DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10165
20 de octubre, 2010
DJ-03852-2010
MBA Gustavo Fallas Jiménez
Director Ejecutivo
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS
DE COSTA RICA
Apartado Postal 4368-1000 San José
Fax 2240-2467
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de apertura de dos libros de Actas de Junta Directiva.
Damos respuesta a su oficio Nº CCP-DE-390-2010 de 8 de octubre de 2010, recibido en
esta Contraloría General el mismo día, mediante el cual solicita la autorización de apertura de dos
libros de Actas de Junta Directiva numerados, el primero, del folio 7001 al 7501 y, el segundo, del
folio 7502 al 8000, gestión que se presenta al tenor de lo dispuesto en la Resolución Nº R-DC-62-
2009, del 8 de octubre de 2009 y el artículo 37, inciso 5) de la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República.
I. Criterio del Despacho
Como asunto de primer orden, debemos señalar que con la entrada en vigencia de la Ley N°
8292 -Ley General de Control Interno-, se trasladó la labor de legalizar los libros legales de los
entes u órganos de la Administración Pública al auditor interno, según lo establece el artículo 22,
inciso e), de la referida Ley y que a la letra indica que le corresponde al auditor interno: “Autorizar
mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos
sujetos a su competencia institucional y otros que, a criterio del auditor interno, sean necesarios
para el fortalecimiento del sistema de control interno”.
Igualmente, se mantenía que de manera supletoria en los casos en que las instituciones
públicas por diversos motivos no contaren con auditoría interna esta labor la iba a realizar la
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Contraloría General de la República, según lo dispuesto en el 37, inciso 5) de la Ley Nº 7428 –Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República-; no obstante con la entrada en vigencia d ...
Fecha publicación: 23/10/2010
Fecha emisión: 20/10/2010
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEGALIZACION DE LIBROS
Proceso: LEGALIZACION DE LIBROS
Año: 2010
DIVISION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 08423
01 de setiembre, 2010
DJ-3481-2010
Señor
Gustavo Fallas Jiménez, MBA
Director Ejecutivo
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
Apartado Postal 4368-1000 San José
Fax 2240-2467
Estimado señor:
Asunto: Se atiende solicitud para que se les autorice prescindir de la plaza de auditor
interno del Colegio de Contadores Públicos.
Damos respuesta a su solicitud Nº CCP-DE-216-2009 de 13 de mayo de 2009, recibida en
esta Contraloría General el día siguiente, complementada con los oficios Nos. CCP-DE-320-2009 y
CCP-DE-433-2009 de 3 de agosto y 27 de octubre, recibidos respectivamente el 4 de agosto y el 28
de octubre del mismo año, mediante la cual solicita a este órgano contralor se le autorice de manera
singular e inmediata al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPCR), prescindir de la
plaza de auditor interno, gestión que hacen con fundamento en el artículo 20 de la Ley General de
Control Interno.
Para tales efectos, se aporta junto con la gestión un informe técnico, en el que se basa la
petición de referencia, indicándose que en el mismo se analiza y comprueba que por el nivel de
presupuesto de fondos públicos que el Colegio obtiene de la venta de timbres (¢18.000.000.00) que
se requiere fiscalizar, no amerita la existencia de una plaza a tiempo completo de auditor interno
cuyo presupuesto anual asciende a la suma de ¢15.953.700.00 más cargas sociales. Además, se
indica también que se comprueba que el tipo de actividad a la que dedica el Colegio los fondos
públicos (pago de salarios de la fiscalía) no tiene mayor nivel de riesgo que obligue al Colegio a
contar con auditoría interna adicional a la existencia de una fiscalía, creada por Ley 1038 y su
Reglamento, y con atribuciones muy concretas en materia de fiscalización de fondos públicos según
se puede evidenciar en la Ley de creación del Timbre Nº 6663 de fecha 23 de o ...
Fecha publicación: 03/09/2010
Fecha emisión: 31/08/2010
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE PROCESO DE NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR Y SUBAUDITOR INTERNO
Proceso: APROBACION DE PROCESO DE NOMBRAMIENTO DE AUDITOR O SUBAUDITOR
Año: 2010
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12853
30 de octubre de 2007
DAGJ-1340-2007
Licenciada
Maribel Cubillo Flores
Directora Ejecutiva
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
Estimada señora:
Asunto:
Solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno.
Nos referimos a su oficio Nº CCP-DE-416-2007, del 12 de octubre de 2007, recibido en este órgano contralor el 16 de octubre siguiente, mediante el cual solicita, en virtud del acuerdo de Junta Directiva No. 603-2007 de la Sesión Ordinaria Nº 022-2007, la autorización para que el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica pueda nombrar interinamente a un Auditor Interno por un período de seis meses, mientras se aclara si se debe o no contar con un reglamento para el nombramiento indefinido.
Sobre el particular, nos permitimos indicarle que el punto 4.1 de los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor interno, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos (L-1-2006-CO-DAGJ)”, publicado en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre de 2006, establece los requisitos que debe contener la solicitud de autorización para el nombramiento interino del auditor interno. Dispone en lo conducente dicho numeral:
“4.1 Requisitos de la solicitud de autorización de nombramientos interinos.
El documento mediante el cual se formula ante la Contraloría General de la República la solicitud de autorización de nombramiento interino de auditor o subauditor interno, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) El oficio de solicitud deberá dirigirse al titular de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República.
b) La solicitud deberá estar debidamente motivada, sustentada en la actuación de la Administración y suscrita por el jerarca de la respectiva institución. En caso de que se trate de un órgano colegiado, deberá estar firmada por el funcionario que ostente ...
Fecha publicación: 05/11/2007
Fecha emisión: 30/10/2007
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE NOMBRAMIENTO INTERINO DEL AUDITOR O SUBAUDITOR INTENO
Proceso: AUTORIZACION DE NOMBRAMIENTO INTERINO DE AUDITOR O SUBAUDITOR
Año: 2007
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 01923
26 de febrero de 2007
DAGJ-0198-2007
Licenciada
Giselle Chacón Araya
Secretaria Junta Directiva
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de criterio sobre la posibilidad de que ante una ausencia del Auditor Interno, el Fiscal de la Junta Directiva, o bien, el Jefe del Departamento de Fiscalía, pudiera proceder a la labor de la legalización de los Libros de Actas de la Junta Directiva.
Con el ruego de que se haga del conocimiento del Concejo Municipal, damos respuesta a su oficio número CCP-UAR 154-2007 de 05 de febrero de 2007, remitido a esta Contraloría General el 08 de febrero siguiente, mediante el cual solicita el criterio de éste órgano de control y fiscalización de la Hacienda Pública en relación la posibilidad de que ante una ausencia del Auditor Interno, el Fiscal de la Junta Directiva, o bien, el Jefe del Departamento de Fiscalía, pudiera proceder a la labor de la legalización de los Libros de Actas de la Junta Directiva.
Criterio del despacho:
Primeramente, no está de más recordar que según el artículo 10 de la Ley General de Control Interno, los jerarcas y los titulares subordinados de cada ente u órgano serán responsables de establecer, mantener y perfeccionar sus sistemas de control. Así mismo, el artículo 20 de la Ley General de Control Interno dispone la obligación para la Institución de contar con un Auditor Interno, pues resulta de primordial importancia el interés institucional de contar con un funcionario encargado de fiscalizar la gestión de la administración.
Aunado a lo anterior, se debe tener presente lo que señala el Manual de normas generales de control interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización, en el Capítulo II. Normas generales relativas al ambiente de control, inciso 2.1, que indica:
“2.1 Ambiente propicio para el control. L ...
Fecha publicación: 03/03/2007
Fecha emisión: 26/02/2007
Institución: COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONSULTAS EXTERNAS (FONDO)
Año: 2007
Tesauro: Deberes del Jerarca y los Titulares Subordinados en Materia de Control Interno, Sistema de Control Interno , Legalizacion Libros de Actas