DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: 506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 11503
23 de noviembre, 2010
DFOE-SAF-0529
Máster
Marvin Calero Álvarez
Jefe, Unidad de Proceso Contable
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO
Estimado señor:
Asunto: Consulta del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico sobre el
reconocimiento de viáticos de acuerdo con el artículo 43 del Reglamento
de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos.
Me refiero a su oficio CPC-275-2010 del 15 de noviembre de 2010, en que solicita
se le evacue una consulta relacionada con la posibilidad de reconocer viáticos a un
funcionario de acuerdo con el artículo 43 del Reglamento de gastos de viaje y de
transporte para funcionarios públicos.
Al respecto, es pertinente señalar que para la atención de consultas la Contraloría
General emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del
año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría
General de la República”, donde se establecen los requerimientos para la presentación de
esta clase de gestiones. De conformidad con dicha circular, toda consulta debe
presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante,
con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan la
gestión.
Además, se establece que dichas consultas deben versar sobre materias propias
de las competencias constitucionales y legales de la Contraloría y no debe tratarse de
situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. Finalmente, señala que la
consulta deberá acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o e ...
Fecha publicación: 25/11/2010
Fecha emisión: 22/11/2010
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
R-DCA-135-2010
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las once horas del diecisiete de noviembre de dos mil diez. ---------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa Agencia Valverde Huertas S. A., en contra del acto
de adjudicación de la Licitación Pública No. 2010LN-000002-01, promovida por el Instituto
Costarricense Puertos del Pacífico, para la contratación de servicios de seguridad y vigilancia,
respecto a los puestos La Casa de la loma, Edificio de la Artesanía en Puntarenas, Guardería Infantil
del INCOP en El Roble, Muelle de Puntarenas, y Edificio denominado “Felipe J. Alvarado”, recaído en
favor de la empresa Servicio de Mantenimiento y Seguridad Semans S. A. -------------------------------
RESULTANDO
I.- En el recurso interpuesto por la empresa Agencia Valverde Huertas S. A., se indica, entre otras
cosas, que existen vicios en la oferta de la empresa Servicio de Mantenimiento y Seguridad Semans S.
A., en cuanto a que su plica no contiene todos los puestos de seguridad requeridos por la
Administración, y que los estados financieros aportados presentan vicios que impiden la adjudicación
de la empresa recurrida.-----------------------------------------------------------------------------------------------
II.- Mediante auto de las diez horas del cuatro de noviembre del dos mil diez, esta División de
Contratación Administrativa solicitó el expediente administrativo al Instituto Costarricense de Puertos
del Pacífico.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
III. Mediante oficio G.G.C. 1788-2010 del 04 de noviembre del año en curso, la Administración
licitante remitió el expediente solicitado.---------------------------------------------------------------------------
IV.- Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley, habiéndose observado durante su ...
Fecha publicación: 22/11/2010
Fecha emisión: 17/11/2010
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Tesauro: Fundamentación del recurso de apelación, Supuestos de improcedencia manifiesta del recurso de apelación, Integridad de la oferta, Acto final, Concepto de cartel
R-DJ-362-2010
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las doce
horas del veintiocho de julio del dos mil diez. -----------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa El Bagarino Tico S.A. en contra del acto de
adjudicación de la Licitación Pública 2010LN-000001-01, promovida por el Instituto
Costarricense de Puertos del Pacífico para la administración del Centro de Recreación Balneario
Ojo de Agua en San Antonio de Belén, acto recaído en favor de la empresa Consorcio Diversiones
Acuáticas por un monto mensual de ¢7.555.000. -------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. El Bagarino Tico S.A. alegó en su recurso de apelación lo siguiente: Con respecto a la
legitimación, que ella ostenta un interés directo en el proceso licitatorio ya que participó y presentó
oferta, cumpliendo a cabalidad con todas las condiciones que establece el cartel. Que las demás
ofertas presentadas, incluso la adjudicataria, no cumplen con los elementos del cartel lo cual las
hacen inadmisibles. Que es su oferta la que cumple con todas las especificaciones y condiciones del
cartel. A) Con respecto al análisis financiero de las ofertas: que en el punto 4.1 del cartel se
establece la obligación de los oferentes de demostrar la capacidad financiera para cumplir con las
prestaciones objeto de la licitación; que la Administración decidió que para demostrar esta
capacidad financiera se debían presentar flujos de caja proyectados para los períodos que dure la
concesión, con toda la información que demuestre el equilibrio financiero por el manejo de la
concesión; que para analizar la razonabilidad de las ofertas presentadas en este proceso licitatorio, -
en lo referido al apartado de los flujos de caja-, se le solicitó al señor Marvin Calero Álvarez, Jefe
del Proceso Contable del INCOP que realizara un análisis financiero; que en dicho informe se ...
Fecha publicación: 31/07/2010
Fecha emisión: 28/07/2010
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Precio ruinoso o no remunerativo
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 00908
28 de enero, 2010
DJ-0362
Licenciado
Juan Ariel Madrigal Porras
Proveedor Institucional
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza la consulta formulada por el proveedor institucional del INCOP, mediante oficio N° CPG-0299-2009, relacionada con el contrato de fideicomiso suscrito entre el INCOP, el ICT y el Banco Nacional de Costa Rica
Damos respuesta al oficio N° CPG-0299-2009, recibido en esta Contraloría General el 15 de diciembre del año anterior, mediante el cual plantea una consulta relacionada con el contrato de fideicomiso suscrito entre el INCOP, el ICT y el Banco Nacional de Costa Rica.
Se consulta si ese Instituto puede aceptar la cesión de derechos de un contrato suscrito en el marco de dicho fideicomiso, pudiendo cancelar las sumas estipuladas por concepto de fiscalización de una construcción. Esto por un monto de US$ 86.148.26.
Al respecto, tenemos que señalar que de acuerdo con la circular de esta Contraloría General Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, en el ejercicio de su función consultiva este órgano contralor atiende las consultas a que se refiere el artículo 29 de la Ley Orgánica Nº 7428 del 7 de setiembre de 1994, “siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que deba resolver la institución solicitante.”
Adicionalmente, dicha circular en su punto 3 dispone que la consulta, además de venir presentada por escrito, debe estar debidamente firmada por el jerarca del órgano o ente consultante, además de que debe venir acompañada de un dictamen emitido internamente por la institución. Si la consulta es de índole legal, se debe adjuntar a la consulta el criterio jurídico interno.
En el presente asunto, no se cumple con las anteriores condiciones, por lo que procede el rechazo de la gestión sin ningún pronunciamiento por par ...
Fecha publicación: 31/01/2010
Fecha emisión: 28/01/2010
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA A LA FISCALIZACION INTEGRAL
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 00766
25 de enero, 2010
DJ-0284
Señor
Widman Cruz Méndez
Gerente General
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO
Estimado señor:
Asunto: Se resuelve consulta relacionada con posibilidad de disponer partida presupuestaria del INCOP para cancelar consultorías necesarias en desarrollo del proyecto ciudad Puerto.
Se refiere este Despacho a su oficio número G.G.C. 1523-2009 del 3 de agosto de 2009, recibido en esta Contraloría General el 6 de agosto último, mediante el cual solicita nuestro criterio en relación con la posibilidad de disponer de recursos de una partida presupuestaria que no serán ejecutados en el período presupuestario 2009.
I. Motivo de la consulta
Señala en su oficio que mediante oficio MCT-241-09 suscrito por el Ministro de Coordinación Interinstitucional, Marco Vargas Díaz, le solicita al INCOP prestar ayuda económica para la elaboración de estudios y consultorías, necesarios para preparar el proyecto “Puntarenas Ciudad Puerto”, el cual busca el desarrollo económico, social y ambiental de la ciudad de Puntarenas, impulsando para ello el turismo, la pesca, el patrimonio histórico y la infraestructura portuaria.
Se considera al efecto que el INCOP ha jugado un papel muy importante en el desarrollo turístico, apegado a las potestades otorgadas por la Ley 8461 siendo el turismo una de las actividades más importantes del país; en razón de ello es obligación del INCOP procurar que el puerto de Puntarenas se convierta en uno de los destinos más importantes a nivel regional fomentando el mayor arribo de cruceros, con lo que se contribuiría con la estabilidad social, consolidando el bienestar de las familias puntarenenses.
Al respecto indican que el INCOP cuenta con las potestades suficientes para suscribir convenios y demás instrumentos jurídicos necesarios para desarrollar y dotar de las obras necesarias para fomentar la prestación de servicios portuarios y turísticos, teniendo r ...
Fecha publicación: 28/01/2010
Fecha emisión: 25/01/2010
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Partida Presupuestaria