INFORME No. DFOE-ED-90-2007
21 DE DICIEMBRE, 2007
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS ECONÓMICOS PARA EL DESARROLLO
INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO DEL PRESUPUESTO ORDINARIO PARA EL AÑO 2008,
DEL CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
2007
CONTENIDO
Página No.
11.
INTRODUCCIÓN.
11.1.
ORIGEN DEL ESTUDIO.
11.2.
ALCANCE DEL ESTUDIO.
21.3.
CONSIDERACIONES GENERALES ACERCA DEL ESTUDIO.
22.
RESULTADOS.
22.1.
PRESUPUESTO ORDINARIO.
22.1.1.
APROBACIONES.
62.1.2.
IMPROBACIONES.
72.1.3.
OTROS ASUNTOS ANALIZADOS.
83.
CONCLUSIONES.
84.
DISPOSICIONES.
84.1.
A LA JUNTA DIRECTIVA DEL CNP.
INFORME No. DFOE-ED-90-2007
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS ECONÓMICOS PARA EL DESARROLLO
INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO DEL PRESUPUESTO ORDINARIO PARA EL AÑO 2008,
DEL CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
1.
INTRODUCCIÓN.
1.1.
ORIGEN DEL ESTUDIO.
Con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 175 y 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas, se analizó el presupuesto ordinario y la correspondiente estructura básica del plan operativo institucional para el ejercicio económico de 2008, presentados por el Consejo Nacional de Producción.
1.2.
ALCANCE DEL ESTUDIO.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes documentos: el presupuesto ordinario y la estructura básica del plan operativo institucional , que fueron aprobados por la Junta Directiva del Consejo Nacional de Producción, según consta en el acta de la sesión ordinaria No. 2689, celebrada el 19 de setiembre de 2007, y que fueran remitidos con el oficio No. P.E. 538-2007 de 18 de diciembre de 2007; así como la información complementaria aportada como apoyo de tales documentos y que fuera aportada mediante el folleto denominado “Información complementaria”.
...
Fecha publicación: 24/12/2007
Fecha emisión: 21/12/2007
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 13841
21 de noviembre de 2007
DAGJ-1477-2007
Ingeniero
Franklin Juárez Morales
Gerencia General
Consejo Nacional de la Producción (CNP)
Estimado Señor:
Asunto: Sobre solicitud de autorización para variar el artículo 3 del “Reglamento para el pago de kilometraje a funcionarios del Consejo Nacional de Producción cuyo vehículo se usa en funciones propias del cargo”
Nos referimos a su oficio del 21 de agosto de 2007, N° GG #719-2007, mediante el cual solicita autorización para modificar el artículo 3 del “Reglamento para el pago de kilometraje a funcionarios del Consejo Nacional de Producción cuyo vehículo se usa en funciones propias del cargo”.
Actualmente dicho artículo 3 establece que:
“La posibilidad de arrendar su vehículo y percibir remuneración por pago de kilometraje está vedado a los miembros de Junta Directiva, al Presidente Ejecutivo, al Gerente General, al Subgerente General, al Auditor General y al Subauditor General”
En su lugar se propone la siguiente redacción:
“Autorícese el pago de kilometraje a los miembros de Junta Directiva que no sean funcionarios públicos, siempre y cuando se demuestre fehacientemente que el recorrido correspondiente sea para asistir a funciones propias de su cargo de Directivos de la Institución, pero distintas a las de la celebración de las sesiones de este cuerpo colegiado. Para tales efectos se ajustarán a todas las disposiciones y obligaciones que mediante el presente Reglamento se establecen para los empleados”
Como parte del fundamento de la modificación se recuerda que el CNP cuenta dentro de su estructura administrativa, con el órgano colegiado de mayor jerarquía que es su Junta Directiva, la cual se encuentra compuesta, según el artículo 15 de su Ley Orgánica, N° 2035, por cinco miembros del sector público y cinco del sector privado. Dicha junta directiva cuenta dentro de sus competencias, además de asistir a ...
Fecha publicación: 29/11/2007
Fecha emisión: 21/11/2007
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: APROBACION DE REGLAMENTO DE KILOMETRAJE
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13366
12 de noviembre, 2007
DCA-3809
Ingeniero
Franklin Juárez Morales
Gerente General
Consejo Nacional de Producción
San José, de Almacenes Yamuni en avenida 10, 125 metros sur
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin aprobación por no requerirla, el Convenio suscrito entre el Consejo Nacional de Producción y la Junta Nacional de Ferias del Agricultor, para el préstamo de un vehículo.
Nos referimos a su Oficio GG #886-07, mediante el cual requiere la aprobación del Convenio de Préstamo de bien mueble descrito, firmado entre el Consejo Nacional de Producción y la Junta Nacional de Ferias del Agricultor.
Realizado el análisis de rigor, devolvemos sin trámite el presente Convenio por no requerirlo, con fundamento en lo siguiente:
El 27 de julio del presente año, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, la resolución R-CO-29-2007, de las 8:00 horas del 18 de julio de 2007, emitido por la Contralora General, que resuelve, en el punto I inciso 3, lo siguiente:
“I. Eximir del trámite de refrendo, de conformidad con el inciso l) del artículo 3° del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, emitido mediante Resolución de este Despacho N° R-CO-33-2006 publicada en La Gaceta N° 53 del miércoles 15 de marzo de 2006, las siguientes categorías de contratos o convenios:
(...) 3. Los convenios que tengan por objeto transferencias de la Administración a sujetos privados, ya sea originadas en un porcentaje o monto fijado por el legislador o dispuestas discrecionalmente por la Administración con fundamento en norma legal habilitante. Tampoco requerirán refrendo los simples convenios de cooperación o colaboración celebrados por entes, empresas y órganos públicos con sujetos privados, cuyo objeto no suponga para la Administración el aprovisionamiento de bienes y servicios que debe realizarse mediante la actividad contractual administrativa regulad ...
Fecha publicación: 17/11/2007
Fecha emisión: 09/11/2007
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12853
30 de octubre de 2007
DAGJ-1340-2007
Licenciada
Maribel Cubillo Flores
Directora Ejecutiva
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
Estimada señora:
Asunto:
Solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno.
Nos referimos a su oficio Nº CCP-DE-416-2007, del 12 de octubre de 2007, recibido en este órgano contralor el 16 de octubre siguiente, mediante el cual solicita, en virtud del acuerdo de Junta Directiva No. 603-2007 de la Sesión Ordinaria Nº 022-2007, la autorización para que el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica pueda nombrar interinamente a un Auditor Interno por un período de seis meses, mientras se aclara si se debe o no contar con un reglamento para el nombramiento indefinido.
Sobre el particular, nos permitimos indicarle que el punto 4.1 de los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor interno, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos (L-1-2006-CO-DAGJ)”, publicado en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre de 2006, establece los requisitos que debe contener la solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno. Dispone en lo conducente dicho numeral:
“4.1 Requisitos de la solicitud de autorización de nombramientos interinos.
El documento mediante el cual se formula ante la Contraloría General de la República la solicitud de autorización de nombramiento interino de auditor o subauditor interno, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) El oficio de solicitud deberá dirigirse al titular de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República.
b) La solicitud deberá estar debidamente motivada, sustentada en la actuación de la Administración y suscrita por el jerarca de la respectiva institución. En caso de que se trate de un órgano colegiado, deberá estar firmada por el funcionario que ostente ...
Fecha publicación: 05/11/2007
Fecha emisión: 30/10/2007
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE NOMBRAMIENTO INTERINO DEL AUDITOR O SUBAUDITOR INTENO
Proceso: AUTORIZACION DE NOMBRAMIENTO INTERINO DE AUDITOR O SUBAUDITOR
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DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12742
26 de octubre, 2007
DCA-3613
Señor
Guido Vega Molina
Presidente Ejecutivo
Consejo Nacional de Producción
Avenida 10, de Almacenes Yamuni 125 metros sur
San José
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin el refrendo por no requerirlo, el borrador de escritura de donación de inmueble a la Junta de Educación de la Escuela Estadio de Aguirre, Patronato Nacional de la Infancia, Instituto Nacional de Acueductos y alcantarillados, Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica, Tribunal Supremo de Elecciones, Instituto Mixto de Ayuda Social, Cruz Roja Costarricense, Poder Judicial, Caja Costarricense del Seguro Social y Municipalidad de Aguirre, Ley 8502.
Nos referimos a su oficio número PE-411-07 del 3 de octubre de este año, mediante el cual nos remite para su estudio y eventual aprobación el borrador de escritura de donación de inmueble a la Junta de Educación de la Escuela Estadio de Aguirre, Patronato Nacional de la Infancia, Instituto Nacional de Acueductos y alcantarillados, Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica, Tribunal Supremo de Elecciones, Instituto Mixto de Ayuda Social, Cruz Roja Costarricense, Poder Judicial, Caja Costarricense del Seguro Social y Municipalidad de Aguirre, Ley 8502.
Sobre el particular, conviene señalar lo siguiente:
Antecedentes Normativos
1) Como efectivamente conocemos, las donaciones de bienes inmuebles de conformidad con el artículo 1397 del Código Civil deben hacerse en escritura pública y faltando ese requisito serán absolutamente nulas.
2) Que en el Artículo 8 numeral 2 del Reglamento de refrendos vigente se establece que “Únicamente requerirán formalizarse en escritura pública los negocios jurídicos que tengan impuesto este requisito por ley, en cuyo caso, de previo a la firma de dicha escritura deberá remitirse a refrendo contralor el borrador certificado del documento que se suscribirá. La certificación anterior deberá ser emiti ...
Fecha publicación: 02/11/2007
Fecha emisión: 26/10/2007
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
FOE-ED-1021 2
4 de octubre, 2007
Al contestar refiérase
al oficio No. 11711
4 de octubre, 2007
FOE-ED-1021
Licenciada
Grace Morelli Vásquez
Secretaria General de Junta Directiva
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (CNP)
Estimado señora:
Asunto:
Aprobación parcial del Presupuesto Extraordinario No. 4-2007 del Consejo Nacional de Producción.
Para que lo haga de conocimiento de los miembros de la Junta Directiva, y se emitan las instrucciones pertinentes a las unidades correspondientes, con la aprobación parcial de la Contraloría General de la República, se remite el Presupuesto Extraordinario No. 04-2007 del Consejo Nacional de Producción (CNP). Este documento ingresó a este Órgano Contralor el 24 de setiembre de 2007 y se complementó con información aportada mediante oficio No. SUB-GG # 466-2007 del 14 del mismo mes y año.
Al respecto se comunica lo siguiente:
1. Se aprueba, entre otros, la transferencia proveniente del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), por un monto de ¢578.581,3 miles y su aplicación en el Programa de Reconversión Productiva, de conformidad con lo autorizado por esta Contraloría General en el presupuesto extraordinario No. 1-2007 de ese Fondo y lo señalado por la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares mediante el oficio No. DG No. 263-2007 de fecha 21 de mayo de 2007.
En cuanto a la aplicación de estos recursos es necesario aclarar que resulta presupuestariamente innecesario, por la duplicidad que eso representa, que entre el CNP y el Fideicomiso se apliquen reintegros de recursos destinados a financiar la operación de la Oficina Agrocomercial de Miami, considerando que esa Institución está faculta ...
Fecha publicación: 07/10/2007
Fecha emisión: 04/10/2007
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios económicos para el desarrollo
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
FOE-ED-0804 2
9 de agosto, 2007
Al contestar refiérase
al oficio No. 09050
9 de agosto, 2007
FOE-ED-0804
Licenciada
Grace Morelli Vásquez
Secretaria General de Junta Directiva
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (CNP)
Estimada señora:
Asunto:
Aprobación del Presupuesto Extraordinario No. 3-2007 del Consejo Nacional de Producción.
Para que lo haga de conocimiento de los miembros de la Junta Directiva, y se emitan las instrucciones pertinentes a las unidades correspondientes, se remite el Presupuesto Extraordinario No. 03-2007 del Consejo Nacional de Producción (CNP), con la aprobación de la Contraloría General de la República.
Al respecto se comunica lo siguiente:
1.
Se aprueba la incorporación de los recursos del superávit (libre) con fundamento en la certificación remitida con el oficio No. DIRAF-556-2007 de 6 de agosto del presente año, emitida por el Lic. Alvaro Aguilar Sobalbarro, Director Administrativo Financiero de ese Consejo.
Sobre el particular y dado que plantea una sustitución de los ingresos previamente aprobados como superávit específico por esta Contraloría General en el presupuesto extraordinario No. 2-2007 de ese Consejo, se advierte, en caso de que con esos recursos se pretenda financiar gastos corrientes, que debe observarse lo indicado en el inciso a) del oficio No. 3827 de 13 de abril de 2007 (nota de remisión del presupuesto extraordinario No. 2-2007).
2.
Se aclara que es de exclusiva responsabilidad de la Administración de ese Consejo que los ingresos y gastos objeto de rebajo en el presente documento presupuestario correspondan efectivamente a la ejecución real del presupuesto de la Fábrica Nacional de Licores del período comprendido entre el 1 ...
Fecha publicación: 13/08/2007
Fecha emisión: 09/08/2007
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República
FOE-SAF-0261 (7259)
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5 de julio, 2007
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 7259
5 de julio, 2007
FOE-SAF-0261
Licenciada
María Gamboa Godínez
Subauditora General
Consejo Nacional de Producción
Estimada señora:
Asunto:
Consulta sobre la legalidad de una dación de pago con dos propiedades del Consejo Nacional de Producción para cancelar impuestos, según el artículo 6 de la LAFRPP.
Nos referimos a su oficio Nro AG-053-07 del 24 de abril de 2007, en el cual indica que la Fábrica Nacional de Licores (FANAL), por medio del precio de venta, recaudó el impuesto de licores establecido en la Ley Nro. 7972, sin embargo, no pagó el impuesto sobre la venta de licores realizada en los meses de junio, julio y agosto de 2006, porque el Consejo Nacional de Producción (CNP) no le giró los recursos para cubrir sus gastos de operación al ser utilizados para pagar gastos operativos del CNP (salarios, materiales y otros). Ante esta deuda, el Ministerio de Hacienda aceptó que el CNP pagara la deuda con dos de sus propiedades (dación en pago).
De la anterior exposición de hechos, consulta si con ese procedimiento se estaría o no contraviniendo el artículo 6 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos: “ARTÍCULO 6.- Financiamiento de gastos corrientes. Para los efectos de una adecuada gestión financiera, no podrán financiarse gastos corrientes con ingresos de capital.” Agrega, que de contravenirse ese artículo, se presenta la figura del fraude de ley prevista en el artículo 5 de la ley contra el enriquecimiento ilícito en la función pública: “Artículo 5º—Fraude de ley. La función administrativa ejercida por el Estado y los demás entes públicos, así como la conducta de sujetos de ...
Fecha publicación: 09/07/2007
Fecha emisión: 05/07/2007
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS
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MBA. Rosa M. Murillo Vásquez 18 de junio, 2007
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06315
18 de junio, 2007
DCA-2018
Máster
Rosa M. Murillo Vásquez
Subgerente General
Consejo Nacional de Producción
San José, de Yamuni 150 mts. al sur
Estimada señora:
Asunto: No se refrenda el convenio suscrito entre el Consejo Nacional de Producción (CNP) y la Unión de Productores Independientes y Actividades Varias (UPIAV), para un préstamo a UPIAV de una computadora portátil, por considerar este Despacho que no es un asunto de nuestra competencia.
Nos referimos a su oficio SUB-GG-232-2007 de fecha 14 de mayo de 2007, complementado a solicitud nuestra por oficio SUB-GG-N°287-2007 de 7 de junio del presente, mediante el cual solicita el refrendo para el “Convenio de préstamo de bienes entre el Consejo Nacional de Producción y la Unión de Productores Independientes y Actividades Varias (UPIAV); teniendo dicho convenio como objeto específico el préstamo a UPIAV de una computadora portátil placa PRP fid 520-CNP-BNCR 176, Marca Kaypro modelo 1848, Serie 2051011954. El acuerdo que autoriza este préstamo fue tomado por la Junta Directiva en la Sesión Ordinaria 2660 artículo 6° celebrada el 06-12-2006.
Se entiende y así se estipula en el documento contractual que éste es un convenio de préstamo del bien antes descrito, a título gratuito, con las consecuencias intrínsecas de este tipo de convenio, las cuales han sido correctamente delimitadas en el convenio de marras. El fundamento jurídico, así expuesto por la Dirección Jurídica de dicho Consejo, -oficio DAJ AAD 190-07- radica en la disposición del artículo 4, párrafo tercero, de la Ley Orgánica del Consejo y en el artículo 161, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Además, aducen que este convenio se enmarca dentro del Proyecto de Reconversión Productiva denominado “Producción y comercializació ...
Fecha publicación: 23/06/2007
Fecha emisión: 18/06/2007
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios económicos para el desarrollo
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
FOE-ED-0300
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18 de abril, 2007
Al contestar refiérase
al oficio No. 03898
18 de abril, 2007
FOE-ED-0300
Licenciada
Grace Morelli Vásquez
Secretaria General de Junta Directiva
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (CNP)
Estimado señora:
Asunto:
Aprobación parcial del Presupuesto Extraordinario No. 1-2007 del Consejo Nacional de Producción por un monto de ¢ 119.952,1 miles.
Con la aprobación parcial de la Contraloría General de la República, se remite el Presupuesto Extraordinario No. 01-2007 del Consejo Nacional de Producción (CNP) por un monto de ¢119.952,1 miles.
Al respecto se comunica que se imprueba el contenido presupuestario de la partida “Bienes duraderos” por la suma de ¢ 25.000,0 miles para la adquisición de un vehículo tipo rural 4x4, considerando los siguientes aspectos:
a) Las justificaciones remitidas por objeto del gasto son sumamente escuetas considerando que el monto presupuestado para la adquisición de un solo vehículo es elevado. Las justificaciones aportadas además omiten información importante para la aprobación de un egreso como el propuesto, como son las cotizaciones de los centros de venta que respalden la suma presupuestada, las caracterísiticas generales del vehículo y las razones técnicas para que en vez de adquirir otras unidades más económicas se opte por una unidad tan costosa.
b) Algunos aspectos indicados en el informe No. DFOE-ED-58-2006 que coyunturalmente hacen dudar de la oportunidad y conveniencia del egreso pretendido y que no fueron tratados en las justificaciones enviadas con el documento presupuestario. Algunos de esos aspectos son la difícil situación financiera que atraviesa ese Consejo, la iniciativa de reestructuración integral del Sector Agropecuario y el proceso de reestructuración institucional aprobado por la ...
Fecha publicación: 21/04/2007
Fecha emisión: 18/04/2007
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO