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institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
tipodocumento:RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
 
institución:MUNICIPALIDAD DE NARANJO
 
año:2012
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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R-DCA-173-2012 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del dos de abril de dos mil doce. ---------------------------- Recursos de apelación interpuestos por Tecnología Nórdica Norditec S.A., y Comercial de Potencia y Maquinaria S.A., en contra de los ítemes 1, 2, y 6 del acto de adjudicación de la Contratación Directa Autorizada 2012CD-000001-PM, promovida por la Municipalidad de Naranjo, adquisición de maquinaria y equipo para uso municipal, acto recaído en sus ítemes 1 y 6 a favor de Consorcio Aditivos y Tecnología Aditec S.A. / Aditec JCB S.A., por un monto total de ¢61.132.262.82; e ítem 2 a favor de Partes de Camión S.A., por un monto de ¢133.180.138. ------- RESULTANDO I. Tecnología Nórdica Norditec S.A., y Comercial de Potencia y Maquinaria S.A., interpusieron los recursos de apelación en contra del acto de adjudicación de la referida contratación directa, el 3 y 16 de febrero de 2012, respectivamente. --------------------------------------------------------------------------- II. Esta División a las 9 horas del 7 de febrero de 2012, solicitó el expediente administrativo a la Municipalidad de Naranjo (ver folio 16 del expediente de apelación). ------------------------------------ III. Esta División a las 11 horas del 24 de febrero de 2012, confirió audiencia inicial a la Municipalidad de Naranjo, y a las adjudicatarias, por el plazo improrrogable de 10 días hábiles para que se refirieran a los argumentos de las apelantes, la cual fue atendida en tiempo, mediante escritos agregados al expediente (ver folios 43, 63 al 100 del expediente de apelación). ------------------------ IV. Esta División a las 14 horas del 14 de febrero de 2012, confirió audiencia especial a las apelantes para que se refirieran a lo manifestado en su contra por la Administración y las adjudicatarias al contestar la audiencia inicial, la cual fue atendida en tiempo, mediante escri ...
Fecha publicación: 09/04/2012
Fecha emisión: 02/04/2012
Institución: MUNICIPALIDAD DE NARANJO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 02098 2 de marzo de 2012 DJ-0219-2012 Señor Ángel Méndez Castro Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE NARANJO Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la posibilidad de otorgar a favor de un particular un permiso de uso a título precario respecto a la baranda de puentes de la red vial cantonal. Nos referimos a su oficio N°AUDI-MN-CO-02-2012, recibido el 12 de enero pasado, mediante el cual solicita a esta Contraloría General respuesta a las siguientes interrogantes: “1-Si una Municipalidad puede otorgar permiso de uso a título precario las barandas de los puentes de la Red Vial Cantonal, para que un sujeto privado realice una actividad lucrativa, y con ello se altere la estructura del puente colocando en las barandas plataformas para que los usuarios se lancen al vacio (sic) por un precio determinado. Por esta actividad el sujeto privado pago (sic) un canon a la municipalidad.” “2- Si se puede otorgar un permiso de uso a título precario en la estructura mencionada con fundamento al artículo 161 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, y al Artículo (sic) 154 de la Ley General de la Administración Pública.” “3- Cual (sic) criterio deberá prevalecer en este caso, la Ley General de Caminos o el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.” Cabe mencionar, que en el memorial de consulta se hace referencia a los artículos 28 de la Ley General de Caminos Públicos (Ley 5060 del 22 de agosto de 1972), 161 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (DE-33411 del 27 de setiembre del 2006) y 154 de la Ley General de la Administración Pública (Ley 6227 del 2 de mayo de 1978), numerales que por su relevancia conviene transcribir de seguido. “Artículo 28.-Queda terminantemente prohibido al Ministerio de Obras Públicas y Transportes y a las Municipalidades otorgar permisos o derechos de ocupación, disfrute, uso o s ...
Fecha publicación: 05/03/2012
Fecha emisión: 02/03/2012
Documento: 02098-2012.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE NARANJO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO