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institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
tipodocumento:RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
 
institución:MUNICIPALIDAD DE NARANJO
 
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tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES 2 Al contestar refiérase al oficio Nº 01001 02 de febrero, 2004 DI-AA-0245 Licenciado Juan Manuel Barquero Vargas Proveedor Institucional Ministerio de Educación Pública Estimado señor: Asunto: Addendum para modificar cláusula de revisión del precio en contrato suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y el señor Rafael Ángel Arguedas Rodríguez. Nos referimos a su oficio No. P.I.-3599-2003 del 11 de diciembre pasado, mediante el cual somete a refrendo el addendum No. SB13670-03, al contrato de transporte de estudiantes, suscrito entre ese Ministerio y el señor Rafael Ángel Arguedas Rodríguez. Sobre el particular, le comunicamos que una vez efectuado el estudio de rigor, este Órgano Contralor, otorga el refrendo constitucional al addendum supraindicado, por cuanto la cláusula de revisión del precio incluida en dicho documento, se ajusta a los requerimientos establecidos por esta Contraloría General e incorpora las observaciones plasmadas por esta Unidad en oficio No. 10339 (DI-AA-2304) del 16 de setiembre del 2003. No obstante, dicha aprobación se otorga en el entendido que, para efectos de una correcta interpretación y aplicación de la fórmula matemática, en la definición de sus términos donde dice: “iMOv = Índice de mano de obra,...”, “iIv = Índice de los insumos,...” e “iGAv” Índice de los gastos administrativos,..., deberá entenderse como: “iMOv = Índice de mano de obra, en el momento considerado para la variación,...”, “iIv = Índice de los insumos, en el momento considerado para la variación,...” e “iGAv = Índice de los gastos administrativos, en el momento considerado para la variación,...”. Atentamente, Licda. Laura María Chinchilla Araya Fiscalizadora Anexo: Un expediente LMCA/sms ci: Archivo Central Ni: 24761 2003602235 · Contratos ] ...
Fecha publicación: 05/02/2004
Fecha emisión: 02/02/2004
Documento: 01001-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


1 2 Lic. Juan Manuel Barquero Vargas 09 de febrero, 2004 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 00902 09 de febrero, 2004 DI-AA-0226 Licenciado Juan Manuel Barquero Vargas Proveedor Institucional Ministerio de Educación Pública Estimado señor: Asunto: Se requiere el refrendo al Contrato de compra de productos de papel y cartón, suscrito entre el MEP y la empresa PAYCA Papeles y Cartones S.A. (Contratación Directa 3542-2003) Nos referimos a su oficio P.I. 3799-2003 de fecha 18 de diciembre del año recién pasado, mediante el cual solicita el refrendo al Contrato de compra de productos de papel y cartón, suscrito entre ese Ministerio y la empresa PAYCA Papeles y Cartones S.A. Una vez realizado el estudio de rigor lamentamos devolver sin nuestra aprobación el documento de mérito, en razón de lo siguiente: 1. Conforme al artículo 46 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos N° 8131, los saldos disponibles de las asignaciones presupuestarias caducan el 31 de diciembre de cada año, en razón de ello y en vista de que al expediente se encuentra agregada certificación de contenido presupuestario correspondiente al año 2003, debe ese Ministerio demostrar la existencia de económico suficiente asignado al actual período, que respalde la presente negociación. 2. De acuerdo a la oferta de la empresa (folios 145 y 146), los precios de los productos fueron cotizados en dólares, sin embargo, en la resolución de adjudicación del concurso y en el artículo segundo del contrato, se indica el monto total adjudicado a la empresa en colones. Sobre el particular, conviene señalar que si bien se requiere -para efectos comparativos del precio- convertir las ofertas que coticen en moneda distinta al colón, lo cierto es que al momento de adjudicar debe respetarse la moneda en que los oferentes ofertaron, puesto que no existe disposición legal al ...
Fecha publicación: 02/02/2004
Fecha emisión: 30/01/2004
Documento: 00902-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


1 6 Lic. Juan Manuel Barquero Vargas 28 de enero, 2004 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 00809 28 de enero, 2004 DI-AA-0214 Licenciado Juan Manuel Barquero Vargas Proveedor Institucional Ministerio de Educación Pública Estimado señor: Asunto: Contrato suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Autotransporte Baco Hermanos Nos referimos a su Oficio No. P.I.0012-2004 del 6 de enero del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, contrato suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Autotransporte Baco Hermanos para el mantenimiento y reparación de vehículos. Sobre el particular nos permitimos manifestar lo siguiente: 1. Sobre el pliego cartelario en los contratos administrativos En relación con el pliego cartelario, la Ley de Contratación Administrativa, regula en el artículo 10, la sumisión del oferente, en cualquier procedimiento de contratación administrativa, al ordenamiento jurídico costarricense, entre cuyas fuentes se incluye el cartel: “En cualquier procedimiento de contratación administrativa, el oferente queda plenamente sometido al ordenamiento jurídico costarricense, en especial a los postulados de esta Ley, su Reglamento Ejecutivo, el reglamento institucional correspondiente, el cartel del respectivo procedimiento y, en general, a cualquier otra regulación administrativa relacionada con el procedimiento de contratación de que se trate” (el destacado no corresponde al original). Por su parte, el Reglamento General de Contratación Administrativa, en su numeral 2.2.6 señala que el cartel es uno de los componentes del ordenamiento jurídico administrativo. Asimismo, se ha sostenido que el cartel es el reglamento específico del concurso, por lo que, ni la Administración licitante, ni los oferentes pueden apartarse de sus disposiciones. En ese sentido esta Contraloría General ha dicho: “Por ello ...
Fecha publicación: 30/01/2004
Fecha emisión: 27/01/2004
Documento: 00809-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


2 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 00666 23 de enero, 2004 DI-AA-178 Licenciado Juan Manuel Barquero Vargas Proveedor Institucional Ministerio de Educación Pública Estimado señor: Asunto: Criterio sobre la fórmula matemática de revisión del precio, incluida en los addenda a los contratos suscritos entre esa Institución y Enguapo S.A., Víctor Aguilar Umaña, Rey Sol S.A., Autotransportes Santa Gertrudis y Hugo Blanco Lobo Damos respuesta a su oficio No. P.I.-3712-2003 del 15 de diciembre del año anterior, mediante el cual nos remite para su refrendo, los addenda a los contratos de transportes de estudiantes, suscritos entre ese Ministerio y Enguapo S.A., Víctor Aguilar Umaña, Rey Sol S.A., Autotransportes Santa Gertrudis y Hugo Blanco Lobo. Al respecto nos permitimos comunicarle que, luego de la revisión pertinente, se encontró que los citados addenda se ajustan a los requerimientos que sobre el particular ha establecido esta Contraloría General. Así las cosas, se les otorga el refrendo respectivo a todos los addenda de marras. No obstante lo anterior, resulta oportuno señalar que, en la definición de los términos que componen la fórmula matemática incluida en todos los addenda, donde dice: “iMOv = Índice de mano de obra...”, “iIv = Índice de los ínsumos...” e “iGAv” Índice de los gastos administrativos..., deberá entenderse como: “iMOv = Índice de mano de obra en el momento considerado para la variación...”, “iIv = Índice de los insumos, en el momento considerado para la variación...” e “iGAv = Índice de los gastos administrativos en el momento considerado para la variación...”. Atentamente, Lic. Manuel Corrales Umaña, MBA Jefe de Unidad JGJJ/hcha ci: Archivo Central Ni: 24944 2003602266 · Contratos ] ...
Fecha publicación: 26/01/2004
Fecha emisión: 23/01/2004
Documento: 00666-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


2 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 00662 23 de enero, 2004 DI-AA-176 Licenciado Juan Manuel Barquero Vargas Proveedor Institucional Ministerio de Educación Pública Estimado señor: Asunto: Criterio sobre la fórmula matemática de revisión del precio, incluida en el addendum al contrato suscrito entre esa Institución y Transportes Unidos Poaseños TUPSA Damos respuesta a su oficio No. P.I. 002-2004 del 05 de enero del año en curso, mediante el cual nos remite para su refrendo, el addendum al contrato de transportes de estudiantes, suscritos entre ese Ministerio y Transportes Unidos Poaseños TUPSA. Al respecto, nos permitimos comunicarle que, luego de la revisión pertinente, se encontró que el citado addendum se ajusta a los requerimientos que sobre el particular ha establecido esta Contraloría General. Así las cosas, se le otorga el refrendo respectivo al addendum de marras. No obstante lo anterior, resulta oportuno señalar que, en la definición de los términos que componen la fórmula matemática, donde dice: “iMOv = Índice de mano de obra...”, “iIv = Índice de los ínsumos...” e “iGAv” Índice de los gastos administrativos..., deberá entenderse como: “iMOv = Índice de mano de obra en el momento considerado para la variación...”, “iIv = Índice de los insumos, en el momento considerado para la variación...” e “iGAv = Índice de los gastos administrativos en el momento considerado para la variación...”. Atentamente, Lic. Manuel Corrales Umaña, MBA Jefe de Unidad JGJJ/hcha ci: Archivo Central Ni: 145 2004000150 · Contratos ] ...
Fecha publicación: 26/01/2004
Fecha emisión: 23/01/2004
Documento: 00662-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


2 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 00660 23 de enero, 2004 DI-AA-175 Licenciado Juan Manuel Barquero Vargas Proveedor Institucional Ministerio de Educación Pública Estimado señor: Asunto: Criterio sobre la fórmula matemática de revisión del precio, incluida en el addendum al contrato suscrito entre esa Institución y el señor Gilberth Fernández Solís Damos respuesta a su oficio No. P.I. 3669-2003 del 12 de diciembre del año anterior, mediante el cual nos remite para su refrendo, el addendum al contrato de transportes de estudiantes, suscritos entre ese Ministerio y el señor Gilberth Fernández Solís. Al respecto nos permitimos comunicarle que, luego de la revisión pertinente, se encontró que dicho addendum se ajusta a los requerimientos que sobre el particular ha establecido esta Contraloría General. Así las cosas, se le otorga el refrendo correspondiente. No obstante lo anterior, resulta oportuno señalar que, en la definición de los términos que componen la fórmula matemática, donde dice: “iMOv = Índice de mano de obra...”, “iIv = Índice de los ínsumos...” e “iGAv” Índice de los gastos administrativos..., deberá entenderse como: “iMOv = Índice de mano de obra en el momento considerado para la variación...”, “iIv = Índice de los insumos, en el momento considerado para la variación...” e “iGAv = Índice de los gastos administrativos en el momento considerado para la variación...”. Atentamente, Lic. Manuel Corrales Umaña, MBA Jefe de Unidad JGJJ/hcha ci: Archivo Central Ni: 24829 2003602226 · Contratos ] ...
Fecha publicación: 26/01/2004
Fecha emisión: 23/01/2004
Documento: 00660-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


2 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 00659 23 de enero, 2004 DI-AA-174 Licenciado Juan Manuel Barquero Vargas Proveedor Institucional Ministerio de Educación Pública Estimado señor: Asunto: Criterio sobre la fórmula matemática de revisión del precio, incluida en los addenda a los contratos suscritos entre esa Institución y Transportes del Atlántico Caribeños, S.A., Fernando Alfaro Rojas, Analí Méndez Castro, Ramón Vargas Campos y Gonzalo Ureña Zumbado Damos respuesta a su oficio No. P.I. 3654-2003 del 12 de diciembre del año anterior, mediante el cual nos remite para su refrendo, los addenda a los contratos de transportes de estudiantes, suscritos entre ese Ministerio y Transportes del Atlántico Caribeños, S.A., Fernando Alfaro Rojas, Analí Méndez Castro, Ramón Vargas Campos y Gonzalo Ureña Zumbado. Al respecto nos permitimos comunicarle que, luego de la revisión pertinente, se encontró que los citados addenda se ajustan a los requerimientos que sobre el particular ha establecido esta Contraloría General. Así las cosas, se les otorga el refrendo correspondiente a todos los addenda de marras. No obstante lo anterior, resulta oportuno señalar que, en la definición de los términos que componen la fórmula matemática incluida en todos los addenda, donde dice: “iMOv = Índice de mano de obra...”, “iIv = Índice de los ínsumos...” e “iGAv” Índice de los gastos administrativos..., deberá entenderse como: “iMOv = Índice de mano de obra en el momento considerado para la variación...”, “iIv = Índice de los insumos, en el momento considerado para la variación...” e “iGAv = Índice de los gastos administrativos en el momento considerado para la variación...”. Finalmente, no omitimos señalar que dentro del addendum al contrato suscrito con la empresa Transportes del Atlántico Caribeños, S.A., por tratarse de un error material, donde dice: “según oficio No. 5657-2002”, ha de tenerse ...
Fecha publicación: 26/01/2004
Fecha emisión: 23/01/2004
Documento: 00659-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


2 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 00651 23 de enero, 2004 DI-AA-0171 Licenciado Juan Manuel Barquero Vargas Proveedor Institucional Ministerio de Educación Pública Estimado señor: Asunto: Criterio sobre la fórmula matemática de revisión del precio, incluida en el addendum al contrato suscrito entre esa Institución y Coopetraca R.L. Damos respuesta a su oficio No. P.I.-010-2004, de fecha 06 de enero del año en curso, mediante el cual nos remite para su refrendo, el addendum al contrato de transportes de estudiantes, suscrito entre ese Ministerio y Coopetraca R.L. Al respecto nos permitimos comunicarle que, luego de la revisión pertinente, se encontró que el citado addendum se ajusta a los requerimientos que sobre el particular ha establecido esta Contraloría General. Así las cosas, se le otorga el refrendo correspondiente. No obstante lo anterior, resulta oportuno señalar que, en la definición de los términos que componen la fórmula matemática, donde dice: “iMOv = Índice de mano de obra...”, “iIv = Índice de los ínsumos...” e “iGAv” Índice de los gastos administrativos..., deberá entenderse como: “iMOv = Índice de mano de obra en el momento considerado para la variación...”, “iIv = Índice de los insumos, en el momento considerado para la variación...” e “iGAv = Índice de los gastos administrativos en el momento considerado para la variación...”. Atentamente, Lic. Manuel Corrales Umaña, MBA Jefe de Unidad JGJJ/hcha ci: Archivo Central Ni: 144 · Contratos 2004000149 ] ...
Fecha publicación: 26/01/2004
Fecha emisión: 23/01/2004
Documento: 00651-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


1 2 Lic. Juan Manuel Barquero 22 de enero, 2004 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 00616 22 de enero, 2004 DI-AA-0163 Licenciado Juan Manuel Barquero Proveedor Institucional Ministerio de Educación Pública Estimado señor: Asunto: Contrato suscito entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Sauter Mayoreo S.A. Nos referimos a su Oficio No. P.I.-3774 del 18 de diciembre del 2003, mediante el cual nos remite para refrendo, contrato suscito entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Sauter Mayoreo S.A., para el suministro de útiles y materiales específicos. Sobre el particular le comunicamos que este Ministerio nos remitió una certificación en que se hace constar que, los recursos para cancelar la obligación pecuniaria se encontraban dentro de los recursos presupuestarios para el ejercicio económico del 2003 (véase certificación emitida por la M.B.A. Carmen Villalobos Arias, Directora de la Dirección General Financiera, rendida el 25 de noviembre del 2003 que consta en el folio 177 del expediente administrativo). Sobre ese aspecto es importante señalar que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley 8131, Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, los saldos disponibles de las asignaciones presupuestarias caducarán al 31 de diciembre de cada año, siendo que con posterioridad a esa fecha la única forma de cancelar esa obligación pecuniaria es que, para el caso en estudio consten los recursos en el presupuesto del 2004. Dicho contrato fue recibido en este Organo Contralor el día 19 de diciembre del 2003, por lo que en razón de la complejidad del asunto, el plazo que goza la Contraloría General para realizar tal trámite (30 días hábiles), según nuestra Ley Orgánica, y la forma de pago establecida, a la fecha se presenta una imposibilidad jurídica para que se puedan utilizar efectivamente los rec ...
Fecha publicación: 25/01/2004
Fecha emisión: 22/01/2004
Documento: 00616-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


1 2 Sr. Gregorio Segura Coto 18 de junio, 2002 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 00298 14 de enero, 2004 DI-AA-0085 Señor Olivier Arrieta Molina Presidente, Junta Administrativa Colegio de Naranjo Estimado señor: Asunto: Addendum de ampliación a contrato suscrito entre la Junta Administrativa del Colegio de Naranjo y Constructora del Bosque, S.A. Nos referimos a su oficio sin número, del 7 de enero del año en curso, mediante el cual solicita la aprobación del ADDENDUM DE AMPLIACION AL CONTRATO PARA LA REPARACION Y CONSTRUCCION PARCIAL DEL LICEO DE NARANJO, suscrito entre esa Junta y la firma CONSTRUCTORA DEL BOSQUE, S.A.. Al respecto, una vez realizado el estudio de rigor, le comunicamos que esta Contraloría General concede el refrendo constitucional al addendum supraindicado, el cual queda condicionado a la existencia de contenido presupuestario. Por otra parte, en relación con la fórmula matemática de reajuste de precios a que hace referencia el punto 8.2 del cartel y la cláusula novena del addendum, le informamos que la misma se aprueba condicionada a que los índices de precios a utilizar, sean tomados en concordancia con el programa de trabajo, elaborado por el método del camino “ruta crítica”. Atentamente, Lic. Alberto Franco Narváez Fiscalizador Anexo: Un ampo AFN/sms ci Archivo Central Ni: 00268 2003602133-2 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 17/01/2004
Fecha emisión: 14/01/2004
Documento: 00298-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS