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año:2007
 
institución:COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
 
institución:FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACION CAFETALERA
 

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1 40 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 14075 26 de noviembre de 2007 DAGJ-1520-2007 Señor Ramón Ulate Montero Presidente, Junta Directiva Instituto del Café de Costa Rica (icafe) Estimado señor: Asunto: Se rinde dictamen desfavorable en relación con el procedimiento administrativo seguido al Lic. Gonzalo Bonatti G., Auditor Interno del Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera (FONECAFE). Se conoce nuevamente la gestión planteada mediante oficio No. J.D.027-2006 de fecha 11 de octubre de 2006, a través del cual en ese entonces la Presidencia de la Junta Directiva del Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera (en adelante: FONECAFE), solicitó a este Despacho el dictamen previo favorable de este órgano contralor, a fin de aplicar la sanción de despido de su cargo al Lic. Gonzalo Bonatti González, auditor interno de esa institución. Lo anterior, de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Ley No. 7428 del 26/08/1994). La emisión del presente dictamen se fundamenta en la resolución de las 11:00 horas del 7 de agosto de 2007, dictada por el Despacho de la señora Contralora General de la República, mediante la cual se declara parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el señor Rogelio Fernández Lobo, en su condición de Presidente de la Junta Directiva del FONECAFE, en contra del oficio No. 1874 (DAGJ-0193-2007) del 23 de febrero de 2007, emitido por esta División de Asesoría y Gestión Jurídica y la resolución dictada por esta misma oficina a las 10:00 horas del 17 de abril de 2007, con lo cual se dispuso trasladar de nuevo el expediente a esta División para el trámite correspondiente. Ahora bien, de previo a la emisión del respectivo criterio, es preciso aclarar que –tal y como se indicó antes- dicha solicitud de dictamen fue planteada en su momento por la Presidencia de la Junta Directiva del FONECAFE; sin embargo, posteriormente se em ...
Fecha publicación: 02/12/2007
Fecha emisión: 26/11/2007
Documento: 14075-2007.doc
Institución: FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACION CAFETALERA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: INFORME, OFICIO O DICTAMEN SOBRE SUSPENCIÓN O DESTITUCIÓN DEL AUDITOR O SUBAUDITOR (ART. 15 LOCGR)
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


PAGE 3 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 12853 30 de octubre de 2007 DAGJ-1340-2007 Licenciada Maribel Cubillo Flores Directora Ejecutiva COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno. Nos referimos a su oficio Nº CCP-DE-416-2007, del 12 de octubre de 2007, recibido en este órgano contralor el 16 de octubre siguiente, mediante el cual solicita, en virtud del acuerdo de Junta Directiva No. 603-2007 de la Sesión Ordinaria Nº 022-2007, la autorización para que el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica pueda nombrar interinamente a un Auditor Interno por un período de seis meses, mientras se aclara si se debe o no contar con un reglamento para el nombramiento indefinido. Sobre el particular, nos permitimos indicarle que el punto 4.1 de los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor interno, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos (L-1-2006-CO-DAGJ)”, publicado en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre de 2006, establece los requisitos que debe contener la solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno. Dispone en lo conducente dicho numeral: “4.1 Requisitos de la solicitud de autorización de nombramientos interinos. El documento mediante el cual se formula ante la Contraloría General de la República la solicitud de autorización de nombramiento interino de auditor o subauditor interno, deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) El oficio de solicitud deberá dirigirse al titular de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República. b) La solicitud deberá estar debidamente motivada, sustentada en la actuación de la Administración y suscrita por el jerarca de la respectiva institución. En caso de que se trate de un órgano colegiado, deberá estar firmada por el funcionario que ostente ...
Fecha publicación: 05/11/2007
Fecha emisión: 30/10/2007
Documento: 12853-2007.doc
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE NOMBRAMIENTO INTERINO DEL AUDITOR O SUBAUDITOR INTENO
Proceso: AUTORIZACION DE NOMBRAMIENTO INTERINO DE AUDITOR O SUBAUDITOR


PAGE 3 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 12763 29 de octubre de 2007 DAGJ-1330-2007 Licenciado Gonzalo Bonnati G. Auditor Interno Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera (FONECAFE) Estimado señor: ASUNTO: Se atiende consulta relacionada con la situación laboral del auditor interno de FONECAFE, a partir de la promulgación de la Ley No. 8608 del 21 de setiembre de 2007. Nos referimos a su oficio No. AI-046-2007, de fecha 18 de setiembre de 2007, mediante el cual plantea a esta Contraloría General de la República, sus inquietudes en torno a la probable entrada en vigencia (en ese momento), del proyecto de ley (Expediente Legislativo No. 16.734) para reformar parcialmente la Ley de Creación del Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera (No. 7301). Sobre el particular, se consulta sobre la situación laboral del referido auditor interno de ese Fondo, a partir de la promulgación de dicha normativa; en particular, por cuanto el consultante señala que del artículo 10 del citado proyecto se desprende la desaparición de la auditoría interna del Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera (FONECAFE). Razón por la cual, acude a este órgano contralor con el fin de que “se defina” su situación laboral y la forma en que debe proceder, una vez que cobre vigor esa reforma legal. Al respecto, de previo a referirnos a su consulta, es menester advertir que en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 29 de nuestra Ley Orgánica (Ley No. 7428 del 7 de setiembre de 1994), y de conformidad con la Circular CO-529, emitida por este órgano contralor y publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 107 del 5 de junio del año 2000, la potestad consultiva de esta Contraloría General de la República esta referida únicamente a los asuntos que versen sobre materias propias de las competencias constitucionales y legales otorgadas a este órgano contralor, siempre que no se trate de situaciones concretas que debe resolver la propia institución con ...
Fecha publicación: 03/11/2007
Fecha emisión: 29/10/2007
Documento: 12763-2007.doc
Institución: FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACION CAFETALERA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Tesauro: Nombramiento de Auditor y Subauditor Interno , Organizacion de la Auditoria Interna


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 10492 06 de setiembre, 2007 DAGJ-1113-2007 Señor Lic. Gonzalo Bonatti González Auditor Interno FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACIÓN CAFETALERA Estimado señor: Asunto: Solicitud de aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera. Nos referimos a su oficio Nº AI-035-2007, del 23 de julio de 2007, recibido en este órgano contralor el 31 de julio de 2007, mediante el cual solicita la aprobación, por parte de esta Contraloría General, del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera, de conformidad con el artículo 23 de la Ley General de Control Interno y el punto 2.6 de la resolución de esta Contraloría General N° R-CO-93-2006, mediante la cual se emiten las “Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público (D-2-2006-CO-DFOE-DAGJ)”. En ese sentido, aporta con su solicitud: · Certificación de que el nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Fondo de Estabilización Cafetalera (FONECAFE), fue aprobado por la Junta Directiva mediante acuerdo N° 7, inciso b) del acta N° 492 del 11 de julio de 2007. De igual forma certifica que el referido reglamento es conforme a los requerimientos del punto 2.6 de las Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público R-CO-93-2006 (D-2-2006-CO-DOFE-DAGJ) publicadas en La Gaceta N° 236 del 8 de setiembre de 2006. · Copia del oficio N° D.E. 240-2007 del 18 de julio de 2007, mediante el cual comunica al auditor interno, Lic Gonzalo Bonatti González, el acuerdo N° 7 de la sesión N° 492, celebrada el 11 de julio de 2007, suscrita por el Director Ejecutivo, señor Luis Ramírez Alfaro Criterio del Despacho Como ...
Fecha publicación: 14/09/2007
Fecha emisión: 06/09/2007
Documento: 10492-2007.doc
Institución: FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACION CAFETALERA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: APROBACION DE REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDITORIAS INTERNAS


PAGE 2 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 07913 16 de julio de 2007 DAGJ-0828-2007 Señor Lic. Gonzalo Bonatti G. Auditor Interno FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACIÓN CAFETALERA Estimada Señor: Asunto: Aprobación de prórroga al plazo para presentar ante esta Contraloría General el Reglamento de Organización y Función de Auditoría Interna. Nos referimos a su oficio N° AI-033-2007, de fecha 03 de julio de 2007, mediante el cual solicita plazo adicional para la presentación del reglamento de organización y funcionamiento de la auditoría que usted dirige. Básicamente aduce que su atraso se debe a procedimientos normales y necesarios entre la auditoría y la Junta Directiva, todo lo cual desembocó – finalmente – en el oficio N° AI-32-2007, con fecha del 03 de julio de 2007, mediante el cual se procedió a reenviar el reglamento, que incluía todas las observaciones y cambios propuestos, a la Junta Directiva para su respectiva aprobación Valorados que fueron todos lo argumentos y hechos presentados ante esta Contraloría General, se otorga, a modo de excepción, única prórroga por espacio de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se reciba la presente comunicación. De la forma expuesta dejamos evacuada su consulta. Atentamente, Lic. Allan Ugalde Rojas Gerente Asociado Lic. Gabriel Rodríguez Arias Fiscalizador Asociado GRA/Rbr NI: 13707 C: Archivo Central G: 2007003265-1 ] ...
Fecha publicación: 23/07/2007
Fecha emisión: 16/07/2007
Documento: 07913-2007.doc
Institución: FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACION CAFETALERA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


PAGE 5 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 03918 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA. A las diez horas del diecisiete de abril de dos mil siete. Recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por el Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera (FONECAFE) contra el oficio de la Contraloría General de la República No. 01874 (DAGJ-0193-2007) de 23 de febrero de 2007. RESULTANDO I.- Mediante oficio Nº J.D.027-2006 de 11 de octubre de 2006, FONECAFE solicita dictamen del artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en relación con el procedimiento administrativo incoado contra el Auditor Interno. II.- Mediante oficio No. 01874 (DAGJ-0193-2007) de 23 de febrero de 2007, la Contraloría General de la República resuelve no emitir el dictamen favorable, por considerar que el procedimiento administrativo adolecía de vicios graves que provocan su nulidad absoluta. III.- Mediante escrito de 6 de marzo de 2007, la Junta Directiva de FONECAFE presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra el oficio No. 01874 y nulidad de su notificación. CONSIDERANDO I.- Sobre la notificación del oficio No. 01874 de 23 de febrero de 2007 Revisados los antecedentes del caso, lleva razón el recurrente al señalar que la notificación del oficio de referencia no indica los recursos que proceden en su contra, el órgano que los resolverá, ante quien se deben interponer y el plazo para interponerlos, todo lo cual constituye parte de la información que debe contener el acto de notificación, de conformidad con el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública. Dado lo anterior, al existir un vicio de nulidad relativa de la comunicación del oficio, se tiene por realizada la notificación el 5 de marzo del año en curso, fecha en la cual FONECAFE presenta el recurso de revocatoria con apelación en subsidio, dándose por enterado del oficio en cuestión y de los recursos que caben en s ...
Fecha publicación: 26/04/2007
Fecha emisión: 17/04/2007
Documento: 03918-2007.doc
Institución: FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACION CAFETALERA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


PAGE 5 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 01923 26 de febrero de 2007 DAGJ-0198-2007 Licenciada Giselle Chacón Araya Secretaria Junta Directiva COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Solicitud de criterio sobre la posibilidad de que ante una ausencia del Auditor Interno, el Fiscal de la Junta Directiva, o bien, el Jefe del Departamento de Fiscalía, pudiera proceder a la labor de la legalización de los Libros de Actas de la Junta Directiva. Con el ruego de que se haga del conocimiento del Concejo Municipal, damos respuesta a su oficio número CCP-UAR 154-2007 de 05 de febrero de 2007, remitido a esta Contraloría General el 08 de febrero siguiente, mediante el cual solicita el criterio de éste órgano de control y fiscalización de la Hacienda Pública en relación la posibilidad de que ante una ausencia del Auditor Interno, el Fiscal de la Junta Directiva, o bien, el Jefe del Departamento de Fiscalía, pudiera proceder a la labor de la legalización de los Libros de Actas de la Junta Directiva. Criterio del despacho: Primeramente, no está de más recordar que según el artículo 10 de la Ley General de Control Interno, los jerarcas y los titulares subordinados de cada ente u órgano serán responsables de establecer, mantener y perfeccionar sus sistemas de control. Así mismo, el artículo 20 de la Ley General de Control Interno dispone la obligación para la Institución de contar con un Auditor Interno, pues resulta de primordial importancia el interés institucional de contar con un funcionario encargado de fiscalizar la gestión de la administración. Aunado a lo anterior, se debe tener presente lo que señala el Manual de normas generales de control interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización, en el Capítulo II. Normas generales relativas al ambiente de control, inciso 2.1, que indica: “2.1 Ambiente propicio para el control. L ...
Fecha publicación: 03/03/2007
Fecha emisión: 26/02/2007
Documento: 01923-2007.doc
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Tesauro: Deberes del Jerarca y los Titulares Subordinados en Materia de Control Interno, Sistema de Control Interno , Legalizacion Libros de Actas


DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 01874 23 de febrero de 2007 DAGJ-0193-2007 Ingeniero Ramón Ulate Montero Presidente Junta Directiva FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACIÓN CAFETALERA Estimado señor: Asunto: solicitud de dictamen del artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en relación con el procedimiento administrativo incoado contra el Auditor Interno del Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera. Procedemos a dar respuesta a su oficio Nº J.D.027-2006 de 11 de octubre de 2006, mediante el cual solicita dictamen del artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en relación con el procedimiento administrativo incoado contra el Auditor Interno del Fondo Nacional de Estabilización Cafetalera (en adelante FONECAFE). I.- Antecedentes procedimentales. 1) Que en sesión extraordinaria No. 433 de 24 de agosto de 2005, la Junta Directiva de FONECAFE ordenó la apertura de un procedimiento administrativo contra el señor Gonzalo Bonatti González, Auditor Interno y nombró como órgano director al señor Robert Lang Alvarado. (Ver folios 122 y 123 del expediente administrativo) 2) Que en sesión No. 440 celebrada el 2 de noviembre de 2005, Artículo No. I, Acuerdo No. 1 se dispone: “Conocido el informe presentado por el Órgano Director del Procedimiento Ordinario J.D.01-05 sobre precisión, rectificación y ampliación de cargos, se aprueba el mismo como sigue...”. (Ver folios 241 y 242 del expediente administrativo) 3) Que mediante oficio No. 04856 (DAGJ-0631-2006) de 5 de abril de 2006, la División de Asesoría y Gestión emitió dictamen negativo del artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en relación con el procedimiento administrativo ordenado por la Junta Directiva de FONECAFE en la sesión extraordinaria No. 433 de 24 de agosto de 2005. (Ver foli ...
Fecha publicación: 01/03/2007
Fecha emisión: 23/02/2007
Documento: 01874-2007.pdf
Institución: FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACION CAFETALERA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: INFORME, OFICIO O DICTAMEN SOBRE SUSPENCIÓN O DESTITUCIÓN DEL AUDITOR O SUBAUDITOR (ART. 15 LOCGR)
Proceso: EMISION DE DICTAMEN O RESOLUCION PARA LA SUSPENSION O DESTITUCION DEL AUDITOR O SUBAUDITOR


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Económicos para el Desarrollo 2 División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Económicos para el Desarrollo FOE-ED-0000 2 09 de enero, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 0044 09 de enero, 2007 DFOE-ED-0002 D.B.A Luis Ramírez Alfaro Director Ejecutivo FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACIÓN CAFETALERA Estimado señor: Asunto: Consulta sobre si procede o no aplicar asientos de reclasificación de las cuentas en cobro judicial de cosechas pasadas de dudosa recuperación. Se da respuesta a su nota No. D.E. 324-2006, de noviembre del año recién pasado, mediante la cual por mandato de la Junta directiva de ese Fondo, solicita el criterio de este órgano contralor sobre si procede o no aplicar asientos de reclasificación de las cuentas en cobro judicial de cosechas pasadas de dudosa recuperación. También se adiciona a su misiva el criterio de la Auditoría Interna de esa Institución y se agrega que sobre la procedencia de dicha reclasificación existe divergencia de criterio entre la Auditoría Externa y la Auditoría Interna de la Institución, razón por la cual ese órgano colegiado requiere criterio de esta Contraloría a fin de resolver según proceda. En razón de que la naturaleza del tema en divergencia es de carácter eminentemente contable y que el ente rector en esa materia es la Contabilidad Nacional del Ministerio de Hacienda, se insta a esa Junta Directiva dirigir consulta a ese órgano rector aportando mayor detalle de las cuentas en cuestión, a fin de que conforme a la asesoría respectiva se proceda según corresponda. Atentamente, Lic. Luis Fernando Campos Montes, MBA Licda. Cynthia Morales Herra, MBA Gerente de Área Fiscalizadora Abogada LFCM/MCA/CMH/hbh ci Lic. Luis Segura Amador, Contador Nacional Licda. Anacedín Vargas Rojas, Auditora Interna de FONECAFE A ...
Fecha publicación: 14/01/2007
Fecha emisión: 10/01/2007
Institución: FONDO NACIONAL DE ESTABILIZACION CAFETALERA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA