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institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
institución:MUNICIPALIDAD DE NARANJO
 
proceso:REFRENDO DE ADDENDUM
 
año:2009
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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DIVISIÓN JURÍDICA PAGE 2 Al contestar refiérase al oficio No.09974 28 de setiembre del 2009 DJ-1300 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora Dirección de Proveeduría Ministerio de Educación Pública Estimada señora: Asunto: Se concede refrendo condicionado a la adenda suscrita entre ese Ministerio y la Compañía Galletano S.A, correspondiente al contrato de arrendamiento del inmueble conocido como Edificio Raventós, por un monto mensual de ¢83.424.500,00 (ochenta y tres millones cuatrocientos veinticuatro mil quinientos colones exactos). Nos referimos a su oficio D.P.I.-3598-2009 de fecha 27 de agosto del 2009, recibido el día 28 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo correspondiente de la adenda suscrita entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Compañía Galletano S.A., del contrato de arrendamiento de las instalaciones del Edificio Raventós, sede de algunas de las dependencias de ese Ministerio. Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, y atendidas las observaciones efectuadas en nuestro oficio DJ-0088 (07231) de fecha 6 de julio del año en curso, este Despacho concede el refrendo solicitado al documento de mérito, no sin antes efectuar los siguientes condicionamientos a los cuales se supedita aquél: 1. Queda entendido que los aumentos anuales al precio del arrendamiento, se realizarán de conformidad con lo previsto en la cláusula primera de la adenda, la cual se entiende surgida de común acuerdo según lo establecido en el artículo 69 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos vigente. 2. En punto al plazo de vigencia de la adenda (5 años), queda claro que una vez acaecido este, el vínculo jurídico entre las partes se extinguirá, por lo que de requerirse la continuidad por parte de ese Ministerio en la utilización del inmueble, deberá recurrir con la debida antelación, a los mecanismos establecidos en la legislación vigente, para establecer una nueva relación contr ...
Fecha publicación: 01/10/2009
Fecha emisión: 28/09/2009
Documento: 09974-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07231 6 de julio, 2009 DJ-0088 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora Proveeduría Institucional Ministerio de Educación Pública Estimada señora: Asunto: Se deniega el refrendo al Adenda del contrato de arrendamiento del Edifico Raventós, celebrado entre el Ministerio de Educación Pública con la Compañía Galletano S.A En atención a su Oficio N° DPI-01081-2009 de 21 de mayo del 2009, mediante el cual solicita el refrendo al Adenda del contrato de arrendamiento del Edifico Raventós, celebrado entre el Ministerio de Educación Pública con la Compañía Galletano S.A., le comunicamos lo siguiente: 1. En la cláusula tercera párrafo final se establece que en caso de finalizarse la relación contractual por causas imputables al Inquilino, antes del plazo mínimo de cinco años del contrato, éste deberá cancelarle al Arrendante los meses que hagan falta para cumplirse el plazo convenido. Sobre ese aspecto es importante señalar que tal y como ha sido pactada la cláusula, esta Contraloría General considera desproporcionada la penalidad en contra del Estado, en el evento de que se produzca la desocupación del inmueble por causas imputables a éste. Debe recordarse que el numeral 206 del reglamento a la Ley de Contratación Administrativa establece la posibilidad de que la Administración pueda rescindir su contrataciones en curso de ejecución, por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor, estableciendo disposiciones para cancelar al contratista los daños y perjuicios que la terminación del contrato le cause, todo ello fundamentado en criterios de proporcionalidad y razonabilidad en el reconocimiento pecuniario. En consecuencia esta cláusula debe modificarse de forma tal que se ajuste a la normativa de cita. 2. En la cláusula cuarta se indica que el inquilino será el único responsable por el mantenimiento y estado de conservación de los muebles, paredes divisorias, puertas ...
Fecha publicación: 09/07/2009
Fecha emisión: 06/07/2009
Documento: 07231-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


-2- DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 01022 26 de enero del 2009 DCA-0325 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora Proveeduría Institucional Ministerio de Educación Pública Calle 6, Av. Central y Segunda, Edificio Raventós, 7 piso, San José Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo al contrato y su respectivo adenda, suscritos entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Ideas Gloris S. A, contratación directa No. 2008CD-003943-57200 promovida para la contratación de servicios de “colocation” para albergar un centro de procesamiento de datos (CPD) por un monto de $1.360.000,00. Una vez efectuado el estudio de rigor, se devuelve el referido contrato y su adenda con el refrendo de esta Contraloría General, siendo responsabilidad de la Administración la oportunidad y conveniencia del objeto de esta contratación, así como su ejecución contractual. El refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por Aura Padilla Meléndez, Directora de la Dirección de Planificación Institucional en fecha 20 de enero de 2009, la cual forma parte de los antecedentes de este Despacho y cuya copia debe ser incorporada dentro del expediente de la contratación. La Administración deberá de cumplir con el compromiso manifestado en oficio MEP-DIGI.005-3009 de fecha 22 de enero de 2009, de tomar las previsiones necesarias en la planificación del presupuesto ordinario, para que se cuente con el contenido económico suficiente para el resto de años de ejecución contractual, por lo que el refrendo queda condicionado a tal hecho. Se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto sino además la aplicación de los recursos certificados en el objeto de esta contratación. Aunado a lo anterior se indica que es responsabilidad de esa Administración la valoración técnica de la oferta presentada en este concurso. Con relación al a ...
Fecha publicación: 29/01/2009
Fecha emisión: 26/01/2009
Documento: 01022-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM