.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
unidad:AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
 
institución:INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE (INA)
 

3 resultados encontrados en 78 ms. Página 1 de 1
Descargar    Expandir/Colapsar
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 2477 6 de marzo, 2018 DFOE-SAF-0114 Señor Harry J. Maynard F. Auditor Interno MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA auditoria.notificaciones@mep.go.cr Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio sobre la aplicación del artículo 42 inciso d), del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Damos respuesta a su nota N° AI-0098-18 fechada el 30 de enero de 2018, por la cual se solicita nuestro criterio sobre la aplicación del artículo 42 inciso d), del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, concerniente a la aplicación de la tarifa de hotel para una gira. I. Motivo de la consulta. El señor Auditor Interno transcribe en lo conducente el artículo 42 del Reglamento: “Artículo 42º. -Fecha de reconocimiento del gasto. Las sumas señaladas en el Artículo 34º se reconocerán, cuando proceda, a partir de la fecha y hora de llegada al lugar de destino, para cuyos efectos se aplicarán los porcentajes establecidos en el Artículo 35º de este Reglamento y las disposiciones que seguidamente se establezcan. Para los viajes que inicien utilizando transporte aéreo se aplicarán los siguientes lineamientos: … http://www.cgr.go.cr/ mailto:auditoria.notificaciones@mep.go.cr División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República DFOE-SAF-0114(2477) -2- 6 de marzo de 2018 Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.c ...
Fecha publicación: 22/02/2018
Fecha emisión: 19/02/2018
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Horarios


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República FOE-SAF-0406 (12119) 2 16 de octubre, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nro. 12119 16 de octubre, 2007 FOE-SAF-0406 Licenciado Guillermo Zúñiga Chaves Ministro Rector del Sector Financiero MINISTERIO DE HACIENDA Estimado señor: Asunto: Solicitud de información. De acuerdo con lo establecido mediante Decreto Ejecutivo Nº 33151-MP del 08 de mayo de 2006 y sus reformas (Decreto 33178-MP), en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2006-2010, al amparo de lo establecido en los artículos 27, 99 y 100 de la Ley de Administración Pública y el Cap. VI de la Ley de Planificación Nacional, se crean sectores de actividad y se designan ministros rectores de éstos. A su vez según el artículo 1 inciso 4) del citado decreto, se plantea que los Consejos Sectoriales estarán integrados por los Ministros rectores del respectivo sector y los jerarcas administrativos de las instituciones descentralizadas que formen parte de él. Para efectos de un estudio que está llevando a cabo está Contraloría sobre el Sistema Nacional de Planificación y con el objetivo de recolectar información sobre la organización sectorial, se les solicita muy atentamente, nos suministren la siguiente información: a) En qué forma y desde cuándo ha operado el Consejo Sectorial correspondiente a ese Sector? b) Cuáles han sido los resultados y las eventuales limitaciones para el desarrollo de ese Consejo Sectorial? Cómo se han documentado desde su inició de operación a la fecha las sesiones de trabajo de ese Consejo Sectorial del sector sobre el cual ejerce rectoría, por ejemplo minutas y actas que se hayan levantado, y en qué lugar se pueden ubicar? c) Nombre y detalle de las Comisiones Especiales de Trabajo que se han conformado a lo ...
Fecha publicación: 10/11/2008
Fecha emisión: 07/11/2008
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Lic. Carlos Sequeira Lépiz 2 15 de diciembre, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nro. 17284 15 de diciembre, 2006 FOE-SAF-0159 Licenciado Carlos Sequeira Lépiz Presidente Ejecutivo INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE Estimado señor: Asunto: Reconocimiento de viáticos a directivos. Mediante oficio N° PE-1338-2006 del 13 de octubre de 2006, recibido en esta Contraloría el 17 del mismo mes, consulta sobre la procedencia de reconocer viáticos a directores y directoras que viven fuera del Área Metropolitana cada vez que asistan a las sesiones de la Junta Directiva. Acompaña a su nota, el criterio jurídico de la Asesoría Legal de la institución, la cual concluye que el pretendido pago, es indebido. Sobre el particular, ha sido criterio de esta Contraloría General de la República que el pago de viáticos no procede para los casos como el consultado. Así, por ejemplo en nota 22-DEE-98 del 28 de enero de 1998, esta Oficina dispuso: A los miembros de Juntas Directivas de las entidades sujetas al Reglamento mencionado, que residan en localidades diferentes a lugar en donde se encuentra ubicada la sede de la Junta, cuando asistan a las reuniones de ese órgano superior, no puede reconocérseles el pago de viático porque la situación referida no se ajusta al concepto de viático que estipula el Reglamento mencionado en su artículo 2º. En tales casos no se da un desplazamiento transitorio del funcionario, de la sede de la institución, para cumplir con alguna función del cargo, sino lo que ocurre es más bien el desplazamiento del funcionario desde su residencia hacia la sede de la Junta Directiva, para cumplir con su obligación de asistir a sesiones. Dichos miembros sólo podrían cobrar viáticos cuando, en funci ...
Fecha publicación: 21/12/2006
Fecha emisión: 15/12/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE (INA)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Tesauro: Concepto de viaticos