DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02278
9 de marzo de 2010
DJ-0906
Licenciado
Daniel Mora Mora
Gerente
COOPEBANPO
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza solicitud de criterio planteada por COOPEBANPO, relacionada con la
posibilidad de que funcionarios de la auditoría interna del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal integren comités de esa cooperativa.
Damos respuesta a su oficio N° PE-GG-3511-10, recibido en esta Contraloría General el
pasado 22 de febrero del presente año.
En el documento de cita, consulta si los asociados a esa cooperativa que son a su vez
funcionarios de la Auditoría Interna del Banco Popular tienen alguna restricción para formar parte de
los comités de dicha organización.
Al respecto, tenemos que señalar que de acuerdo con la circular de esta Contraloría General Nº
CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, en el ejercicio de su función consultiva
este órgano contralor atiende las consultas a que se refiere el artículo 29 de la Ley Orgánica Nº 7428
del 7 de setiembre de 1994, “siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales
y legales y no traten sobre situaciones concretas que deba resolver la institución solicitante.”
Adicionalmente, es preciso señalar que este órgano contralor atiende, a través de su función
consultiva, gestiones provenientes de instituciones que formen parte de la Administración Pública.
En la especie, el tema de consulta no se ajusta a las regulaciones de dicha función, además de
que en nuestro criterio el tema de fondo debe ser resuelto internamente en esa organización a través de
la asesoría legal que pueda procurarse o en su caso, a través de una consulta ante la propia
Administración involucrada.
Atentamente,
Lic. German Brenes Roselló Licda. Ana Marcela Palma Segura
Gerente de División Fiscalizadora
AMPS/Rbr
Ni: 3780
Ci: Archivo Cent ...
Fecha publicación: 15/03/2010
Fecha emisión: 09/03/2010
Institución: COOPEBANPO RESPONSABILIDAD LIMITADA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO