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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12853
30 de octubre de 2007
DAGJ-1340-2007
Licenciada
Maribel Cubillo Flores
Directora Ejecutiva
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
Estimada señora:
Asunto:
Solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno.
Nos referimos a su oficio Nº CCP-DE-416-2007, del 12 de octubre de 2007, recibido en este órgano contralor el 16 de octubre siguiente, mediante el cual solicita, en virtud del acuerdo de Junta Directiva No. 603-2007 de la Sesión Ordinaria Nº 022-2007, la autorización para que el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica pueda nombrar interinamente a un Auditor Interno por un período de seis meses, mientras se aclara si se debe o no contar con un reglamento para el nombramiento indefinido.
Sobre el particular, nos permitimos indicarle que el punto 4.1 de los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor interno, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos (L-1-2006-CO-DAGJ)”, publicado en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre de 2006, establece los requisitos que debe contener la solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno. Dispone en lo conducente dicho numeral:
“4.1 Requisitos de la solicitud de autorización de nombramientos interinos.
El documento mediante el cual se formula ante la Contraloría General de la República la solicitud de autorización de nombramiento interino de auditor o subauditor interno, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) El oficio de solicitud deberá dirigirse al titular de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República.
b) La solicitud deberá estar debidamente motivada, sustentada en la actuación de la Administración y suscrita por el jerarca de la respectiva institución. En caso de que se trate de un órgano colegiado, deberá estar firmada por el funcionario que ostente ...
Fecha publicación: 05/11/2007
Fecha emisión: 30/10/2007
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE NOMBRAMIENTO INTERINO DEL AUDITOR O SUBAUDITOR INTENO
Proceso: AUTORIZACION DE NOMBRAMIENTO INTERINO DE AUDITOR O SUBAUDITOR
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 09806
24 de agosto, 2007
DCA-2885
Ingeniero
René Escalante González
Gerente, División Administrativa
CAJA COSTARRICENSE SEGURO SOCIAL
San José, avenida segunda, calles 5 y 7
Estimado señor:
Asunto:
Se aprueba la adenda al contrato para la prestación de servicios integrales de salud, suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y la Universidad de Costa Rica (UCR). Contratación Directa No. DCSS-001-2003.
Nos referimos a su oficio No. 32160-07 de fecha 23 de julio del 2007, mediante el cual remite para refrendo, la adenda para la modificación de la cláusula Décima Primera del contrato para la prestación de servicios integrales de salud, suscrito entre la CCSS y la UCR, Contratación Directa No. DCSS-001-2003.
Sobre el particular, le comunicamos que una vez analizados los términos de la adenda, referente al mecanismo de revisión de la tarifa, se concede el respectivo refrendo al documento de mérito.
No obstante, esta aprobación se otorga condicionada a lo siguiente:
1. Será responsabilidad de la CCSS velar porque la estructura porcentual del precio acordada por las partes refleje razonablemente la realidad de la prestación del servicio. Lo anterior, de acuerdo con lo señalado por la CCSS mediante oficio No. GDA-10188-07 de fecha 23 de febrero de 2007, con respecto a los rubros que integran los elementos que conforman la estructura porcentual del precio, información solicitada por este Despacho mediante oficio DCA-608 del 16 de febrero pasado.
2. En cuanto a los términos de la fórmula matemática “PSP”, “ISStm” y “PMS” se entenderán definidos de la siguiente manera:
PSP = Proporción de Servicios Personales dentro de la tarifa.
ISStm = Índice del costo de los Servicios Personales en el momento de la variación.
PMS = Proporción de Materiales y Suministros dentro de la tarifa.
3. Finalmente, donde dice “IPPItg” se entenderá “IPPItc” y se tendrá por incorpora ...
Fecha publicación: 31/08/2007
Fecha emisión: 24/08/2007
Institución: GERENCIA DIVISION DE OPERACIONES DE LA CCSS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
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Ing. René Escalante González
13 de julio, 2007
Al contestar refiérase
al oficio No. 07826
13 de julio, 2007
DCA-2380
Ingeniero
René Escalante González
Gerente, División Administrativa
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
San José, Oficinas Centrales
Asunto:
Se aprueba adenda para la modificación de la cláusula novena del contrato para la prestación de servicios integrales de salud entre la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y la Universidad de Costa Rica (UCR), Contratación Directa DCSS-001-2003.
Estimado señor:
Nos referimos a su nota No. GDA-2581-07, de fecha 12 de junio de 2007, mediante la cual solicita el refrendo de una adenda para la modificación de la cláusula novena del contrato para la prestación de servicios integrales de salud entre la CCSS y la UCR, Contratación Directa DCSS-001-2003.
Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, se concluye que la adenda se ajusta a las observaciones plasmadas en nuestro oficio No. 2071 (DCA-0762) del 28 de febrero pasado, por lo que se concede el refrendo contralor al documento de mérito.
No obstante, aclaramos que en esta oportunidad no fue sometida a nuestra consideración la adenda suscrita por las partes el día doce de setiembre de dos mil seis y que tiene como objeto modificar la cláusula décimo primera referida a las condiciones económicas de la relación negocial, entre ellas el mecanismo mediante el cual se garantizará el equilibrio económico del contrato. En consecuencia, no podrán reconocerse ajustes a la tarifa per cápita hasta que el correspondiente mecanismo conste en un documento contractual debidamente aprobado por esta Contraloría General.
Finalmente, adjunto encontrará fotocopia de nota de fecha 10 de julio de 2007, remitida a esta División por la Junta de Salud del Área de Salud de Curridabat, mediante la cual manifiesta algunas inquietudes y peticiones que estimamos pertinente hacer de su conocimiento como in ...
Fecha publicación: 16/07/2007
Fecha emisión: 13/07/2007
Institución: GERENCIA DIVISION DE OPERACIONES DE LA CCSS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06904
27 de junio, 2007
DCA-2135
Arquitecta
Gabriela Murillo Jenkins
Gerente División de Operaciones
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
Estimada señora:
Asunto: Se otorga autorización para adquirir mediante contratación directa concursada un Angiógrafo así como la obra requerida para reestablecer el Servicio de Hemodinamia del Hospital Calderón Guardia.
Damos respuesta a su oficio GDOP-26988-2007 de fecha 12 de junio del año en curso, mediante el cual solicita la autorización de esta Contraloría General para realizar compra directa concursada para la adquisición de un angiógrafo y la rehabilitación del servicio de Hemodinamia del Hospital Calderón Guardia.
I.-Antecedentes y Justificaciones de su solicitud:
Como razones dadas para justificar la solicitud, nos indica las siguientes:
1) Que existe la necesidad de restituir el servicio de angiografía que se venía brindando en edificio siniestrado por el incendio de la madrugada del 12 de julio del 2005 en el Hospital Calderón Guardia. Señala que el equipo que estaba en operación en el cuarto piso de dicho edificio, había entrado en operación en el año 2003 y su adquisición contaba con los respectivos estudios técnicos que respaldaban la inversión y que conforman el expediente administrativo de la Licitación Restringida 2001-011 así como el expediente del proyecto en la Dirección de Equipamiento Institucional. Los estudios de preinversión determinaban una capacidad del servicio utilizando una proyección de vida útil del equipo de 10 años, lo que significaba que el equipo marca Phillips que se dañó en el incendio e instalado en el 2003, de no ser por tal hecho, tenía una funcionalidad respaldada hasta el año 2013.
2) Agrega que tal equipo es de vital importancia para los pacientes de los servicios de cardiología, neurología, y vascular periférico, requiriéndose de tal tecnología para diagnosticar patologías en el sis ...
Fecha publicación: 05/07/2007
Fecha emisión: 27/06/2007
Institución: GERENCIA DIVISION DE OPERACIONES DE LA CCSS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06599
19 de junio, 2007
DCA-2063
Arquitecta
Gabriela Murillo Jenkins
Gerente de Operaciones
Caja Costarricense del Seguro Social
Oficinas Centrales, San José
Estimada señora:
Asunto:
Se deniega por improcedente solicitud de autorización para contratar en forma directa con la empresa Consultores Centroamericanos de Sistemas de Gestión la conclusión del sistema de gestión para el cumplimiento de la Ley de Control Interno, Compra Directa No 2006 CD-000021-4403.
Se conoce solicitud de autorización presentada en oficio GDOP-26934-2007 del 5 de junio de 2007, donde se solicita autorización para contratar en forma directa con la empresa Consultores Centroamericanos de Sistemas de Gestión la conclusión del sistema de gestión para el cumplimiento de la Ley de Control Interno, Compra Directa No 2006 CD-000021-4403.
I. Antecedentes y Justificaciones de su solicitud:
Como razones dadas para justificar la solicitud, nos indica las siguientes:
1) Que la CCSS promovió la compra directa No 2006 CD-000021-4403 para la Contratación de Servicios Profesionales para el Desarrollo de un Sistema de gestión para la Administración de Proyectos en la Dirección de Administración de Proyectos Especiales, cuya apertura se produjo el 5 de octubre del 2006.
2) Que se adjudicó dicha contratación a DIMERCA S.A. por un monto de $18.000.00, e inició su ejecución el 16 de octubre de 2007.
3) Que dicha empresa incumplió con la entrega de los productos de esta contratación y se estima que lo elaborado corresponde a un 5% del total requerido por la contratación pese a la prevención que se le hizo para su cumplimiento, decidió no continuar con la ejecución del objeto contractual y hasta prefirió que se le ejecutara su garantía.
4) Que en virtud de dicho incumplimiento se procedió a resolver el contrato
5) Que dicha adquisición es ...
Fecha publicación: 25/06/2007
Fecha emisión: 20/06/2007
Institución: GERENCIA DIVISION DE OPERACIONES DE LA CCSS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
22 de mayo, 2007
DCA-1664
Licenciada
Rocío Aguilar Montoya
CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Estimada señora:
Asunto: Se atiende solicitud de criterio jurídico previo al agotamiento de la vía administrativa.
Nos referimos a su oficio No. CO-0079, mediante el cual de conformidad con el artículo 356 de la Ley General de la Administración Pública (Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978), solicita nuestro criterio jurídico previo al agotamiento de la vía administrativa, con relación a sendos recursos de apelación interpuestos por la Arquitecta Paquita González Haug, Directora de Administración de Proyectos Especiales y por el Ing. Rodrigo Quesada Solís, Director a.i. de la Dirección de Arquitectura e Ingeniería, ambos de la Caja Costarricense de Seguro Social, en contra del Informe N° DFOE-SA-25-2006 denominado “Informe sobre el análisis de las causas de atraso durante la fase de construcción en varios proyectos de infraestructura hospitalaria en la Caja Costarricense de Seguro Socia”, emitido por el Área de Servicios Sociales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de esta Contraloría General.
Advertimos que este criterio se concentra en pronunciarse respecto a los aspectos de la actividad de contratación administrativa que específicamente desarrolla el Informe, omitiendo toda consideración concerniente a algún otro tema.
En lo que respecta a las modificaciones unilaterales de los contratos, como sabemos esta posibilidad es derivada del poder que tiene la Administración para adaptar los contratos ya perfeccionados a nuevas necesidades, cuya justificación radica en la mejor gestión del interés público y en la prevalencia del fin sobre el objeto en los contratos administrativos. Además, ha de tener como contrapartida necesaria, en garantía del contratista, la compensación adecuada para el mantenimiento del equilibrio del contrato.
De igual modo, cada legislación especial es la que regula el t ...
Fecha publicación: 26/05/2007
Fecha emisión: 22/05/2007
Institución: GERENCIA DIVISION DE OPERACIONES DE LA CCSS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 01923
26 de febrero de 2007
DAGJ-0198-2007
Licenciada
Giselle Chacón Araya
Secretaria Junta Directiva
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de criterio sobre la posibilidad de que ante una ausencia del Auditor Interno, el Fiscal de la Junta Directiva, o bien, el Jefe del Departamento de Fiscalía, pudiera proceder a la labor de la legalización de los Libros de Actas de la Junta Directiva.
Con el ruego de que se haga del conocimiento del Concejo Municipal, damos respuesta a su oficio número CCP-UAR 154-2007 de 05 de febrero de 2007, remitido a esta Contraloría General el 08 de febrero siguiente, mediante el cual solicita el criterio de éste órgano de control y fiscalización de la Hacienda Pública en relación la posibilidad de que ante una ausencia del Auditor Interno, el Fiscal de la Junta Directiva, o bien, el Jefe del Departamento de Fiscalía, pudiera proceder a la labor de la legalización de los Libros de Actas de la Junta Directiva.
Criterio del despacho:
Primeramente, no está de más recordar que según el artículo 10 de la Ley General de Control Interno, los jerarcas y los titulares subordinados de cada ente u órgano serán responsables de establecer, mantener y perfeccionar sus sistemas de control. Así mismo, el artículo 20 de la Ley General de Control Interno dispone la obligación para la Institución de contar con un Auditor Interno, pues resulta de primordial importancia el interés institucional de contar con un funcionario encargado de fiscalizar la gestión de la administración.
Aunado a lo anterior, se debe tener presente lo que señala el Manual de normas generales de control interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización, en el Capítulo II. Normas generales relativas al ambiente de control, inciso 2.1, que indica:
“2.1 Ambiente propicio para el control. L ...
Fecha publicación: 03/03/2007
Fecha emisión: 26/02/2007
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Tesauro: Deberes del Jerarca y los Titulares Subordinados en Materia de Control Interno, Sistema de Control Interno , Legalizacion Libros de Actas