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R-DAGJ-291-2004
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del treinta y uno de mayo de dos mil cuatro.----------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por Distribuidora M, S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública Internacional número 5-2003, promovida por el Ministerio de Educación Pública y cuyo objeto es la adquisición de mobiliario para aulas, laboratorios y juegos de patio para colegios y preescolar, líneas 5, 8, 14, 15, 16, 17, 21 y 29, recaído a favor de OFICOMER, S.A., por un total de $332.282,75.--------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Distribuidora M, S.A., indica: en diciembre pasado se solicitaron algunas aclaraciones con respecto a la plica de la ahora adjudicataria. A esta empresa se le requirió el 17 de diciembre del 2003 demostrar la existencia de la fábrica en el país; para eso se le concedió un plazo de 5 días hábiles. En el diario de fax de PROMECE aparece una transmisión a Oficomer, S.A., realizada el 17 de diciembre. El 5 de enero del 2004, se envía un fax por parte de la adjudicataria; en el expediente no aparece alguna transmisión del fax de PROMECE, de fecha 5 de enero o fechas anteriores más que la del 17 de diciembre. El 9 de diciembre la adjudicataria presentó carta donde manifiesta ser distribuidor de varias empresas; para ello adjuntó copia de un contrato de distribución comercial de la empresa Tecnología en Sistemas Modulares, S.A. El 26 de enero afirma la empresa dicha que el mobiliario ofrecido es confeccionado en su totalidad en Costa Rica, con mano de obra nacional y los materiales adquiridos en este mercado; se presentan documentos de que son importadores. Ahora, resulta que en la carta emitida por la adjudicataria el 9 de enero pasado, incumplimiento con 5 días el plazo de la prevención, se afirma que se cuenta con tres años de experiencia en la fabricación de equipo y ...
Fecha publicación: 03/06/2004
Fecha emisión: 31/05/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
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R-DAGJ-229-2004 (BIS)
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las quince horas del veintinueve de abril del dos mil cuatro.----------
Diligencia de adición y aclaración interpuesta por Transporte Rivera, Ltda., en relación con la R-DAGJ-190-2004, de las trece horas con treinta minutos del quince abril del dos mil cuatro.---------------------------------------------------------------------------------------------
I. POR CUANTO: Transporte Rivera, Ltda., indicó que se presentó la garantía de participación del plazo legal; la garantía corría desde octubre del 2003 hasta abril del 2004 por lo que la actuación de la empresa está ajustada a derecho; prueba de ello es que en el momento procesal oportuno se permitió subsanar algunos aspectos del cartel. En el acta levantada no consta el asunto de la garantía. La posición asumida en la resolución es insostenible; si existiera alguna situación indebida, no se le puede imputar al oferente sino a la administración.-----------------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: SOBRE EL FONDO: Existe el principio de que “…los jueces pueden incurrir en error material, no ser suficientemente explícitos o dejar de pronunciarse sobre algún punto objeto del conflicto, la ley le otorga a los jueces y tribunales la posibilidad de corregir su error, precise (sic) los términos de su pronunciamiento o subsane (sic) su omisión” (Ver voto n. º 0032-95, de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de las 16:33 horas del 3 de enero de 1995). Empero, esto no conlleva a que se pueda modificar la parte sustantiva de la resolución dictada en aras de evitar crear una situación de incerteza jurídica en clara violación, por lo tanto, del dictado de la justicia pronta y cumplida. El recurso de adición y aclaración se dirige contra una resolución determinada por distintos motivos, por ejemplo, porque alguna de sus líneas es oscura o ambigua. As ...
Fecha publicación: 09/05/2004
Fecha emisión: 06/05/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: OTROS
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R-DAGJ-223-2004
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las quince horas con treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil cuatro.-------------
Recurso de apelación interpuesto por Equipos Mata, S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro número 17-2004, promovida por el Instituto de Desarrollo Agrario, cuyo objeto es la construcción de caminos en asentamientos campesinos Agripórtica y río Esperanza, recaído a favor de Constructora Bajo del León, S.A., por la suma de ¢42.255.475.00.----
R E S U L T A N D O
I. Equipo Mata, S.A., interpuso recurso de apelación por considerar que la adjudicataria presenta ciertos vicios que le hacen inelegible y que, en suma, el criterio técnico por el cual se excluyó su plica no es sustancial; defiende que haber cotizado un equipo modelo 1989, cuando el cartel solicitó de 1990 en adelante, no tiene sustento técnico.----------------------------------------------------------------
II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias, y, --------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: 1) El concurso que nos ocupa fue adjudicado a Constructora Bajo del León, S.A., por la suma de ¢42.255.475.00 (Ver La Gaceta número 59, del miércoles 24 de marzo del 2004). 2) El informe técnico de la administración en relación con la oferta de la recurrente determinó: “No cumple con los requerimientos del cartel debido a que presenta un tractor D6H año 1989, modelo inferior al solicitado en el punto 5.5. Equipo a utilizar. Por lo tanto esta oferta resulta técnicamente no elegible” (Vid. Folio 484 en expediente administrativo). 3) El pliego de condiciones dispuso que los tractores fuesen de un año igual o superior a 1990 (Vid. Folio 060 en expediente administrativo).---------------------------------------------------------------- ...
Fecha publicación: 30/04/2004
Fecha emisión: 27/04/2004
Institución: INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
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R-DAGJ-180-2004
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del catorce de abril del dos mil cuatro.-----------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por Transportes Mario y Carlos Picado, S.A., contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública número 51-2003 promovida por el Ministerio de Educación Pública y cuyo objeto es la contratación del servicio de transporte de estudiantes para el curso lectivo 2004, rutas 5213, 5214 y 5225, COMTRASULI. Cuantía no indicada.--------------------
R E S U L T A N D O
I. Transportes Mario y Carlos Picado, S.A. interpuso recurso de apelación el 24 de marzo del 2004.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. En los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias, y, --------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: Único) La administración adjudicó el concurso que nos ocupa, en cuanto a las rutas 5213, 5214 y 5225, el 19 de enero del 2004 (Ver La Gaceta número 12 del 19 de enero del 2004).-----------------------------------------------------------------------------------------------------
II. SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO: Hemos de recordar lo que dispone la norma 84 y siguientes de la Ley de Contratación Administrativa y, específicamente, el artículo 95.5 del Reglamento General de la materia, esto en punto a la obligación de rechazar ad portas aquellos recursos que son abiertamente improcedentes por ser extemporáneos. Para el caso que nos ocupa, tenemos que la apelante interpone el recurso el 24 de marzo pasado siendo que la adjudicación se publicó en el Diario Oficial La Gaceta número 12 del 19 de enero del 2004. Ahora, al amparo del numeral 91.1 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el plazo para ejerce ...
Fecha publicación: 17/04/2004
Fecha emisión: 14/04/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
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R-DAGJ-168-2004
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las ocho horas del dos de abril de dos mil cuatro.------------------------------------------------
Recursos de apelación interpuestos por las empresas Computadores Profesionales de San José S.A., GBM Costa Rica S.A., y por el Consorcio conformado por las empresas Corporativo Lanix S.A. de Capital Variable, y la Corporación Gima S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública Internacional No. 1-2003, promovida por el Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educación Preescolar y General Básica (PROMECE) del Ministerio de Educación Pública, para la adquisición e instalación de 20 Salas de Innovación y Aprendizaje, acto recaído a favor de la empresa Sistemas Analíticos S.A., por un monto de US$788.794.14.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Computadores Profesionales de San José S.A. alegó en su recurso que la oferta de la adjudicataria presenta una serie de incumplimientos relacionados con la marca de los equipos, con la memoria RAM, con el contralador CSI, con la tarjeta digitalizadora, con la UPS. y con el inversor; que la oferta de GBM presenta una serie de incumplimientos relacionados con la cámara de video, con la tarjeta Pinnacle, y con el formulario de la lista de precios de bienes y servicios; y que la oferta.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. GBM Costa Rica S.A. alegó en su recurso que la oferta de la adjudicataria presenta incumplimientos en cuanto al servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, con la memoria RAM, y con la marca de los equipos.----------------------------------------------------------------------------
III. El Consorcio conformado por las empresas Corporativo Lanix S.A. de Capital Variable, y la Corporación Gima S.A., alegó en su recurso que ...
Fecha publicación: 16/04/2004
Fecha emisión: 13/04/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
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R-DAGJ-166-2004
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del treinta y uno de marzo de dos mil cuatro.-----------------------------------
Recurso de objeción al cartel interpuesto por Moore de Centroamérica S.A., en contra del cartel de la Licitación Pública Internacional No. 017-2004, promovida por el Ministerio de Educación Pública para contratación de impresión, ecuadernación y otros.---------------------------------------------
I. POR CUANTO: De la admisibilidad del recurso. El artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa establecer que el recurso de objeción podrá interponerse ante la Contraloría General de la República dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas. En el caso en análisis, tenemos que la invitación para concursar fue publicada en La Gaceta No. 49 del 10 de marzo de 2004 y la fecha para recibir ofertas fijada para el próximo 1° de abril de 2004; de manera que se tiene un total de 16 días hábiles, plazo cuyo tercio es de 5 días hábiles, por lo que el plazo para interponer el recurso venció el 17 de marzo de 2004, mientras que el recurso se interpuso el día 18 de marzo, en consecuencia, el recurso se encuentra extemporáneo y por eso debe rechazarse de plano. Por lo demás, debe agregarse que el recurrente no señala la existencia de modificaciones o prorrogas a la apertura que pudieran ampliar el plazo ya fenecido.-----------------------------------------
POR TANTO: Con fundamento en lo expuesto y lo dispuesto por los artículos 182 y siguientes de la Constitución Política; 4, 8, 10, 17, 34 y 37.3 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, No.7428 del 7 de setiembre de 1994; 1, 4, 5, 6, 82 y 83 de la Ley de Contratación Administrativa y 86, 87 y 88 del Reglamento General de Contratación Administrativa SE RESUELVE: RECHAZAR POR EXTEMPORANEO el Recurso de objeción al cartel interpuesto por Moore de Centroamérica S.A., en contra del ...
Fecha publicación: 04/04/2004
Fecha emisión: 01/04/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
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R-DAGJ-78-2004
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del doce de febrero del dos mil cuatro.-------------------------------------------
Recursos de apelación interpuestos por Transportes Rivera, S.A. y Asociación de Desarrollo Integral de San Juan de Puriscal, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública número 51-2003, promovida por el Ministerio de Educación Pública, cuyo objeto es la contratación del servicio de transportes de estudiantes para el ciclo lectivo 2004, rutas 5218, 5229, 5814, 5819 y 5821, adjudicadas a TRAMAYCA, las dos primeras, y Oscar Jiménez Cordero, Marvin Monge M.-German Salazar, las otras tres. Monto de las rutas 5218 y 5229: ¢3.388.000,00.--
R E S U L T A N D O
I. Transportes Rivera, S.A. y Asociación de Desarrollo Integral de San Juan de Puriscal, interpusieron sus recursos de apelación el 2 de febrero del año en curso. Para el primero de los recurrentes, se presentan los siguientes alegatos en punto a las rutas 5819 y 5821 (adjudicatarios: Marvin Monge M. y German Salazar). a) Consorcio: el oferente adjudicatario debió cumplir con los requisitos dispuestos en los numerales 38 de la Ley de Contratación Administrativa y 41 del Reglamento General; b) Precio: se está otorgando un puntaje mayor por haber ofertado un precio menor al indicado por la misma administración. En su caso, afirma que respetó el monto fijado por la licitante. En suma, la administración adjudica una oferta ruinosa. c) Patrono y flotilla: no consta que el oferente esté registrado como patrono. Además, los oferentes recurren a la figura del arriendo para la flotilla a utilizar por lo que, si no cuentan con buses propios, como es que prestan el servicio de transporte como permisionarios. En cuanto a la ruta 5814 (adjudicatario: Oscar Jiménez Cordero): a) Experiencia: No se presenta el documento por medio del cual se acredite la experiencia. Este debía emitirlo el Ministerio de Educa ...
Fecha publicación: 15/02/2004
Fecha emisión: 12/02/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)