DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 06028
24 de junio de 2010
DJ-2514
Doctora
Erika Hernández Sandoval
Presidenta
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Estimada señora:
Asunto: Se responde consulta sobre pagos por prestación de servicios como profesor al
licenciado Jerry Campos Monge, hermano del vicepresidente de la Junta Directiva del Colegio.
Nos referimos a su oficio PCA-069-2010 del 1 de junio de 2010, en el que consulta sobre la
procedencia de pagos pendientes por prestación de servicios como profesor al licenciado Jerry
Campos Monge.
I. Motivo de la consulta
Informa que el 8 de abril de 2010 esta Contraloría General levantó la prohibición del señor
Campos Monge para contratar con el Colegio, pues él es hermano del vicepresidente de la Junta
Directiva del Colegio. Además se encuentra pendiente el pago de viáticos y un curso impartido entre
enero y febrero de este año.
Entonces consulta si el pago pendiente es procedente, siendo que la prestación de servicios es
anterior al levantamiento de la prohibición.
II. Antecedentes
Conforme la resolución del levantamiento de prohibición LEV-PROV-06-2010 de las catorce
horas del ocho de abril de dos mil diez, el licenciado Jerry Campos Monge, portador del carné de
colegiado 10923, cédula 1-848-702, ha impartido cursos de Ética Profesional en modalidad ordinaria e
intensiva, con duración de 30 horas presenciales, impartiendo un total de 424 horas desde el año 2005
hasta el 2010.
Por otra parte la prohibición para contratar el Colegio se genera cuando su hermano es
designado Vicepresidente la Junta Directiva del Colegio de Abogados desde diciembre de 2009.
III. Sobre el fondo
De previo a referirnos al fondo del asunto, resulta necesario señalar que en la atención de
consultas de la Administración Pública, la circular CO-529 “Circular sobre la atención de consultas
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dirigidas a la Contraloría General ...
Fecha publicación: 27/06/2010
Fecha emisión: 24/06/2010
Institución: COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05993
23 de junio, 2010
DJ-2497-2010
Dra. Erika Hernández Sandoval
Presidenta
COLEGIO DE ABOGADOS
Estimada señora:
Asunto: Se acoge desistimiento sobre la consulta formulada por el Colegio de Abogados sobre el
pago de tiquete aéreo en clase business a un funcionario del Gobierno español.
Nos referimos a la nota del 16 de junio de 2010 mediante la cual se desiste de la consulta formulada
en nota del 3 de junio de 2010, sobre el pago de un tiquete en clase business a un alto funcionario del
gobierno español, por considerarse “innecesario al día de hoy contar con la información consultada”.
Sobre el particular, se acoge el desistimiento formal y expreso de la consulta de referencia formulada
por el Colegio de Abogados y se procede de inmediato a su archivo sin trámite alguno.
Atentamente,
Lic. German Brenes Roselló Licda. Silvia María Chanto Castro
Gerente División Fiscalizadora
SCHC/mgs
C: Área de Secretaría Técnica
Archivo Central
Ni: 10932-2010
G: 2010001551-1
] ...
Fecha publicación: 26/06/2010
Fecha emisión: 23/06/2010
Institución: COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05616
14 de junio, 2010
DJ-2328
Doctora
Éricka Hernández Sandoval
Presidenta, Junta Directiva
Colegio de Abogados
Estimada señora:
Asunto: Se emite consulta relacionada con prohibición legal para contratar de miembros de
Junta Directiva del Colegio de Abogados, así como de hermano de otro miembro de dicha
Junta.
Nos referimos a su oficio No. PCA-038-2010 mediante el cual requiere se le indique la disposición
legal y el procedimiento que permita el levantamiento de prohibición para miembros de la Junta
Directiva del Colegio de Abogados, que han impartido cursos de actualización jurídica, así como la
prohibición que tiene un hermano de otro miembro de dicha Junta.
A su consulta se adjunta el criterio de la Asesoría Jurídica, el cual fue complementado por oficio
No. DE-C-179-2010.
1. Antecedentes y justificación de su consulta
En su solicitud señala que con ocasión del nombramiento de la nueva Junta Directiva del Colegio de
Abogados, a partir del 6 de enero de 2010, se integraron 3 nuevos miembros quienes desde años
anteriores venían impartiendo, como profesores, cursos de actualización jurídica. Los pagos se
hicieron bajo la modalidad de honorarios profesionales con presentación de factura.
Agrega que además se tiene el caso de un hermano de otro nuevo miembro que también venía
dando cursos desde años atrás.
Ante esta situación requiere conocer la norma y el procedimiento que permita el levantamiento de
la prohibición, para así poder contratar a los directivos Rónald Segura, Juan Carlos Granados
Vargas, y Jeannette Arias Meza, así como al señor Jerry Campos Monge, hermano de uno de los
miembros de la Junta Directiva.
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La Asesoría Jurídica del Colegio de Abogados brinda su criterio, y concluye que con base en la
normativa dispuesta por el ordenamiento jurídico, a los miembros de la Junta Directiva no les
resulta po ...
Fecha publicación: 14/06/2010
Fecha emisión: 11/06/2010
Institución: COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Tesauro: Verificación del régimen de prohibiciones, Levantamiento de la prohibición, Trámite para el levantamiento
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12213
18 de noviembre de 2008
DAGJ-1537-2008
Licenciado
Gilberto Corella Quesada
Presidente
COLEGIO DE ABOGADOS
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre régimen de empleo aplicable al Auditor Interno del Colegio de Abogados.
Nos referimos a su oficio número PCA-122-2008 de fecha 16 de setiembre de 2008, en el cual requiere el criterio de esta Contraloría General acerca de la situación laboral del Auditor Interno del Colegio de Abogados, exponiendo algunos antecedentes históricos sobre el proceso de nombramiento de dicho funcionario y los rubros salariales que se le han aplicado, en donde subsiste una confusión acerca de qué normas de derecho público o privado le son aplicables a esa relación de empleo.
Por lo tanto, plantea las siguientes cinco consultas:
“1. ¿Se debe contemplar la figura del auditor del Colegio de Abogados, como la de un funcionario público?
2. ¿Le es aplicable la Ley General de Control Interno, así como la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito?
3. ¿El sistema de remuneración debe ser conforme a los parámetros del sector privado o del sector público?
4. ¿Qué tipo de aumentos debe reconocérsele: sean los del sector privado o del sector público?
5. ¿Se debe efectuar un concurso público, para enmendar la contratación en el cargo de auditor interno, conforme lo establece el artículo 31 de la Ley General de Control Interno, para estar apegados a la Ley? Si es de esta forma, cómo tendría que realizarse?”
· Criterio del Despacho
Antes de responder a cada una de las preguntas que se formulan en su consulta, estima este Despacho conveniente realizar un recuento de las normas del ordenamiento de control y fiscalización superior de la Hacienda Pública –artículo 10 de la Ley Orgánica No.7428- que rigen a los entes públicos no estatales, naturaleza jurídica que le es inherente, por ejemplo, a los Colegios Profesionales (véase entre otros, el dictamen C-09 ...
Fecha publicación: 20/11/2008
Fecha emisión: 14/11/2008
Institución: COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Concepto y Competencias de la Auditoria Interna , Nombramiento de Auditor y Subauditor Interno , Sistema de Control Interno , Entes Publicos no Estatales, Contribuciones Parafiscales , Empleo Publico, Declaracion Jurada