R-DJ-441-2010
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve
horas del treinta y uno de agosto de dos mil diez. -------------------------------------------------------------
Recursos de apelación interpuestos por las empresas Súper Cable Grupo TenT S. A., y Datagrama
Comunicaciones S. A. (DATACOM), en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública
No. 2010LN-000001-03 promovida por la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de
Cartago; propiamente en contra de la adjudicación de la Fórmula seis denominada “Construcción
de una Red de Fibra hasta el Hogar o FTTH GPON,” recaída a favor del consorcio TFO S. A.-Alfa
Maik Delta S. A., por la suma de $ 8.166.655,21 (ocho millones ciento sesenta y seis mil
seiscientos cincuenta y cinco dólares con veintiún centavos de dólar). ------------------------------------
RESULTANDO
I.- La empresa Datagrama Comunicaciones S. A. (DATACOM), impugnó el acto de adjudicación
de la referida licitación por considerar que se le descalificó por una formalidad técnica, mal
fundamentada y que con ese pretexto no se examinó con profundidad los alcances de su propuesta,
y sin embargo a la oferta adjudicada se le hace a lo largo del trámite una serie de concesiones
ilegítimas para otorgarles finalmente la adjudicación con vicios de nulidad. Achaca en su escrito de
apelación una serie de incumplimientos a la oferta adjudicataria e indica que durante el
procedimiento se dieron peculiaridades. ------------------------------------------------------------------------
II.-Que Súper Cable Grupo TenT S. A. impugnó el acto de adjudicación de la referida licitación por
considerar que la oferta de le empresa Adjudicataria omitió el ofrecimiento de la fórmula No. 5 para
el financiamiento y que la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, en lo
sucesivo JASEC, modificó el objeto de la licitación, y se violaron los principios generales de ...
Fecha publicación: 03/09/2010
Fecha emisión: 31/08/2010
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELECTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO (JASEC)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Supuestos de la apelación
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS ECONÓMICOS PARA EL DESARROLLO
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 05499
FAX: 2550-5333
10 de junio, 2010
DFOE-ED-0384
Licenciado
Raúl Quirós Quirós
Auditor interno
JUNTA ADMINISTRADORA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO (JASEC)
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Auditor Interno de JASEC sobre las normas
vinculantes de la Ley 8660 a dicha institución.
Se atiende el oficio AUDI-107-2010 del 16 de abril de 2010, donde pretende de la
Contraloría General un criterio legal sobre los artículos de la Ley de Fortalecimiento y
Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones, No. 8660 son
vinculantes para la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (JASEC).
El solicitante adjunta el oficio UAL-119-2010 del 19 de marzo de 2010 suscrito por el
Licenciado Juan Antonio Solano Ramírez, Asesor Legal de JASEC, mediante el cual se refiere a
esta misma consulta manifestando entre otros aspectos que la Ley No. 8660 fue promulgada con el
objetivo de crear y organizar el sector Telecomunicaciones, concluyendo que el ámbito de
aplicación subjetiva de la Ley comprende a “todas las entidades dedicadas a las
telecomunicaciones, en lo que se refiere a las regulaciones específicas del dicho sector”. Aclara
además, que la normativa en cuestión contempla regulaciones especificas para el Instituto
Costarricense de Electricidad cuya aplicación no incumben directamente a JASEC, siendo el
capítulo IV del Título II la única salvedad adaptable a la Institución consultante en virtud expresa
del artículo 45 de la propia Ley No. 8660.
Es pertinente iniciar el análisis del tema requerido recalcando que la Ley No. 8660, vigente
desde el 13 de agosto ...
Fecha publicación: 14/06/2010
Fecha emisión: 10/06/2010
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELECTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO (JASEC)
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Asunto: RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR PRETENSADOS NACIONALES S.A., EN CONTRA DEL ACTO DE ADJUDICACIÓN DE LAS FÓRMULAS I, IV, Y V, ÍTEMS 1, 2, 3; 1, 2 Y 1 DE LA LICITACIÓN ABREVIADA 2010LA-000004-01, PROMOVIDA POR LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO (JASEC), COMPRA DE POSTES Y BLOQUES DE CONCRETO, ACTO RECAÍDO EN LAS FÓRMULAS I, IV, Y V, ÍTEMS 1, 2, 3; 1, 2 Y 1 A FAVOR DE PRODUCTOS DE CONCRETO S.A., POR UNA SUMA DE ¢128.049.561
R-DJ-211-2010
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las once horas del
veinte de mayo de dos mil diez. -----------------------------------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por Pretensados Nacionales S.A., en contra del acto de adjudicación
de las fórmulas I, IV, y V, ítems 1, 2, 3; 1, 2 y 1 de la Licitación Abreviada 2010LA-000004-01,
promovida por la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (JASEC),
compra de postes y bloques de concreto, acto recaído en las fórmulas I, IV, y V, ítems 1, 2, 3; 1, 2 y 1 a
favor de Productos de Concreto S.A., por una suma de ¢128.049.561. ------------------------------------------
RESULTANDO:
I.- Que la apelante Pretensados Nacionales S.A. interpuso recurso de apelación en contra del acto de
adjudicación de la licitación referida. -----------------------------------------------------------------------------------
II.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante
su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes. ------------------------------------
CONSIDERANDO:
I. Hechos Probados: UNICO: Que JASEC promovió la Licitación Abreviada 2010LA-000004-01,
compra de postes y bloques de concreto, en la cual se adjudicaron las fórmulas I, IV, y V, ítems 1, 2, 3; 1,
2 y 1 a favor de Productos de Concreto S.A., por una suma de ¢128.049.561 (ver folios 1 al 16 del
expediente de apelación). -------------------------------------------------------------------------------------------------
II. De la competencia para conocer del recurso interpuesto. Como se desprende de lo dispuesto en el
artículo 86 de la Ley de Contratación Administrativa, existe un plazo de 10 días hábiles dentro del cual la
Contraloría General puede disponer sobre la tramitación del recurso, o bien de su rechazo de plano por
inadmisible o por improc ...
Fecha publicación: 24/05/2010
Fecha emisión: 20/05/2010
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELECTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO (JASEC)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
R-DJ-195-2010
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve
horas del trece de mayo de dos mil diez. -----------------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por Seguridad Camarias S.A., en contra del acto de
adjudicación de la Licitación Abreviada 2010LA-000014-01, promovida por la Junta
Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (JASEC), servicios de vigilancia
para las instalaciones de JASEC, acto recaído a favor de Wackenhut S.A., por una suma de
¢302.766.965.52. --------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO:
I.- Que la apelante Seguridad Camarias S.A interpuso recurso de apelación en contra del acto de
adjudicación de la licitación referida. ---------------------------------------------------------------------------
II.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado
durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes. -------------------
CONSIDERANDO:
I. Hechos Probados: UNICO: Que JASEC promovió la Licitación Abreviada 2010LA-000014-01,
servicios de vigilancia para las instalaciones de JASEC, la cual se adjudicó a Wackenhut S.A., por
una suma de ¢302.766.695.52 (ver folios 1 al 24 del expediente de apelación). -------------------------
II. De la competencia para conocer del recurso interpuesto. Como se desprende de lo dispuesto
en el artículo 86 de la Ley de Contratación Administrativa, existe un plazo de 10 días hábiles dentro
del cual la Contraloría General puede disponer sobre la tramitación del recurso, o bien de su
rechazo de plano por inadmisible o por improcedencia manifiesta. Por otra parte, el numeral 179 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa señala, como supuesto para rechazar los
recursos, aquellos en que el órgano contralor carezca de competencia. P ...
Fecha publicación: 16/05/2010
Fecha emisión: 13/05/2010
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELECTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO (JASEC)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS ECONÓMICOS PARA EL DESARROLLO
?
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica?
Al contestar refiérase
al oficio No. 00846
27 de enero, 2010
DFOE-ED-0025
Licenciado
Raúl Quirós Quirós
Auditor Interno
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELECTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO
Estimado señor:
Asunto: Se da respuesta a consulta sobre vehículos de uso discrecional.
Se atiende su oficio AUDI-427-2009, recibido en esta Contraloría General el 18 de
diciembre de 2009, mediante el cual consulta sobre posibilidad que tiene un titular
subordinado de disponer del uso y disfrute de un vehículo de uso discrecional mientras se
encuentra en periodo de vacaciones, incapacidad, licencia por permiso o ausencia por viajes
al exterior.
Para dar respuesta a su cuestionamiento es necesario de manera inicial recalcar que
los actos y comportamientos de la Administración Pública deben estar ajustados por la
norma, lo cual supone su debido sometimiento a la Constitución, a la Ley preferentemente, y
en general a todas las otras normas del ordenamiento jurídico. Este principio jurídico
externado a partir del artículo 11 de la Constitución Política distingue así, a los funcionarios
públicos como “simples depositarios de la autoridad”, quienes no pueden arrogarse mayores
facultades que las concedidas previamente por la misma norma. Conforme a este parámetro
básico se vislumbra que la asignación y utilización de vehículos de uso discrecional debe
guardar una lógica concordancia con lo establecido en el propio ordenamiento jurídico.
Las disposiciones del Título VII referente a la Regulación del Uso de los Vehículos
del Estado Costarricense de la Ley de Tránsito por vías terrestres Nº 7331, publicada en La
Gaceta No. 76 del 22 de abril de 1993, determinan en cuanto a los vehículos de uso
...
Fecha publicación: 30/01/2010
Fecha emisión: 27/01/2010
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELECTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO (JASEC)
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO