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año:2007
 
institución:COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
 
institución:INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Económicos para el desarrollo PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Económicos Para El Desarrollo 6 FOE-ED-1255 12 de diciembre de 2007 informe no. DFOE-ED-57-2007 Al contestar refiérase al oficio No. 14693 12 de diciembre, 2007 FOE-ED-1255 Licenciada Hannia Ureña Ureña Secretaria Junta Directiva INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO San José Estimada señora: Asunto: Remisión del informe No. DFOE-ED-57/2007 sobre los resultados del estudio del presupuesto ordinario para el año 2008 del Instituto Costarricense de Turismo, que se aprueba parcialmente por la suma de ¢ 11.979.838.9 miles. Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de Junta Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me permito remitirle el informe preparado por la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan aspectos referentes a la aprobación parcial del presupuesto ordinario para el año 2008, del Instituto Costarricense de Turismo. Dicho informe, emitido con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en el artículo 184 de la Constitución Política de la República, 18 de su Ley Orgánica No. 7428, y otras leyes conexas, comprende el análisis del presupuesto ordinario y la estructura básica del plan operativo institucional correspondiente, presentados por esa institución para el ejercicio presupuestario de 2008. Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes documentos: el presupuesto ordinario y la estructura básica del plan operativo institucional, que fueron aprobados por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo, según consta en el acta de la sesión extraordinaria No. 5489, celebrada el 24 de setiembre de 2007, y que fueran remitidos con el oficio No. PF376-2007 del 01 de octubre de 2007. La verif ...
Fecha publicación: 18/12/2007
Fecha emisión: 12/12/2007
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 13597 16 de noviembre, 2007 DCA-3882 Señor Jorge Fernández Chacón Director General Dirección General de Aviación Civil San José, La Uruca, contiguo a las oficinas de Migración Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite, por no requerirlo, gestión de refrendo de la Adenda N° 1 al Contrato denominado “Contratación de servicios de limpieza en área nueva del edificio Terminal Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós”, suscrito entre el Consejo Técnico de Aviación Civil y la empresa Facer de San José, S.A. Licitación Pública N° 06-2004. Nos referimos a su oficio 073312, sin fecha, mediante el cual remite, para trámite de refrendo, la adenda al contrato denominado “Contratación de servicios de limpieza en área nueva del edificio Terminal Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós”, suscrito entre el Consejo Técnico de Aviación Civil y la empresa Facer de San José, S.A. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos la adenda de marras sin el refrendo solicitado por las razones que de seguido se exponen: Si bien es cierto mediante oficio N° 08849 (DI-AA-1535) del 22 de julio del 2005, condicionaba la aplicación de la fórmula matemática de revisión de precios a la realización de una serie de correcciones que deberán plasmarse en una adenda y remitirse a esta Contraloría General para su aprobación correspondiente; sin embargo, mediante Oficio N° 05112 (DCA-1639) del 18 de mayo del 2007, este Despacho indicó “… en adelante esta Oficina no refrendará contratos cuyo monto efectivo de contratación, sin contemplar eventuales prórrogas anuales, sea menor al límite establecido por esta Contraloría General según el presupuesto ordinario de cada Administración, lo cual hace que tampoco se conocerán las variaciones del contrato si el monto del plazo original, sin sus prórrogas, no supera el monto mínimo de refrendo vigente, aunque éste haya sido refrendado originalmente ...
Fecha publicación: 25/11/2007
Fecha emisión: 16/11/2007
Documento: 13597-2007.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 3 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 12853 30 de octubre de 2007 DAGJ-1340-2007 Licenciada Maribel Cubillo Flores Directora Ejecutiva COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno. Nos referimos a su oficio Nº CCP-DE-416-2007, del 12 de octubre de 2007, recibido en este órgano contralor el 16 de octubre siguiente, mediante el cual solicita, en virtud del acuerdo de Junta Directiva No. 603-2007 de la Sesión Ordinaria Nº 022-2007, la autorización para que el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica pueda nombrar interinamente a un Auditor Interno por un período de seis meses, mientras se aclara si se debe o no contar con un reglamento para el nombramiento indefinido. Sobre el particular, nos permitimos indicarle que el punto 4.1 de los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor interno, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos (L-1-2006-CO-DAGJ)”, publicado en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre de 2006, establece los requisitos que debe contener la solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno. Dispone en lo conducente dicho numeral: “4.1 Requisitos de la solicitud de autorización de nombramientos interinos. El documento mediante el cual se formula ante la Contraloría General de la República la solicitud de autorización de nombramiento interino de auditor o subauditor interno, deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) El oficio de solicitud deberá dirigirse al titular de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República. b) La solicitud deberá estar debidamente motivada, sustentada en la actuación de la Administración y suscrita por el jerarca de la respectiva institución. En caso de que se trate de un órgano colegiado, deberá estar firmada por el funcionario que ostente ...
Fecha publicación: 05/11/2007
Fecha emisión: 30/10/2007
Documento: 12853-2007.doc
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE NOMBRAMIENTO INTERINO DEL AUDITOR O SUBAUDITOR INTENO
Proceso: AUTORIZACION DE NOMBRAMIENTO INTERINO DE AUDITOR O SUBAUDITOR


1 2 R-DCA-466-2007 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas del dieciocho de octubre de dos mil siete.------------------ Recurso de apelación interpuesto por el consorcio conformado por las empresas GPS Satélite S.A. y Digital Arts S.A. en contra del acto que declaró desierta la licitación abreviada N° 2007LA-000011-PROTURISMO, promovida por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) para “reestructuración del procesamiento de datos y funcionalidad del sitio www.visitcostarica.com”.--- RESULTANDO: I.- El 27 de agosto de 2007 el consorcio conformado por las empresas GPS Satélite S.A. y Digital Arts S.A. interpuso recurso de apelación en contra de la resolución de Gerencia General del ICT, resolución N° G-1991-2007 de las 10:00 hrs. del 16 de agosto de 2007, mediante la cual se declaró desierta esta licitación abreviada; en sustento de su recurso, en lo que interesa alega que: Su representada fue la única de las empresas invitadas que presentó una oferta, la cual cumplió con todos los requerimientos solicitados en el cartel; sin embargo, una vez presentada y evaluada la oferta, la Gerencia del ICT instruyó para que se realizara un sondeo de precios con fundamento en el cual la Administración argumentó que su oferta excede los precios de mercado y con base en ello declaró desierto el concurso. Sin embargo la Administración dejó de lado aspectos vitales, como el hecho de que su oferta se ajustaba al presupuesto asignado para esta contratación; que en el sondeo las empresas que participaron no cumplen con el perfil solicitado por el cartel; que no se demostró mediante un estudio serio y profesional que su oferta no fuera competitiva y que sus precios no fueran de mercado; ni se demostró por qué, existiendo una oferta válida y elegible, esta no era ventajosa para el interés público.--------------------------------------------------------------------------------- II.- Mediante auto de las 13:00 hrs. d ...
Fecha publicación: 27/10/2007
Fecha emisión: 19/10/2007
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11366 28 de setiembre, 2007 DCA-3273 Señor Lic. Allan Flores Moya Gerente General Instituto Costarricense de Turismo La Uruca, Centro Comercial San José 2000 Estimado señor: Asunto: Se aprueba contrato suscrito entre el Instituto Costarricense de Turismo y el Consorcio Indeca – Astorga – Georesilencia, para la contratación de “Servicios Profesionales de caracterización ambiental para el desarrollo de marinas y atracaderos en la costa pacífica de Costa Rica” Nos referimos a su oficio No. G-2300-2007 de fecha 12 de setiembre del presente año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre el Instituto Costarricense de Turismo y el Consorcio Indeca – Astorga – Georesilencia, para la contratación de “Servicios Profesionales de caracterización ambiental para el desarrollo de marinas y atracaderos en la costa pacífica de Costa Rica” por un monto de $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares), derivado del procedimiento de Licitación Abreviada 2007LA-000022-PROTURISMO. Una vez realizado el análisis de rigor, se concede el refrendo al contrato supra indicado, condicionado al cumplimiento de lo siguiente: 1. Es responsabilidad de la Administración verificar la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a las erogaciones que representa el contrato, especialmente respecto al compromiso de reserva para el período presupuestario 2008, de conformidad con lo indicado en el oficio CIMAT-330-07 emitido por el Ing. Oscar Villalobos Charpentier, Secretario Técnico de la Comisión Interinstitucional de Marinas y Atracaderos Turísticos (CIMAT) y a la certificación PF-280-2007, emitida por la Licda. Ana María Fung Li, Líder del Proceso Financiero, visibles a folios 283 y 284 del expediente administrativo, respectivamente. 2. De conformidad con la vigencia y plazos de entrega del contrato, el Instituto Costarricense de Turismo deberá ordenar al contratista —de pr ...
Fecha publicación: 05/10/2007
Fecha emisión: 28/09/2007
Documento: 11366-2007.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Económicos para el Desarrollo División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Económicos para el Desarrollo FOE-ED-0963 3 18 de setiembre, 2007 Al contestar refiérase al oficio No. 10874 18 de setiembre, 2007 FOE-ED-0963 Licenciada Joyce Mary Hernández Arburola Auditora General INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO Estimada señora: Asunto: Respuesta al oficio No. AG-1033-2007 del 21 de junio del año en curso, relacionada con la fiscalización de los recursos utilizados por la “Asociación Solidarista de Empleados del Instituto Costarricense de Turismo”. Se da respuesta al oficio No. AG-1033-2007 del 21 de junio del año en curso, por medio del cual expone a esta Contraloría General que, en razón de una denuncia interpuesta ante esa Auditoría Interna, se le requirió a la “Asociación Solidarista de Empleados del Instituto Costarricense de Turismo” información respecto a un préstamo que hizo dicha Asociación al Fondo del Proyecto Bosques de Papagayo por la suma de cincuenta millones de colones. Indica que dicha información fue denegada bajo el argumento de que los recursos que maneja esa Asociación son de naturaleza privada y que en consecuencia no son objeto de fiscalización por parte de esa Auditoría Interna. En razón de lo anterior, le solicita a este órgano contralor que valore ampliar el estudio referente al Proyecto Turístico Golfo de Papagayo para analizar la problemática señalada en el oficio que aquí se responde y que rinda criterio con respecto a la naturaleza de los fondos que maneja la citada Asociación, para lo cual se requiere que se tomen en cuenta los pronunciamientos de la Procuraduría General de la República n.° OJ-042 y OJ-052 ambos del año 2001 y el oficio de esta Contraloría General n.° FOE-PR-150-2000. Con el fin de evacuar su consulta, debe tomarse en cuenta lo estable ...
Fecha publicación: 22/09/2007
Fecha emisión: 18/09/2007
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República FOE-SAF-0341 (10373) 2 6 de setiembre, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nro. 10373 6 de setiembre, 2007 FOE-SAF-0341 Licenciado Allan René Flores Moya Gerenta General Instituto costarricense de turismo Estimado señor: Asunto: Consulta sí los miembros de la Junta Directiva pueden ser tenidos como parte de la Autoridad Superior Administrativa para efectos del tipo de pasaje aéreo. Me refiero a su nota G-665-2007 del 19 de marzo, por la cual plantea si los miembros de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo pueden ser tenidos como parte de la Autoridad Superior Administrativa para efectos del tipo de pasaje aéreo y del artículo 45 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para funcionarios públicos emitido por la Contraloría General de la República (en lo sucesivo el Reglamento). Dicha nota fue adicionada por el criterio de la Asesoría Legal de la Institución, presentado a la Contraloría el 20 de junio pasado, luego de haber sido requerido por oficio DAGJ-547 (5458)-07 del 28 de mayo. Al respecto, es criterio de esta Contraloría, que la petición debe ser resuelta en forma negativa, toda vez que para los efectos de interpretación de este Reglamento, el artículo 7 es categórico en la enumeración taxativa de quiénes conforman la Autoridad Superior Administrativa, la cual sólo está integrada por el “Presidente Ejecutivo, Gerente General, Alcalde o funcionario administrativo de mayor rango dentro de la institución u organización, según corresponda.” Consecuentemente, los miembros de la Junta Directiva de esa Institución o de cualquier otra, no gozan de la prerrogativa dada en el párrafo final del artículo 45 del Reglamento, de poder viajar en clase ejecutiva o de negoc ...
Fecha publicación: 13/09/2007
Fecha emisión: 06/09/2007
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS
Tesauro: Clase ejecutiva, Competencia para extender autorizaciones


PAGE 2 DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09617 17 de agosto, 2007 DCA-2825 Licenciado Allan Flores Moya Gerente General Instituto Costarricense de Turismo La Uruca, Centro Comercial San José 2000 Estimado señor: Asunto: Aprobación condicionada del contrato suscrito entre el Instituto Costarricense de Turismo y la empresa Abonos Agro S. A., para la adquisición de materiales para la elaboración e instalación de señales de información turística (Licitación Pública 2007LN-000002-PROTURISMO). Nos referimos a su oficio G-1761-2007 del 23 de julio del 2007, mediante el cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre el Instituto Costarricense de Turismo y la empresa Abonos Agro S. A., para la adquisición de materiales para la elaboración e instalación de señales de información turística (Licitación Pública 2007LN-000002-PROTURISMO). Una vez realizado el estudio, devolvemos el documento de mérito con la aprobación correspondiente. Dicha aprobación queda condicionada al cumplimiento de los siguientes puntos: 1. Es responsabilidad de la Administración licitante la fiscalización suficiente y oportuna del contrato en los términos del artículo 13 de la Ley de Contratación Administrativa; esto último, asociado a la Ley de Control Interno y particularmente la identificación de riesgos, medidas para minimizarlos y el establecimiento de un ambiente de control adecuado para el alcance de los objetivos propuestos con esta contratación de forma eficiente y eficaz (artículos 1, 8, 10 y 14). Igualmente será responsable de la aplicación de las metodologías, términos y acciones respectivas para lograr los resultados esperados. 2. La Administración será responsable de verificar que los tiempos de entrega señalados por el adjudicatario para la entrega de los materiales y si lo requiriese, de aplicar las penalidades del caso, conforme a la cláusula octava del contrato. Igualmente, verificará la vige ...
Fecha publicación: 25/08/2007
Fecha emisión: 17/08/2007
Documento: 09617-2007.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07337 5 de julio, 2007 DCA-2298 Licenciado Allan Flores Moya Gerente General Instituto Costarricense de Turismo La Uruca, Centro Comercial San José 2000 Estimado señor: Asunto: Se aprueba el contrato suscrito entre el Instituto Costarricense de Turismo, y Purdy Motor S.A., (Licitación Abreviada 2007LA-000018-PROTURISMO), permuta y compra de vehículos, por un monto de US$158.850. Nos referimos a su oficio G-1406-2007 del 25 de junio del presente año, mediante el cual nos remite para refrendo el contrato suscrito entre el Instituto Costarricense de Turismo, y Purdy Motor S.A., (Licitación Abreviada 2007LA-000018-PROTURISMO), permuta y compra de vehículos, por un monto de uS$158.850. Una vez efectuado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el contrato, teniendo a la vista certificaciones de contenido presupuestario emitidas por la licenciada Ana María Fung Li, Líder de Proceso Financiero Irene Espinoza Alvarado, por lo que queda bajo la exclusiva responsabilidad de dicha funcionaria la información por ella indicada. Atentamente, Lic. Oscar Castro Ulloa Gerente Asociado a.i. OCU/nvs Ci: Archivo Central NI: 12402-2007 G: 2007003043-1 ] ...
Fecha publicación: 13/07/2007
Fecha emisión: 05/07/2007
Documento: 07337-2007.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase Al oficio No. 07104 02 de julio de 2007 DCA-2206 Licenciado Allan Flores Moya Gerente General Instituto Costarricense de Turismo La Uruca, Centro Comercial San José 2000 Asunto: Se refrenda el convenio de cooperación, suscrito entre el Instituto Costarricense de Turismo y el Ministerio de Seguridad Pública. Estimado señor: Nos referimos a sus oficios Nos. G-1200-2007 y DM-359-07 de 30 de mayo y 25 de junio de 2007, recibidos en este Despacho el 4 y 28 de junio, respectivamente, mediante los cuales requiere la aprobación del convenio de cooperación, suscrito entre el Instituto Costarricense de Turismo y el Ministerio de Seguridad Pública. Al respecto, se tiene que la finalidad de este convenio se fundamenta en mejorar las condiciones de seguridad para los turistas nacionales, extranjeros y visitantes, que frecuentan las zonas de mayor crecimiento turístico o que transitan por rutas o tramos de carretera con un alto tránsito de turistas, sin que ello implique en forma alguna desprotección de la comunidad en general, objeto que encuentra su asidero jurídico en las disposiciones contempladas en los siguientes artículos: 1o. de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública; 1 y 4 de la Ley General de Policía; 4 y 5 de la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo y el Decreto Ejecutivo No. 33510-SPMP, publicado en La Gaceta No. 4 del 5 de enero del 2007, donde se crea la Dirección de Seguridad Turística como una dependencia de la Dirección General de la Fuerza Pública. Nótese, que la normativa vigente tiene como función primordial no solo preservar y mantener la soberanía nacional donde debe velar por la seguridad, tranquilidad y el orden público del país sino que también debe asegurar el ingreso y la grata permanencia en el país de los visitantes extranjeros que buscan no solo descanso sino que diversión o entretenimiento, bajo esa premisa es que se suscrib ...
Fecha publicación: 08/07/2007
Fecha emisión: 02/07/2007
Documento: 07104-2007.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS