplo minutas y actas que se hayan levantado, y en qué lugar se pueden ubicar? c) Nombre y detalle de las Comisiones Especiales de Trabajo que se han conformado a lo ...
Fecha publicación: 10/11/2008
Fecha emisión: 07/11/2008
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Lic. Jorge Woodbridge González 2 20 de diciembre, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nro. 17576 20 de diciembre, 2006 FOE-SAF-0173 Licenciado Jorge Woodbridge González Viceministro Ministerio de Economía, Industria y Comercio Estimado señor Asunto: Respuesta a nota DVM-413-06, sobre consulta de reconocimiento de facturas por gastos de hospedaje en el exterior. Me refiero a su nota DVM-413-06 mediante la cual consulta sobre la necesidad de presentar facturas originales por gastos de hospedaje en el exterior en el momento de realizar la respectiva liquidación, así como la validez de la presentación de la transacción electrónica impresa. Sobre el particular, ha sido criterio de esta Contraloría General de la República que la correcta interpretación de los artículos 21 y 29 del referido Reglamento, nos lleva a concluir que para los casos de viajes al exterior, no es necesaria la presentación de facturas para demostrar el hospedaje. Importa para los efectos de la respuesta, analizar la letra del artículo 29 del Reglamento, inserto dentro del Capítulo IV, “De los Viajes al Exterior”: Artículo 29º.- Marco normativo. Los gastos en que incurran los funcionarios de los entes públicos que deban viajar fuera del país, en cumplimiento de misiones oficiales, estarán sujetos a las disposiciones del presente capítulo, así como a las disposiciones contenidas en los Capítulos I y II y, -en lo pertinente-, en los artículos 21º y 28º de este Reglamento. De la revisión de los capítulos I y II, no se establece ninguna obligación de presentar facturas para la demostración de los gastos por hospedaje. Sin embargo, el punto más sensible en la adecuada interpretación de este artículo, es la frase “(...) y en ...
Fecha publicación: 23/12/2006
Fecha emisión: 19/12/2006
Institución: MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Tesauro: Casos en los que se debe presentar facturas, Presentacion de facturas